picture_as_pdf 2006-11-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12647

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícase el Convenio Marco de Colaboración Técnico Financiera celebrado en fecha 23 de junio de 2003 entre los Ministerios de Salud de la Provincia y de Salud y Ambiente de la Nación por el que las partes se comprometen a desarrollar programas, proyectos y actividades coordinadas para la implementación de políticas públicas de salud, en el ámbito de la Provincia.

Dicho convenio fue aprobado ad-referéndum de esta Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo 2692/03 en inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 2 de julio de 2003, con el 1773, Folio 88, Tomo IV, cuyo texto en cuatro (4) folios se agrega e integra la presente.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 2981

SANTA FE, 09 NOV 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.647 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Silvia Rosa Simoncini

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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