PROTIERRA S.R.L.
CONTRATO
1) Fecha del instrumento: 01/10/2015
2) Socios: el Señor Maximiliano Betiger, argentino, D.N.I. Nº 28.001.587, CUIT 20-28001587-4, nacido el 27 de Enero de 1981, domiciliado en Bv. Rondeau Nº 2367 Piso 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante, soltero; y el Sr. Ariel Gustavo Pugliessi, argentino, D.N.I. N° 25.017.746, CUIT 20-25017746-2 nacido el 12 de Febrero de 1976, domiciliado en la calle Santiago Nº 1069 Piso 6 Dpto. A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante, casado en primeras nupcias con Agata Vanesa Ahumada, DNI 30.431.998;
3) Denominación Social: “PROTIERRA S.R.L.”.
4) Domicilio Legal la calle Santiago N° 1069 Piso 6 Dpto. A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5) Plazo de duración: Treinta (30) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, siempre y en todos los casos, con bienes propios a: comprar, vender, construir, permutar, arrendar, subdividir, lotear, administrar inmuebles urbanos o rurales y a realizar obras de infraestructuras, para el desarrollo de urbanizaciones.
7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000,00) dividido en cincuenta ( 50) cuotas de valor nominal diez mil pesos ($ 10.000,00 ) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el señor Maximiliano Betiger suscribe veinticinco (25) cuotas de capital, que representa el 50% del Capital Social, o sea la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00), integra un 25% en este acto en efectivo, o sea la suma de pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500.00 ) y el resto en efectivo, dentro de los dieciocho meses de la firma del presente contrato y el señor Ariel Gustavo Pugliessi, suscribe veinticinco (25) cuotas de capital, que representa el 50% del Capital Social, o sea la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00), integra un 25% en este acto en efectivo, o sea la suma de pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500.00 ) y el resto en efectivo dentro de los dieciocho meses de la firma del presente contrato.
8) Fiscalización, Administración y Representación: La fiscalización podrá ser ejercida por cualquiera de los socios.
La administración y representación estará a cargo de dos socios gerentes, quienes actuaran en forma individual e indistinta. El señor Maximiliano Betiger, argentino, D.N.I. N° 28.001.587 y el señor Ariel Gustavo Pugliessi, argentino, D.N.I. N° 25.017.746.
9) Fecha de Cierre del Ejercicio Económico: El 30 de Setiembre de cada año.
$ 80 274052 Oct. 14
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LOMBARDI S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: Lucrecia Beatriz Lombardi, nacida el 27 de Marzo de 1982, de 33 años de edad, soltera, argentina, docente, domiciliada en calle Sanguinetti Nro. 1169, de la localidad de Armstrong, Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 29.144.555, CUIL Nro. 27-29144555-7; Leonel Alberto Lombardi, nacido el 14 de Diciembre de 1983, de 31 años de edad, soltero, argentino, técnico en comercialización y marketing, domiciliado en calle San Martín Nº 1361 de la localidad de Armstrong, Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 30.270.456, CUIL Nro. 20-30270456-3; y Luciano Ariel Lombardi, nacido el 29 de Noviembre de 1986, de 28 años de edad, soltero, argentino, estudiante, domiciliado en calle San Martín N° 1361 de la localidad de Armstrong, Provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 32.476.588 CUIL Nro. 20-32476588-4;
2) Fecha del instrumento de constitución: 23 de Septiembre de 2015.
3) Denominación social: LOMBARDI S.R.L.
4) Domicilio: San Martín N° 1361 de la localidad de Armstrong, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero a las siguientes actividades: la explotación agrícola, ganadera y granjera; la administración de establecimientos con las citadas actividades; la compra, venta y acopio de cereales y oleaginosas, de sus derivados y de alimentos balanceados; la prestación de servicios agrícolas de laboreo, siembra, fumigación y cosecha y al transporte automotor de cargas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.
6) Duración: 30 años desde su inscripción.
7) Capital Social: Pesos cuatrocientos veinte mil ($ 420.000)
8) Composición de los órganos de administración y fiscalización: Gerencia a cargo del señor Leonel Alberto Lombardi; quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social; la fiscalización estará a cargo de todos los socios.
9) Organización de la representación legal: Indistinta.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Julio.
11) Administración, Dirección y Representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente”, o “gerente”, según, el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
$ 85 273890 Oct. 14
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TRANSPORTES
OSCAR GROSSO Y Cía. S.C.
TRANSFORMACION EN TRANSPORTES GROSSO S.R.L.
