picture_as_pdf 2014-08-15

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado N° 1, Dra. Julia Elena Gandolla, Segunda Secretaría a cargo del Dr. Guillermo Andrés Bazzán, (9 de Julio 3.151, Santa Fe), se ha dispuesto publicar el presente a los fines de citar a los herederos de Miguel Mariano Parrilo Gómez, D.N.I. Nº 7.638.332, para que comparezcan a estar a derecho, en el término de tres días y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: PIACENZA, SOL MARIA c/PARRILO GÓMEZ, MIGUEL MARIANO y/u Otros s/Daños y perjuicios” (Expte. Nº 249 F° 92 Año 2004). A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 24 de Julio de 2014. Proveyendo fs. 236: (...) Al punto II). Conforme se peticiona y constancias de autos (fs. 206, 214 y 220) cítase y emplazase, a los herederos de Miguel Mariano Parrilo Gómez, para que comparezcan a estar a derecho, en el término de tres días y bajo apercibimientos de ley. A sus efectos, publíquense edictos en el hall de este Tribunal y en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Autorízase a los Dres. Ramiro Avilé Crespo. Gustavo Moreno y Nicolás Kinen y/o a quien estos designen a intervenir en el diligenciamiento de los oficios y edictos ordenados precedentemente. (...) Notifíquese.”- Firmado: Dra. Julia E. Gandolla- Juez- Dr. Guillermo Andrés Bazzán- Secretario. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y en el hall del Tribunal. Santa Fe, 4 de Agosto de 2.014. El presente goza del beneficio de gratuidad. Art. 335 CPCC- “Piacenza, Héctor Manuel en nombre y de su hija menor Piacenza, Sol María c/Parilo Gómez, Miguel Mariano y/u Otros s/Declaratoria de pobreza, Expte. Nº 254 – Fº 260 - Año 2001). N° de Resolución: 21/2002. Dra. Mónica E. Saliva, Prosecretaria.

S/C 237467 Ag. 15 Ag. 20

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Eduardo R. Sodero, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: “OJEDA, ALBERTO DAVID s/Quiebra” (Expte. 21-01057091-0), en fecha 05/08/14 se ha procedido a la declaración de quiebra de Alberto David Ojeda, de apellido materno Ojeda, DNI Nº 32.554.582, argentino, soltero, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Lisandro de la Torre N° 1180 Dto. 2 de la ciudad de Coronda y con domicilio ad litem constituido en calle Urquiza N° 2576 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 25/09/14 inclusive. Secretaría, 08 de Agosto de 2014. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 237521 Ag. 15 Ag. 22

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Autos: “MAIDANA, YANINA MARÍA LUJAN s/Quiebra” Expte. Nº 584/12; Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Séptima Nominación de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley Nº 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: $ 16.427,56; Honorarios abogadas fallida: $ 4.106,89 (Jus = 6,32). Santa Fe. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario.

S/C 237496 Ag. 15 Ag. 19

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Eduardo R. Sodero, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: MOREIRA, JORGE ALBERTO s/Quiebra” (Expíe. CUIJ Nº 21-01057123-2), en fecha 07/08/14 se ha procedido a la declaración de quiebra de Jorge Alberto Moreira, D.N.I. N° 17.205.781, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Reconquista N° 3058 y con domicilio ad litem constituido en calle 1° de mayo N° 1368, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 22/09/14 inclusive. Secretaría, 7 de Agosto de 2014. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 237519 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “PASCAL, SEBASTIAN ALEJANDRO s/Quiebra (Expte. Nº 21-00995962-6- Año 2.014) la siguiente resolución: Santa Fe, 1 de Agosto de 2014. VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Sebastián Alejandro Pascal, D.N.I. Nº 35.705.575, con domicilio real en calle 3 de Febrero N° 3850 - Pasillo, Dpto. N° 1 Interno y legal en calle Primera Junta N° 4048 ambos de la ciudad de Santa Fe. 7- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (Art. 177, inc. 2, LCQ). 8- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 9- Ordenar interceptar la correspondencia y las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará a ENCOTESA. 10- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 103 de la Ley Nº 24.522. Practíquense las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 11- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 06/08/14 a las 10.00 horas. 12- Fijar el día 25/09/14 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley Nº 24.522). 13- Fijar el día 10/10/14 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 14- Señalar al día 10/11/14como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley Nº 24522) y el 02/02/15 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley Nº 24.522). Fdo.: Dr. Dellamónica (Juez) – Dr. Elio F. Alvarez (Secretario).

S/C 237422 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “CESAR, STELLA MARIS CONCEPCIÓN s/Quiebra” (Expte. Nº 21-00995801-8- Año 2.014) la siguiente Resolución: Santa Fe, 1 de Agosto de 2014; VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Stella Maris Concepción Cesar, D.N.I. Nº 11.234.677, con domicilio real en calle La Pampa N° 6400 y legal en calle Regimiento 12 de Infantería N° 970, ambos de la ciudad de Santa Fe. 7- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 8- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 9- Ordenar interceptar la correspondencia y las comunicaciones dirigidas a la fallida, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará a ENCOTESA. 10- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 103 de la Ley Nº 24.522. Practíquense las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 11- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 06/08/14 a las 10.00 horas. 12- Fijar el día 25/09/14 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24.522). 13- Fijar el día 10/10/14 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 10/11/14 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley Nº 24.522) y el 02/02/15 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley Nº 24.522). Fdo.: Dr. Dellamónica (Juez) Dr. Elio Alvarez (Secretario).

S/C 237424 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “ALTAMIRANO, RAUL ALBERTO s/Quiebra” (Expte. N° 21-00995964-2 - Año 2014), la siguiente resolución: “Santa Fe, 05 de Agosto de 2014. Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Raúl Alberto Altamirano, D.N.I. N° 30.894.009, con domicilio J. J. Paso N° 4198, y domicilio legal en calle Lisandro de la Torre N° 3049, ambos de la ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra en los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Comunicar la presente declaración de quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (Art. 29 Código Fiscal -texto ordenado Decreto 2350/97 y Circular Nro. 32/2005 de la Corte Suprema de Justicia) y a la Municipalidad de Santa Fe a los efectos de los Arts. 11 Inc. c) y 63 Inc. e) Ley 9286 y modificatorios. 4- Decretar la inhibición general de bienes de la fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y al Registro de Créditos Prendarios. 5- Intimar al fallido para que dentro del término de dos días presente estado detallado del activo y pasivo, actualizado a la fecha de la presentación, con indicación precisa de composición, valuación y gravámenes; nómina de acreedores con indicación de domicilios, montos de los créditos, vencimientos, etc., y un legajo por cada .acreedor conforme Art. 11 Inc. 5 LCQ, así como detalle de procesos judiciales o administrativos en trámite precisando su radicación. 6- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 7- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (Art. 177, Inc. 2, LCQ). 11- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 6 de agosto a las 10.00 horas. 12- Fijar el día 25 de Septiembre de 2014 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley Nº 24522). 13- Fijar el día 6 de Octubre de 2014 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 10 de Noviembre de 2014 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley Nº 24.522) y el 24 de Diciembre de 2014 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley Nº 24.522). Fdo: Dr. Déllamónica (Juez) Dr. Elio Alvarez, Secretario.

