JUZGADO DEL TRABAJO
En los autos
caratulados: “GOROSITO, LUIS ALEJANDRO c/WB y B S.R.L. s/Cobro de Pesos”,
Expte. Nº 14/04, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de
Distrito en los Laboral de la 4ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr.
Ricardo Gramegna (Juez), Secretaría del Dr. Gustavo A. Jukic, se ha ordenado lo
siguiente: “Rosario, 19 de febrero 2010. Atento lo peticionado, a los fines
previstos por el art. 51 de la Ley 7945 señálese la audiencia del día 24 de
Agosto de 2010 a las 10,00 hs. Notifíquese por cédula con transcripción de los
arts. 31, 66 y 71 inc. B del CPL., conjuntamente con el decreto de fs. 172.
Expte. Nº 14/2004”. En consecuencia, se le hace saber a la demandada WB y B
S.R.L. que se ha designado fecha de audiencia a los fines del art. 51 C.P.L.
para el día 24 de Agosto de 2010ª las 10 hs., a la que deberá concurrir bajo
apercibimientos de ley, los que a continuación se transcriben: Artículo 51 CPL:
Contestada la demanda o vencido el término para hacerlo, el juez fijará de
oficio al día siguiente una audiencia que deberá realizarse dentro de un plazo
no mayor de veinte días. Las partes deberán comparecer personalmente para lo
cual además de la notificación en el domicilio legal se las citará en el real,
con una anticipación no menor de tres días, con apercibimiento de que la
inasistencia injustificada será sancionada con multa que graduará
prudencialmente el juez, sin perjuicio de otros que en su caso correspondan.
Tratándose de personas de existencia ideal, podrán ser representadas por los directores,
socios, gerentes o empleados superiores con poder suficiente y debidamente
instruidos sobre los hechos debatidos, a los fines de asegurar el cumplimiento
del objetivo de la audiencia. El Juez deberá tomar personalmente bajo sanción
de nulidad la audiencia de trámite; la que se ajustará al siguiente
ordenamiento: I) Conciliación: a) El juez intentará conciliar a las partes, no
significando prejuzgamiento las apreciaciones que pudiere formular en las
tratativas correspondientes; b) La conciliación podrá promoverse enferma total
o parcial respecto de las acciones deducidas y estará dirigida hacia los
siguientes fines; 1- Lograr el acuerdo de las partes. Si ello se consigue, se
concretarán las bases de manera que no afecten los derechos irrenunciables
establecidos por las leyes; 2- Simplificar las cuestiones litigiosas; 3-
Aclarar errores materiales; 4- Producir la actividad probatoria en relación a
los hechos, tendiendo a la economía del procesa c) Obteniendo el acuerdo entre
las partes sobre cualquiera de los aspectos antes señalados, se hará constar en
acta, debiendo ser homologado por el Juez en resolución fundada. La
homologación producirá el efecto de cosa juzgada. II- Continuación del debate:
a) Si la conciliación hubiera sido parcial el trámite proseguirá respecto de
los puntos no avenidos, sin perjuicio del procedimiento de pronto pago que
establece este Código; b) Sí no llegaren a conciliarse las partes, continuará
el procedimiento del juicio en la misma audiencia. El actor deberá responder a las
excepciones y a la reconvención opuestas y ofrecer las pruebas pertinentes, si
no lo hubiere hecho con anterioridad. La falta de contestación de las
excepciones o de la reconvención par el actor, las respuestas evasivas o la
negativa general podrán estimarse como reconocimiento de la verdad de los
hechos a que refieren; c) Se resolverán las excepciones que no requieran prueba
en la misma audiencia. Cuando la complejidad de la cuestión lo justificare, el
Juez podrá suspenderla audiencia a los fines de resolver, debiendo fijarse día
y hora de prosecución en un término no mayor de cinco días, quedando las panes
notificadas en el mismo acto. Las excepciones que requieran prueba se
resolverán en la sentencia definitiva. III - Cuestión de puro derecho: Si la cuestión
fuere de puro derecho, así se declarará por decisión inapelable, sin perjuicio
de los recursos que correspondan contra la sentencia. En estos casos las partes
podrán alegar oralmente en el mismo acto o presentar un memorial escrito dentro
de tres dios. La sentencia se dictará dentro de los diez días siguientes a la
