JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por
ANABEL V. PASCUAL
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaria de la Dra. Lorena A. Gonzalez, se hace saber que en los autos caratulados “ESTABLECIMIENTOS LACTEOS SAN MARCO S.A. c/ OTROS s/ EJECUCION HIPOTECARIA”, Exp. N° 1053/2011, se ha dispuesto que la Martillera Anabel V. Pascual venda en pública subasta el día 22 de Agosto de 2018, a las 11 hs. En el Juzgado Comunitario de la ciudad de Carcarañá, Pcia. de Santa Fe, donde se encontrara expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Con todo lo edificado, clavado y plantado, y demás mejoras y adherencias que legítimamente corresponda, el inmueble consistente en un lote de terreno, situado en el pueblo Carcarañá, Dpto. San Lorenzo, Pcia. de Santa Fe, al Norte de la vía férrea y el que de acuerdo al plano especial de subdivisión confeccionado por el Agrimensor Cesar Torriglia, archivado bajo el N° 4.075 en el año 1954, se designa como lote N° 28, se encuentra ubicado con frente al Norte sobre la Avenida Almirante Brown (antes Franklin) y a los 30,30 m. de la calle 20 de Junio (antes Leguizamon) hacia el Oeste y se compone de 15,15 m. de frente al Norte por 15 m. de fondo; encierra una superficie de 227,25 m2. Y linda: al Norte con la Avenida Almirante Brown; al Este con el lote 29; al Sud con el lote 22 y al Oeste con el lote 27.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 98 Fº 221 Nº 76.766 DPTO. SAN LORENZO.- Informe del Registro Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de las ejecutadas: no registrándose embargos ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Hipoteca: Al Tº 559 B Fº 384 Nº 367.216 del 12.08.1999, Escritura N° 70 del 26.07.1999 Escribano Domingo Alsina en 1° grado, acreedor Establecimientos Lácteos San Marco SA, Pje. Gossweiler 52, Rosario, por $ 20.000.- El inmueble se subastará con el estado de “Ocupado” según constancias de autos. Saldrá a la venta con la Base de $ 300.000.- Si por la Base no hubiere postores, inmediatamente se pondrá nuevamente en venta con una Retasa del 25 % de la Base o sea $ 225.000 y de no haber oferentes por la Retasa la subasta se declarara desierta.- El oferente que resulte adjudicatario abonara en el acto de remate el 3 % de comisión a la martillera y 10 % en concepto de seña, debiendo cumplimentarse con las comunicaciones del Bco. Central de la República Argentina “A” 5147 y “A” 5212, según Circular N° 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. En función de ello, se hará saber a los interesados que para el caso de que el precio de la compra, el saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de $ 30.000, no se aceptara su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado, en este último supuesto, la cambial deberá librarse a la orden del Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados, Cuenta N° 5141303/2. El saldo de precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. Tambien se hara saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procederá conforme lo previsto por el art. 505, 3° parr., CPCC, mediante protocolización de actuaciones a cargo del escribano que se designe. Los impuestos, tasas, contribuciones especiales (nacionales, provinciales, municipales o comunales) y gastos referidos en el art. 8 de la ley 13.512, y que se adeuden por causa del inmueble, o se generen con motivo de esta venta (IVA, ley 23.905, etc.) además de gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, han de ser exclusivamente a cargo del comprador, incluidos los gastos por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías, en su caso. El comprador deberá indicar, dentro del 6 día de realizada la subasta, el nombre de su comitente y en escrito firmado por amos, patrocinado por abogado o representado ante la Actuaria de la causa. Vencido este plazo se tendrá a aquel por adjudicatario definitivo. El comitente deberá constituir domicilio legal en esa presentación.- Para mayores informes comunicarse con la Martillera Tel. 0341-4402392, y que de resultar inhábil el día designado para la subasta, la misma se realizara el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar.- Rosario, 02/08/2018.- Fdo.: Dra. Lorena A. Gonzalez. Secretaria.
