MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
COMUNICADO
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca Encuadernador para realizar tareas en el Registro Civil de Santa Fe
Trabajo a realizar: Encuadernar libros registrales en el inmueble ubicado en calle San Luis 2950. Horas semanales: 30.
Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.
Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211
Consultas: Teléfono 0342-4506790. E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar
S/C 19509 May. 16 May. 18
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MINISTERIO DE
INFRAESTUCTURA Y
TRANSPORTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
NOTIFICACIÓN DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos N° 16102-0034536-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2568 de fecha 23/04/2015 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21º inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a los infractores Nuevo Banco de Santa Fe S.A., con ultimo domicilio conocido en San Martin 315 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Villa San José Agro S.A. con ultimo domicilio conocido en Pardissien 2323 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución N° 835 dictada el 5 de Julio de 2016 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2568 de fecha 23/04/2015, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor, Baulia Lalindes Eladio Ramón, con domicilio en Santiago Gilli 612 de la localidad de Suardi, Provincia de Santa Fe, los Transportistas Nuevo Banco de Santa Fe S.A., con domicilio en San Martin 315 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Villa San José Agro S.A. con domicilio en Pardissien 2323 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el cargador Cil Aceitera S.A. con domicilio en Zona Rural de la localidad de Egusquiza Provincia de Santa Fe, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $8.659,50.- (Pesos ocho mil seiscientos cincuenta y nueve con 50/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Iveco, Modelo 170E 22T, Dominio Chasis JBV 855 y Dominio Semirremolque ILO 274, siendo el conductor Baulia Lalindes Eladio Ramón, con domicilio en Santiago Gilli 612 de la localidad de Suardi, Provincia de Santa Fe, los Transportistas Nuevo Banco de Santa Fe S.A., con domicilio en San Martin 315 de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Villa San José Agro S.A. con domicilio en Pardissien 2323 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el cargador Cil Aceitera S.A. con domicilio en Zona Rural de la localidad de Egusquiza Provincia de Santa Fe, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $8.659,50.- (Pesos ocho mil seiscientos cincuenta y nueve con 50/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 19508 May. 15 May. 16
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MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
NOTIFICACIÓN
En las actuaciones tramitadas por expediente Nº 01501-0060616-0 caratulado: HOGAR DE ADULTOS MAYORES S J BAUTISTA – REF: S/FALTA SIN AVISO DE LA AG. CARDOZO ELSA.- .-, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Desarrollo Social, a tenor de lo dispuesto por el artículo 21 inciso c) del Anexo Único del Decreto-Acuerdo Nº 4174/15, notifica lo siguiente: Decreto Nº 0156 _ Santa Fe 31 de enero de 2017. Visto el expediente Nº 01501-0060616-0… y Considerando:…Por ello EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Déjase cesante a la señora ELSA MARÍA CARDOZO (Clase 1965 - M.I. Nº 17.521.891), personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial de Políticas de Adultos Mayores del Ministerio de Desarrollo Social, Categoría 01 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, con funciones de Servicio Asistencial en el Hogar de Ancianos San Juan Bautista de Chañar Ladeado -Departamento Caseros- por la causal prevista en el Artículo 53 inciso c) de la Ley N° 8525, abandono de servicios sin causa justificada.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.-
Fdo. Ing. Roberto Miguel Lifschitz. Gobernador de la Provincia de Santa Fe.
Asimismo se le hace conocer, en cumplimiento de los términos de la Ley 12071 sobre los derechos recursivos y plazos para ejercerlos, lo siguiente: Art. 42 del Decreto Nº 4174/15 “El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, intereses legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dicto el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer recurso sera de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio.
El recurso de revocatoria podrá interponerse también contra cualquier decisión que dicte la máxima autoridad de los entes descentralizados autárquicamente.
La impugnación podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, merito o conveniencia.
S/C 19513 May. 15 May. 17
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MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
COORDINACION EJECUTORA
PROVINCIAL PARA LA
REGULARIZACION DOMINIAL
Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Diarios “El Litoral” y “El Mirador Provincial”, en fecha MARTES 16 de MAYO de 2017, a las siguientes personas:
REGION II - NODO RAFAELA
DEPARTAMENTO: 9 DE JULIO - LOCALIDAD: LOGROÑO
1.- ISABEL BRIONES, MANUEL SAENZ, GONZALO SAENZ, MELQUIADES SAENZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVDA. DE LOS INMIGRANTES N° 647 ,de la localidad de: LOGROÑO – 9 DE JULIO, identificado como: Lote V Manzana 28 Plano N° 89742/1979: Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-002701/0000-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 56 N° 18534/1947 Departamento: 9 DE JULIO Tomo 33 F° 91 B N° 4323/1947 Departamento: SAN CRISTOBAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081134-8, Iniciador : GALIANO AUDELINA.
