REGISTRADA BAJO EL Nº 13717
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Institúyese el 16 de septiembre de cada año como "Día Provincial de las Juventudes" en conmemoración a la denominada "Noche de los Lápices".
ARTÍCULO 2 - La fecha mencionada quedará incorporada dentro del calendario de actos y conmemoraciones de la provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3 - El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Juventudes y el Gabinete Joven, o los órganos que en el futuro los reemplacen, implementará actividades tendientes a difundir su conmemoración.
ARTÍCULO 4 - El Poder Ejecutivo Provincial habilitará las partidas presupuestarias necesarias para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 3 de la presente ley.
ARTÍCULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 01 FEB 2018
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la
Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado., insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial,.
PABLO GUSTAVO FARIAS
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
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