picture_as_pdf 2006-11-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12646

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y su Acta Complementaria Nº 1, ambos de fecha 29 de noviembre de 2004, suscriptos entre la Dirección Provincial de Asuntos Indígenas dependiente de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Dicho convenio y acta complementaria fueron aprobados por Decreto Nº 0894 de fecha 13 de mayo de 2005 e inscriptos en fecha 10 de diciembre de 2004, al Folio 52, Tomo V, con el Nº 2301, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto Nº 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, cuyas copias en (8) ocho fojas, se adjuntan.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 2980

 

SANTA FE, 09 NOV 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.646 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Silvia Rosa Simoncini

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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