picture_as_pdf 2004-01-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 12251

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Desaféctase del uso público la parcela de tierra ubicada a 65 metros al Noroeste de Avenida 9 de Julio de la ciudad de Pérez, Provincia de Santa Fe, y cuyas medidas son: 5 metros de frente a Avenida San Martín por 100 metros de fondo haciendo frente por calle Yapeyú; dicha fracción se halla incluida en el mayor área inscripta en el Dominio del Departamento Rosario, al tomo 14 impar, folio 241, número 4225 del Registro General de la Propiedad.

 

ARTICULO 2.- Dónase dicha parcela al Arzobispado de Rosario, con destino a casa parroquial, salón y aulas del Complejo Educativo Nuestra Señora de Fátima de la localidad mencionada en el artículo anterior.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique.

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco.

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE,  6 de enero de 2004

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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