picture_as_pdf 2013-02-15

Ministerio de Justicia

y Derechos Humanos


DIRECCION PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS

INTERPERSONALES


DISPOSICIÓN Nº 0001


SANTA FE, Cuna de la Constitución

Nacional, 8 de Febrero de 2013

V I S T O:

El Expediente Nº 02001-0017719-0 del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la regulación sobre el procedimiento, requisitos y llamado a inscripción de Mediadores y Comediadores en el Registro Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe de la Ley Nº 13.151; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, la que se reglamenta mediante Decreto Nº 1747/11;

Que, la Ley Nº 13.151 en el artículo 3º determina que: “El Registro de Mediadores y Comediadores se constituirá en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación”;

Que, la reglamentación respectiva establece que el mencionado Registro funcionará en el ámbito de la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales y tendrá a su cargo, entre otras cuestiones la de “Confeccionar la nómina de mediadores y comediadores habilitados para actuar como tales con las facultades, deberes y obligaciones establecidos por la Ley Nº 13.151, su reglamentación y normas complementarias, fijando la sede o sedes de actuación de cada uno”;

Que, los artículos 24º y 25º de la Ley Nº 13.151 y del Anexo I del Decreto Nº 1747/11 establecen los requisitos para ser mediador y comediador, así como lo relativo a su acreditación;

Que, el artículo 42º de la referida Ley de Mediación establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá disponer la implementación del sistema de mediación previsto en forma progresiva en las diferentes circunscripciones judiciales de la Provincia según lo establezca en cronograma de implementación respectivo, no debiendo exceder el plazo de tres (3) años desde su promulgación;

Que, en ese orden de ideas, y a fin de posibilitar la puesta en marcha del sistema de mediación prejudicial de la manera referida, es que se considera necesario, en esta instancia, llamar a inscripción a los mediadores y comediadores de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 13.151, el Anexo I del Decreto mediante Decreto Nº 147/11 y lo dispuesto en la Resolución Nº 413 Anexo I;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 2º del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS

INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1º: Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para la 1º y 2º Circunscripción Judicial desde el día 25 de febrero al 5 de abril del corriente año, en la forma y los horarios indicados en el Anexo de la Resolución Nº 413.-

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días y archívese.-.

S/C. 8840 Feb. 15 Feb. 18

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DISPOSICIÓN Nº 0002


SANTA FE, Cuna de la Constitución

Nacional, 8 de Febrero de 2013

V I S T O:

El Expediente Nº 02001-0017718-9 del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la regulación sobre el procedimiento, requisitos y llamado a inscripción de Mediadores y Comediadores en el Registro Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe de la Ley Nº 13.151; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, la que se reglamenta mediante Decreto Nº 1747/11;

Que, la Ley Nº 13.151 en el artículo 3º determina que: “El Registro de Mediadores y Comediadores se constituirá en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación”;

Que, la reglamentación respectiva establece que el mencionado Registro funcionará en el ámbito de la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales y tendrá a su cargo, entre otras cuestiones la de “Confeccionar la nómina de mediadores y comediadores habilitados para actuar como tales con las facultades, deberes y obligaciones establecidos por la Ley Nº 13.151, su reglamentación y normas complementarias, fijando la sede o sedes de actuación de cada uno”;

Que, los artículos 24º y 25º de la Ley Nº 13.151 y del Anexo I del Decreto Nº 1747/11 establecen los requisitos para ser mediador y comediador, así como lo relativo a su acreditación;

Que, el artículo 42º de la referida Ley de Mediación establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá disponer la implementación del sistema de mediación previsto en forma progresiva en las diferentes circunscripciones judiciales de la Provincia según lo establezca en cronograma de implementación respectivo, no debiendo exceder el plazo de tres (3) años desde su promulgación;

Que, en ese orden de ideas, y a fin de posibilitar la puesta en marcha del sistema de mediación prejudicial de la manera referida, es que se considera necesario, en esta instancia, llamar a inscripción a los mediadores y comediadores de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 13.151, el Anexo I del Decreto mediante Decreto Nº 147/11 y lo dispuesto en la Resolución Nº 413 Anexo I;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 2º del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS

INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1º: Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe para la 3º Circunscripción Judicial desde el día 25 de febrero al 19 de abril del corriente año, en la forma y los horarios indicados en el Anexo de la Resolución Nº 413.-

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días y archívese.-.

