REGISTRADA BAJO EL Nº 12319
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado el
17 de Setiembre de 2001, entre la Municipalidad de la ciudad de Puerto General
San Martín, representada por su Intendente, Dn.
Daniel Florencio Sorrequieta y el Superior Gobierno
de la Provincia de Santa Fe, representado por el entonces Ministro de
Educación, Bioq. Alejandro Angel
Rébola, inscripto bajo Nº 1493, el 20 de Noviembre de
2001, al Fº 248, Tº III, en
el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
- decreto No 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa y aprobado por Decreto
Nº 3755/02, cuya copia en tres (3) fojas forma parte de la presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1679
SANTA FE, 03 SEP 2004
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.319
efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Carola Nin
La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa
Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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