REGISTRADA BAJO EL Nº 12647
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Ratifícase
el Convenio Marco de Colaboración Técnico Financiera celebrado en fecha 23 de
junio de 2003 entre los Ministerios de Salud de la Provincia y de Salud y
Ambiente de la Nación por el que las partes se comprometen a desarrollar
programas, proyectos y actividades coordinadas para la implementación de
políticas públicas de salud, en el ámbito de la Provincia.
Dicho convenio fue aprobado
ad-referéndum de esta Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo N° 2692/03 en inscripto en el Registro de Tratados,
Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 2
de julio de 2003, con el N° 1773, Folio 88, Tomo IV,
cuyo texto en cuatro (4) folios se agrega e integra la presente.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2981
SANTA FE, 09 NOV 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.647 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Silvia Rosa Simoncini
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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