picture_as_pdf 2004-09-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12319

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado el 17 de Setiembre de 2001, entre la Municipalidad de la ciudad de Puerto General San Martín, representada por su Intendente, Dn. Daniel Florencio Sorrequieta y el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el entonces Ministro de Educación, Bioq. Alejandro Angel Rébola, inscripto bajo Nº 1493, el 20 de Noviembre de 2001, al 248, III, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - decreto No 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa y aprobado por Decreto Nº 3755/02, cuya copia en tres (3) fojas forma parte de la presente.

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

 

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1679

SANTA FE, 03 SEP 2004

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

 

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.319 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Carola Nin

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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