GRANDES RODADOS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición de la Sra. Jueza en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, se ha dispuesto la siguiente publicación, conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ley 19.550, s/resolución de fecha 26 de Junio de 2017.
Por Acta de Asamblea de fecha 1 7 de Mayo de 2017 y Actas de Directorio de fechas 16 y 18 de Mayo de 2017, se resolvió la elección del nuevo directorio y la distribución y aceptación de cargos:
Director Titular: Presidente: Carlos Daniel Zacco, fecha nacimiento 23/11/1955, DNI Nº 11917047, casado, domicilio Maipú 1831 Venado Tuerto, comerciante.
Director Suplente: Patricia Ana Nievas, fecha nacimiento 12/07/1959, DNI Nº 13498166, casada, domicilio Maipú 160 Venado Tuerto, comerciante.
$ 47 328972 Jul. 14
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ARJO S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por disposición del Sra. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Registro Público de Comercio, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, según Resolución de fecha de 22 de junio de 2017 se ordena la siguiente publicación de edictos: ARJO S.A. CUIT 30-68945101-9 inscripto en Estatutos, al T° 77 Fº 9566 N° 344 en Rosario, 21 de octubre de 1996, inscripción del nuevo directorio de la sociedad, designado por Asamblea General Ordinaria N° 29 de 30 de noviembre de 2016 se designaron Directores Titulares al Sr. Ruben Néstor Minoves, nacionalidad argentino DNI: 12.292.962, CUIT 20-12292962-1, nacido el 20 de mayo de 1956 de estado civil divorciada de primeras nupcias de según sentencia Nº 169 (expte. 1343/2011) del 16/03/2012 Juzgado de 1era Instancia de Distrito Civil y Comercial y del Trabajo N° 9 de Rufino con domicilio en Área industrial Rufino, Parcela 6 de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe.- Directo Titular - Vice Presidente: Minoves Ariel Martín, nacionalidad argentino, DNI: 34.175.537,CUIT: 23-31175537-9, soltero, nacido el 31 de julio de 1989 fijando domicilio especial Área Industrial Rufino, Parcela 6 de la Ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe.-
$ 63,60 328959 Jul. 14
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VÍA SUR S.R.L.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Por reunión de socios de fecha 03 de julio de 2017 se resolvió la prórroga del vencimiento de la sociedad que operaba el día 14 de agosto de 2017 por el término de diez (10) años, y la modificación del objeto: “La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros bajo cualquier forma asociativa lícita, una o varias de las siguientes actividades: 1) La explotación comercial de cocheras, garajes o playas de estacionamiento, mensualizadas o por horas.- Con servicio de lavadero.”
$ 45 328956 Jul. 14
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LOS TOCAYOS S.R.L.
SUBSANACIÓN DE SOCIEDAD DE HECHO y
CESIÓN DE CUOTAS PARTES.
Por disposición del juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, secretaria subrogante, según decreto de fecha 05/07/2017, se ordena la publicación de Edictos en el Boletín Oficial. Se hace saber que:
Subsanación de la Sociedad Existente: Los socios de Miguel Ángel Roncatti y Monti Sociedad de Hecho CUIT 30-70859669-4, decidieron adoptar la forma de una sociedad de responsabilidad limitada, de acuerdo al inventario especial de regularización practicado al día 30 de Septiembre de 2016, el patrimonio neto (activo menos pasivo) existente en la sociedad de hecho constituye el capital inicial de la sociedad de responsabilidad limitada, el cual asciende a Un Millón de Pesos ($ 1.000.000). Luego de un intercambio de opiniones, los socios deciden por unanimidad aprobar la subsanación de la citada sociedad conforme lo previsto en el Art. 25 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, adoptando la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual se regirá por la siguientes cláusulas en particular y por las disposiciones de la Ley General de Sociedades ?19550 y sus modificaciones en general.
Cesión de Cuotas Partes: El Sr. Monti Miguel Ángel Eloy vende, cede y transfiere sin reserva alguna, en plena propiedad, a: 1) a Roncatti Miguel Ángel Dos Mil (2000) cuotas de Cien Pesos ($100) cada una, por el precio total convenido de Doscientos Mil ($200.000), 2) a Romina Paola Montoto, DNI. Nº 33.933.953 CUIT 27-33933953-3, nacida el veintiocho de octubre de mil novecientos ochenta y ocho Argentina, de profesión comerciante, de estado civil soltera, con domicilio calle 61 N° 371 de la localidad de Villa Cañas, departamento General López provincia de Santa Fe Un Mil Quinientos (1500) cuotas de Cien Pesos ($100) cada una, por el precio total convenido de Ciento Cincuenta Mil Pesos, ($150.000), 3) a Matías Fernando Montoto, DNI. N° 36.895.141 CUIT 20-36895141-3, nacido el veintiocho de marzo de mil novecientos noventa y tres, Argentino, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio calle 61 N° 371 de la localidad de villa Cañás, departamento General López provincia de Santa Fe Un Mil Quinientos (1500) cuotas de Cien Pesos ($100) cada una, por el precio total convenido de Ciento Cincuenta Mil Pesos ($150.000)
$ 90 328961 Jul. 14
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MB INSUMOS MÉDICOS S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Fecha: 26 de Mayo de 2017.