Se hace saber a los fines dispuestos por el Artículo 77, Inc. 4° y concordantes de la Ley 19.550, que todos los socios de “TRANSPORTES OSCAR GROSSO Y CÍA S.C.” han resuelto, según Acta de Transformación de fecha 14/08/2015, transformarla en Sociedad de Responsabilidad limitada aprobando la denominación “TRANSPORTES GROSSO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, no habiéndose producido el retiro ni la incorporación de nuevos socios.
1) Instrumento de transformación: Acta de transformación de fecha 16/08/2015, certificada la firma de los socios por la Escribana Alejandra Dalia a cargo del registro N° 657 de la localidad de María Juana, Departamento Castellanos, Pcia de Santa Fe.
3) Denominación social anterior: “TRANSPORTES OSCAR GROSSO y CÍA SOCIEDAD COLECTIVA”.
4) Denominación Social adoptada: “TRANSPORTES GROSSO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”,
5) Domicilio: San Martín Nº 218 de la localidad de María Juana, departamento Castellanos Pcia. de Santa Fe.
6) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto la Explotación por sí, por cuenta de terceros, en participación o en cualquier otra forma contemplada por la legislación en vigencia, de las siguientes actividades. 1- Comercial: Prestación de Servicio de Transporte automotor de carga por todo el territorio de la República Argentina. Se hallará comprendido dentro del objeto la, realización de transporte de cargas de todo tipo de bienes mercaderías o sustancias, con arreglo a la legislación vigente, así como todo tipo de transporte automotor por medio terrestre, ya sea de corta o larga distancia, mediante vehículo propios o de terceros contratados o de terceros contratados a tal fin.
Financiera: Mediante el aporte, asociación de capitales a persona, empresas o sociedades constituidas o a constituida (con las limitaciones del Art. 30 de la Ley N° 19 550 t.o y sus conexos) y/o simples particulares para toda clase de valores mobiliarios y papeles de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse o cualquiera otras en las que se requiere el concurso de ahorro público.
7) Plazo: Setenta (70) años contados desde el 30 de Mayo de 2007 o sea desde la fecha de constitución de la sociedad colectiva que se transforma.
8) Capital Social: Se encuentra totalmente integrado con las partes del capital de la transformada. Lo constituye la suma de pesos doscientos diez mil ($ 210.000) dividido en setenta mil (70.000) cuotas sociales de pesos uno ($ 1).
9) Administradora y representante legal: Amadeo Emilio Bazzoni, Nicolás Jesús Grosso y Luis Domingo Dalmasso.
10) Cierre del ejercicio: 31 de Marzo.
María Juana, 05 de Octubre de 2015.
$ 131 274060 Oct. 14 Oct. 16
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SANATORIO
AMERICANO S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Por disposición del señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio, en los autos SANATORIO AMERICANO SRL s/Cesión de cuotas Expte. 415/15, se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público de Comercio, que en fecha 31/12/2014 el Socio Roberto Carlos Papaleo, Cede y Transfiere gratuitamente a Carlos Vicente Marino Papaleo, argentino, apellido materno Pivato, nacido el 18 de septiembre de 1978, estado civil soltero, DNI 26.860.096, CUIT 20-26860096-6, con domicilio en calle J. J. Paso Nº 3479 de Santa Fe, 15075 cuotas de valor nominal de pesos diez ($ 10) cada una, lo que hace un total de pesos ciento cincuenta mil setecientos cincuenta ($ 150.750) que le corresponden y resultan de su propiedad sobre Sanatorio Americano S.R.L., sociedad inscripta ante el Registro Publico de Comercio en fecha 11 de Agosto de 1981, bajo el Numero 279, folio 317, Libro 4 y sus modificatorias inscriptas el 29 de Julio de 1991 bajo el Numero 480, Folio 291, Libro 9; el 1º de Abril de 1993 bajo el Número 703, Folio 186 vto, Libro 10; el 13 de Agosto de 2002 bajo el Numero 559 folio 184, Libro 15; el 31 de mayo de 2010 bajo el Numero 409, Folio 83, Libro 17, todas en el Registro Publico de Comercio; Legajo 1934. Modificando el artículo cuarto del Contrato Social que quedara redactada de la siguiente manera: Artículo Cuarto: El capital social que constituirá el patrimonio correspondiente se establece en la suma de pesos ciento sesenta y siete mil quinientos ($ 167.500,00), dividido en dieciséis mil setecientos cincuenta (16750) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, que los socios suscriben totalmente en este acto y en las proporciones que a continuación se consignan: Guillermo Rafael Moretti, la cantidad de mil seiscientos setenta y cinco (1675) cuotas, Carlos Vicente Marino Papaleo la cantidad de quince mil setenta y cinco (15075) cuotas. Santa Fe, 17 de Setiembre de 2015. Dr. Freyre, Secretario.
$ 72,60 274151 Oct. 14
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VENADO COMBUSTIBLES S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Dra. María Julia Petracco y por Resolución de fecha 30 de Septiembre de 2015 se ordena la publicación de edictos de la renovación del Directorio.
