MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 1125
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
VISTO:
El expediente Nº 00501-0122691-3 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Jefe de División Estadística en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, correspondiente a la categoría 4 del agrupamiento Administrativo del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1729/2009, en su artículo 2º, el Poder Ejecutivo Provincial reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, por el establecido en el Anexo A del citado acto administrativo, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así a los titulares de las Jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;
Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal el referido cargo se encuentra vacante, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización del concurso;
Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para el puesto ofrecido;
Que, asimismo, se ha procedido a dar la participación que por la normativa vigente –Ley N° 10052 y modificatorias– en la materia les corresponde, a los representantes de las entidades sindicales A.T.E. y U.P.C.N., no habiéndose expedido ésta última -hasta el momento- respecto al trámite de autos;
Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (Dictamen Nº 89.136/13, fs. 38);
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTÍCULO 1º.-Llámase a concurso interno para cubrir el cargo de Jefe de División Estadística en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, correspondiente a la categoría 4 del agrupamiento Administrativo del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.-
ARTÍCULO 2°.-El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón (artículo 88º).-
ARTÍCULO 3°.-Apruébanse la descripción y el perfil del puesto solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.-
ARTÍCULO 4°.-Establécese que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante Acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-
ARTÍCULO 5°.-Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.-
CONCURSO INTERNO – MINISTERIO DE SALUD
Dcto. Nº 1729/09 (Régimen de Concurso)
CARGO
Jefe de División Estadística en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero
Baigorria (Categoría 04 – agrupamiento Administrativo)
DIRECCION
Av. San Martín Nº 1645 (sobre Ruta Nacional Nº 11) – Granadero Baigorria
REQUISITOS
Título Secundario (Excluyente)
Técnico en Estadísticas de Salud o título afín con plan de tres (3) años o más (Preferentemente)
PERFIL DEL PUESTO
Organizar, coordinar, controlar y evaluar las tareas concernientes a la recolección, procesamiento y análisis de la información estadística del establecimiento, garantizando oportunidad y confiabilidad en la remisión de la información, conforme las normas establecidas en el Sistema Estadístico Nacional.
Asistir y asesorar a otros sectores, servicios y/o departamentos del establecimiento, en todas aquellas cuestiones relativas al área de su competencia, coordinando actividades que tiendan a mejorar la calidad de atención.
Cumplir con las normativas emanadas de la superioridad competente.
Asignar tareas, determinar funciones y delegar responsabilidades en las áreas de su competencia que a continuación se mencionan: Inscripción a Consultorio Externo, Admisión y Egresos, Oficina Central, Secretarías de Salas y Servicios y Archivo de Registros Médicos.
Redactar normas y procedimientos de trabajo.
Cumplir con las disposiciones existentes referidas al manejo de documentación estadística y médica con fines legales y/o administrativos, atendiendo al “secreto estadístico” y a las normas sobre “secreto profesional” y “ética médica”.
Asesorar y capacitar, en forma continua, acerca de las temáticas que resultan de su competencia específica.
Realizar programas de orientación y difusión sobre objetivos y funciones del servicio.
Colaborar e integrar los Comités Hospitalarios, especialmente los de Historias Clínicas y Docencia e Investigación.
FORMACION PARTICULAR
1) Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Administración Pública Provincial y al Ministerio de Salud
Ley Nacional Nº 26529– Derechos del Paciente.
Ley Nacional Nº 25326 – Ley de Habeas Data.
Ley Nacional Nº 17622 y su Decreto Reglamentario Nº 3110/70 – Sistema Estadístico Nacional.
Ley Nº 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.
Ley Nº 12.071 – Notificaciones.
Ley Nº 4973 y sus modificatorias – Incompatibilidades.
Decreto Nº 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes de la Administración Pública Provincial.
Decreto Nº 2542/1972 – Reglamento Básico de Hospitales.
Decreto Nº 2695/83 – Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.
Decreto Nº 10.204/58 - Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas.
2) Conocimientos específicos
Amplios conocimientos sobre sistemas y circuitos de información en salud.