Cedente: Evelyn Romina Obregon, argentina, mayor de edad, nacida el 01 de Enero de 1981, de estado civil soltera, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Pasaje. 303 Nº 1440, Rosario, Santa Fe, titular del D.N.I. Nº 34.144.153; CUIL 27-34144153-1;
Cesionario: Germán Pablo Labanca, argentino, mayor de edad, nacido el 26 de Junio de 1973 de estado civil soltero, profesión comerciante; con domicilio real en calle Micheletti N° 7845, Rosario, Santa Fe, titular del D.N.I. N° 23.281.714, CUIL 20-23281714-4;
Monto Cesión: La Cedente, cede, vende y transfiere a El Cesionario, Ciento Veinticinco Mil (125.000,00) cuotas partes de La Sociedad de la que es propietaria, representativas del 50% del capital social, de valor nominal de Un Peso ($1.00) cada una.
Composición del Capital Social Luego de la Cesión: Se modifica la Cláusula Cuarta del Contrato Social, quedando redactada de la siguiente forma: “Cuarta: Capital Social El capital social es de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000,00.-), dividido en 250.000,00 cuotas de Un Peso ($ 1,00.-) de valor nominal cada una, que los socios suscriben totalmente en este acto, y que integran conforme el siguiente detalle: 1) El Sr. Cesar Alberto Almada, 125.000,00 cuotas por un valor total de $ 125.000,00., integrando el 25% en este acto, es decir, $ 31.250,00.-, comprometiéndose a completar el saldo en un plazo máximo de dos años y 2) El Sr. Germán Pablo Labanca, 125.000,00 cuotas, por un valor total de $ 31.250,00, integrando el 25% en este acto, es decir, $ 31.250,00.-, comprometiéndose a completar el saldo en un plazo máximo de dos años. La asamblea de socios fijará la oportunidad en que se completará la integración.-“
Administración: Se designa como único Socio-Gerente al Sr. Germán Pablo Labanca, ejerciendo las funciones en forma individual, y conforme facultades y plazo, que surgen del Contrato Social.
$ 63 328952 Jul. 14
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EVE-LAU S.R.L.
CONTRATO
En la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe a los 14 días mayo del 2017 entre los señores Fornassiero, Armando Miguel, nacido el 20 de julio 1957,casado en primeras nupcias con Griselda Luisa Cornero, argentino, comerciante, con domicilio en calle Pte. Roca 2234 de la ciudad Rosario, Pcia. de Santa Fe, DNI Nro. 13032492. cuit Nro. 20-13032492-5; Fornassiero, Evelyn Eliana, nacida el 23 de febrero de 1988, argentina, soltera comerciante, con domicilio en calle Pte. Roca 2234 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, DNI Nro. 33.678.720, Cuit Nro. 27-33678720-9 y Fornassiero, Lautaro Sebastián, nacido el 12 de noviembre 1991 argentino, soltero, comerciante, con domicilio en calle Pte. Roca 2234 de la ciudad de Rosario, DNI Nro. 36.004.477, Cuit Nro. 20-36004477-8
Fecha de Instrumento Constitutivo: 14 de mayo 2017.-
Denominación Social: EVE-LAU S.R.L.