celebración de la audiencia. Actividad probatoria: a) Cuando hubiere hechos
controvertidos en la cuestión principal se abrirá la causa a prueba por
cuarenta días. Las partes ofrecerán de inmediato y por su orden toda la prueba
de que intenten valerse y que no corresponda ofrecer en la demanda o en la
contestación. El Juez proveerá en el mismo acto. Cuando alguna diligencia
hubiere de realizarse fuera de la Provincia, a la naturaleza de la prueba lo
justificare por resolución fundada, podrá ampliarse el plazo hasta un mínimo de
veinte días más; b) Se recibirá la confesional y documental; y si se hubiere
ofrecido prueba pericial, se designará el o los peritos y se fijarán los puntos
de la pericia en el mismo acto. En su caso, se determinarán los documentos de
cotejo y se confeccionarán cuerpos de escritura. Artículo 52: a) Si ambas
partes o una de ellas faltasen a la audiencia por causa fehacientemente
justificada, se suspenderá la misma y se designará otra a realizarse en un
término no mayor de veinte días. b) Si una de las partes no concurriere sin
justificar causa se celebrará la audiencia con la parle que compareciere y se
harán efectivos oportunamente los apercibimientos previstos por este Código
respecto del ausente, c) Si ninguna de las partes justificare su. inasistencia,
se tendrá por celebrada la audiencia y en su oportunidad se harán efectivos los
apercibimientos decretados. Si la demandada hubiere opuesto excepciones y
ofrecido ambas y el actor las hubiere contestado con anterioridad se proveerán
las pruebas de las excepciones y se rendirán en el período respectivo, d) Si
ambas partes no concurrieren a la audiencia, una con causa justificada y otra
sin ella, se procederá del modo siguiente: si es la actora quien justifica su
inasistencia, en su oportunidad se harán efectivos los apercibimientos legales
respecto de la demandada y se designará nueva audiencia en el plazo previsto
por el inciso a), al solo fin de conciliar y de que aquella, en su caso,
conteste las excepciones y reconvención opuestas, ofrezco, prueba y absuelva
posiciones. Sí quien la justifica fuere la demandada, se harán efectivos
oportunamente los apercibimientos respecto de la contraria y se fijará nueva
audiencia a los fines de la conciliación y para que aquella parte ofrezca
prueba y en su, caso absuelva. posiciones. En casos excepcionales de
imposibilidad material de concurrir a la audiencia de trámite, las personas
físicas deberán hacerse representar en la conciliación por apoderado especial
con instrucciones y mandato suficientes. Artículo 66: Además de la notificación
a su apoderado en el domicilio legal, el absolvente será citado en su domicilio
real, con una anticipación no menor de tres días al acto y con apercibimiento
de que sí faltare sin justa causa será tenido por confeso sobre los hechos
expuestos a la demanda y su contestación, salvo prueba en contrario. Art. 71.-
Reconocimiento o Negativa: Toda persona contra quien se presenten en juicio
documentados privados que se le atribuyen, deberá reconocer o negar
categóricamente su autenticidad y las recepción de las cartas y telegramas que
se le hubieren remitido y cuyas copias se acompañen, bajo apercibimiento de
tenerse por reconocidos o recibidos tales documentos. El reconocimiento a la
negativa deberán formularse en la siguiente oportunidad procesal. Inc. B: Para
los documentos ofrecidos con la contestación de la demanda, excepciones y la
reconvención o la contestación de esta: en la audiencia de trámite”.
Publíquense sin cargo por tratarse de juicio de naturaleza laboral. Rosario, 31
de Marzo de 2010. Gustavo Andrés Jukic, secretario subrogante.
S/C 96978 Abr. 14 Abr. 16
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del
Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de
Rosario, a cargo de la Dra. Varela Mariana, Jueza, Dra. Marta Fernanda Baldómá,
secretaria, dentro de los Autos caratulados: CENTURIÓN RICARDO A. y Otro
c/TOLOSA WALTER y Otra s/Declaratoria de Pobreza. Expte. N° 539/09, se ha
ordenado notificar por Edictos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales la
resolución N° 284 de fecha 01/03/10, y el proveído de fecha 30/03/10.
