picture_as_pdf 2012-05-15

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARIA VALERIA PALACIOS


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito nº 15 de la ciudad de Tostado, Prov. de Santa Fe, a cargo de la Dra. Hayde Maria Regonat –Jueza- Secretaria a cargo de la Dra Margarita Savant , hacen saber que en los autos ““ADROVER JUAN CARLOS C/OTROS S/APREMIO Expte 242 Año 2010”,se ha ordenado que la martillera Publica María Valeria Gorosito Palacios matricula nº 988 venda en publica subasta el día 22 de Mayo de 2012 a las 11Hs o el día hábil inmediato posterior si aquel no lo fuere, por ante las puertas del Juzgado de Distrito nº 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado , Prov. De Santa Fe, proceda a vender la nuda propiedad y usufructo de un inmueble que saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal (fs233) de PESOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON 28/100 ($ 2.528,28-) de no existir interesados el inmueble saldrá a la venta con una retasa del 25% o sea PESOS UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 21/100 ($ 1896,21) y de persistir tal situación saldrá a la venta sin base y al mejor postor, el siguiente inmueble dominio Inscripto (fs. 211 a 214): Inscripto al TOMO 144 FOLIO 731 y 733 Nº 87954 y 87954 bis P.I.I.Nº01-02-00-002158/0013-7, Dpto. 9 de Julio Prov. de Santa Fe. el que se trata de: Una fracción de campo con todo lo en ella existente, ubicada en el Distrito Tacurú, Departamento Nueve de Julio de la Provincia de Santa Fe, que es parte del Establecimiento “El Gato Colorado” y del lote numero tres, conforme al Plano del Agrimensor Juan Manuel Castagnino, según titulo y de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado el 22 de Julio de 1979, por el Agrimensor don José Lorenzo Eusebio Isla, e inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro bajo el 91518, se designa como lote “3 H” y tiene las siguientes medidas y linderos a saber: un mil trescientos cuarenta y ocho metros con cuarenta y un centímetros de frente al Oeste, con un contrafrente al Este de seiscientos noventa metros cincuenta y dos centímetros, por un mil setecientos ochenta y ocho metros dos centímetros de frente y fondo en su costado Sur, siendo su costado Norte una línea quebrada, la que partiendo del frente Oeste hacia el Este, mide un mil doscientos ochenta y tres metros, donde termina esta medida hacia el Sud, mide seiscientos sesenta y siete metros y desde esta medida nuevamente hacia el Este, cerrando la figura mide quinientos cinco metros, lo que encierra una superficie total de DOSCIENTOS OCHO HECTAREAS, VEINTIDOS AREAS , SESENTA Y DOS CENTIAREAS, lindando al Oeste y al Sur. Con camino publico (sin pavimentar) al Norte con el lote 3F al Este con el lote 3 I, todos del plano citado. Informa el Registro General de la Propiedad: que el dominio subsiste a nombre de los demandados reconociendo embargos (fs 399 al aforo nº 136072 de fecha 27/12/2007 “Adrover Juan Carlos c/Otros s/Acción Reivindicatoria” por un monto de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), otro embargo al aforo nº 021378 de fecha 09-03-10 que corresponde a los autos Expte 146/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros (Hoy sus Sucesores) s/ Acción Reivindicatoria, por un monto de Pesos Setenta Mil ($70.000.-) otro embargo al aforo nº 046358 de fecha 13-05-11 corresponde a los autos Expte 242/2010“Adrover Juan Carlos C/ Otros S/ Apremio” por un monto de Pesos Ciento Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Setenta y Siete ($159,877.-) de los presentes autos (fs 401) al aforo nº 136072 de fecha 27/12/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros s/ Acción Reivindicatoria” por un monto de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), otro embargo al aforo nº 021378 de fecha 09-03-10 que corresponde a los autos Expte 146/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros (Hoy sus Sucesores) s/ Acción Reivindicatoria, por un monto de Pesos Setenta Mil ($70.000.-) otro embargo al aforo nº 046358 de fecha 13-05-11 corresponde a los autos Expte 242/2010“Adrover Juan Carlos C/ Otros S/ Apremio” por un monto de Pesos Ciento Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Setenta y Siete ($159.877.-) de los presentes autos (fs 403) al aforo nº 136072 de fecha 27/12/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros s/ Acción Reivindicatoria” por un monto de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), otro embargo al aforo nº 021378 de fecha 09-03-10 que corresponde a los autos Expte 146/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros (Hoy sus Sucesores) s/ Acción Reivindicatoria, por un monto de Pesos Setenta Mil ($70.000.-) otro embargo al aforo nº 046358 de fecha 13-05-11 corresponde a los autos Expte 242/2010“ Adrover Juan Carlos C/Otros S/Apremio” por un monto de Pesos Ciento Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Setenta y Siete ($159.877.-) de los presentes autos- otro embargo al aforo 28813 de fecha 25/03/2008 de los autos Expte 146/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros s/Accion Reivindicatoria” por un monto de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), otro embargo al aforo nº 021378 de fecha 09-03-10 que corresponde a los autos Expte 146/2007 “Adrover Juan Carlos c/ Otros (Hoy sus Sucesores) s/ Acción Reivindicatoria, por un monto de Pesos Setenta Mil ($70.000.