Datos de los integrantes del directorio presidente: Benítez Ernesto Agapito, nacido el 16 de Enero de 1957, D.N.I. Nº 12.326.724, domiciliado en calle Moreno 970 de Venado Tuerto, estado civil divorciado, comerciante.
Vicepresidente: Benítez Jonatan, nacido el 28 de septiembre de 1985, D.N.I. 31.867.744, con domicilio en calle H. Yrigoyen 1520 de Venado Tuerto, estado civil soltero, comerciante.
DIRECTOR: Benítez Nerina Antonella, nacida el 21 de septiembre 1993, D.N.I. 37.295.499, con domicilio en calle H. Yrigoyen 1520 de Venado Tuerto, estado civil soltera, comerciante.
$ 48 274010 Oct. 14
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SJ y S S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados SJ Y S S.R.L. s/CONSTITUCIÓN SRL (Expte. Nº 164/2015), de trámite por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha constituido una Sociedad de Responsabilidad Limitada y se identifica con los siguientes datos: 1) Socios: Carlos Alberto Ignacio Cinquini, argentino, nacido el 25/05/1953, DNI 10.721.819, CUIT 20-10721819-0, licenciado en Química, casado con María Imelda Genevois, domiciliado en Av. Pellegrini Nº 1391 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe; y la Sra. Beatriz Soledad Pizzi, argentina, nacida el 24/07/1979, DNI 27.572.302, CUIL 27-27572302-4, divorciada, empleada, domiciliada en Av. Belgrano Nº 2420 de la ciudad de Sastre, provincia de Santa Fe; 2) Fecha del instrumento de constitución: 27 de Febrero de 2015. 3) Denominación: SJ y S S.R.L.. 4) Domicilio social: Avenida Pellegrini Nº 1391 la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe. 5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto social la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: I) Comerciales: a) Toda clase de servicios funerarios, alquiler de salas de velación, compra, venta y alquiler de ataúdes, urnas, vehículos para el traslado de cadáveres y personas, y todos los objetos necesarios para los servicios antes mencionados; b) Cremación de cadáveres con todos los servicios que sean necesarios para tal objeto; c) Venta de nichos y criptas para al sepultura de cadáveres y cenizas de los mismos, así como la gestión y trámite ante las autoridades correspondientes, a efecto de la inhumación de cadáveres, y exhumación de los mismos en su caso; d) Administración y comercialización de servicios funerarios y de cremación; II) Construcción: Dedicarse a la construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, de viviendas, construcciones civiles o industriales y de todo tipo de obras, publicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones y dirección de dichas obras, su administración y realización: incluyendo también mensuras, pavimentaciones, urbanizaciones y obras mecánicas. Realizando los proyectos, dirección, conducción técnica, consultaría y administración de las obras mencionadas; III) Inmobiliaria: Compra y venta de inmuebles, su permuta, locación, arrendamiento, intermediación subdivisión, loteo, urbanización, dación en pago, cesión, constitución de prendas y de toda clase de derechos reales sobre inmuebles y sus cancelaciones, explotación, construcción y administración de toda clase de inmuebles, urbanos o rurales, inclusive el ejercicio de todos los actos que autoricen las leyes y reglamentaciones de la propiedad horizontal y prehorizontalidad al respecto de los inmuebles sometidos a dicho régimen. Dedicarse a la formación y administración de consorcios de propiedad horizontal y fideicomisos. Participar en fideicomisos ya sea como fiduciante, fiduciario y/o beneficiario; IV) Financiera: mediante la financiación de las operaciones comerciales de cualquiera de las formas permitidas por la ley relacionada siempre con el objeto comercial expuesto en éste. Quedan exceptuadas de las actividades de la sociedad, aquellas comprendidas en la Ley 13.154, y las actividades encuadradas en el art. 299, inc. 4º de la LSC. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos que directa o indirectamente se vinculen con su objeto social y no sean prohibidos por este estatuto o por las leyes vigentes. 6) Plazo de duración: 25 anos a partirle su inscripción ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe. 7) Capital Social; El capital social alcanzará la suma de pesos cien mil (100.000) dividido en 100 cuotas de capital en pesos un mil ($ 1000) cada una. 8) Administración; La administración, representación legal y uso de firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma individual e indistinta, elegidos por la mayoría de socios. Durará en sus funciones mientras no sea removido por la mayoría de votos o por justa causa conforme L.S.C.. 8) Se designa como socio gerente al Sr. Carlos Alberto Ignacio Cinquini, argentino, nacido el 25/05/1953, DNI 10.721.819, CUIT 20-10721819-0, Licenciado en Química, casado con María Imelda Genevois, domiciliado en Av. Pellegrini Nº 1391 de la ciudad de San Jorge, departamental San Martín, Provincia de Santa Fe. 9) Cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra al 31 de Marzo de cada año se confeccionará un balance general y demás documentación contable ajustada a la legislación vigente.- Dr. Jorge E. Freyre, Secretario. Santa Fe, 28 de Setiembre de 2015.