Resolución N° 284 de fecha 01/03/10. Vistos: ... y Resuelvo: Declarar rebelde a
los herederos de Sandra Carina Giménez. Para nombramiento de abogado defensor
señálese la audiencia del día 29/03/10
a las 8:30 hs. Notifíquese por edictos que se publicarán por dos días (Art. 77
del C.P.C.C.) en el BOLETIN OFICIAL debiéndose exhibir en el hall de planta
baja de Tribunales. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Mariana Varela -Jueza-
Dra. María Fernanda Baldomá -Secretaria. Asimismo se notifica proveído de fecha 30/03/10, el cual se transcribe:
Rosario, 30/03/10. Para nombramiento de nuevo abogado de defensor señálese la
audiencia del día 19/04/10 a las 8:30 hs. Notifíquese junto al Auto N° 284.
Expte N° 539/09. Fdo: Dra. Mariana Varela -Jueza- Dra. María Fernanda Baldóme
-Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Rosario, 5
de abril de 2010. María Fernanda Baldomá, secretaria.
$ 11 96997 Abr. 14 Abr. 15
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Por disposición del
Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 6 de
Rosario, Dr. Horacio Allende Rubino, en los Autos: LA SEGUNDA COOPERATIVA
LIMITADA DE SEGUROS GENERALES c/MARIANI PELADINO MARCOS s/Recupero, Expte. Nº
1838/08, se hace saber al demandado Mariani Andrés: N° 232. Rosario, 23 de
Febrero de 2010. Visto y Considerando:... Resuelvo: Declararlo rebelde y
dársele por decaído el derecho dejado de usar. Insértese y hágase saber.
Rosario, 27 de abril de 2010. Fdo. Dr. Horacio Allende Rubino, juez, Susana
Mariño, secretaria.
$ 11 96876 Abr. 14 Abr. 16
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JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA
Por disposición de la
Sra. Juez de Ira. Instancia en lo C. y C. de Distrito 12° Nominación de Rosario,
Dra. Paula Sansó, en los Autos: CONSORCIO DE PROPIETARIOS DELTA I -CORTADA
SARGENTO CABRAL 116 c/POLENTA MARCELA y/u Otros s/Juicio Ejecutivo, Expte. N°
776/05, se hace saber: Rosario, 02/03/10. Venidos los Autos el día de la fecha
,se provee escrito cargo N° 7227/09.
Reanúdense los términos oportunamente suspendidos. Notifíquese por cédula. Al
escrito cargo N° 800/10: Por renunciado al mandato, téngase presente lo
manifestado. Intímese al poderdante a comparecer por sí o por apoderado en el
término y bajo los apercibimientos de ley. Rosario 18/03/10. Advirtiendo el
proveyente que el decreto de fecha 02/03/10 ha sido dictado por error en la
parte que reza”...intímese al poderdante a comparecer por sí o por apoderado en
el término y bajo los apercibimientos de ley... revócaselo parcialmente y en su
lugar ordénese: Desígnase nueva fecha para sorteo de Defensor de Oficio para el
día Lunes 26/04/2010 a las 10:00 hs bajo apercibimientos de ley. Notifíquese
por edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Rosario, 7 de
Abril de 2010. Fdo Dra. Paula Sansó, jueza, Gabriela Chiarotti, secretaria.
$ 11 96877 Abr. 14 Abr. 16
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Por disposición del
Sr. Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y
Comercial de la 12ª. Nominación de Rosario, la secretaría autorizante, hace
saber que en los Autos caratulados: RALLIP NADIA SILVIA c/SANDRO JOSE GABRIEL y
MULE MYRTHA ZUNILDA s/Demanda Ejecución Hipotecaria, Expte. Nro. 1092/09, se
cita al deudor y terceros adquirentes si los hubiere a sus sucesores o
administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo
en caso de concurso, quiebra o incapacidad, u otros acreedores hipotecarios, a
fin que dentro de cinco días contados desde la última publicación paguen el
importe del crédito, intereses y costas u opongan excepción legítima bajo
apercibimiento de dictarse sentencia sin más trámite y de darlo” por
notificados en cualquier resolución o providencia posterior. Los inmuebles
hipotecados son los inscriptos tomo 937- folio 478 - número 370806 -
Departamento Rosario (Lote 33) - tomo 937- folio 477 - número 370805 -
Departamento Rosario (Lote 28 B). Rosario, 15 de Febrero de 2010. Gabriela
Chiarotti, secretaria.
