picture_as_pdf 2019-01-15

REGISTRADA BAJO EL N° 13799


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Declárase de interés general y sujeta a expropiación, con destino a la prolongación de calle 1ro. de Mayo y al mejoramiento de la circulación vehicular, una franja de 7,50 metros perteneciente a la fracción de terreno identificada como Lote 4 del Plano de Mensura y Subdivisión Registrado bajo el N° 75119 del año 1973, confeccionado por el ingeniero Civil Ricardo Torresi, señalado como Parcela 84 de la Manzana 11 de la Sección "Y", la que posee 70 metros de frente sobre la prolongación de calle 1ro. de Mayo hacia el SO por 7,50 metros de fondo en sus lados NO y SE, su lado NE posee 70 metros y encierra una superficie total de 525 m2. El lote sujeto a expropiación está situado en la zona suburbana de la ciudad de Casilda, departamento Caseros, en calle 1ro. de Mayo, entre las calles Nro. 26 al Noroeste y la proyección de la futura calle N° 28, todo sujeto al respectivo Plano de Mensura y Subdivisión que se debe confeccionar al efecto.

ARTÍCULO 2.- La fracción de terreno descripta en el artículo precedente se encuentra inscripta en el Registro General de Rosario al Tomo 179, Folio 389, N° 138280, departamento Caseros, a fecha 6 de mayo de 1974, Partida impuesto inmobiliario 18-05-12391086/0002, y es propiedad de la firma BASCULAS LATORRE S.A.

ARTÍCULO 3.- La expropiación dispuesta en la presente ley es con destino a la apertura y prolongación de calle 1ro. de Mayo entre la calle N° 26 al Noroeste y proyección de la futura calle N° 28, y a permitir la comunicación y mejorar la circulación vehicular de la ciudad de Casilda, departamento Caseros.

ARTÍCULO 4.- Autorízase a la Municipalidad de Casilda, departamento Caseros, a llevar adelante la acción expropiatoria conforme la ley 7534 y la ordenanza de la Municipalidad de Casilda N° 2735 de fecha 1 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO 5.- Las erogaciones que demande la ejecución de la presente ley, la confección de los respectivos Planos de Mensura y Subdivisión y demás documentación que fuere necesaria, son a cargo de la Municipalidad de Casilda, departamento Caseros.

ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. RUBÉN PIROLA

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 7 ENE 2019

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Gobierno

Y Reforma de Estado

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