$ 198 274236 Oct. 14
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AGRO TRAC
SERVICIOS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la primera Nominación a cargo del Registró Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados AGRO TRAC SERVICIOS S.R.L. s/CONTRATO, Expte. N° 21-05189785-1 - Año 2015, los integrantes de la entidad la señora SIMONI GLADIS LAURA, C.U.I.L. Nº 27-04645760-4, D.N.I. Nº 04.645.760, argentina, de apellido materno GHIONE, nacida el 02 de Abril de 1945 en la localidad de Carlos Pellegrini (S. Fe), de profesión jubilada y comerciante, viuda, domiciliada legalmente en la calle Colón 661 de la ciudad de Río Tercero, departamento 3º Arriba, provincia de Córdoba y la señora DRICH SILVINA MARCELA, C.U.I.T. Nº 27-26415322-6, D.N.I. Nº 26.415.322, argentina, de apellido materno HANEGAS, nacida el 9 de Abril de 1978 en la localidad de Cañada Rosquín (SF), de profesión agropecuaria, casada en primeras nupcias con Raúl Alberto BRUSA, D.N.I. N° 20.401.542 domiciliada legalmente en la calle Montes de Oca 745 de la localidad de Carlos Pellegrini, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe; en acta de fecha 10 de Setiembre de 2015, han resuelto lo siguiente: Constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se denomina AGRO TRAC SERVICIOS S.R.L., que tendrá domicilio legal en la calle Montes de Oca 745 de la localidad de Carlos Pellegrini, departamento San Martín, provincia de Santa Fe, con una duración de 25 años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio; tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: a) AGROPECUARIA: explotación de establecimientos agrícolas y ganaderos, propiedad de la sociedad o de terceros, explotaciones ganaderas, tamberas, granjeras y cultivos agrícolas; forestaciones, hortícolas, frutícolas, en todas sus manifestaciones y procesos de la rama agropecuaria en todas sus partes y servicios a terceros; b) COMERCIAL: Acopio de cereales y oleaginosas, compra, venta, permuta, consignación, fraccionamiento, abastecimiento, distribución mayorista y minorista y todo otro tipo de comercialización, semillas, agroquímicos, materias primas o elaboradas, productos y mercaderías de la rama agropecuaria y en todas sus partes; c) Importación y exportación: A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica, para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Fijándose un capital social de pesos convertibles de curso legal: cuatrocientos mil ($ 400.000,00) dividido en cuarenta mil (40.000) cuotas de diez pesos ($ 10,00) valor nominal cada una, suscripto e integrado por las socios como sigue: la socia Simoni Gladis Laura, 36.000 cuotas de $ 10,00 valor nominal cada una o sea la suma pesos convertibles de curso legal: 360.000,00 $ y la socia Drich Silvina Marcela, 4.000 cuotas de $ 10,00 valor nominal cada una o sea la suma de pesos convertibles de curso legal: $ 40.000,00, integradas totalmente en especies según inventario adjunto al contrato social y que forma parte del presente; la Administración y Representación está a cargo de socios en el contrato social, o no, ambas socias han sido designados como gerentes; la Fiscalización está a cargo de los socios; el ejercicio social cierra el 30 de Junio de cada año. Santa Fe, 1 de Octubre de 2015.
$ 135,30 274205 Oct. 14
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ABD S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Cesión: El cedente Juan Pió Tomas Drovetta vende, cede y transfiere a favor del cesionario Néstor Salustiano Ayala, diez mil cuotas sociales (10.000) de las que es titular de valor nominal diez pesos ($ 10) cada una, venta cesión y transferencia que se realiza por el precio total de pesos cien mil ($ 100.000) importe que el cesionario hace efectivo en este acto, en dinero y que el cedente recibe de manos del cesionario y por el que otorga por medio del presente el más eficaz recibo y carta de pago en forma, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y acciones que tenía sobre la citada cuota, agregando que dentro de este precio está incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiere corresponderle en su carácter de socio y propietario de las cuotas cedidas.
El cedente Adrián Jesús Bastía, vende, cede y transfiere a favor del cesionario Néstor Salustiano Ayala, cinco mil cuotas sociales (5000) de las que es titular de valor nominal diez pesos ($ 10) cada una, venta cesión y transferencia que se realiza por el precio total de pesos cincuenta mil ($ 50.000), importe que el cesionario hace efectivo, en este acto, en dinero y que el cedente recibe de manos del cesionario y por el que otorga por medio del presente el más eficaz recibo y carta de pago en forma, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y acciones que tenía sobre la citada cuota, agregando que dentro de este precio está incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiere corresponderle en su carácter de socio y propietario de las cuotas cedidas.