S/C 237426 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “DEGIORGI, FREDI RAMÓN s/Quiebra” (Expte. Nro. CUIJ 21-00963629-0) se ha declarado la quiebra en fecha 06 de Agosto de 2014 de Fredi Ramón Giorgi, D.N.I. N° 12.891.848, de apellido materno Cuevas, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Combatientes de Malvinas 5416 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Lisandro de la Torre nº 2906, de la misma ciudad. Se dispuso el día 20/8/2014 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 17/9/2014. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del Art. 103 de la Ley N° 24.522 y su modificatoria Ley N° 26.684, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (Art. 89 L.C.Q.). Santa Fe, 06 de Agosto de 2014. Fdo. Dr. Buzzani (Juez)- Dr. Jorge A. Gómez (Secretario).

S/C 237407 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos “AVIANI, LEONARDO s/Pedido de propia quiebra” (Expte. N° 21-00995660-0 - año 2.014) la siguiente resolución: “Santa Fe, 1 de Agosto de 2014. Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 06/08/14 a las 10:00 horas. 2) Fijar el día 25/09/14 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 3) Fijar el día 10/10/14 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 4) Señalar el día 10/11/14 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley Nº 24.522) y el 02/02/15 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley Nº 24.522). Fdo.: Dr. Dellamónica (Juez) - Dr. Alvarez (Secretario). Dr. Elio F. Alvarez, Secretario.

S/C 237419 Ag. 15 Ag. 22

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En los autos “ASOCIACIÓN MUTUAL GENERAL SAN MARTÍN c/SIMONELLA, ABELINO s/Juicio Ejecutivo” (Expte. n° 651 Año 2012), tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se declaró Rebelde a los herederos del Sr. Simonella, Abelino Agustín, L.E. Nº 6.249.997, conforme lo ordenara el Sr. Juez en el siguiente proveído: “Santa Fe, 05 de Mayo de 2014. Certifíquense por la Actuaria los edictos acompañados. Haciéndose efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a los herederos del demandado. Notifíquese.- Fdo: Dra. Beatriz Forno (Jueza a Cargo) — Dra. María del Huerto Guayan (Secretaria). Lo que se publica por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 4 de Julio de 2014. Dra. María del Huerto Guayán, Secretaria.

$ 33 237520 Ag. 15 Ag. 20

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El señor Juez Dr. Roberto H. Dellamonica a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Octava Nominación de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “FUSCHETTO, MIGUELINA s/Sumaria Información”, Expte. N°. 767, Año 2012, hace saber que en los autos precitados, se solicita la rectificación de las Actas de Matrimonio de Ubaldo Pedro Ortiz y Michelina Fuschetto. Partida de Nacimiento de Ricardo Ortiz, Acta de Matrimonio de Ricardo Ortiz y Miriam Graciela Amprimo y Acta de Defunción de Michelina Fuscheto: siendo que en todos ellos figura el nombre de Michelina Fuschetto, siendo en realidad Michelina Fischetti, D.N.I. Nº 93.662.966, nacida el 11.06.1925 en Avellino, Italia. Publíquense edictos una vez por mes, durante dos meses en el BOLETIN OFICIAL, cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho a oponerse, para que lo hagan en el plazo de quince días computados desde la última publicación de edictos, bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 30 de Mayo del año 2014. Fdo. Dr. Roberto Dellamonica –Juez - Dr. Elio F. Alvarez, Secretario. María Soledad Prieu Mántaras, Prosecretaria.

$ 33 237497 Ag. 15 Ag. 20

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “RIERA DE VILLARRUEL, MARÍA (Hoy sus Sucesores) c/CILARIO, ROSA ELENA y Otros s/Usucapión, (Expte. N° 21-00020673-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en dichos autos se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 04 de Julio de 2014. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda de usucapión respecto del inmueble descripto en el escrito de demanda (Inscripto bajo el N° 19.335 al Folio 2126 del Tomo 206 Impar en la Sección Dominio del Departamento La Capital del Registro General), cuyas medidas y linderos constan en el plano de mensura, declarando en consecuencia la posesión y consiguiente adquisición del dominio por parte la Sra. María Antonia Riera de Villarruel. Oportunamente, inscríbase el inmueble en el Registro General, en la forma dispuesta en el punto X del Considerando precedente, previo cumplimiento de los recaudos legales respectivos, pago de honorarios y depósito de los aportes correspondientes a las Cajas Profesionales. Publíquense los edictos por el plazo de ley en el Boletín Oficial y en el hall de Planta baja de estos Tribunales. Las costas se imponen a la actora sin perjuicio de lo manifestado en el considerando precedente. Hágase saber, insértese y archívese. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaría, 7 de Agosto de 2014. Luciana Rodríguez, Prosecretaria.

$ 33 237495 Ag. 15 Ag. 20

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El Juzgado de Circuito N° 22 de Laguna Paiva, en autos MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA c/CAMPOS de LÓPEZ, PETRONA s/Demanda de Apremio” Expte. N° 458 año 2.014, ha ordenado lo siguiente Laguna Paiva, 22 de Julio de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda de apremio, (Ley Nº 5066) contra Petrona Campos de López , Ángel López Campos, Rosa López Campos, Enrique López Campos, Carmen López Campos, Martina López Campos, Félix Bernardo López Campos, Pedro Bonifacio López Campos, Electo Carmelo López Campos y Juan Martiniano López Campos de domicilio desconocido y/o quienes resulten responsables, por el cobro de la suma de $ 43.956,74, sus intereses a la fecha de promoción de la demanda y costas, en concepto de tasa general de inmuebles, cordón cuneta y obra de cloacas del inmueble señalado en la demanda. Cítese de remate a la demandada mediante edictos con prevención de que si dentro del plazo de ocho (08) días no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución por el capital reclamado sus intereses y costas. Notifiquen diario y Cossani. Notifíquese.” Fdo. Jorge Luis Christe, Secretario; Dr. Osvaldo R. Andrade, Juez. Queda Petrona Campos de López - Angel López Campos - Rosa López Campos - Enrique López Campos - Carmen López Campos- Martina López Campos - Félix Bernardo López Campos - Pedro Bonifacio López Campos - Electo Carmelo López Campos Y Juan Martiniano López Campos notificada del decreto que antecede. Laguna Paiva, 6 de Agosto de 2014. Jorge Luis Christe, Secretario.

