DECRETO N° 0014
Santa Fe, 04 de Enero de 2008.
VISTO:
El expediente N° 00601-0031357-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes, en el cual obran las actuaciones relacionadas con el Decreto N° 3107 de fecha 29 de noviembre de 2.005, y,
CONSIDERANDO:
Que por el citado acto administrativo se dispuso con carácter de excepción y por el término de 24 (veinticuatro) meses un incremento en las capacidades de las empresas inscriptas y habilitadas en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia, derogando de tal modo lo normado por Decreto N° 754/05;
Que habiendo vencido el plazo establecido por dicho decreto, la Cámara Argentina de la Construcción - Delegación Santa Fe, mediante Nota glosada a foja 5, solicitó que el plazo de marras sea extendido hasta el 31 de marzo de 2.008,
Que en virtud del Acta N° 480 del día 17 de octubre de 2.007 (fojas 15/16), la Comisión de Calificaciones del Registro de Licitadores de Obras Públicas, señaló la conveniencia del otorgamiento de la prórroga solicitada ut supra;
Que han tomado intervención la Dirección General de Registro de Licitadores de Obras Públicas (foja 14), la Dirección General de Auditoría y Control de Gestión (foja 15) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos (foja 19) no encontrando objeciones que formular en el ámbito de sus respectivas competencias,
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2.008, los efectos del Decreto Provincial N° 3107/05, por el cual se dispusiera un incremento en las capacidades de las empresas inscriptas y habilitadas en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
BINNER
Arq. Hugo Guillermo Storero
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