picture_as_pdf 2013-02-14

DECRETO Nº 3888


SANTA FE, "Cuna de la Constitución

Nacional", 20 DIC 2012

V I S T O:

El Expediente N° 00301-0064103-2, registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona un incremento en la suma anual asignada para “Seguro de Registro”; y

CONSIDERANDO:

Que dicha compensación, instituida por Decretos N° 0021/94 y 3196/98 autoriza el reintegro de las sumas erogadas por la constitución de un Seguro de Registro para cubrir responsabilidad civil para las autoridades superiores y personal de gabinete y para todas las personas que presten servicios en el Estado Provincial y que no se encuentren incluidos en el Decreto Acuerdo N° 2695/83;

Que el Decreto N° 3346/08 modificó el monto anual que los Servicios Administrativos están autorizados a reintegrar al personal que acredite la constitución del seguro mencionado, variando su costo de acuerdo a la movilidad que sea utilizada, el que actualmente asciende hasta la suma de $ 1.000,00 (Pesos Un Mil) por conducir autos oficiales, y hasta la suma de $ 1.500,00 (Pesos Un Mil Quinientos) por conducir vehículos tipo Pick-Up y/o Utilitarios;

Que se ha producido un incremento en el valor de las pólizas, por lo que se considera procedente establecer los nuevos montos de reintegros anuales: hasta la suma de $ 2.000,00 (Pesos Dos Mil) por conducir autos oficiales, y hasta $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil) por conducir vehículos tipo Pick-Up y/o Utilitarios;

Que la gestión encuadra en lo dispuesto por los artículos 4° de los Decretos N° 0021/94 y 3196/98;

Que la Dirección General de Asesoría Letrada Jurisdiccional, se ha expedido favorablemente, no formulando observaciones de índole legal al respecto;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Establécese los montos anuales que las Direcciones Generales de Administración u Organismos que hagan sus veces, de los Ministerios, Secretarías de Estado, Organismos Descentralizados y Autárquicos, dependientes del Poder Ejecutivo, están autorizados a reintegrar al personal que acredite la constitución de un Seguro de Registro, para cubrir la responsabilidad civil en la que pudiera quedar involucrado, en caso de sufrir accidentes y/o siniestros, conduciendo o teniendo personalmente bajo su responsabilidad, la movilidad oficial afectado a su servicio, según se detalla a continuación:

Hasta la suma de $ 2.000,00 (Pesos Dos Mil) por conducir autos.

Hasta la suma de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil) por conducir vehículos tipo Pick-Up y/o Utilitarios;

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

Juan Treharne Lewis

Raúl Alberto Lamberto

Angel José Sciara

Carlos Alcides Fascendini

Miguel Angel Cappiello

Julio César Genesini

Mónica Silvia Bifarello

Julio Luis Schneider

Antonio Roberto Ciancio

Claudia Elisabeht Balegué

María de los Angeles González

8835

__________________________________________