picture_as_pdf 2004-01-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12254

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Declárase de interés provincial la labor desarrollada por el "Cine Teatro Libertador S.A.", de la ciudad de Casilda.

 

ARTICULO 2.- Exímese, a partir del año 2002, del pago del impuesto inmobiliario al inmueble propiedad del "Cine Teatro Libertador S.A.", partida número 18-05-02-387517/0015-3, inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 99, Folio 00157, Número 108350.

 

ARTICULO 3.- La exención dispuesta en el artículo anterior, subsistirá  siempre y cuando la sociedad titular del inmueble no registre distribución de utilidades, capitalizando las mismas.

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE,  6 de enero de 2004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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