picture_as_pdf 2016-07-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 13539


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE LEY:


ARTÍCULO l.- Créase un juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo laboral, en el Distrito Judicial Nº 5 de la Provincia con asiento en la ciudad de Rafaela.

ARTÍCULO 2.- Modifícase el inciso 4.5) N° 5 del artículo 7° de la Ley N° 10.160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificaciones, el que Quedará redactado de la siguiente manera:

4. 5): N° 5: cuatro en lo Civil, Comercial, dos en lo Laboral, uno de Familia, dos en lo Penal de Instrucción, dos en lo Penal Correccional, uno en lo Penal de Sentencia y dos de Menores.”

ARTÍCULO 3.- La Corte Suprema de Justicia dispondrá las medidas pertinentes para dotar de los recursos humanos y materiales al nuevo Juzgado Laboral que se crea por la presente norma.

ARTÍCULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la ley.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2016.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO N. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. EDUARDO RUBÉN NINI

Subsecretario

Cámara de Diputados


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

6 de Julio de 2016.

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

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