REGISTRADA BAJO EL Nº 12252
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Autorízase a la Empresa Provincial
de la Energía a donar a la Municipalidad de Las Toscas, una fracción de
terreno, individualizada como lote N° 1, de la
manzana 77, de la ciudad homónima, departamento General Obligado, dominio
inscripto en el Registro General Santa Fe al N°
043965, tomo 215 I, folio 00558, departamento General Obligado, partida
impuesto inmobiliario n° 03-05-00-012532/0003, con el
cargo de que el inmueble sea destinado al desarrollo de actividades culturales,
deportivas, sociales o comunitarias de interés público.
ARTICULO 2.- Autorízase a la Empresa Provincial
de la Energía a transferir a título gratuito al Gobierno de la Provincia de
Santa Fe, y para ser afectado al funcionamiento de la Escuela Fiscal n° 468 de la localidad de Las Toscas, una fracción de
terreno, individualizada como lote N° 2, de la
manzana 77, de la ciudad homónima, departamento General Obligado, dominio
inscripto en el Registro General Santa Fe al n°
056634, tomo 176 P, folio 01297, departamento General Obligado, partida
impuesto inmobiliario n° 03-05-00-012532/0003.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 6 de enero de 2004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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