picture_as_pdf 2018-03-15

DECRETO Nº 0380


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

05 MAR 2018

VISTO:

El Expediente N° 01501-0088787-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes en cuyas actuaciones se gestiona prorrogar la efectiva vigencia del Decreto N° 3503 del 21 de noviembre de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicho acto administrativo se creó el "Programa de Ayudas Directas, Urgentes y/o Complementarias: ACCIONAR" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y cuya instrumentación se aprobó en el Anexo Único que integró aquel decreto;

Que el Artículo 1 de dicho decreto derogó, a partir de la entrada en vigencia de ese acto, el Decreto N° 1780/81, el Decreto N° 2330/88 sus normas modificatorias y/o complementarias y por su parte, el Artículo 8 de aquella norma, estableció que el mismo entraría en vigencia a los 90 días corridos de su dictado;

Que la presente gestión se funda en lo informado por la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Desarrollo Social en cuanto a que el tiempo que se había estimado para la efectiva puesta en vigencia no resultó suficiente, en tanto no alcanzaron a dictarse los actos administrativos complementarios conforme a las facultades que aquel decreto delegó en la citada Jurisdicción, ello en razón de la necesaria participación y opinión que debe acordarse a todos los funcionarios que pueden hacer uso de ese programa;

Que dicha Subsecretaría estima que el funcionamiento de dicho programa producirá un impacto positivo, marcando un importante cambio en las políticas públicas aplicadas desde esa Jurisdicción, aggiornando las herramientas jurídicas del área social a los desafíos de los nuevos tiempos, por lo que considera conveniente prorrogar por 150 días corridos la entrada en vigencia del Decreto N° 3503/17;

Que el Titular de la Jurisdicción avala la prórroga solicitada;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social se ha expedido al respecto sin formular reparos al acto proyectado;

Que a los fines expuestos y de acuerdo a lo estatuido por el Artículo 72 Incisos 1) y 4) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Establécese que el Decreto N° 3503/17 mediante el cual se creó el "Programa de Ayudas Directas, Urgentes y/o Complementarias: ACCIONAR" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, entrará en vigencia a los 150 días corridos de dictado el presente acto, ello por las razones expuestas en los considerandos de este decreto.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

LIFSCHITZ

C.P.N. Jorge Mario Alvarez

21695

__________________________________________