El cedente Adrián Jesús Bastía, vende, cede y transfiere a favor del cesionario Claudio Marcelo González, cinco mil cuotas sociales (5000) de las que es titular de valor nominal diez pesos ($ 10) cada una, venta cesión y transferencia que se realiza por el precio total de pesos cincuenta mil ($ 50.000), importe que los cesionario hacen efectivo en este acto, en dinero y que el cedente recibe de manos del cesionario y por el que otorga por medio del presente el más eficaz recibo y carta de pago en forma, transmitiéndole en consecuencia todos los derechos y acciones que tenía sobre la citada cuota, agregando que dentro de este precio está incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiere corresponderle en su carácter de socio y propietario de las cuotas cedidas.
Fecha de Instrumento de Cesión: 6 de Agosto de 2015.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil (200.000), dividido en cuotas de pesos diez (10) valor nominal cada una, las cuales corresponden al socio NÉSTOR SALUSTIANO AYALA, quince mil quinientas cuotas, que representan la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), y al socio CLAUDIO MARCELO, GONZÁLEZ, cinco mil cuotas, que representan la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000).
Representación Legal: El Sr. JUAN PIÓ TOMAS DROVETTA, renuncia al cargo de gerente, y se designa como Socio Gerente al Sr. Sres. NÉSTOR SALUSTIANO AYALA, titular del D.N.I. 7.514.122; argentino, CUIT 20-7514122-0, nacido el 08/06/1937, domiciliado en Pellegrini Nº 469, de la localidad de Ibarlucea, Provincia de Santa Fe, empresario, soltero.
$ 103 274231 Oct. 14
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GEODYNAMICS S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Juez: de Registro Público de Comercio de la Ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: GEODYNAMICS S.R.L. s/ Cesión de .Cuotas, expediente Nº 1010 Año 2015, se publica lo siguiente:
1) Cesión: El señor José María Bauza, Argentino, de treinta y seis años, casado, domiciliado en Primera Junta 3354 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de profesión Ingeniero, DNI N° 27.148.111, vende, cede y transfiere, la totalidad de las cuotas partes de capital, que posee en la sociedad “GEODYNAMICS S.R.L.”, inscripta en el RPC el día 28 de Noviembre de 2005 por un plazo de 50 anos bajo el número 99 folio 18 del Libro dieciséis de S.R.L., legajo 6384, a favor de la señora Paola Andrea Mdalel, Argentina, DNI N° 24.473.403, casada, 40 años de edad, domiciliada en Primera Junta 3318, piso 7 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, de esta ciudad, la cantidad de treinta (30) cuotas sociales de VN cien pesos ($ 100) cada una, correspondiente a “GEODYNAMICS S.R.L.”.
2) Fecha de Cesión: 14 días del mes de Agosto de 2015.
3) Composición del Capital Social: En virtud del presente contrato se modifica la cláusula Quinta del contrato social de “GEODYNAMICS S.R.L.”, la cual queda redactada de la siguiente manera: “Quinta: El capital social se fija en la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) dividido en trescientas (300) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas por cada uno de los socios, según el siguiente detalle: El señor Sr. Miguel Maximiliano Bauza, 270 cuotas, por la suma de veintisiete mil ($ 27000) representativas del 90% y la señora Paola Andrea Mdalel, 30 cuotas por la suma de pesos tres mil ($ 3.000) representativas del 10%. Los aportes se componen íntegramente por dinero.
4) Se modifica la cláusula Décimo Segunda del contrato social dé “GEODYNAMICS S.R.L.”, la cual queda redactada de la siguiente manera: “Décimo Segunda: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. La gerencia confeccionará a dicha fecha el balance general que se pondrá a disposición de los socios con la anticipación prevista por el artículo 67 de la Ley 19550 para su consideración. Santa Fe, 1 de Octubre de 2015.
$ 92,40 274230 Oct. 14
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IKEA S.R.L.
DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO
Representación legal: En el acta de fecha 15 de Septiembre de 2015, en la ciudad de Rosario se reelige como gerente de la Sociedad al Sr. Raúl Modesto Manza, DNI Nº 30.729.495. CUIT Nº 20-30729495-9, nacido el 27/10/83, argentino, estado civil soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Córdoba 1147 Piso 12 Departamento 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quién acepta el cargo expresamente y quién actuará por un plazo de tres ejercicios, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del Contrato Social.