S/C 237448 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ DUTTO, LUISA s/Apremio Municipal” (Expte. Nº 155, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 21 de Mayo de 2014.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele ¡a participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra VICCINI, LUISA DUTTO DE Y DUTTO, JUAN PEDRO y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Bv. 25 de mayo Nc 1650 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 5.708,85, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con mas intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandara llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con mas la de $ 2.854,42, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución, a tales efectos publíquese edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. “Fdo.: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Ángel Leyes, Secretario. Por lo que se cita a comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble identificado bajo P.I.I. 12-08-00-166317/0000.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 16 de Junio de 2014. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario.

$ 99 237440 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CUASSOLO, MARCELA ALEJANDRA s/Apremio; (Expte. Nº 152, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 21 de Mayo de 2014.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra CUASSOLO, MARCELA ALEJANDRA y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Corrientes N° 1689 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 8.465,61, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 4.232,80, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario.

S/C 237442 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RIOS, ALBERTO FABIAN s/Apremio; (Expte. Nº 153, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 21 de Mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra RÍOS, ALBERTO FABIÁN Y GONZÁLEZ, LAURA BEATRIZ y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Corrientes Nº 2013 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 5.864,32, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 2.932,16, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. “Firmado: DR. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Ángel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237443 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ROLFI, JUAN s/Apremio; (Expte. Nº 154, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra ROLFI, JUAN B. y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Bv. 25 de Mayo N° 1406 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 13.730,41, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 6.865,20, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237445 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE C/ GALLENCA, OLINDA R. s/Apremio; (Expte. Nº 158, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 21 de Mayo de 2914. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra GALLENCA, OLINDA R. y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Tucumán N° 1947 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 15.702,26, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas, diese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 7.851,13, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demos: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo.: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Ángel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237449 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BRINCAS, JOSE ALBERTO y OTRA s/Apremio; (Expte. Nº 160, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra Brincas, José Alberto y Baima, María Beatriz y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca N° 1932 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 8.508,67, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho dios, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 4.254,33, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demos: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a/sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237453 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/TAMONE, VIVIANA MARIA JOSEFA s/Apremio; (Expte. Nº 161, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra TAMONE, VIVIANA MARÍA JOSEFA y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle San Luis N° 1960 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 10.969,43, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.484,71, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demos: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237455 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/LOPEZ, MIGUEL ANGEL y Otra s/Apremio; (Expte. Nº 157, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra López, Miguel Angel y Arroyo, Patricia Mónica, y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Mendoza N° 1541 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 5.524,44, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 2.762,22, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Ángel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237446 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FERREYRA, LILIANA y Otros s/Apremio; (Expte. Nº 159, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra FERREYRA, LILIANA Y OTROS y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Tucumán N° 1939 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 10.193,69, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.096,84, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las automaciones peticionadas. A lo demos: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237451 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ABRATE, OSVALDO ANDRES y Otra s/Apremio; (Expte. Nº 162, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2914. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Abrate, Osvaldo Andrés y Abrate, Elba Ramona y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Santa Fe N° 2910 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 13.660,24, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 6.830.12, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus, efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro A. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237458 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ABRATE, OSVALDO ANDRES y Otra s/Apremio (Expte. Nº 163, Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 21 de Mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra ÁBRATE, OSVALDO ANDRÉS y ÁBRATE, ELBA RAMONA y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Santa Fe N° 2022 de la ciudad de San Jorge, por el cobro de la suma de $ 13.675,84, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 6.837,92, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. A lo demás: Oportunamente en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Firmado: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario. Sastre, 30 de Junio de 2014.

S/C 237459 Ag. 15 Ag. 20

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El Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 30 Nº de Sastre, Pcia. de Santa Fe, sito en calle José Ortiz 1632, Sastre, Santa Fe. En autos caratulados Expte. Nº 274/2012, BAZAR AVENIDA S.A c/RODRÍGUEZ ALBERTO CLEMENTE s/Ejecutivo, hace saber que según resolución de fecha 06/06/2014 se ha resuelto lo siguiente: Sastre, 06/06/2014. Téngase presente lo manifestado y como se solicita, notifíquese a la demandada por medio de Edictos publicados en el BOLETIN OFICIAL y en esta Sede Judicial, en el espacio habilitado al efecto (Art. 67, CPCC, modificado por Ley N° 11.287, Acta N° 3), por el término de ley. Publíquense Edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial por dos (2) días (Art. 77, CPCC de Santa Fe). Notifíquese. Firmado: Dr. Dario Mattalia, Secretario. Sastre, 18/12/2012. Por presentado, Elizabet Natalia Cassani, abogada, Mat. F.129 T.l. Exp. 5-513 domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovida demanda de juicio Ejecutivo contra RODRÍGUEZ ALBERTO CLEMENTE (Doc. Identidad N°: 6386157), por la suma de $ 2.135,52 (pesos dos mil ciento treinta y cinco con cincuenta y dos centavos), con más los intereses punitorios pactados desde el día en que dicha suma es adeudada y hasta el día de efectivo pago, impuestos al valor agregado sobre intereses, y costas. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de DIEZ días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de Ley. Trábese embargo sobre los haberes de la parte demandada, Rodríguez Alberto Clemente, hasta cubrir el capital reclamado $ 2.135,52 con más la suma de $ 1.067,76, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a - Caja de Jub. y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, a los fines que proceda a efectuar las retenciones de conformidad con el Decreto 484/87, las deposite en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Sastre, a la orden de este Juzgado y para estos autos, bajo apercibimientos de ley.- Abónese el impuesto al embargo. Autorízase al peticionante y/o profesional que designe para intervenir en el diligenciamiento de la medida, con facultades de ley. Resérvese en secretaría la documental acompañada, agregándose copia a autos. Notifique la empleada Mussano. Notifíquese. Firmado: Dra. Daniela Tantera, Secretaria a cargo, Dr. Dario Mattalia, Juez. Sastre, 23 de Julio de 2014. Dr. Pedro M. Angel Leyes, Secretario.

$ 52,50 237381 Ag. 15 Ag. 19

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Por disposición del Juez del Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 21 de Helvecia, se hace saber que en los autos: SCANDROGLIO, DIEGO DAVID y Otra c/VISHNEVSKY, MOISÉS y Otros s/Usucapión, Expte. N° 276/2014; se cita y emplaza al Sr. Moisés Vishnevsky y/o Ana Jaimovich de Vishnevsky y/o Perla Patricia Vishnevsky y/o Marta Gladys Vishnevsky y/o Maria Beatriz Vishnevsky y/o quien resulte titular dominial del inmueble, a quienes se citan para que comparezcan a estar a derecho en el término de diez días bajo apercibimientos de ley y/o deducir oposición en la gestión promovida por Diego David Scandroglio y Verónica Scandroglio sobre adquisición del dominio por usucapión del siguiente inmueble situado en Helvecia en la intersección de la calle Patricio Cullen con Ruta Pcial. N° 1: el que Plano de Mensura aprobado en fecha 3/10/94, como duplicado N° 361 del Departamento Garay, se individualiza como “lote N° 1, encerrando una superficie total de 1993,41 m2; y “lote N° 2” encerrando una superficie total de 2384,53 m2.; partida inmobiliaria N° 05-01-00-022140/0000-5 - Helvecia, 7 de Agosto del año 2014. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez) - Dr. Orlando Tomas Rojas (Secretario).