$ 55 96869 Abr. 14 Abr. 20
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Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Tercera Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Hernán Carrillo, dentro de los
Autos caratulados: MEDINA CRISPINA YOLANDA c/CORBO JOSE y/o Actual Propietario
s/Prescripción Adquisitiva (Usucapión), Expte. Nro. 1273/09, se hace saber que
se ha promovido demanda de usucapión del inmueble ubicado en la Pcia. de Santa
Fe, Dpto. Rosario, Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, el que se encuentra
identificado como Lote 11, Manzana 64B, Sección 2, PII 16-08-00-3444095-0084 a
nombre de José Corbo, inscripto al Tomo 280, Folio 182, N° 113642, de fecha
10/10/1963; y que se ha citado y emplazado a quienes detenten la propiedad y/o
a quienes se consideren con derechos sobre el bien a que comparezcan a estar a
derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a
sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana
Genesio, secretaria en suplencia.
$ 11 96919 Abr. 14 Abr. 16
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El Juzgado de Primera
Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación de Rosario,
dentro de los Autos: ANSALDI ANA MARIA c/SCILABRA LUISA AMELIA s/Demanda
Ejecutiva (Expte. N° 844/05), ha dispuesto citar y emplazar por edictos a los
herederos de la Sra. Ana María Ansaldi para que comparezcan a estar a derecho
en los términos del Art. 597 del C.P.C.C.. Publíquense edictos en el BOLETIN
OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 7 de abril de
2010. Jessica María Cinalli, secretaria en suplencia.
$ 11 96874 Abr. 14 Abr. 16
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez de Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de Ejecución N° 1, Dr.
Federico Amsle, Juez, Dra. Mabel Fabbro, secretaria, dentro de los Autos
caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/ROLANDO de GOMEZ JULIA y/o quien resulte
propietario u ocupante s/Apremio - Expte. 8891/07, se notifica de lo siguiente:
Rosario, 27.11.07.- Acompañe certificado de deuda con indicación precisa del
nombre de la demandada.- Fdo. Dr. Federico Amsler, Juez, Dra. Lucía Ivaldi
Artacho, secretaria. Rosario 26.3.08. Por presentado, con domicilio constituido
y en el carácter invocado a mérito del poder acompañado que por ser genera! se
devuelve dejándose copia en autos. Por promovida demanda de apremio (Ley 5066).
Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de ocho días
oponga excepción legítima bajo apercibimiento de llevar adelante !a ejecución.
Trábese embargo en bienes de la parte demandada por el capital reclamado con
más un 50% estimados provisoriamente para intereses y costas. Martes y viernes
para notificaciones en la Oficina. Notifiquen los empleados del Juzgado y/o la
Oficina respectiva. Téngase presente el convenio denunciado al punto 19.- Fdo.
Dr. Federico Amsler, Juez, Dra. Lucía Ivaldi Artacho, secretaria. Rosario, 25 de
Agosto de 2009. Por ampliada la demanda en la suma expresada, téngase presente.
Agréguese la documental acompañada, notifíquese por cédula.- Dr. Federico
Amsler, Juez, Dra. Mabel Fabbro, secretaria. Rosario, 09.02.10 - Publíquese
como se solicita.- Rosario, 19 de marzo de 2010. Fdo. Dr. Federico Amsler,
Juez, Mabel Fabbro, secretaria.
S/C 96993 Abr. 14 Abr. 16
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Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
16ª. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita, llama y
emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Don JORGE
DIONISIO NARBAJA y Doña INES VENERANDA DOMIZI, para que comparezcan a hacer
valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se
publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María
Fabiana Genesio, secretaria.
$ 15 96898 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Doña
MARIA ELENA SALLUCE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del
término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el
BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana Genesio,
secretaria.
$ 15 96880 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes doña
ADELIA CESARETTI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del
término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el
BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana Genesio, secretaria.
$ 15 96883 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Doña
VICTORIA MARRA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del
término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el
BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana Genesio,
secretaria.
$ 15 96886 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don LUCIO
OJEDA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y
bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN
OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana Genesio, secretaria.
$ 15 96888 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Doña
LUISA MARGARITA RAMONA JAIME, para que comparezcan a hacer valer sus derechos
dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus
efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana
Genesio, secretaria.
$ 15 96890 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Decimosexta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Don
FRANCO GASTON TAVANO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro
del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en
el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 7 de abril de 2010. María Fabiana Genesio,
secretaria.
$ 15 96893 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta.
Nominación de Rosario, a cargo del Sr. Juez
Kvasina Iván, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y
legatarios de doña GAZITANO JOSEFA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del
término, y bajo apercibimientos legales. Alfredo R. Farias, secretario.