Sede Social: Se designa calle Córdoba 1147 Piso 12 Oficina 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe como domicilio real, legal y fiscal de “IKEA” Sociedad de Responsabilidad Limitada”.
$ 45 274229 Oct. 14
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PASEO LIBERTADOR S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del señor juez a cargo del Registro Público de Comercio Rosario, Secretaría de la Dra. Gesualdo, dictada en los autos PASEO LIBERTADOR S.R.L., se ordena la siguiente publicación de edictos en cumplimiento de la Ley 19.550 a fin de publicar la celebración del siguiente Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada, a saber:
Fecha del instrumento: 25 de Agosto de 2015.
Integrantes: Alejandro Damián Cámara, argentino, DNI 27.481.406, CUIT 20-27481406-4, de profesión comerciante, nacido el 26 de julio de 1979, estado civil soltero, domiciliado en calle Maipú 1317 de la ciudad de Rosario, de apellido materno Batistelli; Diego Hernán Procaccini, argentino, DNI: 22.777.685, CUIT: 20-22777685-5 de profesión abogado, nacido el 4 de junio de 1972, casado con Gisela Andrea Rivero, domiciliado en calle Buenos Aires 1354 Piso 10, Depto. 1 de la ciudad de Rosario, de apellido materno Palimetakis: Bruno Carlos Procaccini, argentino, DNI 28.314.487, CUIT; 23-28314487-9 de profesión estudiante, nacido el 28 de julio de 1980, estado civil soltero, domiciliado en calle 3 de febrero 1457 - 3° “B” de la ciudad de Rosario de apellido materno Palimetakis y Agustín Miranda, argentino, DNI 27.882.141, CUIT 20-27882141-3 de profesión productor artístico, nacido el 14 de febrero de 1980, estado civil soltero, domiciliado en calle Av. Pellegrini 2406 4º B- de apellido materno Hanna.
Domicilio social: La sociedad tendrá su domicilio social en calle Córdoba 1915 de Rosario.
Primera: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de Paseo Libertador S.R.L.
Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, departamento Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo por resolución unánime de los socios cambiarlo posteriormente conforme a las necesidades de su giro, como asimismo establecer sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier punto del país y/o del extranjero.
Tercera: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación de bares, pubs, pizzerías y locales de comida rápida, b) La explotación de hostel y alojamientos temporales y c) La organización y realización de shows musicales, artísticos y de variedades en vivo. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los negocios, actos y contratos que se relacionen con su objeto, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país o en el exterior.
Cuarta: Duración: El plazo de duración se fija en veinte (20) años contados a partir de la fecha de la inscripción de este contrato en el Registro Público de Comercio.
Quinta: Capital y aportes: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos doscientos mil ($ 200.000), dividido en dos mil (2000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: 1) Alejandro Damián Cámara, mil cuotas (1000), por un valor nominal de pesos cien mil ($ 100.000) equivalente el 50% del capital social; 2) Diego Hernán Procaccini, doscientas cuotas (200), por un valor nominal de veinte mil ($ 20.000), equivalente al 10% del capital social; 3) Bruno Carlos Procaccini, quinientas cincuenta cuotas (550), por un valor nominal de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000), equivalente al 27,5% del capital social y Agustín Miranda, doscientas cincuenta cuotas (250) por un valor nominal de pesos veinticinco mil ($ 25.000), equivalente al 12,5% del capital social. Los socios integran en este acto y en dinero efectivo el 25 % de las cuotas suscriptas, es decir un valor total de pesos cincuenta mil ($ 50.000), quedando obligados los socios a integrar el 75% restante, también en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de dos años a contar desde la fecha del presente contrato.
Sexta: Administración. Dirección y Representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no quienes podrán actuar en forma individual o conjunta y de manera indistinta. A tal fin usara su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso precedida de la denominación social. Para la celebración de contratos onerosos, bilaterales o unilaterales, conmutativos o no, con terceros se requerirá además de la firma de uno de los gerentes la firma de un socio. Para los actos de disposición de bienes inmuebles se requiere la firma conjunta de todos los socios. El o los socios gerentes tendrán las más amplias facultades para la administración, disposición y dirección de los negocios sociales, con la sola limitación de no poder usar la firma social en prestaciones gratuitas, ni en fianzas o garantías a terceros o en negocios ajenos a la sociedad. La atribución conferida alcanza a toda gestión que se deba efectuar ante los organismos de orden nacional, provincial, municipal o comunal, como así también a operaciones bancarias y en todo tipo de gestión con bancos o instituciones de crédito, ya sean oficiales, privadas o mixtas, conforme a sus Estatutos, leyes y/o cartas orgánicas. Asimismo queda facultado para realizar todo acto o contrato que considere conveniente y/o necesario para los intereses de la sociedad.