$ 33 237387 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito N° 1 de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación - ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. María Teresa Brizio - Doc. Ident. N° 4.408.509,- Expte. N° 21-00729562-3 año 2014 - autos: BRIZIO MARÍA TERESA s/Sucesorio, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 6 de Agosto de 2014. Dra. María del Huerto Guayán, Secretaria.

$ 45 237552 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito en lo Civil de la Séptima Nominación, Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de GODOY, MARCIANA ALIDA, Documento de Identidad: D.N.I. F.3.700.615; para que comparezcan a hacer valer sus derechos en autos “GODOY MARCIANA ALIDA s/Declaratoria de herederos” (Expte. Nº 457-2013) dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Planta Baja del Tribunal (Art. 67 CPC mod. por Ley Nº 11.287). Santa Fe, 31 de Julio de 2014. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario.

$ 45 237476 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 1 de la 7ma. Nominación, en autos caratulados CAZZOLARO, LIDIA s/Sucesorio (Expte. Nº 1288/2013), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Lidia Cazzolaro, D.N.I. 93.598.514, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimiento de legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario.

$ 45 237411 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la quinta nominación de la ciudad de Santa Fe; se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derecho sobre los bienes de FALCÓN, MARTHA RAQUEL, Doc. Ident. 4.237.825, por el fallecimiento de ella, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: Expte. Nº 248 - Año 2.011 - FALCON, MARTHA RAQUEL s/Sucesorio”. Se publica a esos efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao -Juez; Dra. Alicia Roteta, Secretaria. Santa Fe, 11 de Agosto de 2014. Dra. Alicia Roteta, Secretaria.

$ 45 237551 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Elvira María Cantarutti, Documento de identidad. Nº 6.081.233, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos CANTARUTTI, ELVIRA MARÍA Y OTRO s/Sucesorio”; Expte. N° 21-00840870-7 -Año 2014. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de entradas Tribunales. Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Juez. Dra. María del Huerto Guayán, Secretaria.

$ 45 237518 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Diego Raúl Aldao, Secretaría a cargo de la Dra. Alicia Isabel Roteta, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios que se consideren con algún derecho a la herencia de ALBERTO GUERRERO. L.E. N° 3.163.382, fallecido el 14 de enero de 2004 en la ciudad de Laguna Paiva, con último domicilio en calle Carlos Pellegrini Nº 2157 de la misma ciudad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados GUERRERO, ALBERTO s/Declaratoria de herederos” (Expte. CUI3 N° 21-09033Q2-2 año 2014). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 8 de Agosto de 2014. Dra. Alicia Roteta, Secretaria.

$ 45 237526 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Distrito de esta ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en autos caratulados GIOSA JOSE s/Declaratoria de herederos” Expte. N° 1299/2013, se ordena cite, llame y emplace a todos los herederos, acreedores, legatarios de GIOSA JOSÉ, L.E. Nº 2.300.352, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Fdo. Dra. Patricia L. Mazzi (Sec), Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Juez). Santa Fe, 14 de Abril de 2014. María Inés Ascúa de Leonowiec, Secretaria.

$ 45 237505 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Emilio Ferrare, L.E. N° 2.398.167, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: CANTARUTTI, ELVIRA MARIA y Otro s/Sucesorio”; Expte. N° 21-00840870-7 - Año 2014. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de entradas Tribunales. Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza. Dra. María del Huerto Guayán, Secretaria.

$ 45 237517 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito N° 1 de la Quinta Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de NELIDA EDITH DUFFO de apellido materno Zarate, D.N.I. Nº 3.794.357, fallecida el 24 de agosto de 1939 en la ciudad de Santa, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Dr. Diego R. Aldao (Juez) - Dra. Alicia Roteta (Secretaria). Santa Fe, 31 de Julio de 2014.

$ 45 237501 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Eduardo Sodero, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Rodríguez, María del Valle Celestina, L.C. N° 1.534.497, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “RODRÍGUEZ MARÍA DEL VALLE CELESTINA s/Sucesión Testamentaria” (Expte. Nº 21-01057097-9) Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en hall de Tribunales. Santa Fe, 6 de Agosto de 2014. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 237538 Ag. 15 Ag. 29

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En los autos caratulados “BONOMO ANGEL DEMETRIO y GONZALVEZ DE BONOMO AMELIA s/Sucesorio”, Expte. N° 237/2014 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5° Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto la publicación del presente edicto a los fines de citar a herederos, acreedores, legatarios de don Angel Demetrio Bonomo, argentino, L.E. Nº 2.350.673, fallecido en Santa Fe el día 12 de agosto de 1983 y de Amelia Gonzalvez de Bonomo, argentina, L.C. Nº 1.118.194, fallecida el día 17.01.1980, ambos con ultimo domicilio en calle Castellanos 1276, Santa Fe, a los fines de que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se transcribe la orden judicial: Santa Fe, 09 de Abril de 2014. Publíquense edictos por el termino de ley en el BOLETIN OFICIAL y en hall de Tribunales (arts. 592 y 67 mod. Ley Nº 11287 CPCQ y practíquense -de corresponder- las citaciones directas que manda el articulo citado. -Fdo. Dra. Alicia Roteta (Secretaria), Dr. Diego Raúl Aldao Juez). Santa Fe, a los 6 días del mes de Agosto de 2014. Dra. Alicia Roteta, Secretaria.

$ 45 237429 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición de la Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, en autos caratulados “MENDOZA, HERMINDA LUISA s/ Sucesorio” (Expte. N° 1132/2013) se ha dispuesto la publicación en el BOLETIN OFICIAL respecto de la iniciación de este trámite sucesorio correspondiente a la persona de la Sra. Herminda Luisa Mendoza, con L.C. Nº 6.093.343 por lo cual se cita y emplaza por el termino de ley a quienes ostenten calidad de herederos, legatarios, y/o acreedores de los bienes relictos. Santa Fe, 31 de Octubre de 2013.-(..) Publíquense edictos por el termino de ley los que se publicaran en el boletín oficial y se exhibirán en el lugar designado por la CSj. Fdo. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso Secretaria. Dr. Claudio Bermúdez. Juez. Santa Fe, 01 de Agosto de 2014. Dra. Mariana Nelli, Prosecretaria.