Domicilio: Avda. Pellegrini 1612 Rosario
Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, a las siguientes operaciones: explotación comercial del negocio de parrilla pizzería, servicios de lunch, elaboración distribución y venta de productos alimenticios, bebidas con o sin alcohol, y toda otra actividad derivada del rubro gastronómico, venta de cremas y postres helados, refrescos que directamente se relacionen con el objeto
Plazo de Duración: 10 años a partir de la Inscripción en el R.P.C.-
Capital Social: Pesos Doscientos Mil ($ 200.000)
Administración y Fiscalización: Estará a cargo de los socios Evelyn Eliana Fornassiero y Lautaro Sebastián Fornassiero quienes cumplirán la función de socios gerentes a tal fin usarán su propia firma con el aditamento de socio gerente precedida de la denominación social.- La fiscalización estará a cargo de todos los socios.-
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.-
$ 67 328969 Jul. 14
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AGROPECUARIA REGIONAL S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario (art. 10 L.S.C) se ordena publicar lo siguiente: 1) Socios: Oromes Marcelo Gerardo, de nacionalidad argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Rodas Marisa Sandra, de profesión comerciante, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, nacido el 03 de Noviembre de 1960, titular de D.N.I. 13.937.330, CUIT 20-13937330-9 y el señor Oromes Lautaro, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle 25 de Mayo 90 de San Pedro, Provincia de Buenos Aires, nacido el 02 de Diciembre de 1987, titular de D.N.I. 33.422.839, CUIT 20-33422839-9 acuerdan la constitución de la presente sociedad, sujeta a las siguientes cláusulas y condiciones. 2) Fecha del Instrumento de Constitución: 10 días del mes de Mayo de 20+7; 3) Denominación Social: AGRO SERVICIOS MESOPOTÁMICOS S.R.L. 4) Domicilio: Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe. Sede Social en calle Montevideo 1598 piso 3 dpto. A de la ciudad Rosario, Pcia. de Santa Fe; 5) Objeto Social: la sociedad tiene por objeto: a) Agricultura; La explotación agrícola, directa e indirecta de campos y chacras propias o arrendadas a terceros con todo género de cultivo sean frutas, hortalizas, legumbres, cereales, praderas y otras plantaciones similares en forma primaria o secundaria; la preparación , plantación , cura, desfloración, injertos, polinización y poda, forestación y desmonte de plantas en general y los servidos de recolección, acondicionamiento, selección, carga y descarga, transporte y distribución de frutas , hortalizas, legumbres y flores.
b) Industrial y de servidos: mediante la elaboración primaria de productos derivados de la agricultura, su conservación mediante la instalación de plantas frigoríficas y su envasado a través de plantas fraccionadoras y / o empaque realizando todas las operaciones complementarias y/o necesarias para el cumplimiento de dichos fines, incluido el acopio, elaboración, comercialización de los productos derivados de la actividad pudiendo operar como importadora y/o exportadora y realizar todas las operaciones complementarias a estos fines. La realización de trabajos y servidos agrícolas, asesoramientos, prestación de servidos de cualquier tipo, administración, mandatos o gerenciamientos referidos a las actividades agropecuarias o vinculadas a la misma. La prestación de servicios de cosecha, siembra y empaque sin limitaciones.
c) Comerciales: Mediante la compraventa o permuta , distribución , exportación e importación de frutas, legumbres, verduras y hortalizas frescas realizando todas las operaciones complementarias y/o necesarias para el cumplimiento de dichos fines, incluido el acopio, elaboración, comercialización de los productos derivados de la actividad pudiendo operar como importadora y/o exportadora y realizar todas las operaciones complementarias a estos fines.
Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar toda clase de acto, contrato y operaciones que se realicen directa o indirectamente el objeto, incluso adquirir o enajenar bienes registrables, intervenir en actuaciones ante entidades financieras y bancarias y otorgar toda clase de poderes generales y especiales, como así también y en relación al objeto social podrá realizar por sí o por terceros gestiones de exportación e importación de bienes y productos propios del objeto.
6) Duración: 10 años desde la inscripción en el R.P.C; 7) Capital Social: Pesos seiscientos mil ($ 600.000.-); 8) Administración: La administración y dirección de los negocios sociales estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualquiera de ellos. Se designa al Sr. Oromes Lautaro como Gerente; 9) Fiscalización de la sociedad podrá ser ejercida por todos los socios conforme a lo dispuesto por la Ley 19.550; 10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Junio de cada año.
$ 115 328980 Jul. 14
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VAL FER S.R.L.
CONTRATO
Conforme al contrato constitutivo de “ VAL FER S.R.L.”y a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, se publicará por el término de ley:
1.- Datos de los socios: Yadu, María Fernanda, argentina, soltero, de profesión estudiante, Documento Nacional de Identidad N° 34593711, CUIT: 27-34593711-6, nacida el 07/09/1989, con domicilio en San Víctor 1927 de la ciudad de Carcarañá y Yadu Valeria Soledad, argentina, casada con Nicolás Guillermo Veranini, de profesión comerciante, Documento Nacional de Identidad N° 33055867, CUIT: 27-33055867-4, nacida el 21/07/1987, con domicilio en San Víctor 1927 de la ciudad de Carcarañá
2.- Fecha de Constitución: 2° de Mayo del 2017 (02/05/2.017).-
3.- Denominación: VAL FER S.R.L.
4.- Sede Social: en la calle San Víctor N° 1927 de la ciudad de Carcarañá, departamento San Martín, provincia de Santa Fe.
5.- Objeto Social: Montajes y Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas.