Séptima: Fiscalización. Reunión de socios: La fiscalización de todos los actos de la sociedad se encontrará a cargo de todos los socios, pudiendo ellos con tales fines, inspeccionar los libros y documentos de la sociedad. En la deliberación de los asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado que será el Libro de Actas de la sociedad y serán firmadas por todos los presentes, se reunirá cuantas veces lo requieran los negocios sociales, convocadas por cualquiera de los socios. La convocatoria se hará por medio fehaciente, con cinco (5) días de anticipación de modo que quede constancia en la sociedad detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según la mayoría establecida por el artículo 160 de la Ley 19550.
Octava: Balances anuales. Distribución de utilidades y pérdidas: El día 31 de diciembre de cada año se practicará un Balance General, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial en ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, la gerencia convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si dentro de los diez (10) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los cuatro (4) meses de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince (15) días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se destinarán el cinco por ciento (5%) para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance al veinte por ciento (20%) del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley 19550- Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma ley para el caso de existir arrastres de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente lo dispuesto por el art. 71 de la ley 19550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
Novena: Cesión de cuotas: Las cuotas de capital no podrán ser cedidas por los socios a terceros extraños, salvo el consentimiento unánime de los otros socios. En cualquier caso respecto a la cesión de cuotas, se estará a lo dispuesto por la Ley 19.550 y por las siguientes disposiciones: el detalle de la operación por la cesión a terceros se deberá comunicar fehacientemente a los otros socios para que dentro de los treinta (30) días ejerzan la opción de preferencia, la que deberán notificar también fehacientemente, vencido el cual se tendrá como autorizada la cesión y por desistida la preferencia. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Los futuros titulares de las cuotas no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales.
Décima: Fallecimiento o incapacidad: En caso de fallecimiento o incapacidad de alguno de los socios, sus herederos podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz, o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o; b) retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al Balance General que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este Balance deberá ser confeccionado dentro de los sesenta (60) días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismo actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes de la siguiente forma: el veinte por ciento (20%) al contado, y el saldo, en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas con mas un interés igual al que fija en el Banco de la Nación Argentina para el descuento de documentos de terceros, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá ser o no socio de la sociedad, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad en el término de diez (10) días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación, se entenderá que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.
Décimo primera: Disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19550. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los treinta (30) días de haber entrado en la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 y 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias. Décimo Segunda: Disposiciones generales: Toda cuestión o divergencia que se suscite entre los socio, durante la vigencia de este contrato o durante su liquidación, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Primera Instancia de la ciudad de Rosario, a cuya jurisdicción se someten los socios, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, incluido el federal.
Décimo Tercera: Los casos no previstos en este contrato se resolverán conforme a las disposiciones de la Ley 19.550 y del Código Civil y/o Comercial que se conformen a su naturaleza jurídica.
Bajo las cláusulas que anteceden dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada, y previa lectura y ratificación del presente contrato social a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en legal forma, firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
$ 338 274215 Oct. 14
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CEREALES AGROMEG S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Representación Legal: En el acta de fecha 15 de Septiembre de 2015, en la ciudad de Rosario se reelige como gerente de la Sociedad al Sr. Raúl Modesto Manza, DNI N° 30.729.495, CUIT No 20-30729495-9, nacido el 27/10/83, argentino, estado civil soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Córdoba 1147 Piso 12 Departamento 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quién acepta el cargo expresamente y quién actuará por un plazo de tres ejercicios, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del Contrato Social.
Sede Social: Se designa calle Córdoba 1147 Piso 12 Oficina 4 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, como domicilio real, legal, y fiscal de CEREALES AGROMEG Sociedad de Responsabilidad Limitada.
$ 45 274227 Oct. 14
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FRIMETAL S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 60 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 se hace saber que, en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada el 4 de junio de 2015, se ha procedido a la designación como Directores Titulares de Joao Claudio De Souza Güetter, Gabriel Carlos Grignaffini y Emilio Beccar Varela por el término de un (1) ejercicio. De esta forma, el Directorio de FRIMETAL S.A. queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Joao Claudio De Souza Güetter, Vicepresidente: Gabriel Grignaffini, y Director Titular: Emilio Beccar Varela.
$ 45 274149 Oct. 14
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MARCIANESI Y
BORGATELLO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Datos de los socios que ingresan a la sociedad: Borgatello Gerardo Facundo, DNI. 6183763, argentino casado en primeras nupcias con la señora Reale María Lucia, empresario nacido el 29/11/1945 domiciliado en Perú 1519 de la ciudad de Armstrong CUIT 24-06183763-5. Reale María Lucia, argentina casada en primeras nupcias con el señor Borgatello Gerardo Facundo, empresaria nacida el día 9/10/1949, DNI. 6136907, domiciliada en Perú 1519 de la ciudad de Armstrong CUIT 23-06136907-4.
