REGISTRADA BAJO EL Nº 12648
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase
el Convenio Modificatorio del que fuera celebrado en fecha 3 de julio de 2002 y
aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2657 de fecha 28 de octubre de
2002, suscripto entre el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el
Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la Secretaría de Estado
de Promoción Comunitaria, en fecha 19 de setiembre de 2003, aprobado por
Decreto Nº 3323 de fecha 19 de diciembre de 2005 e inscripto en fecha 13 de
noviembre de 2003 bajo el Nº 1841 en el Registro de Tratados, Convenios y
Contratos Interjurisdiccionales al folio 122, Tomo IV
- Decreto Nº 1767184- Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia en una (1)
foja se adjunta.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2982
SANTA FE, 09 NOV 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.648 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Silvia Rosa Simoncini
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de
Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607
- e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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