$ 45 237417 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Blanca Alcira Zbinden, L.C. Nº 2.399.705, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en autos caratulados: “ZBINDEN, BLANCA ALCIRA s/Sucesorio”, CUIJ Nº 21-00996019-5 año 2014, que se tramitan por ante el Juzgado de Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe. Lo que a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 01 de Agosto de 2014. María Soledad Prieu Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 237452 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación Santa Fe, en los autos caratulados ALVAREZ, RAMONA TERESA y ACEVEDO, BARTOLO s/Sucesorio; (Expte. Nº 1306 Año 2013), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Ramona Teresa Alvarez, D.N.I. Nº 18.111.689 y Bartolo Acevedo, D.N.I. Nº 6.225.301, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en hall de planta Baja de estos Tribunales. Santa Fe, 23 de Julio de 2014. Fdo.: Dra. María del Huerto Guayan, Secretaria.

$ 45 237388 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de esta Ciudad se hace saber que en los autos caratulados “DUARTE, NORBERTO ISAAC s/Sucesorio” (21-00870479-9) se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Norberto Isaac Duarte (DNI Nº 6.263.381) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 5 de Agosto de 2014. Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez; Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria. Dra. Mariana Nelli, Prosecretaria.

$ 45 237480 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación, en los autos caratulados: ZEBALLOS, MARCELINO; MALIZIA, HAYDEE ADELINA s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 132/2014, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Marcelino o Marcelino Idolo Zeballos, D.N.I. Nº 6.237.400 y doña Haydee Adelina Malizia, D.N.I. Nº 6.124.732, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL Ley Nº 11.287. Santa Fe, 06 de Agosto de 2014. Dra. Mariana Nelli, Prosecretaria.

$ 45 237386 Ag. 15 Ag. 29

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe. en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SUAREZ, ARTEMIO ANTONIO s/Apremio” (Expte. Nº 1650 - Año 2013) en trámite ante ese Juzgado, se cita, llama y emplaza al Sr. ARTEMIO ANTONIO SUAREZ y/o QUIEN RESULTE EN DEFINITIVA PROPIETARIO y/o JURÍDICAMENTE RESPONSABLE del inmueble sito en calle Corrientes Nº 1615 de la ciudad de San Jorge a fin de que comparezcan, contesten la demanda, opongan excepciones y ofrezcan pruebas en el expediente mencionado, comunicando lo siguiente: San Jorge, 3 de Febrero de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra SUAREZ, ARTEMIO ANTONIO y/o quien resulte en definitiva propietario y /o jurídicamente responsable del inmueble denunciado, tendiente al cobro de la suma de $ l6.231,19, con más intereses y costas. Cítese de remate a la demandada, con prevención que si dentro del término de ocho días, no opone excepción legítima se mandará llevar adelante la ejecución. Publíquense edictos por el término de ley. Al Punto 3) como se solicita. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 8.115,59, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Notifique Trillen. Notifíquese. Firmado: Dr. Tristán R. Martínez - Juez - Dra. Daniela G. Piazzo - Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días. Dra. Daniela G. Piazzo. San Jorge, 3 de Junio de 2014.

S/C 237428 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SUAREZ, ARTEMIO ANTONIO s/Apremio” (Expte. N° 1651 - Año 2013) en trámite ante ese Juzgado, se cita, llama y emplaza a ARTEMIO ANTONIO SUAREZ y/o QUIEN RESULTE EN DIFINITIVA PROPIETARIO y/o JURÍDICAMENTE RESPONSABLE del inmueble sito en calle Moreno Nº 608 de la ciudad de San Jorge a fin de que comparezcan, contesten la demanda, opongan excepciones y ofrezcan pruebas en el expediente mencionado, comunicando lo siguiente: “San Jorge, 3 de Febrero de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5966) contra Suárez, Artemio Antonio y/o quien resulte en definitiva propietario y/o jurídicamente responsable del inmueble denunciado, tendiente al cobro de la suma de $ 14.164,87, con más intereses y costas. Cítese de remate a la demandada, con prevención que si dentro del termino de odio días, no opone excepción legítima se mandará llevar adelante la ejecución. Publíquense edictos por el término de ley. Al Punto 3) como se solicita. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 7.082,43, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Notifique Tritten. Notifíquese. Firmado: Dr. Tristán R. Martínez, Juez - Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días. Dra. Daniela Piazzo. San Jorge, 3 de Junio de 2014.

S/C 237431 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/PALACIO, EDUARDO s/Apremio” (Expte. N° 1649 - Ano 2013) en trámite ante ese Juzgado, se cita, llama y emplaza a EDUARDO PALACIO y/o SUS SUCESORES y/o LEGATARIOS y/o QUIEN EN DEFINITIVA RESULTE PROPIETARIO del inmueble sito en calle Bv. 9 de Julio a la altura del 1700 de la ciudad de San Jorge a fin de que comparezcan, contesten la demanda, opongan excepciones y ofrezcan pruebas en el expediente mencionado, comunicando lo siguiente: San Jorge, 12 de Febrero de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por iniciada demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra PALACIO, EDUARDO y/o sus sucesores y/o legatarios y/o quien en definitiva resulte propietario del inmueble de referencia, tendiente al cobro de la suma de $ 15.276,22, con mas accesorios de referencia y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimiento de que si dentro del término de ocho días, no opone excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución. Al Punto 3) como lo solicita. Trábese embargo sobre el inmueble que denuncia, hasta cubrir la suma reclamada, con mas la de $ 7.638,11, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, Ofíciese al registro que menciona, con la autorización y facultades peticionadas. Notifique Trillen. Notifíquese; Firmado: Dr. Tr1stan R. Martínez, Juez - Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días. Dra. Daniela Piazzo. San Jorge, 3 de Junio de 2014.

S/C 237433 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SANTAMBROSIO, MARÍA s/APREMIO” (Expte. N° 492 - Año 2014) en trámite ante ese Juzgado, se cita, llama y emplaza a MARÍA SANTAMBROSIO y/o QUIEN RESULTA JURÍDICAMENTE RESPONSABLE del inmueble sito en calle Catamarca N° 1890 de la ciudad de San Jorge a fin de que comparezcan, contesten la demanda, opongan excepciones y ofrezcan pruebas en el expediente mencionado, comunicando lo siguiente: San Jorge, 13 de mayo de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5966) contra SANTAMBROSIO, MARÍA y/o quien resulte en definitiva propietario y /o jurídicamente responsable del inmueble denunciado, tendiente al cobro de la suma de $ 19.886,16, con más intereses y costas. Cítese de remate a la demandada, con prevención que si dentro del término de ocho días, no opone excepción legítima se mandará llevar adelante la ejecución. Publíquense edictos por el término de ley. Al Punto 3) como se solicita. Trábese embargo sobre el Inmueble denunciado en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 16.510,31, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Notifique Basualdo y/o Apezteguia. Notifíquese. Firmado: Dr. Tristán R. Martínez, Juez - Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días. Dra. Daniela Piazzo. San Jorge, 3 de Junio de 2014.