2.- ISABEL BRIONES, MANUEL SAENZ, GONZALO SAENZ, MELQUIADES SAENZ , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVDA. DE LOS INMIGRANTES S/N° ,de la localidad de: LOGROÑO- 9 DE JULIO , identificado como: Lote IX Manzana 27 Plano N° 89742/1979: Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-002699/0009-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 56 N° 18534/1947 Departamento: 9 DE JULIO Tomo 33 F° 91 B N° 4323/1947 Departamento: SAN CRISTOBAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081451-8 Iniciador :RIOS MARIEL MARIA ITATI
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: LA CRIOLLA
3.- PEDRO MENDEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ENTRE RIOS N° 563 ,de la localidad de: LA CRIOLLA , identificado como: Lote 2 Manzana 22 Plano N° 5084/1900 Partida Inmobiliaria Nº 06-05-00-025819/0000-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 72 F° 309 N° 31301/1947 Departamento: SAN JUSTO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081231-4, Iniciador :.MOYA NESTOR FAVIAN
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: RECREO
4.- ANDRES COLL, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ESTANISLAO LOPEZ N° 705 ,de la localidad de: RECREO , identificado como:Lote 2 Manzana B 4 Plano N° 102558/1983: Partida Inmobiliaria Nº 10-10-00-139574/0002-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 423 Impar F° 1779 N° 20215/1983 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079680-9, Iniciador :.DIAZ ELIZABETH DEL CARMEN
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: RECREO
5.- GREGORIO MENDOZA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Ruta Provincial N° 1- Km. 12,5 – CALLE 22- ,de la localidad de: ARROYO LEYES , identificado como:: Partida Inmobiliaria Nº 10-15-00-735295/0003-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 83 Par F° 341 N° 13262/1925 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0063356-6, Iniciador :PAEZ RICARDO HECTOR
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE
6.- T.O.T.A.L. SOCIEDAD ANONIMA INMOBILIARIA COMERCIAL INDUSTRIAL Y FINANCIERA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PASAJE PUBLICO N° 9166 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como: Lote 24 Manzana 9150 A Plano N° 122742/1994: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133771/0025-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 388 Par F° 4024 N° 60828/1980 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0078721-4, Iniciador :.SORIANO ANA MARIA.
7.- LEON GERONIMO MANGOLD, ANA MARIA MANGOLD, EVAR O EBAR MANUEL MANGOLD, VIOLETA DEL VALLE MANGOLD, NELIDA BEATRIZ MANGOLD, RAMONA GISELLA NILMA MANGOLD, MARIO OSCAR SOLIS MANGOLD, JOSE LUIS SOLIS MANGOLD, NESTOR CARLOS SOLIS MANGOLD, MIGUEL ANGEL MANGOLD Y HUGO RAMON SOLIS MANGOLD, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FRENCH N° 2005 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como: Lote OCHO Manzana 8120 Plano N° 1576/1952: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133288/0113-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 290 Impar F° 762 N° 11065/1997 Departamento:LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0072715-3, Iniciador :HERRERA ARNALDO ANDRES.
8.- LUISA MARIA ESCHER , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:9 DE JULIO N° 7849 Int. 2 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como:Lote 21 Manzana 7828-E Plano N° 62159/1971: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133251/0029-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 294 Par F° 2783 N° 18551/1970. Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0078830-5, Iniciador :MAIDANA MARIA INES.
9.- MAGDALENA CARRILLO DE GALAN, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ROQUE SAENZ PEÑA N° 1901 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como:Lote D Manzana 1940 Plano N° 4437: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-02-103392/0004-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 114 Impar F° 949 N° 34797/1938 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0079683-2 Iniciador :. GIMENEZ SUSI MARGARITA
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME
10.- ABEL JUSTO ALTARE , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JUJUY N° 3585 ,de la localidad de:SANTO TOME , identificado como:Lote 11 Manzana I Plano N° 47705/1966: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143281/0137-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 407 Par F° 1275 N° 16392/1982 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0078620-4, Iniciador :. CARIAGA GLORIA MERCEDES
11.- MARIA TERESA RICARDINI DE LEON (½), JACINTA AMELIA RICARDINI (½), Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PJE. PELEGRINI N° 3079 ,de la localidad de: SANTO TOME , identificado como:Lote 16 Manzana B Plano N° 41903/1963: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-142847/0041-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 422 Par F° 1396/1398 N° 14378/14379//1983 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0053758-3, Iniciador :AGUIRRE RAMON.
