picture_as_pdf 2015-01-14

DECRETO N° 4982


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 DIC 2014


VISTO:

El expediente N° 00101-0244901-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado-, mediante el cual Energía Argentina Sociedad Anónima -ENARSA- solicita se conceda permiso irrevocable de ingreso, paso y ocupación a un bien inmueble del Estado Provincial para la ejecución de tareas inherentes a la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA); y

CONSIDERANDO:

Que ENARSA es una sociedad anónima creada por Ley N° 25943 cuyo objeto es la exploración y explotación de yacimientos e hidrocarburos y la prestación del servicio público de transporte y distribución de gas natural, con un capital integrado en su totalidad por el Estado Nacional y las provincias;

Que el Poder Ejecutivo Nacional, por Decreto N° 267/2007, ha otorgado a ENARSA una concesión de transporte de hidrocarburos para transportar gas natural proveniente de la República de Bolivia, atravesando las Provincias de Salta, Formosa, Chaco y Santa Fe, para lo cual es necesario construir, mantener y operar el Gasoducto del Noreste Argentino;

Que la construcción de dicho gasoducto responde al interés general de promover inversiones de infraestructura en obras de gas natural, como así también a satisfacer el crecimiento de la demanda industrial;

Que la traza del Gasoducto se extenderá a lo largo de 1465 km., proveyendo un servicio de indudable relevancia social y económica en áreas que actualmente no cuentan con la provisión de gas natural por red, asimismo impulsará la integración energética y territorial de las provincias que atraviesa con el resto del país y será abastecido por el gas importado por la República de Bolivia,

Que el predio en cuestión pertenece al dominio de la Provincia de Santa Fe y está afectado al Ministerio de Educación, según surge del dominio inscripto al Tomo 1661, Folio 452B, N° 022355 de fecha 18/04/86, asimismo según intervención del Ministerio de Educación se revela la inexistencia de uso o instalaciones que sean objeto de ocupación efectiva por actividades jurisdiccionales educativas;

Que dicha solicitud persigue la concesión del permiso irrevocable de ingreso, paso y ocupación al mismo, del personal y equipos de la empresa, que tengan por objeto llevar a cabo todas las tareas necesarias desde el inicio y hasta la completa finalización de los trabajos de instalación del GNEA en el mencionado inmueble, que de modo referencial, comprenden trabajos de topografía, colocación de estacas, librado de pista, zanjeo para la instalación de la cañería, soldadura de la cañería, bajada y tapada de la misma, recomposición del terreno y prueba hidráulica, colocación de instalaciones de superficie, entre otras;

Que lo actuado se diligencia en el marco de lo estatuido en el art. 72° inc. 1º y 4° de la Constitución Provincial y en el art. 26°, inc. 10° y 11º de la Ley N° 12817;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º- Otórgase a la Empresa Energía Argentina Sociedad Anónima - ENARSA- un permiso irrevocable de ingreso, paso y ocupación en el bien inmueble del Estado Provincial inscripto en el Registro General al Tomo 1661, Folio 452B, Número 022355, ubicado en la localidad de El Sombrerito, perteneciente al Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, que se identifica catastralmente como Distrito 13, Subdistrito 00, Parcela 183, N° de Catastro/Partida Inmobiliaria 03-13-00 516753/0000-6, para la ejecución de tareas inherentes a la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino.

ARTÍCULO 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BONFATTI

Rubén Dario Galassi