MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS
DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
NOTIFICACION
Por Disposición de la T. S Mariana Meza, Delegada de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Reconquista, en los autos caratulados: “SUBSECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA s/ Medida de Protección Excepcional - MICAELA NOEMI MACIEL”, Expte. Nº 01503-0001495-0, se notifica a la progenitora de la niña mencionada, Sra. Alicia Susana Maciel, DNI. N° 30.392.511, que se ha ordenado lo siguiente: Disposición ME-RE N° 0063, Reconquista 13 de Febrero de 2013. VISTOS... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTICULO 1°: Prorrogar la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada mediante Disposición Administrativa ME-RE 0035/2012, de fecha de fecha 07/08/2012 respecto de la niña MICAELA NOEMI MACIEL, DNI. 51.622.013, nacida el 12/12/2011, hija de Alicia Susana Maciel, DNI. 30.392.511, con último domicilio conocido en Barrio Virgen de Luján de esta ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe; ARTICULO 2°: Prorrogar la Medida de Protección Excepcional por el plazo de sesenta (60) días, disponiendo que la niña Micaela Noemí Maciel continúe permaneciendo transitoriamente al cuidado de la familia solidaria de la ciudad de Santa Fe con la que se encuentra desde la adopción de dicha Medida; ARTICULO 3°: Notificar la prórroga de la medida de protección excepcional a los representantes legales del niño y a las partes interesadas; ARTICULO 4°: El plazo de sesenta (60) días comenzará a computarse una vez que quede firme la prórroga dispuesta, teniendo en cuenta a dichos efectos lo dispuesto por el art. 62 de la Ley 12.967 y decreto reglamentario; ARTICULO 5°: Notificar la adopción de la medida de protección excepcional y solicitar el control de legalidad de la misma al Juzgado competente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967 y su decreto reglamentario Nº 619/2010. En cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarías, se hace saber a Uds. que la Medida ha sido dispuesta por la autoridad administrativa competente y que contra la misma podrán interponer recurso de revocatoria dentro de los (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N° 10.204 de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 12.967 y sus modificatorias y 60, 61 y 62 de su Decreto Reglamentario N° 619/2010. Lo que se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial.- Reconquista, Febrero de 2013.
S/C 192501 Mar. 14
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