S/C 237436 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge. Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/INSAURRALDE, RAMÓN ERNESTO s/Apremio” (Expte. Nº 1652 - Año 2013) en trámite, ante ese Juzgado, se cita, llama y emplaza a RAMÓN ERNESTO INSAURRALDE D.N.I. Nº 20.558.107 y/o QUIEN RESULTA JURÍDICAMENTE RESPONSABLE del inmueble sito en calle San Juan Nº 2391 de la ciudad de San Jorge a fin de que comparezcan, contesten la demanda, opongan excepciones y ofrezcan pruebas en el expediente mencionado, comunicando lo siguiente: San Jorge, 3 de Febrero de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra INSAURRALDE, RAMÓN ERNESTO y/o quien resulte en definitiva propietario y/o jurídicamente responsable del inmueble denunciado, tendiente al cobro de la suma de $ 7.821,21, con más intereses y costas. Cítese de remate a la demandada, con prevención que si dentro del término de ocho días, no opone excepción legítima se mandará llevar adelante la ejecución. Publíquense edictos por el término de ley. Al Punto 3) como se solicita. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 3.910,60, que se presupuestan provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese. Notifique Trillen. Notifíquese. Firmado: Dr. Tristán R. Martínez. Juez - Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres días. Dra. Daniela Piazzo. San Jorge, 3 de Junio de 2014.

S/C 237427 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Señor Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial, y Laboral de Distrito Nº 11 de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados ZARATE NOEMI BEATRIZ c/BRUTINEL MARÍA FRANCISCA y Otros s/Usucapión; (Expte. Nº 245/2014), en trámite ante este Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: San Jorge, 28 de May de 2014. Agréguese. Proveyendo escrito cargo 2474 y 4194: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado. Acuérdesele la intervención legal correspondiente. Por iniciada demanda ordinaria de prescripción adquisitiva a la que se le imprime el trámite de juicio ordinario, contra quien resultare titular de dominio del inmueble inscripto al T° 165 par — F° 5 — Nº 270 — Año 1983, plano mensura duplicado Nº 12-427 del Departamento San Martín en fecha 05/04/2013 y/o contra quien se considere con derechos sobre el mismo, y/o contra Mana Francisca Brutinel de López y/o Etelvina Nélida López y Brutinel. Cítese y emplácese a los accionados mediante publicación de edictos, por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y estrados de este Juzgado. Cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Sastre, para que comparezcan a la causa, dentro del término y bajo apercibimientos de ley, y manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Acompáñese boleta impuesto inmobiliario del presente año a los fines de determinar el sellado correspondiente. Notifiquen la empleada Basualdo y/o Brussa. Notifíquese. Fdo. Dr. Tristán R. Martínez (Juez). Dra. Daniela G. Piazzo (Secretaria). San Jorge, 02 de Julio de 2014. Daniela G. Piazzo, Secretaria.

$ 99 237534 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, de Distrito Nºo 11 de la ciudad de San Jorge, en los autos caratulados: MORERO NÉSTOR FRANCISCO ANTONIO s/Sucesorio” (Expte. Nº 409/14) se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios del Sr. Néstor Francisco Antonio Morero, D.N.I. N° M 6.278.184 para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. San Jorge, 19 de Junio de 2014. Daniela G. Piazzo, Secretaria.

$ 45 237410 Ag. 15 Ag. 29

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En los autos MALANDRA AVELINO BARTOLOMÉ s/Sucesorio; (Expte. Nº 1540/2013), que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11 de San Jorge, el señor Juez dispuso citar, llamar y emplazar a acreedores, herederos, legatarios y todos aquellos a quienes se consideren con derechos a los bienes de la herencia de don Avelino Bartolomé Malandra, para que en el término de ley comparezcan a valer sus derechos. San Jorge, 30 de Mayo de 2014. Daniela G. Piazzo, Secretaria.

$ 45 237543 Ag. 15 Ag. 29

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial Nº 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas, de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/GRAMAGLIA, CATALINA s/Apremio - Expte. N° 245 AÑO 2010”, se ha dictado la siguiente resolución: San Cristóbal, 25 de Marzo de 2014. Y Vistos:... Y Considerando:.. Resuelvo: Hacer lugar a la demanda en todos sus términos y en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, con más sus intereses desde la mora hasta su efectivo pago, según la tasa promedio anual que aplica el Banco de Santa Fe S.A. para sus operaciones ordinarias de descuentos, atendiendo el tipo de moneda reclamado, hasta que el Actor perciba íntegramente el capital reclamado, y las costas del juicio. Diferir la audiencia a los efectos del sorteo de martillero, hasta que se acredite la anotación de embargo ordenado en autos. Costas a la demandada, a cuyos efectos difiero la regulación de honorarios en ocasión de practicarse liquidación. Notifíquese. Regístrese. Insértese y Archívese el original. Fdo.: Dr. Hugo R. Beltramo - Secretario. Dr. Germán A. Vivas - Juez. Claudia Mariana Giampietri, Secretaria subrogante.

S/C 237435 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas, de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/COLLERA, SILVESTRE s/Apremio - Expte. N° 251 Año 2010”, se ha dictado la siguiente resolución: San Cristóbal, 25 de Marzo de 2014. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:.. RESUELVO: Hacer lugar a la demanda en todos sus términos y en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, con más sus intereses desde la mora hasta su efectivo pago, según la tasa promedio anual que aplica el Banco de Santa Fe S.A. para sus operaciones ordinarias de descuentos, atendiendo el tipo de moneda reclamado, hasta que el Actora perciba íntegramente el capital reclamado, y las costas del juicio. Diferir la audiencia a los efectos del sorteo de martillero, hasta que se acredite la anotación de embargo ordenado en autos. Costas a la demandada, a cuyos efectos difiero la regulación de honorarios en ocasión de practicarse liquidación. Notifíquese. Regístrese. Insértese y Archívese el original. Fdo.: Dr. Hugo R. Beltramo - Secretario. Dr. Germán A. Vivas - Juez. San Cristóbal, 30 de Julio de 2014.

S/C 237438 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas, de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/ALEGRE, LÁZARO s/Apremio - Expte. Nº 113 Año 2014, se ha ordenado lo siguientes San Cristóbal, 24 de Julio de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en fotocopias, las que previa certificación por el actuario se agregan a autos, devolviéndose el original al interesado. Acuérdesele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio por cobro de la suma de $ 1.456,50, en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, por el período que indica en el escrito de demanda y conforme liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas, contra LÁZARO ALEGRE, con domicilio en zona urbana de la localidad de Huanqueros (Pcia. de Santa Fe), y/o quien resulte propietario y/o responsable del inmueble descripto en el pto. III HECHOS del escrito de demanda. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el/los inmueble/s -cuyos datos regístrales denuncia- por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines ofíciese. Autorizase al profesional actuante a intervenir en su diligenciamiento. Autorizase la notificación vía postal. A los fines solicitados en el punto 7) del petitorio, ofíciese como solicita. Notifiquen: Ardusso y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia Mariana Giampietri – Secretaría. Dr. Germán A. Vivas - Juez.

