picture_as_pdf 2014-01-15

REGISTRADA BAJO EL Nº 13389


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Trasládase el asiento del Registro de Contratos Públicos N° 489 de la localidad de Angélica, a la ciudad de Rafaela, ambas del Departamento Castellanos.

ARTÍCULO 2.- Derógase toda disposición legal que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámra de Diputados

Jorge Raúl Hurani

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, -7 ENE 2014

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

10804

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