DECRETO N°
1054
Santa Fe, 3 de Junio de 2005.
VISTO:
El expediente Nro
00601-0024229-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el
cual se propicia determinar la obligatoriedad de difundir en el “Sitio WEB” del Gobierno de la Provincia, identificado como www.santafe.gov.ar , toda la información inherente a las gestiones de
contratación de obras públicas que llevan adelante las distintas
jurisdicciones, organismos descentralizados y entes autárquicos de la
Administración Pública Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que es voluntad del Poder Ejecutivo Provincial
mejorar la transparencia y competitividad, facilitando el acceso a la
información y promover la participación de los interesados en concurrir a los
procedimientos de selección convocados con el objeto de contratar la ejecución
de obras públicas;
Que la Dirección Provincial de Auditoría y Control de Gestión del MOSPyV,
manifiesta que se debe contemplar la obligatoriedad para todas las
Jurisdicciones vinculadas a la ejecución de las Obras Públicas, la difusión y
publicación a título informativo, en el “Sitio WEB”
mencionado, del contenido de toda la documentación, planos y pliegos
licitatorios afines con la obra a contratar;
Que resulta necesario instrumentar una
publicación moderna y de fácil acceso, que provea información unificada,
confiable, fidedigna y actualizada relativa a las Licitaciones, y Concursos de
Precios para la contratación de obras públicas que se efectúan en la
Administración Pública Provincial;
Que medidas de similar tenor a las
propuestas en este acto han sido adoptadas con anterioridad respecto de las
contrataciones comprendidas en los alcances de la Ley de Contabilidad, a través
del Decreto N° 1008/01;
Que la mencionada publicación (“Sitio WEB”) resulta una importante herramienta de gestión que
permitirá aportar información precisa y actualizada a la difusión de los actos
de la Administración;
Que se accederá al mismo vía “INTERNET”
a través de la página o “Sitio WEB” en que cada Ente
o Jurisdicción publique su información brindando actualización permanentemente;
Que la citada página permitirá la
incorporación de nuevas formas de publicidad y difusión de los procedimientos
de contrataciones, optimizando el proceso de modernización y transparencia de
la Administración Pública y por ende fortalecer el control público sobre tales
actos;
Que resulta de sumo interés para el
éxito de la publicación, la participación de todas las áreas de Gobierno en
forma sistemática y permanente;
Que a través de este proyecto se logra
transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información
relativa de las diferentes inversiones;
Que el sistema proveerá las
herramientas necesarias para que toda persona pueda tener acceso a la
información inherente a la contratación de la Obra Pública, mediante
procedimientos claros y sencillos;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1. - Dispónese
la obligatoriedad de difundir y publicar en el “Sitio WEB”
del Gobierno de la Provincia identificado como www.santafe.gov.ar.
la documentación, planos y pliegos licitatorios
inherentes a las gestiones de contrataciones de Obras Públicas.
Artículo 2.- Las áreas técnicas de la
Provincia, responsables de Obras Públicas de las distintas jurisdicciones
deberán asistir al “Sitio WEB” mencionado en el
Artículo 1°, incorporando la información vinculada referida a su repartición.
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
OBEID
Ing. Alberto Nazareno Hammerly
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