S/C 237472 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas, de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/ALEGRE, LÁZARO s/Apremio - Expte. Nº 114 año 2014, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 24 de Julio de 2014. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en fotocopias, las que previa certificación por el actuario se agregan a autos, devolviéndose el original al interesado. Acuérdesele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio por cobro de la suma de $ 1.456,50, en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, por el período que indica en el escrito de demanda y conforme liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas, contra Lázaro Alegre, con domicilio en zona urbana de la localidad de Huanqueros (Pcia. de Santa Fe), y/o quien resulte propietario y/o responsable del inmueble descripto en el pto. III HECHOS del escrito de demanda. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (Art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el/los inmueble/s -cuyos datos regístrales denuncia- por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al profesional actuante a intervenir en su diligenciamiento. Autorizase la notificación vía postal. A los fines solicitados en el punto 7) del petitorio, ofíciese como solicita. Notifiquen: Ardusso y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia Mariana Giampietri – Secretaría. Dr. Germán A. Vivas - Juez.

S/C 237477 Ag. 15 Ag. 20

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por Disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera - Santa Fe – Secretaría Primera, en los autos caratulados: “Banco De Santa Fe S.A. c/APUT, JULIO ARGENTINO s/Ejecutivo”, Expte n° 79/1.997, que se tramita por ante dicho tribunal, se cita a los sucesores y/o herederos de Julio Argentino Apud, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Vera, 28 de Julio de 2.014. Dra. Silvina Inés Días, Secretaria subrogante.

$ 52,50 237471 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13, Civil, Comercial y Laboral - Segunda Nominación - de la ciudad de Vera (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Abel Stirnemann, L.E. Nº 6.325.311, en autos: “STIRNEMANN, ABEL s/Sucesorio (Expte. Nº 263/2014), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 4 de Agosto de 2014. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 45 237535 Ag. 15 Ag. 29

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RAFAELA

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. N° 63 - año 2012 -ACOSTA, PEDRO F. y Otros c/DIAZ, ARSENIO y Otros s/Ordinario” se ha dispuesto notificar la siguiente Resolución: Rafaela, 29 de Julio de 2014.- Y VISTOS:... Por ello, la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral, Resuelve: Rechazar los recursos interpuestos y confirmar la resolución impugnada, aunque por distintos fundamentos, con costas a los recurrentes. Regístrese, notifíquese y bajen. Fdo.: Macagno-Abele-Roman (Se abstiene) - Jueces de Cámara – Héctor Albrecht, Secretario. Rafaela, 7 de Agosto de 2014.

S/C 237369 Ag. 15 Ag. 19

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 5 de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, sito en calle Alvear 214, 1° piso, Rafaela, Santa Fe. En autos caratulados Expíe. N° 7499/2011, BAZAR AVENIDA S.A. c/TADDEI JOSÉ ALBERTO s/Ejecutivo, hace saber que se ha resuelto lo siguiente: “Rafaela, 30/04/2014.- Y VISTOS:.... Y CONSIDERANDO:.... RESUELVO: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la Actora se-haga íntegro cobro del capital reclamado de pesos quinientos dieciseis con veintitrés centavos ($ 516,23) con más el interés pactado, hasta el máximo del veinticuatro por ciento (24%) anual, conforme el criterio sustentado por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, en autos Expte. n. 169/95 - MOTOSPORT SRL c/ CÁRDENAS s/Ordinario, a partir del 05/05/2009, y hasta la fecha del efectivo pago Con costas. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Mié, Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez ale.” Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. Art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 12/06/2014. “Conforme lo solicita notifíquese a la parte demandada mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Mié; Secretario, Dra. Ana Laura Mendoza, Juez a/c. Rafaela, 31 de Julio de 2014.

$ 33 237379 Ag. 15 Ag. 19

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El Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 5 de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, sito en calle Alvear 214, 1° Piso, Rafaela, Santa Fe. En autos caratulados Expte. Nº —- , BAZAR AVENIDA S.A c/ SALE JUAN CARLOS s/Ejecutivo, 9025/2011, el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: “Rafaela, 30 de abril de 2014.- Y VISTOS: ... . Y CONSIDERANDO: ... . RESUELVO: Hacer lugar a la demanda. En consecuencia, condeno a la parte Demandada a satisfacer a la Actora, en el termino de diez días, el capital reclamado de pesos ciento veintidós con 65/100 ($ 122,65) con más el interés pactado, hasta el máximo del veinticuatro por ciento (24 %) anual, conforme el criterio sustentado por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, en autos Expte. n. 169/95 - MOTOSPORT SRL c/ CÁRDENAS s/Ordinario, a partir del 24/08/2009 y hasta la fecha del efectivo pago. Con costas. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Mié, Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez a/c.” . Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. Rafaela, 13 de junio de 2014.- Conforme lo solicita notifíquese a la parte demandada mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial por el término y bajo apercibimiento de ley.- Notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Mié, Secretario; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez a/c.

$ 33 237377 Ag. 15 Ag. 19

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. Nº 1396 - Año 2010 - JUAREZ PABLO y GONZALEZ EUSEBIA NELIDA s/Sucesorio”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Eusebia Nélida González (L.C. Nº 0753.982), para que dentro del término de ley comparezcan ante el citado Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. A tales efectos su publican edictos en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado en sede de estos Tribunales conforme lo dispone el Art.67 del C.P.C.C., modificado por Ley Nº 11.287. Rafaela, 30 de Julio de 2014. Fdo. Elido G. Ercole, Juez. Julia Fascendini, Secretaria. Nicolás A. Pasero, Prosecretario Subrogante.

$ 45 237437 Ag. 15 Ag. 29

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos caratulados: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ FLEITAS. ALBERTO DANTE s/Juicio Ordinario; Expte. Nro. 421 de 2013, que se tramita por ante dicho Tribunal, se ha dictado la siguiente resolución: Reconquista, 21 de Julio de 2014. Autos y Vistos... Considerando... Resuelvo: Hacer lugar a la demanda, condenar a Alberto Dante Fleitas a abonar a la parte actora la suma reclamada con más los intereses pactados, costos, gastos, IVA y costas, dentro del término de diez días de notificado, bajo apercibimiento de ley. Regular honorarios oportunamente. Hágase saber, insértese y agréguese copia. Fdo: Dra. Celina Alloa Cásale – Secretaria - Dr. Carlos Manuel Agustini -Juez. Reconquista, 6 de Agosto de 2014.

