picture_as_pdf 2006-11-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12648

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Modificatorio del que fuera celebrado en fecha 3 de julio de 2002 y aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2657 de fecha 28 de octubre de 2002, suscripto entre el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, en fecha 19 de setiembre de 2003, aprobado por Decreto Nº 3323 de fecha 19 de diciembre de 2005 e inscripto en fecha 13 de noviembre de 2003 bajo el Nº 1841 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales al folio 122, Tomo IV - Decreto Nº 1767184- Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia en una (1) foja se adjunta.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2982

 

SANTA FE, 09 NOV 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.648 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Silvia Rosa Simoncini

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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