REGISTRADA BAJO EL Nº 12251
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Desaféctase del uso público la
parcela de tierra ubicada a 65 metros al Noroeste de Avenida 9 de Julio de la
ciudad de Pérez, Provincia de Santa Fe, y cuyas medidas son: 5 metros de frente
a Avenida San Martín por 100 metros de fondo haciendo frente por calle Yapeyú; dicha fracción se halla incluida en el mayor área
inscripta en el Dominio del Departamento Rosario, al tomo 14 impar, folio 241,
número 4225 del Registro General de la Propiedad.
ARTICULO 2.- Dónase dicha parcela al Arzobispado
de Rosario, con destino a casa parroquial, salón y aulas del Complejo Educativo
Nuestra Señora de Fátima de la localidad mencionada en el artículo anterior.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique.
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco.
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 6 de enero de 2004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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