12.- SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA “PIAGENTINI HERMANOS” , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: URUGUAY N° 3327 ,de la localidad de: SANTO TOME , identificado como:Lote 17 Manzana 3833 Plano N° 123229/1994: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143284/0073-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 346 Par F° 3869 N° 28532/1976 Tomo 341 Impar F° 610 N° 3445/1976Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0078880-0 Iniciador :.SALTO SILVIA JOSEFINA
REGION I - NODO SANTA FE
DEPARTAMENTO: SAN JERONIMO - LOCALIDAD: CORONDA
13.- BENEDICTO INSAURRALDE, PETRONILA SOTELO DE INSAURRALDE, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LOPEZ Y PLANES N° 1366 ,de la localidad de: CORONDA , identificado como:Lote 11 A Manzana 59 Plano N° 109314/1986: Partida Inmobiliaria Nº 11-05-00-148693/0000-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 74 Impar F° 243 N° 23311/1946 Tomo 165 Par F° 2411 N° 98372/1983 Departamento: SAN JERONIMO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0074396-6, Iniciador :CASTILLO MERCEDES AMELIA.
S/C 19496 May. 15 May. 17
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SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 113/2017
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 10/05/2017
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: METALÚRGICA ARD S.A. CUIT Nº 30-70913568-2; “SENSOR TECNOLOGÍA” de SENSOR AUTOMATIZACIÓN AGRÍCOLA S.A. CUIT Nº 30-67391370-5.
ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “BERTOSSI ASCENSORES” de BERTOSSI OSCAR EDUARDO CUIT Nº 20-12358545-4; CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. CUIT Nº 30-61878318-5; DROGUERÍA NEW DROG S.R.L. CUIT Nº 30-70723663-5; GRUPO ESTRATÉGICO DE NEGOCIOS S.A. CUIT Nº 30-70852277-1; JULIO CÉSAR VIGIL S.R.L. CUIT Nº 30-59056320-6; KARL STORZ ENDOSCOPIA ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-67820498-2; “TRANSPORTE VIOLETA”, de VIDOLINI ANIBAL OSCAR CUIT Nº 20-16612980-0.
ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 19510 May. 15 May. 16
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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
EDICTO NOTIFICATORIO
Por Resolución de la Sra. Delegada regional - Delegación San Lorenzo - Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da Circunscripción- hago saber a la Sra. Mercedes Laura Lopez, DNI Nº 32.384.919, que dentro del legajo administrativo N° 8520, referenciada administrativamente como " Lopez Aylen Berenice s/ Solicitud de Medida de Protección Excepcional - Ley 12.967” que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente disposición que a continuación se transcribe: “ San Lorenzo, 17 de Abril de 2017-DISPOSICIÓN N° 13/17 VISTO…CONSIDERANDO…DISPONE: DICTAR Resolución Definitiva de la situación de la niña Lopez Aylen Berenice, DNI Nº 53.269.023 , fecha de nacimiento 25/07/2013, hija de la Sra. Mercedes Laura Lopez, DNI Nº 32.384.919 , con domicilio desconocido, de filiación paterna no acreditada, en virtud del tiempo transcurrido desde que la medida fue adoptada, consistente en sugerir al Juzgado de Familia competente, designar como tutor de la niña de marras a la Sra. Liliana Vanesa Alvarez, DNI N° 26.262.946, de conformidad a lo dispuesto por erl art 51 de la Ley N° 12697 y su respectivo decreto reglamentario, no habiendo posibilidades de revinculación en forma permanente y definitiva con la familia de orígen2) NOTIFIQUESE a la progenitora de la niña por medio de los edictos correspondientes3) NOTIFIQUESE al Juzgado de Familia interviniente, una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley N° 129674) OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.-Fdo. Dra. María Fernanda Sauvanet, Delegada Regional, Delegación San Lorenzo, Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia – 2da Circunscripción - . Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza, asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10 . ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.- ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducir se recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.
S/C 19512 May. 15 May. 17
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