S/C. 8841 Feb. 15 Feb. 18

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

JUANA M. B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos “Fisco Nacional (A.F.I.P. c/Otro (C.U.I.T. 20-25342079-1) s/Ejec. Fiscal” Expte. 655/10, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M. B. Angeloni (C.U.I.T. 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 21 de febrero de 2013 a las 9,30 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, se subastarán los siguientes inmuebles; Primero: Galpón en Esquina con mas Oficinas y Depósitos. Buen estado, sup. terr. 657,95 m2. y edif. 520 mts.2. Serv. luz, agua, sobre pavimento. Base: $ 17.021,97 el dominio embargado en autos Nº 049220 F° 534 Tº 224 Impar San Jerónimo y tomado a cargo en el nuevo dominio T° 259 Par F° 1356 N° 91548 Par Dpto. San Jerónimo, partida Api 11-15-00-153177/0003-3 sito en calle 9 de Julio esquina Paganini de (lote A2 del plano 131859) Barrancas Prov. Santa Fe. Ocupada por sus propietarios. Segundo: Casa Habitación 2 dorm. coc. com. living. patio d/d en buen estado, serv. agua, luz, tel. sobre pavimento, a cuatro cuadras del centro. Sup. terr. 311.05 m2, edif. 209 m2. ocupada por sus propietarios. Base: $ 8.469,04 el dominio embargado en autos Nº 040850 Fº 616 Tº 237 Par San Jerónimo y tomado a cargo en el nuevo dominio T° 259 Fº 1354 N° 091481 Par Dpto. San Jerónimo, partida Api 11-15-00-153177/0004-2 sito en la manzana 5 lote A1 plano 131859 con frente a calle Paganini de Barrancas. Condiciones: Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% a cuenta del precio con más la comisión de ley del martillero 3% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.1. ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y servicios devengados a partir de la subasta serán a cargo del comprador así también los gastos de transferencia del dominio. Se hace saber que el adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos. Visitas: libre. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Mayores informes al 0342-154060858. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, Febrero de 2013. Fdo. Patricia A. Fortuna - Agente Fiscal –A.F.I.P.-D.G.I.-

S/C 190356 Feb. 15 Feb. 18

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REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos “Fisco Nacional (A.F.I.P.) c/Otro (C.U.I.T. 20-25342079-1) s/Ejec. Fiscal” Expte. 671/10, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M. B. Angeloni (C.U.I.T. 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 21 de febrero de 2013 a las 11 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, se subastará el inmueble con la Base: $ 62.544,98, se trata de un predio que comprende Planta de Silos, 4 Galpones Grandes, Balanza, Oficinas y Demás Dependencias, todo en buen estado, servicio de luz, gas nat., ubicado frente Acceso Autopista Santa Fe-Rosario, manzana comprendida por las calles Güemes, Antártida Argentina y Benavidez de Barrancas prov. Santa Fe, ocupado por sus propietarios. Sup. total del terr. 8.689,01 mts.2, sup. Edif. 1857 mts.2. Dominio embargado en autos Nº 084445 F° 823 T° 215 Impar San Jerónimo y tomado a cargo en el nuevo dominio T° 259 Par F° 1348 N° 91479 Dpto. San Jerónimo, partida A.P.I. 11-15-00-153821/0421-3 Condiciones: Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% a cuenta del precio con mas la comisión de ley del martillero 3% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.1. ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y servicios devengados a partir de la subasta serán a cargo del comprador así también los gastos de transferencia, del dominio. Se hace saber que el adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos. Visitas: libre.- Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Mayores informes al 0342-154060853. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de Identidad. Santa Fe, febrero de 2013. Fdo. Patricia A. Fortuna - Agente Fiscal –A.F.I.P.-D.G.I.-

S/C 190358 Feb. 15 Feb. 18

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