Amplios conocimientos y experiencia de la organización estadística hospitalaria.
Manejo de herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases de datos Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
Conocimiento de las normativas nacionales y provinciales de estadísticas en salud y relacionadas.
Conocimiento sobre la producción de información estadística para la gestión, tales como registros, indicadores, programas, etc.
Conocimiento y aptitud para el análisis, diseño, implementación y evaluación de procesos administrativos y/o de gestión de información estadística en salud.
3) Conocimientos técnicos no específicos
Manejo de herramientas informáticas de diseño o dibujo.
Conocimientos para el análisis epidemiológico.
Formación o experiencia en actividades docentes (preferentemente).
Conocimientos sobre organización de servicios de salud.
4 Competencias Personales y de Actitud
Capacidad de organización y planificación.
Predisposición para la relación con la autoridad.
Respeto por las normas y pautas de trabajo.
Innovación, autonomía y creatividad.
Capacidad para el trabajo y la coordinación de equipos multi e interdisciplinarios.
Capacidad para entablar vínculos interpersonales.
Compromiso y responsabilidad con el trabajo.
Integridad y honestidad.
COMPOSICIÓN DEL JURADO
El jurado estará integrado de la siguiente manera:
(Cargo: Jefe de División Estadísticas en el Hospital
Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria)
Presidente: Dr. Juan Pablo Gutiérrez – Subsecretario de Gestión de Personal
Titulares:
Sra. Cristian Edit Godoy – Coordinadora de Información Estadística
Sra. Mirta Mabel Reinick– Directora General de Estadística
Sra. Cecilia Cétola – Jefa de División Tramitaciones Generales (Dirección General de Personal)
Sr. Adrián Perren – Subdirector General de Planificación y Control de Gestión
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Sr. Diego Vandembergher - En representación de A.T.E.
Suplentes:
Dr. Gonzalo Soria – Director Provincial de Personal
Dr. Rolando Vergara – Sub Director General de Asuntos Jurídicos
Sr. José María Nóttoli – Subdirector General Técnico, Presupuestario y Contable (Dirección General de Administración)
Dra. Edit Alicia Zamora – Directora General de Personal
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Miembro a designar (en representación de U.P.C.N.)
Sr. Omar Carello - En representación de A.T.E)
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:
Fecha: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el 1 al 19 de septiembre de 2014, en el horario de 08:00 a 12:00 hs.
Lugar de presentación de la documentación y de celebración de las etapas: Dirección General de Personal del Ministerio de Salud, sita en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja - ciudad de Santa Fe (1ra.) y en área a designar en el Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria (2da., 3ra. y 4ta.).
El Formulario de Inscripción (cuya copia se adjunta) se deberá bajar desde la portada principal de la página web oficial de la Provincia o podrá ser retirado en la Dirección Provincial de Recursos Humanos, en el horario de 8,00 hs. a 12,00 hs..
Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y modificatorias.
El llamado a concurso se difundirá dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de la difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.
Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.
En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado, una fotocopia autenticada por el organismo del último recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria. En este sentido, se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la página web oficial de la Provincia (www.santafe.gov.ar - área “Selección y Concursos de Personal”), como así también aquellas que se practiquen mediante Correo Electrónico y/o Cédula de Notificación.
Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Salud en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción. El postulante queda así convocado a las distintas etapas del concurso, en las fechas y horarios expuestos en la Resolución convocante, sin necesidad de nuevo aviso, salvo que éstas sean modificadas por indicación del Jurado Evaluador o el aspirante no aprobara alguna de las mismas, procediéndose en cada caso a su debida notificación por los medios ya mencionados. Cabe destacar que la presencia es obligatoria para las Etapas II, III y IV, con la respectiva identificación personal (D.N.I.).
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.
Ante cualquier tipo de consulta, la misma deberá dirigirse al siguiente correo electrónico: concursos_salud@santafe.gov.ar.
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: jueves 2 de octubre de 2014.
Hora: a partir de las 10:00 hs.
Aclaración: los postulantes NO deberán hacerse presente.
