REGISTRADA BAJO EL Nº 12646
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase
el Convenio Marco de Cooperación y su Acta Complementaria Nº 1, ambos de fecha
29 de noviembre de 2004, suscriptos entre la Dirección Provincial de Asuntos
Indígenas dependiente de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria y el
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Dicho convenio y acta complementaria
fueron aprobados por Decreto Nº 0894 de fecha 13 de mayo de 2005 e inscriptos
en fecha 10 de diciembre de 2004, al Folio 52, Tomo V, con el Nº 2301, en el
Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto Nº 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, cuyas copias en (8) ocho
fojas, se adjuntan.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2980
SANTA FE, 09 NOV 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.646 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Silvia Rosa Simoncini
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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