6.- Plazo de Duración: diez (10) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.-
7.- Capital Social: El capital social se fija en la suma de Doscientos Mil Pesos ($ 200.000,00), dividido en cuotas de Diez Pesos ($ 10,00) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera:
a) Yadu, Maria Fernanda suscribe mil seiscientas (10000) cuotas de diez pesos ($ 10,00) cada una, o sea Cien Mil Pesos ($100.000,00); -
b) Yadu, Valeria Soledad suscribe mil seiscientas (10000) cuotas de diez pesos ($ 10,00) cada una, o sea Cien Mil Pesos ($ 100.000,00);
8.- Administración y Fiscalización: La administración estará a cargo de uno o más gerentes, socio o no, por el término de tres ejercicios, siendo reelegible. En este acto se designa para el plazo previsto a el siguiente socio: Ya du María Fernanda. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. La fiscalización de la sociedad será ejercida de manera conjunta e indistinta por todos los socios de la sociedad.
9.- Organización de la Representación Legal: Estará a cargo de los socios, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos.-
10.- Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.-
$ 80 328971 Jul. 14
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PINTURAS CELTA S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Se hace saber que por reunión de socios celebrada en Rosario el 06-06-2017, modificada por reunión de fecha 05-07-2017, entre los Sres. Mariano Guillermo Ferrazzini, nacido el 09 de diciembre de 1975, D.N.I. 25.017.384, cuit 23-25017384-9 casado con Analía Griselda Elia D.N.I. 25.204.914, cuil 27-25204914-8 con domicilio en Uruguay 2573 de la Ciudad de Rosario, Santiago Hernán Ferrazzini, nacido el 28-09-77, D.N.I. 26073517, cuit 23-26073517-9 casado con Sabrina Melisa Mazzaglia, D.N.I. 27.163.511, cuit 24-27163511-3 con domicilio en Laprida 5531 de la Ciudad de Rosario, y Paula Soledad Ferrazzini, nacida el 11-05-1986, D.N.I. 32.968.695, cuit 27-32968695-2,casada con Ignacio Manuel López, D.N.I. 32.086.970, cuit 20-32086970-7, con domicilio en Santa Fe 1762, de la Ciudad de Soldini, convienen la prórroga de una sociedad de responsabilidad limitada denominada “PINTURAS CELTA S.R.L.”, con domicilio legal en Ruta Prov. 14 km 1.5 - Pérez (SF), pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero. El plazo de duración de la sociedad será de veinte (20) años contados desde la inscripción de reconducción de la sociedad efectuada el 02-08-2007, por lo que la misma vencerá el 02-08-2027. La sociedad tendrá por objeto la fabricación y comercialización de pinturas, lacas, barnices, solventes y productos químicos. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto. El Capital social se fija en la suma de Doscientos Mil ($200.000) dividido en Veinte Mil cuotas de Diez Pesos cada una que los socios suscriben en la siguiente proporción: Mariano Guillermo Ferrazzini suscribe 7800 cuotas de Diez Pesos cada una que representan $78000, Santiago Hernán Ferrazzini suscribe 7800 cuotas de Diez Pesos cada una que representan $78000 y Paula Soledad Ferrazzini suscribe 4400 cuotas de Diez Pesos cada una que representan $44000. Los socios han suscripto e integrado el capital original de $150.000 correspondiente a la anterior sociedad cuya prórroga se solicita, y con respecto a la suma de $50.000 correspondiente al aumento de capital efectuado integran el 25 por ciento en efectivo en este acto y el saldo en el plazo de dos años desde la inscripción de la prórroga. La Administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más Gerentes socios o no. Por unanimidad se designa como Gerentes, al Sr. Mariano Guillermo Ferrazzini y al Sr. Santiago Hernán Ferrazzini. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Las decisiones adoptaran según más mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550 denominada Ley General de Sociedades modificada por ley 26.994. La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de abril de cada año. Cesión de cuotas: Entre los Socios: Podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación social. A Terceros: Estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios.
Procedimiento de Cesión o Transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar fehacientemente tal circunstancia a la Gerencia y a sus consocios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En caso de fallecimiento e incapacidad o por cualquiera otra causa legal que importe el retiro o des vinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o representantes legales deberán unificar su personaría y representación en un solo y único representante frente a la sociedad, y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a fin del mes, de la fecha de fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado en la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 y 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias. Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún nuevo trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma; salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada; o si mediare comunicación fehaciente de este hecho, a los demás consocios, y los mismos no manifestaran oposición formal en el término de 30 días. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en transgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad y habiendo pérdidas serán de cuenta exclusiva del socio interviniente. Asimismo, ante cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de uno de los socios fallecidos o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Rosario.
$ 171 328951 Jul. 14
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