picture_as_pdf 2010-10-14

MINISTERIO DE SALUD

 

RESOLUCION N° 1.535

 

Santa Fe, 7 de julio de 2010.

VISTO:

El expediente N° 00501-0105767-8 del S.I.E. mediante el cual se plantea la necesidad de unificar las exigencias referidas a la acreditación de falta de cobertura por obra social u otro sistema de protección por parte de quienes utilizan el servicio de salud pública; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 1838/08 se establecieron requisitos a tener en cuenta en los trámites de derivaciones de pacientes al sector privado, entre los que se encuentra la acreditación de falta de cobertura por social u otro sistema de protección ante las contingencias de la salud;

Que el ítem 4°) del Anexo “A” del DAM - Sector Privado, aprobado por el artículo 9° de la mencionada resolución, requiere la realización de un Informe Socio- Económico por parte del Servicio Oficial interviniente;

Que, en relación a ello, por Resolución Nº 884/10 se reemplazó la presentación del informe socio- económico por certificación obtenida vía Internet de no cobertura por obra social o por el Recibo de Cobro de una pensión No Contributiva, para el caso de los pacientes beneficiarios de la misma;

Que a efectos de la unificación de las exigencias ante tramitaciones similares, se hace necesario establecer los mismos parámetros para viabilizar los procedimientos de referencia, estimándose procedente modificar en lo pertinente la referida Resolución Nº 1838/08;

Que compete a este Ministerio resolver en las presentes actuaciones de conformidad con lo establecido en los artículos 75º, 2da. Parte, de la constitución Provincial y 11º y 22º de la Ley Nº 12.817;

POR ELLO:

EL MINISTERIO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución Nº 1838/08, en lo que respecta al Anexo “A” del DAM- Sector Privado, aprobado por el artículo 9° del citado acto administrativo, reemplazándose su ítem 4°) por el siguiente:

“4º) Asimismo se deberá adjuntar una acreditación de falta de cobertura por obra social o cualquier otro sistema de protección, que permita asistir los gastos erogados por la práctica solicitada. En prestaciones crónicas la misma se actualizará mensualmente. La constancia emitida desde las bases de datos correspondientes, deberá estar avalada con el refrendo del servicio Social o Autoridad Sanitaria competente del efectos derivante.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO

Ministro de Salud

S/C             5277    Oct. 14 Oct. 15

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MINISTERIO DE SALUD

 

NOTIFICACION

 

Se notifica por este medio, que en los autos caratulados: “MINUTTI LILIANA MARIA DEL HUERTO Suc de - Ref.: Nota 3180/10 s/El Pago de L.A.O- No Gozadas Corresp. a los 30 Días/06; 30 Días/07; 10 Días/08 y S.A.C. 2008 Segundo Semestre. Adj. Documentación” (Expte. N° 00501-0103059-0), se ha dictado la Resolución Nº 2021 de fecha 6 de septiembre de 2010; que en lo pertinente expresa:

Artículo 1°.- Recházase el reclamo formulado por el señor OSMAR MELGAREJO (D.N.I- Nº 13.057.547), en su carácter de cónyuge supérstite de la señora Liliana María del Huerto Minutti, ex-agente del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de San Javier, tendiente al pago de las licencias extraordinarias no gozadas correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008 (parte proporcional). Fdo. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO, MINISTRO DE SALUD.

De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 12071, se hace saber el derecho a interponer recurso en el plazo de diez (10) días hábiles conforme la normativa vigente.

Dirección General Despacho, 06 de octubre de 2010. Dto. Notificaciones.

S/C             5269    Oct. 24 Oct. 15

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NOTIFICACION

 

Se notifica por este medio, que en los autos caratulados: “SEIFERT EMILIA EVA Suc de -  Ref.: Nota 14712/09 s/ Pago de L.A.O. del 2007 No Gozadas P/Fallecimiento el día 19/07/07. Adj. Copias Certif. de Decl. de Herederos, Partida de Defunción, Etc.” (Expte. 00501-0099205-7), se ha dictado la Resolución N° 2014 de fecha 3 de septiembre de 2010, que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1°.- Recházase el reclamo formulado por el señor RAUL JUAN BAUTISTA ODETTI (D.N.I. N° 6.581.445), en su carácter de cónyuge supérstite de la señora Emilia Eva Seifert, ex-agente de la Región de Salud Nodo Rosario, tendiente al pago de la licencia ordinaria no gozada correspondiente al año 2007 (parte proporcional). Fdo. Dr. MIGUEL ANGEL CAPPIELLO, MINISTRO DE SALUD.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 12071, se hace saber el derecho a interponer recurso en el plazo de diez (10) días hábiles conforme a la normativa vigente.

Dirección General de Despacho, 6 de octubre de 2010. Dpto. Notificaciones.