S/C 364539 Ag. 14 Ag. 21
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden del señor Juez Primera Instancia Distrito Civil, Comercial y Lab. de la Primera Nom. de Cañada de Gómez, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SSMM c/OTRO s/Demanda Ejecutiva (Exp. 986/2014)“, se ha dispuesto que el martillero Jorge A. Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor en las Puertas del Juzgado de Circuito de la ciudad de Las Rosas el día 23 de Agosto de 2018 a las 11 hs o el día inmediato hábil posterior de resultar feriado, inhábil o si su inicio y/o desarrollo se impidiera por caso fortuito y/o fuerza mayor y/o cualquier otro hecho equiparable, a la misma hora y en el mismo lugar, el inmueble embargado en autos en Block consistente en: 1) Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en la ciudad de Las Rosas ubicado en calle Moreno 118 entre calle Buenos Aires y vías del FGBM y se designa como lote G de la manzana 10 s/plano 36599/1964 y arranca a los 49,62 mts. de la esquina SE hacia el Oeste y mide 10,65 mts. de frente al S. por 54 mts. de fondo encerrando una sup. de 575, 10 mts2. Lindando al S con calle Moreno, al N con parte del lote D, al E con el lote F y al O. con lote H, todos de la misma manzana y plano y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T° 191, F° 134, N° 418641 Dep. Belgrano. y 2) Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en la ciudad de Las Rosas en la calle Moreno 118 entre las calles Buenos Aires y vías del FGBM, y se designa como lote F-uno de la manzana 10 s/plano 87668/1976 y arranca a los 107,25 de la calle Bs.As. hacia el Este y mide 1,75 mts. de frente al S, por 54 mts. de fondo, y encierra una sup. de 94,50 mts2. lindando al S con calle Moreno, al N con Hilario A. Mora, al E con lote F-dos y al Oeste con lote G, todos de la misma manzana, y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T° 191, F° 133, N° 418640 Dep. Belgrano.- Registrando: Cautelares el 1ero de orden: 1) al T° 126 E, F° 353, N° 314820 del 2/3/2017 por $ 88.550,05 por los autos que ejecutan; 2) al T° 125 E, F° 3127, N° 380861 del 20/10/2016 en autos: “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 70903/2010) Juzg. Federal N° 1 Rosario por $ 9.130,47 y 3) al T° 125 E, F° 3898, N° 398945 del 20/12/2016 en autos “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (exp. 88968/2012) Juzg. Federal N° 1 Rosario por $ 19.339,69 y el 2do. de orden las siguientes Cautelares: 1) al T° 124 E, F° 2610, N° 366633 del 26/8/2015 en autos: “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 109506/2014), Juzg. Federal N° 1 Rosario por $ 3.197,21; 2) al T° 124 E, F° 2615, N° 366640 del 26/8/2015 con nota anterior 24/9/2010 en autos: “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 70903/2010) Juzg. Federal N° 1 Rosario por $ 9.130,47 y 3) al T° 124 E, F° 3413, N° 387544 del 23/10/2015 en autos: “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 118545/2014) Juzg. Federal N° 1 Rosario por $ 8.844,90 4) al T° 125 E, F° 2331, Nº 360825 del 11/8/2016 con nota anterior del 2/9/2011 en autos: “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 54271/2010) Juzg. Federal N° 2 Rosario Sec. B por $ 8.263,15; 5) al T° 126 E, F° 275, N° 313293 del 22/2/2017 con nota anterior del 19/3/2012 en autos: “Fisco Nacional c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 62218/2011) Juzg. Federal N° 2 Rosario por $ 8.862,41; 6) al T° 126 E, F° 3140, N° 387822 del 19/10/2017 por los autos que ejecutan por $88.550,05; 7) al T° 127 E, F° 791, N° 327808 del 13/4/2018 en autos: Fisco Nacional (AFIP) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 71704/2012) Juzg. Federal N° 2 Rosario Sec. B por $ 15.073,80; Asimismo su titular registral registra las siguientes Inhibiciones: 1) al T° 129 I, F° 1717, Aforo 326282 del 12/4/2017 por $ 60.718 en autos Fisco Nacional (Afip) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 16255/2015) Juzg. Federal N° 2 Rosario; 2) al T° 129 I, F° 1718, Aforo 326283 del 12/4/2017 por $ 51.742, en autos Fisco Nacional (Afip) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 101850/2015) Juzg. Federal N° 2 Rosario 3) al T° 129 I, F° 1719, Aforo 326289 del 12/4/2017 por $ 32.764, en autos Fisco Nacional (Afip) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 51350/2010) Juzg. Federal N° 2 Rosario y 4) al T° 128 I, F° 4497, Aforo 352695 del 11/7/2016 por $ 11.759, en autos Fisco Nacional (Afip) (BD.5974/02/2014) c/Otro s/Ejec. Fiscal (Exp. 113239/2014) Juzg. Federal N° 1 sec. A Rosario.
Dicho inmueble se venderá con la única base de Pesos Un millón tres mil quinientos veintiocho con treinta ctavos. ($ 1.003.528,30) y a falta de interés entre los asistentes, previa autorización del actuario el inmueble se retira de la venta, el que resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta el 10% en calidad de seña (más IVA si correspondiere), más el 3% de comisión de ley Art. 63 inc. 1.1.1. LP 7547 al martillero actuante y el saldo se completara una vez aprobada la subasta por el Tribunal. Atento que el precio a abonar en el acto de subasta supera el valor de $ 30.000, el pago no podrá hacerse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado, ocancelatorio o en su defecto, se deberá depositar o previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Suc. Cañada de Gómez a la orden de este Juzgado y para la presente causa conforme a la disposición del BCRA s/comunicación “A5147” de fecha 23/11/2010, el saldo de precio que se abonará al aprobarse la subasta deberá hacerse en las mismas condiciones que las mencionadas, es decir el depósito por transferencia interbancaria. Hágase saber que en caso de incumplirse esta disposición será comunicado por éste Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. No se acepta la compra en comisión. Las deudas del inmueble en concepto de tasas, impuestos y expensas si correspondieren, son íntegramente a cargo de quien resulte comprador, juntamente con las contribuciones de mejoras, honorarios profesionales y gastos de escrituración. La transferencia de dominio por compra en subasta deberá realizarse por Escribano Público. Se vende en las condiciones de ocupación que consta en autos s/constatación efectuada En autos se encuentra copia de la escritura de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Exhibición dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs. Conforme Resolución 745 Afip. Cuit martillero 20-11270660-8 y DNI propietario 14592822. Todo lo que se hace saber a los efectos legales y Cañada de Gómez, 1 de agosto de 2018 - Guillermo R, Coronel, Secretario.
$ 1247 364246 Ag. 14 Ag. 16
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