REGISTRADA BAJO EL Nº 12447
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º - Declárase
de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno ubicado en la ciudad de
Rosario, departamento Rosario, de propiedad privada identificado catastralmente
como S/M 106 de la Sección Catastral 17ª de la ciudad de Rosario e inscripto en
el Registro General de la Propiedad de la provincia de Santa Fe en el Tomo
385b, Folio 142, Nº 181881/26, en fecha 27 de setiembre de 1977, Partida
Impuesto Inmobiliario Nº16-03173168770001, con una
superficie de 31.089,1626 m2; propiedad de los señores Marcos Abraham Krapf, Bernardino Sánchez y "ESCALA LITORAL"
Sociedad De Responsabilidad Limitada, representada por Juan Carlos Estape y/o quien en definitiva resulte ser propietario de
la misma. El terreno a expropiar se describe como: "Una fracción de
terreno situado en esta ciudad en el Barrio Belgrano, con lo edificado, clavado
y plantado, la que de acuerdo al plano del Ingeniero Civil Francisco L.
Constantino, archivado en el Departamento Topográfico en la Dirección General
de Catastro Delegación Rosario, bajo en número 20.650 del año 1958 se describe
como fracción L-C-P-O-N-M-L, con las siguientes medidas, ángulos superficies y
linderos: 266,90 metros en su Lado Sud línea L-C
lindando según titulo con Lisandro de la Torre, y según mensura con Eduardo
Lisandro Paganini; 314,73 metros en su lado que da
frente al Nord-Oeste línea C-P, que forma con la
anterior un ángulo de 43 grados 23 minutos 40 segundos y linda con las Vías del
Ferrocarril Nacional General Bartolomé Mitre; 14,60 metros en su lado Norte,
línea ligeramente inclinada P-O, que forma con la anterior un ángulo de 118
grados 34 minutos 40 segundos, lindando con la Avenida de Circunvalación y su
frente al Este, está formado por tres tramos, el primero de ellos línea O-N
mide: 49.65m, formando con el lado Norte un ángulo de 119 grados 36 minutos 10
segundos; a su terminación sigue la línea N-M, que mide 50,85 metros y forma
con la anterior un ángulo de 175 grados 22 minutos 40 segundos y a su
terminación sigue el 3er. tramo línea M-L que mide: 113,27 metros y que forma
con la línea anterior un ángulo de 175 grados 14 minutos 40 segundos, cierra la
figura formando con el lado Sud un ángulo de 82
grados 48 minutos 10
segundos, lindando: estos
tres últimos tramos con la
Avenida de Circunvalación"; para ser destinada a la regularización
urbanística del asentamiento "Las Palmeras", según Ordenanza Nº
7.705/04.
ARTÍCULO 2º- Autorízase
a la Municipalidad de Rosario, departamento Rosario a promover la acción expropiatoria a que se refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Todos los gastos que
demande el pago del precio de la expropiación son a cargo exclusivo de la
Municipalidad de Rosario, departamento Rosario.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 08 de setiembre de 2005
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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