$ 45 274079 Oct. 14
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LOS ANDES SECURITY
GROUP S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Por estar así dispuesto dentro de los autos caratulados LOS ANDES SECURITY GROUP S.R.L. Expte. 1552/15 en trámite ante el Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que: 1) La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o mas Gerentes socios o no. A tal fin, usarán sus propias firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistintamente; 2) La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
$ 45 274214 Oct. 14
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DEL VALLE EMBALAJES S.R.L.
CONTRATO
Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber por Un Día la constitución de la sociedad DEL VALLE EMBALAJES S.R.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos datos contractuales se consignan a continuación: 1) Socios: El Sr. Cristian Marcelo del Valle de nacionalidad argentina, nacido el 06/07/1973, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Diana Elisabet Schuster, con domicilio en calle Alsina 2165 de la ciudad de Funes, con documento de identidad DNI. N° 23.344.378, CUIT Nº 20-23344378-7, la señora: Miriam Bibiana María del Huerto Rizzo de nacionalidad argentina, nacida el 19/01/1952, de profesión comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con Raúl del Valle, con domicilio en calle Alberdi 1628 de la ciudad de Funes, con documento de identidad DNI N° 10.068.464, CUIT N° 27-10068464-6 y la señora: Mónica Alejandra del Valle de nacionalidad argentina, nacida el 26/12/1978, de profesión comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en calle Mitre 1341 de la ciudad de Funes, con documento de identidad DNI. N° 27.055.661, CUIT N° 27-27055661-8; 2) el contrato social fue suscripto el 24/09/2015; 3) Denominación: DEL VALLE EMBALAJES S.R.L. 4) Domicilio social: Provincias Unidas 377 Bis Rosario. 5) Objeto: Fabricación, compra, venta, importación, exportación y distribución de artículos y máquinas para embalajes por cuenta propia o asociada a terceros. 6) Duración: 30 años a contar desde su inscripción; 7) Capital social: $ 390.000. 8) Integración: 25%. 9) Administración y representación: Socios Gerentes: Cristian Marcelo Del Valle, D.N.I. N° 23.344.787, Mónica Alejandra Del Valle, D.N.I. 27.055.661, individual, indistinta y alternativamente. 10) Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
$ 74 274101 Oct. 14
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ENRIQUE GARCIA S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Modificación del Domicilio: Siendo el domicilio actual de la Sociedad, Rodríguez 4.850, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, los socios resuelven modificar el mismo estableciendo su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país.
Según acta acuerdo de los socios del 28/09/2015: se fija la sede social de la Sociedad en Calle 2107 Nº 3425, Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina.
Fecha del instrumento de modificación del domicilio social: 29/09/2015.
$ 45 274173 Oct. 14
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MAR CONSTRUCTORA S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
En cumplimiento de la Ley 19.550, Ley de Sociedades Comerciales, se deja constancia que en la fecha la empresa MAR CONSTRUCTORA S.R.L., CUIT: 30-71034962-9, inscripta en contratos al tomo 158, folio 26744, Nº 2101 de fecha 08/11/2007, Modificaciones: al Tomo 163, Folio 4104, Nº 255, Fecha: 16/02/2012; al Tomo, 163, folio 22148, nro. 1393, fecha 23/08/2012, al Tomo 163, folio 4104, nro. 255, fecha 16/12/2012 y al Tomo 165, folio 22620, nro. 1418, fecha 08/09/2014; comunica que por Reunión de Socios de fecha 2 de septiembre de 2015, por decisión unánime de los socios se aprueba la designación de Guillermina Marcon como socia gerente, argentina, comerciante, D.N.I. N° 34.144.291, CUIT: 27-34144291-0, nacida el 3 de Noviembre de 1988, con domicilio en calle 1° de Mayo 1080 piso 7, soltera, que junto a Víctor Juan Marcon y a Patricio Marcon, podrán actuar en tal carácter en forma indistinta.
Rosario, 2 de octubre de 2015.
$ 45 274201 Oct. 14
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LOMADAS S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO
1°) Cambio domicilio sede social:
Se decide trasladar la sede social de Lomadas S.A. al domicilio de calle Güemes 2152, Piso 7°, Dto. 1°, de la ciudad de Rosario, a partir del día 01 de Junio de 2015.
$ 45 274174 Oct. 14
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MECALL S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Cláusula primera del contrato social: Conforme a las disposiciones del inc. b) del artículo 10° de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales se hace saber que por Acta de Asamblea Nº 38 de fecha 09/03/2015 se ha fijado un nuevo domicilio legal de la Sociedad en la calle Soldado Aguirre 3392 de la cuidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.
$ 45 274164 Oct. 14
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