REGISTRADA BAJO EL Nº 13555
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el convenio para el otorgamiento de Créditos Línea Especial "Fuerza Rosario" celebrado en fecha 30 de agosto de 2013, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la señora Ministra de Desarrollo Social de la Provincia, y el Banco Municipal de Rosario, que tiene por finalidad otorgar una línea de crédito especial para damnificados por las consecuencias de la explosión ocurrida el día 6 de agosto de 2013 en el edificio sito en calle Salta N° 2141 de la ciudad de Rosario, departamento homónimo.
El mencionado convenio fue aprobado ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo N° 4488 de fecha 2 de diciembre de 2014 e inscripto bajo el N° 6301 en fecha 9 de octubre de 2014, al Folio 254, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N° 1767/84 - Dirección General de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo forma parte integrante de esta ley.
ARTÍCULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO N° 2249
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 02 de Setiembre de 2016
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13.555 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
C.P.N. JORGE MARIO ALVAREZ
Nota: Se publica sin el convenio. Pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.
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