picture_as_pdf 2005-09-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12447

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno ubicado en la ciudad de Rosario, departamento Rosario, de propiedad privada identificado catastralmente como S/M 106 de la Sección Catastral 17ª de la ciudad de Rosario e inscripto en el Registro General de la Propiedad de la provincia de Santa Fe en el Tomo 385b, Folio 142, Nº 181881/26, en fecha 27 de setiembre de 1977, Partida Impuesto Inmobiliario Nº16-03173168770001, con una superficie de 31.089,1626 m2; propiedad de los señores Marcos Abraham Krapf, Bernardino Sánchez y "ESCALA LITORAL" Sociedad De Responsabilidad Limitada, representada por Juan Carlos Estape y/o quien en definitiva resulte ser propietario de la misma. El terreno a expropiar se describe como: "Una fracción de terreno situado en esta ciudad en el Barrio Belgrano, con lo edificado, clavado y plantado, la que de acuerdo al plano del Ingeniero Civil Francisco L. Constantino, archivado en el Departamento Topográfico en la Dirección General de Catastro Delegación Rosario, bajo en número 20.650 del año 1958 se describe como fracción L-C-P-O-N-M-L, con las siguientes medidas, ángulos superficies y linderos: 266,90 metros en su Lado Sud línea L-C lindando según titulo con Lisandro de la Torre, y según mensura con Eduardo Lisandro Paganini; 314,73 metros en su lado que da frente al Nord-Oeste línea C-P, que forma con la anterior un ángulo de 43 grados 23 minutos 40 segundos y linda con las Vías del Ferrocarril Nacional General Bartolomé Mitre; 14,60 metros en su lado Norte, línea ligeramente inclinada P-O, que forma con la anterior un ángulo de 118 grados 34 minutos 40 segundos, lindando con la Avenida de Circunvalación y su frente al Este, está formado por tres tramos, el primero de ellos línea O-N mide: 49.65m, formando con el lado Norte un ángulo de 119 grados 36 minutos 10 segundos; a su terminación sigue la línea N-M, que mide 50,85 metros y forma con la anterior un ángulo de 175 grados 22 minutos 40 segundos y a su terminación sigue el 3er. tramo línea M-L que mide: 113,27 metros y que forma con la línea anterior un ángulo de 175 grados 14 minutos 40 segundos, cierra la figura formando con el lado Sud un ángulo  de 82  grados 48  minutos  10  segundos,  lindando:  estos  tres  últimos tramos con la Avenida de Circunvalación"; para ser destinada a la regularización urbanística del asentamiento "Las Palmeras", según Ordenanza Nº 7.705/04.

ARTÍCULO 2º- Autorízase a la Municipalidad de Rosario, departamento Rosario a promover la acción expropiatoria a que se refiere el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Todos los gastos que demande el pago del precio de la expropiación son a cargo exclusivo de la Municipalidad de Rosario, departamento Rosario.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 08 de setiembre de 2005

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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