$ 15 96922 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
6a Nominación de Rosario y de conformidad a lo ordenado en el art. 67 de la Ley
11.287, se hace saber que en los autos caratulados: “DRUSKOVICH, IRMA CELIA CRISTINA
y GARCÍA, IRENEO s/Sucesión”, Expte. Nº 746/09, se cita y emplaza a los
herederos, acreedores y/o legatarios de Irma Celia Cristina Druskovich e Ireneo
García, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, por
el término de diez días bajo apercibimientos de ley. Rosario, 06 de Abril de
2010. María Belén Baclini, secretaria.
$ 15 96951 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
Tercera Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Hernán Carrillo, se cita, llama
y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña MARÍA
ANTONIA ROSSI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del
término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el
BOLETÍN OFICIAL. osario, 07 de Abril de 2010. Gabriela B. Cossovich,
secretaria.
$ 15 96895 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
El Juzgado de Primera
Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de
Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña SANTINA
INGORGIA por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus
derechos. Rosario, 7 de Abril de 2010. Jorgelina Entrocasi, secretaria.
$ 15 96873 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
La Juez de Primera
Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Dra.
Susana Silvina Gueiler, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y
legatarios de doña Renée Jorgelina Sergent, para que dentro del término de ley
comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en autos: “SERGENT RENEE
JORGELINA s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 207/10. Rosario, 30 de Marzo
de 2010. Myrian R. Huljich, secretaria.
$ 15 96879 Abr. 14 Abr. 27
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El Sr. Juez de
Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de
Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. MARIA ESTHER
PEREZ LOPEZ, por diez días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer
valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se
publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 6 de Abril de 2010. María
F. Genesio, secretaria.
$ 15 96896 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la
2da. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Luis Alberto Ramunno, se cita,
llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes doña
CLAUDINA BAEZ AQUINO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro
del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en
el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 07 de Abril de 2010. Liliana Carmen Reynoso,
secretaria. María Fabiana Genesio, secretaria en suplencia.
$ 15 96900 Abr. 14 Abr. 27
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de
Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera
Nominación de la ciudad de Casilda llama por diez días a los herederos,
acreedores y legatarios de Don LUIS DOMINGO CANTARLE y Doña MARGARITA BRANDOLIN
para que comparezcan a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Casilda, 31
de marzo de 2010. Clelia Carina Gómez, secretaria subrogante.
$ 18 96926 Abr. 14 Abr. 27
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El Sr. Juez de
Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera
Nominación de la ciudad de Casilda, llama por diez días a los herederos,
acreedores y legatarios de Don JOSE GERONIMO MAJUL, para que comparezcan a hacer valer sus derechos
ante este Tribunal. Casilda, 25 de marzo de 2010. Clelia Carina Gómez,
secretaria subrogante.
$ 18 96924 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________
El Juez del Juzgado
de Primera Instancia de Distrito Nº 7 en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de
Casilda, llama por diez (10) días a los herederos, acreedores y legatarios de
Doña ANA PETRONA PAVICICH, para que comparezcan al tribunal a hacer valer sus
derechos. Casilda, 31 de Marzo de 2010. Carlos Federico Tamaño, secretario.
$ 18 96983 Abr. 14 Abr. 27
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del
Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial y del Trabajo, Distrito Nº 9 de
Rufino, a cargo del Dr. Ornar Guerra, Secretaría del Dr. Jorge Meseri, en Autos
caratulados: CUADRADO, JUAN ANTONIO y Otra s/Sucesorio (Expte. Nro. 218/2010)
se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de Don Juan
Antonio Cuadrado y Doña Laureana Rodríguez, para que en el término y bajo los
apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Rufino, 31 de
marzo de 2010. Fdo. Dr. Omar Guerra, Juez, Jorge M. Meseri, secretario.
$ 18 96964 Abr. 14 Abr. 27
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del
Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Octavo
Distrito de Melincué, a cargo del Dr. Federico Longobardi, Secretaría de la
Dra. Analía Irrazábal, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores
legatarios de Don ANDRES JOSE MAZZA, para que comparezcan a hacer valer sus
derechos por el término de ley.- Conste. (Expte. Nº 177/10). Melincué, 8 de
abril de 2010. Gisela M. Piacentini, secretaria.
$ 18 96944 Abr. 14 Abr. 27
__________________________________________