La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.
PUNTAJE TOTAL 40
ÍTEM 1. Estudios y Capacitación
COMPONENTES PUNTAJE
1.1 Educación Formal 20
1.2. Capacitación específica
1.2.1. Cursos 20
1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos
PUNTAJE TOTAL 60
ÍTEM 2. Antecedentes Laborales
2.1. Posición escalafonaria
2.1.1. En el organismo 25
2.1.2. En la Administración Provincial
2.2. Desempeño específico
2.2.1.Actual 20
2.2.2. Últimos 5 años
2.3 Antigüedad en la
Administración Provincial 5
2.4 Otros 5
2.5 Docentes y de investigación 5
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha: lunes 6 de octubre de 2014.
Hora: a partir de las 10:00 hs.
La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.
Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.
Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.
Etapa III: Evaluación Psicotécnica:
Fecha: viernes 10 de octubre de 2014.
Hora: a partir de las 10:00 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.
Etapa IV: Entrevista Personal:
Fecha: viernes 24 de octubre de 2014.
Hora: a partir de las 10:00 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuara.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Méritos.
El Orden de Méritos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 50 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación Antecedentes 30 %
Evaluación Técnica 40 %
Evaluación Psicotécnica 20 %
Entrevista Personal 10 %
Total 100 %
La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.
Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.
Nota: Se publica sin el Fomulario de Inscrición
S/C. 11834 Jul. 14 Jul. 16
__________________________________________
ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION GENERAL N° 026/14
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 04 de julio de 2014.-
VISTO:
El expediente Nº 13301-0242742-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes y lo dispuesto por la Resolución General Nº 07/2014 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77; y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Arbitral mediante Resolución General Nº 07/14 incorpora la modalidad quincenal para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de los agentes de retención y percepción incluidos en el sistema SIRCAR aplicable a las jurisdicciones que dispongan esta modalidad y lo comuniquen formalmente a la Comisión Arbitral;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de dicha resolución, resulta necesario disponer el período a partir del cual comenzará a tener vigencia en la Provincia de Santa Fe la modalidad quincenal de quienes utilizan el sistema SIRCAR para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas de Percepciones y Retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral;
Que Dirección General Técnica y Jurídica ha emitido el Informe Nº 280/2014 de fs. 6, no encontrando objeciones índole legal que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Adóptese para la Provincia de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el
artículo 1 de la Resolución General Nº 07/2014 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77, la modalidad quincenal para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de los agentes de retención y percepción incluidos en el sistema SIRCAR -Sistema Especial de Recaudación y Control de Responsables como Agentes de Recaudación (Retenciones y/o Percepciones) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-.
ARTÍCULO 2: Establecer que, a partir del 01 de Septiembre de 2014, los Agentes de
Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el sistema SIRCAR deberán presentar y pagar sus declaraciones juradas en forma quincenal en las fechas de vencimiento que disponga la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18.8.77.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese a través de la Dirección de Secretaría General lo resuelto por
la Administración Provincial de Impuestos a la Comisión Arbitral.-
ARTÍCULO 4: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese por medio feha-
ciente a los contribuyentes que actúan como Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el sistema SIRCAR y Newsletter Institucional a través de la Dirección General de Coordinación General y archívese.-
C.P.N. José Daniel Raffín
Administrador Provincial de Impuestos.
S/C. 11388 Jul. 14
__________________________________________
AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA
EL MES DE JULIO 2014
En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional Nº 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, y asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Provincial N° 0869/09, conforme la modificación dispuesta por el Artículo 5 del Decreto provincial Nº 0409/13 y la Resolución N° 0074/13 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, por el cual se fijan como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF)
1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 12,540
Asimismo, a los efectos de la determinación de los valores de multas que fueran establecidos en unidades fijas equivalentes al valor del litro de gas oil ultra diesel;
se fija el siguiente valor
1 UF = 1 LITRO DE GAS OIL ULTRA DIESEL = $ 11,090
Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial
S/C 11412 Jul. 14 Jul. 16
__________________________________________