REGISTRADA BAJO EL Nº 12927
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Artículo 1 de la Ley Nº 12.616, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º.- Decláranse de interés general y sujetos a expropiación los inmuebles de la localidad de La Gallareta, departamento Vera, que a continuación se enumeran:
1.- Lote: e de la Manzana Nº 17 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-556406/0005-0;
2.- Lote: a al g de la Manzana Nº 28 – Plano Nº 45539 PII Nº 02-03-00-556403/0000-8;
3.- Lote: c de la Manzana Nº 11 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-556482/0005-0;
4.- Lote: e de la Manzana Nº 16 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-556405/0001-5;
5.- Lote: a de la Manzana Nº 3 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-556488/0001-8;
6.- Fracción: f de la Manzana Nº 41 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-556328/0000-4;
7.- Fracción 1 – Plano 27051 y 95193 – PII Nº 02-03-00-556598/0000-0;
8.- Lote: c de la Manzana Nº 16 – Plano Nº 26663 PII Nº 02-03-00-00556405/0004-2;
9.- Lote: b de la Manzana Nº 16 – Plano Nº 121297 PII Nº 02-03-00-00556405/0007-9.”
ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán a cargo de la provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2694
SANTA FE, 04 NOV 2008
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.927 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Antonio Juan Bonfatti
2244
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