S/C             5270    Oct. 14 Oct. 15

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MINISTERIO DE EDUCACION

 

NOTIFICACION

 

Se notifica por este medio al señor MARCELO ADRIAN ARIMANY, D.N.I. N° 16.861.271, que en las actuaciones administrativas caratuladas bajo Expte. N° 00416-0039597-0, ha recaído el Decreto N° 1518 con fecha 20 de agosto de 2010, que en lo pertinente expresa:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

ARTICULO 1°: Apruébase la Disposición N° 016 del 26 de julio de 2010 de la Secretaría de “Educación del Ministerio de Educación, mediante la cual se declaró extinta la relación laboral entre la Administración Pública Provincial y el señor MARCELO ADRIAN ARIMANY, D.N.I. N° 16.861.271 - Clase 1964, Catedrático con 2 horas interinas -F. 40- en el instituto Superior de Educación Física N° 11 de Rosario - Región VI, cuya copia forma parte del presente.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

Lic. Elida Elena Rasino

Ministra de Educación de la Provincia de Santa Fe.

S/C             5275    Oct. 14 Oct. 15

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MINISTERIO DE EDUCACION

 

RESOLUCION Nº 1517

 

SANTA FE, ''Cuna de la Constitución Nacional'', 7 Octubre 2010

V I S T O :

El Expediente Nº 00401-0202728-6 del registro de este Ministerio, mediante cuyas actuaciones se propiciara la convocatoria a Concurso de Ingreso para cubrir cargos docentes y horas cátedra vacantes  de Educación Inicial – Resolución Nº 1470/10 - , de Educación Primaria – Resolución Nº 1471/10 – y de Modalidad Especial – Resolución Nº 1472/10 - ; y

CONSIDERANDO :

Que en la reglamentación concursal aprobada por el Anexo II de cada una de las citadas Resoluciones se ha verificado un tratamiento diferente para la fecha límite de cómputo de antigüedad de los cargos u horas cátedra desempeñados por los aspirantes, debiendo unificarse en que corresponde la fecha de la convocatoria;

Que por lo expuesto deben rectificarse en ese sentido los mentados Anexos en sus puntos 14.1;

Que así lo solicita la Secretaría de Educación a foja 120 de autos;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACION

R E S U E L V E:

1º) Rectificar las Resoluciones Nros. 1470, 1471 y 1472/2010, de convocatoria a Concurso de Ingreso de Títulos y antecedentes para cubrir cargos docentes y horas cátedra vacantes de Educación Inicial, de Educación Primaria y de la Modalidad Especial, respectivamente, en sus correspondientes Anexos II – Punto 14.1, dejando establecido que la antigüedad a computar según lo mencionado en dicho punto será la registrada a la fecha de la convocatoria, esto es al 1 de octubre de 2010, y no como se consignara en los textos legales aludidos.

2º) Hágase saber y archívese.

Prof. Elida E. Rasino

Ministra de Educación

S/C             5274    Oct. 14 Oct. 15

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SUBSECRETARIA DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA

 

NOTIFICACION

 

Por disposición de la Sra. Subsecretaría T.O. Marcela D Angelo de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Equipo de Atención y Diagnostico Nodo Santa Fe s/ Adopción de Medida de Protección Excepcional Urgente en beneficio de los niños: Costante, Mirna Indiana; Lanche, Claudio Orlando; Costante, Orlando Jesús; Lanche, Lenny Orlando; Lanche, Claudia; Lanche, Conrado; Lanche, Támara Noelia; Lanche, Milton Orlando; Costante, Alejandro Fabricio; Lanche, Camila Beatriz; Lanche, Elsa Emilia Y Lanche, Marianela. Expte. N° 01503-0000609-6, se cita, llama y emplaza al Sr. Lanche, Claudio Orlando quien acredita su identidad con el D.N.I. N° 16.850.163, para que comparezca a notificarse de la Disposición administrativa N° 000052 de fecha 4 de agosto de 2010, para hacer valer sus derechos en los autos mencionados dentro del término que determina la Ley Provincial N° 12.967 de “Promoción y Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” conforme a sus arts. 60, 61, 62 y su Decreto Reglamentario N° 0619/2010. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 5 de octubre de 2010.

S/C             5272                Oct. 14

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NOTIFICACION

 

Por disposición de la Sra. Subsecretaria T.O. Marcela D Angelo de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Equipo de Atención y Diagnostico Nodo Santa Fe s/Adopción de Medida de Protección Excepcional Urgente en beneficio de los niña N. N. Expte. N° 01503-0000684-7, se cita, llama y emplaza a los progenitores de la bebe abandonada en la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe en fecha 26/06/2010, para que comparezca a notificarse de la Disposición administrativa Nº 000070 de fecha 21 de septiembre de 2010, para hacer valer sus derechos en los autos mencionados dentro del término que determina la Ley Provincial N° 12.967 de “Promoción y Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” conforme a sus arts. 60, 61, 62 y su Decreto Reglamentario N° 0619/2010. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de octubre de 2010.

S/C             5271                Oct. 14

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