$ 52,50 237470 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista, Santa Fe, en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE SA c/ALTAMIRANO GABRIEL EXEQUIEL s/Ejecutivo” Expte. Nro. 1122 de 2009, que se tramita por ante dicho Tribunal, se ha dictado la siguiente resolución: Reconquista, 17 de Junio de 2014. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses compensatorios y punitorios pactados, gastos y costas. Regular honorarios oportunamente. Hágase, saber, insértese y agréguese copia. Fdo: Dra. Celina Alloa Cásale – Secretaria - Dr. Carlos Manuel Agustini -Juez. Reconquista, 4 de Julio de 2014.

$ 52,50 237466 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial 1° Nominación de la ciudad de Reconquista, en los autos caratulados: FERNANDEZ, ESTEBAN DARIO c/TOLEDO, ROBERTO GABRIEL s/Juicio Ejecutivo; Expte. N° 1123/2010, se ha dispuesto: Reconquista; 28 de Marzo de 2014; Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde al demandado. Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza, Juez. Dra. Patricia Vanrrell, Secretaria. Reconquista, 12 de Mayo de 2014.

$ 33 237502 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito 4° Civil y Comercial, Segunda Nominación de esta ciudad de Reconquista (sí), se hace saber que en los autos caratulados: SANDRIGO, ORLANDO OSCAR s/Concurso Preventivo (Hoy Quiebra)“ (Expte. N° 1302/2003), lo siguiente: Reconquista, 20 de Noviembre de 2010. Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Orlando Oscar Sandrigo por pago total; 2) Publíquese Edictos de ley; 3) Regular en la suma de $ 3.500,00 los honorarios profesionales del Síndico CPN José Morano y en igual suma los del abogado del fallido Dr. Gustavo A. Bianchini por la actuación posterior a la homologación del acuerdo preventivo. Dése intervención al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a Caja Forense. Notifíquese, agréguese y archívese. Firmado: Dra. María Gisela Gautero, Secretaria. Dr. Carlos Manuel Agustini, Juez. Reconquista (SF), 24 de Julio de 2014. Fdo: Dra. Celina Alloa Cásale – Secretaria.

$ 165 237378 Ag. 15 Ag. 22

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación en autos caratulados: MOSCHEN NORMA MANA s/Usucapión; Expte. Nº 382/2013, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 17 de Junio de 2014. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde al titular del dominio señora María Diez de Lanteri y/o quien resulte propietario del inmueble motivo de autos. Notifíquese. Firmado: Dra. Patricia Vanrrell, Secretaria. Dr. José María zarza, Juez. Reconquista, 23 de Julio de 2014. Patricia Vanrrell, Secretaria.

$ 99 237450 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Segunda Nominación en autos caratulados: UNIÓN AGRÍCOLA AVDA. COOP. LTDA. c/GERARD MARIO ANGEL s/Juicio Ejecutivo; Expte. N° 316/2012, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 30 de Agosto de 2012. Por presentado, domiciliado, en el carácter que invoca, acuérdasele la intervención legal que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva contra Mario Ángel Gerard. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Decrétese la inhibición general de los bienes del demandado hasta cubrir la suma reclamada con más el 20% estimado provisoriamente para intereses y costas. A tal efecto, ofíciese. Téngase presente la autorización conferida. A los demás, téngase presente. Notifíquese. Notifiquen empleados del Juzgado. Firmado: Dra. Celina R. Alloa Cásale, Secretaria. Dr. Carlos Manuel Agustini, Juez. Otro Decreto: Reconquista, 06 de Agosto de 2013. Atento constancias de autos, notifíquese por edictos, autorizando a la presentante a intervenir. Notifíquese. Firmado: Dra. Celina R. Alloa Cásale, secretaria. Dr. Carlos Manuel Agustini, Juez. Reconquista; 26 de Mayo de 2014. Fdo: Dra. Celina Alloa Cásale – Secretaria.

$ 52,50 237447 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Segunda Nominación en autos caratulados: SAUCEDO MERCEDES ERMINDA s/Sucesorio” Expte. Nº 154 Año 2014 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de la señora Saucedo Mercedes Erminda, L.C. N° 2.799.927, domiciliada en la ciudad de Avellaneda, Dpto. Gral. Obligado (SF), a fin de que comparezcan en autos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Reconquista. 24 de Julio de 2014. Dra. Celina Alloa Cásale – Secretaria.

$ 45 237456 Ag. 15 Ag. 20

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. N° 4 Civil y Comercial de Reconquista, Tercera Nominación en autos caratulados: PADUAN ANDREA BIBIANA s/Sucesorio” Expte. N° 159 Año 2014 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios del señor Paduan Andrea Bibiana, D.N.I. Nº 24.060.203, domiciliado en Avda. Ausonia N° 428 de la ciudad de Avellaneda, Dpto. Gral. Obligado (SF), a fin de que comparezcan en autos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Reconquista, 26 de Junio de 2014. Celina R. Alloa Casale, Secretaria Subrogante.

$ 45 237456 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Tercera Nominación en autos caratulados: “PEREYRA JESUS s/Sucesorio; Expte. Nº 93 Año 2014 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios del señor Pereyra Jesús, D.N.I. Nº 6.344:478, domiciliado en Ruta 31S Km. 1, Avellaneda, Dpto. Gral. Obligado (SF), a fin de que comparezcan en autos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Reconquista 24 de Junio de 2014. María Martina Ballario, Secretaria.

$ 45 237454 Ag. 15 Ag. 29

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial, 2da. Nominación de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados SANDALO ROSA s/Sucesorio” (Expte. Nº 250 Año 2014), llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por doña Rosa Sándalo, para que dentro del término de ley se presenten a hacerlo valer. Reconquista, 24 de Julio de 2014. Celina R. Alloa Casale, Secretaria Subrogante.

$ 45 237465 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, de la ciudad de Reconquista, se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores del señor CUCIT, JUAN ARMANDO, D.N.I. Nº 6.335.361, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados “CUCIT, JUAN ARMANDO s/Declaratoria de herederos, Expte. N° 226/2014. Reconquista, 31 de Julio de 2014. Dr. José María Zarza, Juez; Dra. Patricia Vanrrell, Secretaria.

$ 45 237506 Ag. 15 Ag. 29

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación, Dr. José María Zarza, se cita, llama y emplaza a estar a derecho a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Gregorio Rolando Barca y la Sra. Gladys Belkis Sánchez, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “BARCA, GREGORIO ROLANDO y Otros s/Sucesorio” Expte. Nº 38 /2013 de tramitado por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación, Secretaria a cargo del Dra. Patricia Vanrrell. Reconquista, 1 de Agosto de 2014.

$ 45 237514 Ag. 15 Ag. 29

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