REGISTRADA BAJO EL N° 13809
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Acéptase la donación de un inmueble al Gobierno de la Provincia, de propiedad de la Asociación Civil Hospital de Niños Zona Norte, ubicado en Avenida de los Trabajadores S/N, de la ciudad de Rosario, departamento Rosario, identificado con el número de Nomenclatura Catastral 160307036500035, Partida Inmobiliaria Nº 16-03-07 262216/0003, Sec-Pol-Manz 07 0365, Parcela 0035, con una superficie total del terreno de 7.251,88 m2 y con una superficie edificada de 1.854 m2, según Plano de Mensura Nº 032556/1962 aprobado por el Servicio de Catastro de Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, e inscripto al Tomo 279, Folio 370, Nº de Dominio 103133, departamento 16 - Rosario.
ARTÍCULO 2 - La donación se efectúa con los siguientes cargos:
a) Que el Gobierno de la Provincia lo destine al funcionamiento y mantenimiento del Hospital Provincial de Niños Zona Norte de Rosario "Dr. Roberto M. Carrá", obligándose a mantener la denominación actual del mismo, conforme Resolución del Ministerio de Salud de la Provincia Nº 644/2006;
b) Que la Asociación Civil Hospital de Niños Zona Norte "Dr. Roberto M. Carrá" disponga para su uso, de un espacio de sesenta metros cuadrados (60 m2), ubicado en el actual SUM, con la posibilidad de cambiar la ubicación, conforme surja la necesidad de reubicación por modificación de las zonas funcionales del efector, requiriendo la conformidad expresa de la asociación en dicho caso; y,
c) Que el Gobierno de la Provincia construya un espacio con una superficie mínima de setenta metros cuadrados (70 m2) destinado a una Cafetería - Comedor, el que será explotado exclusivamente por la Asociación Civil Hospital de Niños Zona Norte.
ARTÍCULO 3 - La transferencia se efectivizará libre de deuda y gravámenes. Los gastos de la misma serán a cargo de la donataria.
ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA OCHO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
C.P.N. RUBÉN PIROLA
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 7 ENE 2019
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-
Dr. Pablo G. Farías
Ministro de Gobierno
Y Reforma de Estado
27490
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