picture_as_pdf 2019-01-15

REGISTRADA BAJO EL N° 13816


LA LEGISLATURA DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 2 de la Ley N° 10735, que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2.- Desaféctase el destino del lote identificado como Manzana N° 1 del Servicio de Catastro e Información Territorial y como N° 129 del Catastro Comunal, correspondiente a la Partida Inmobiliaria N° 17240038396400003, inscripta en fecha 14/06/1893 en el Tomo 0025, Folio 00445, Número 017757, según plano N° 186517/14, compuesta de cien metros en cada costado, con una superficie total de 10.083,66 metros cuadrados, lindando al Noroeste con la Manzana N° 128, al Noreste con la Manzana N° 130, al Suroeste con Avenida Libertad y al Sureste con Calle Martín Güemes que separa al pueblo de la zona de chacras, afectando el mismo a la construcción de Viviendas Comunales".

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 7 ENE 2019

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Gobierno

Y Reforma de Estado

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