-) otro embargo al aforo nº 046358 de fecha 13-05-11 corresponde a los autos Expte 242/2010“ Adrover Juan Carlos C/Otros S/Apremio” por un monto de Pesos Ciento Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Setenta y Siete ($159.877.-) otro embargo al aforo 32094 de fecha 3/4/2012 por la suma de Pesos cuarenta y ocho mil setecientos cuarenta con 52/100 ($48.740.52) el equivalente a 139 unidades Jus en concepto de capital con mas la de 19300 estimado para intereses y costas de los presentes autos- Informa el Servicio de Catastro e Información territorial fs 235 que se encuentra situado fuera de la zona contributiva de la ley 2406 to no adeudando importe alguno por tal concepto y no se encuentran afectados por las leyes nº 2157, 2168, 2250, 3375 y 11461.- Informa A.P.I.: fs405 que adeuda en concepto de impuesto inmobiliario la suma de Pesos TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 18/100 ($ 332,18-) correspondientes a los periodos 2008/1, 2009, 2010, 2011 en su totalidad y cuota 1/2012 calculada al 13/04/2012. Informa el Comité de Cuenca de Gato Colorado fs 407: adeuda en concepto de tasa General de inmuebles la suma de Pesos Un mil CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON 07/100 ($1421,07) correspondientes a los periodos 2006 a 2011 en su totalidad calculada al 29 de Marzo de 2012 De la constatación Judicial surge: fs. 196 “Me constituyo en el predio rural de propiedad de los demandados, llamado “LA ABUELA” ubicado en la zona rural de esta localidad. De lo que puedo informar: es un predio rural, de aproximadamente 209 ha, las cuales se encuentran trabajadas unas sesenta de las mismas. Esta alambrado perimetralmente, posee una casa habitación grande, dividida en dos independientes una de otra, aljibe, un galpón para maquinarias en regular estado de uso y un corral para hacienda. El predio posee dos molinos de agua de uso animal. En el predio, vive habitualmente el demandado y su hijo menor. Que ocasionalmente vive su señora madre. Se ven animales pastando, lo que no puedo contar ni encerrar por la precariedad de los medios, me indica que son animales que se encuentran por unos días en el predio y que son ajenos no sabiendo indicar marca o propiedad de los mismos. Expresa el demandado que se desempeña como empleado en la escuela rural de cercanías al predio. CONDICIONES DE VENTA: Para que tenga lugar la subasta de la nuda propiedad y usufructo del inmueble inscripto al Tomo 144 Folios 731 y 733 nº 87954 y 87954 bis- en la forma dispuesta por el decreto de fecha 12-05-10, fs 24 que ordena la cautelar, departamento 9 de Julio del Registro General, embargado en autos, designase el (fs 375) día 22 de Mayo de 2012 a las 11 horas o el día hábil inmediato posterior, si aquel no lo fuere. Atento a las razones indicadas (pto 3) y lo previsto por el art 493, CPCC, la misma se realizara por ante las Puertas del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Tostado, siguiendo las siguientes pautas: el bien saldrá a la venta con la base del avaluó fiscal proporcional de $ 2528,28 y en caso de no haber oferentes, saldrá a la venta con una retasa del 25% y de persistir tal situación saldrá inmediatamente a la venta sin base y al mejor postor, debiendo el eventual comprador abonar en el acto en dinero en efectivo el 10% del precio de compra en carácter de seña y a cuenta del precio total con mas el 3% en concepto de comisión de ley del martillero actuante- quien percibirá asimismo el 3% a cargo del vendedor en el supuesto previsto por el art 88 ley 7547, e IVA si correspondiere. Haciéndose saber que conforme a la doctrina jurisprudencial emanada de la Excma. Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela in re “Banco Suquia c/Scarinci José N. y/u Otra s/Ejecución Hipotecaria” Resolución nº 196 Folio 144/45, libro de Autos, las deudas relacionadas al inmueble correrán por cuenta del adquirente desde la fecha de la toma de posesión del bien subastado, como así también todo otro impuesto y/o sellado que pudiere derivar de este acto, como gastos por transferencia dominial a su nombre y que también serán a su cargo y que las deudas por los rubros indicados existentes a la fecha del remate, concurrirán sobre el producido de la subasta de acuerdo al régimen de privilegios ordenados legalmente (art. 3879.C.C.) El adquirente deberá conformarse con los títulos o constancias de autos, en su caso y después del remate no se admitirá reclamo alguno por falta o insuficiencia de los mismos. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Espacio destinado para tal Fin. Atento a las facultades que surgen del art 21 del CPCC disponese asimismo la publicidad radial de la subasta ordenada, cuya contratación deberá ser acreditada en autos con 48 hs de antelación a la subasta, atento a la inexistencia de medios escritos de publicación regular y periódica en esta sede. Autorizase la publicidad solicitada con cargo de oportuna rendición de cuentas. Notifíquese a la demandada y acreedores hipotecarios si los hubiere. Edictos en el Juzgado dos días antes de la subasta. Con una antelación de cinco días, deberá practicarse liquidación conforme lo dispone el art 495 CPCC. Existiendo deudas pendientes con la API. Notifíquese a dicho organismo. Notifíquese por cedula. Notifíquese .Fdo. Dra. Hayde María Regonat -Jueza- Dra. Margarita Savant- Secretaria-

$ 147,40 167066 May. 15 May. 17

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