picture_as_pdf 2012-08-15

ADMINISTRACION PROVINCIAL

DE IMPUESTOS


RESOLUCION Nº 009/12 - GRAL.


Santa Fe, 24 de Julio de 2012

VISTO:

El Expediente N° 13301-0223603-6 y agregado N° 13301-0223578-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Cámara Primera del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe y la Asociación de Graduados en Ciencias Económicas del Norte Santafesino solicitan a este Organismo que contemple la posibilidad de considerar ingresados en término la presentación y pago del anticipo mayo de 2012 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyo vencimiento operó el día 18 de junio de 2012 para contribuyentes de la ciudad de Reconquista, cuando su ingreso se hubiese efectuado hasta el día 22 de junio del corriente año;

Que fundamentan su pedido en la crisis que ha provocado el incendio ocurrido en una de las plantas transformadoras de la ciudad de Reconquista, produciendo un corte del suministro de energía eléctrica durante 27 horas desde el domingo 17/06/2012, lo cual ocasionó la imposibilidad de preparar y presentar las diferentes declaraciones juradas y su correspondiente pago o depósito, en la medida que corresponda;

Que atento a ello y a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, como así también dar igualdad de oportunidades a todos los contribuyentes resulta necesario establecer que la presentación y pago del anticipo mayo/2012 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operaron el día 18 de junio de 2012 para contribuyentes locales y los días 18 y 19 de junio de 2011 para contribuyentes de Convenio Multilateral, serán considerados tempestivos si estuviesen ingresados hasta el 22 de junio de 2012.

Tal excepción regirá exclusivamente para contribuyentes de la ciudad de Reconquista;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 13, 15 y concordantes del Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias);

Que Dirección General Técnica y Jurídica se expide mediante el Informe N° 428/2012 de fs. 17, no advirtiendo observaciones de índole técnica que formular;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Establecer que la presentación y pago del anticipo mayo de 2012 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operaron el día 18 de octubre de 2012 para contribuyentes locales y los días 18 y 19 de junio de 2012 para contribuyentes de Convenio Multilateral serán considerados tempestivos si estuviesen ingresados hasta el 22 de junio de 2012 inclusive.

Tal excepción regirá exclusivamente para contribuyentes de la ciudad de Reconquista.

Artículo 2° - Los pagos ingresados con posterioridad a la fecha fijada por el artículo precedente, se considerarán fuera de término y los accesorios se aplicarán desde los vencimientos originales establecidos por el Decreto Nº 2865/2011.

Artículo 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. CARLOS M. CEBALLOS

Director General

S/C 9055 Ag. 15

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

NOTIFICACION


En relación a los autos administrativos Nº 16103-0028705-4 Registro del Sistema de Información de Expedientes caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1670 de fecha 10/11/2010 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto N° 10.204/ 58, al infractor Sr. ELADIO OVIDIO RUDOLF, último domicilio en Sargento Cabral S/N°, de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 180 dictada el 13 de Marzo de 2012 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve: Artículo 1º - Aprobar el Acta de Infracción S/Nº 1670 de fecha 10/11/2010, conforme lo dispone la normativa vigente. Artículo 2º - Intimar al Sr. JORGE OSVALDO GAZZERA MISSIO, en carácter de conductor, con domicilio en Zona Rural, de la localidad de Cululú, Provincia de Santa Fe, el transportista el Sr. Eladio Ovidio Rudolf, con domicilio en Sargento Cabral S/Nº de la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, y el cargador “AGROSERVICIOS HUMBOLDT S.A.”, con domicilio en Ruta 70 Km. 33 de la localidad de Humboldt, Provincia de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 5.858,90 (Pesos Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho con 90/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis 880 de esta ciudad de Santa, Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza, que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.

Artículo 3° - La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Scania, Modelo Tº 114 GB, Dominio Chasis FFN/698, Dominio Acoplado FMO 673, Sr. Jorge Osvaldo Gazzera Missio, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Cululú, Provincia de Santa Fe, el transportista el Sr. Eladio Ovidio Rudolf, con domicilio en Sargento Cabral S/Nº, de la localidad de Ituzaingo, Provincia de Corrientes, y el cargador “AGROSERVICIOS HUMBOLDT S.A”, con domicilio en Ruta 70 Km. 33 de la localidad de Humboldt, Prov. de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 5.858,90 (Pesos Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho con 90/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 4° Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/c 9063 Ag. 15 Ag.16

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SUBSECRETARIA DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACION


La Dra. Adriana Lorena Benítez, Secretaria del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 Primera Secretaría de la ciudad de Santa Fe, por la presente hace saber a Uds. que en el Expediente Nº 172, Año 2012, caratulado: S.D.N.A.F./Rodríguez R. y Rodríguez B). s/ Control de Legalidad, que se tramita por ante el Tribunal Colegiado de familia Nº 5 Primera Secretaría, la Sra. Jueza Mariana Herz, mediante Resolución de fecha 11 de mayo de 2012, ha ordenado lo siguiente: AUTOS y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: 1) Tener por efectuado el control de Legalidad de la medida de Protección Excepcional adoptada por disposición Nº 3 de fecha 17 de febrero de 2012, ratificándola. Protocolícese. Agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley 12.967. Oportunamente, archívese. Fdo.: Mariana Herz (Jueza) - Adriana Lorena Benítez (Secretaria).

S/C 174842 Ag. 15 Ag. 17

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