picture_as_pdf 2017-12-13

JUZGADO LABORAL


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 1° Nominación de Rosario, y en los términos del art. 597 del CPCCSF, se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de Doña Lidia Irene Grosso (DNI 5.244.348), para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de 10 días (que se computarán desde la última publicación de este edicto) en los autos JARAMILLO, MARÍA VIRGINIA c/MOCCAGATTA, MARÍA CECILIA y Otros s/Cobro de Pesos, Expte. 1419/16, que tramitan por ante el Juzgado mencionado, bajo apercibimiento de nombrarse curador -conforme lo prescripto por el Art. 597 del CPCCSF- en la audiencia a efectivizarse con posterioridad al vencimiento del plazo prealudido. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la carátula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia autenticada de la resolución judicial respectiva.- Rosario, 23 de Octubre de 2017. Dr. Ricardo J. Sullivan (Secretario).

S/C 343666 Dic. 13 Dic. 15

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº1 de Rosario, Dra. Julieta Gentile, en los autos: POLICELLA BRUNO MARTÍN y Otros c/ DELGADO, LUIS CARLOS y Otros s/Daños y Perjuicios Expte Nº246/2017 se hace saber lo resuelto: Nº 4447. Rosario, 14 de Noviembre de 2017. Y Vistos... Resuelvo: No habiendo comparecido a estar a derecho SINTECOM S.A., decláraselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos... Fdo. Dra. Julieta Gentile (Juez), Dra. Julieta Becerra (Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha declarado rebelde a SINTECOM S.A. El presente edicto reviste carácter de gratuito atento declaración jurada de pobreza (art. 333 CPCy C Provincia de Santa Fe), agregada a fs. 3/5 de autos. Rosario. Dra. Becerra, Secretaria Subr.

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Por disposición de la Sra. Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de Rosario, Dra. Mariana S. Varela, se hace saber que en los autos: AGUIRRE ELSA VIRGILIA c/ PEIRUC RODRIGUEZ AGUSTIN y Otros s/Daños y Perjuicios (Expte. N° 2880/11) se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 22 de Septiembre de 2017. Téngase presente el fallecimiento denunciado. Cítese a los herederos y sucesores de la actora Elsa Virgilia Aguirre a que comparezcan a estar a derecho, por el término de 10 días y bajo apercibimiento de ley, atento lo dispuesto en el Art. 47 del CPCC. Notifíquese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales. Fdo. Dra. Mariana Varela (Jueza), Dra. Julieta Becerra (Secretaria Subrogante). En consecuencia, se hace saber que se ha citado a los herederos de Elsa Virgilia Aguirre (DNI: 2.417.410), para que comparezcan a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Rosario. El presente edicto reviste carácter gratuito atento declaratoria de pobreza dictada mediante Resolución N° 688 del 10/04/2013 en autos conexos AGUIRRE ELSA VIRGILIA c/ PEIRUC RODRIGUEZ AGUSTIN s/Declaratoria de Pobreza (Expte Nº2879/2011).

S/C 343694 Dic. 13 Dic. 15

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El Tribunal Colegiado de Familia de la 7ma Nom. de Rosario, Juez de trámite Dra. Gabriela Ester Topino, Secretaria Dra. Carolina Andrea Pangia, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho respecto del Sr. Velazco Arístides, titular del DNI 11.033.472 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales, se publican edictos tres veces en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Diciembre de 2017. Secretaria. (Autos ROMERO RICARDO IRINEO y Otros c/ VELAZCO ARISTIDES y Otros s/ Filiación, Expte 140/14 y Cuij 21-11016862-1).Dra. Topino, Juez; Dra. Pangia, Secretaria.

S/C 343649 Dic. 13 Dic. 15

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Señor Juez del Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial 18va. Nom. Rosario Dra. Susana Silvina Gueiler dentro de los autos BISCOGLIO, CATALINA MARÍA s/Sumaria Información 21-02884976-9, ordena lo siguiente:... cítese y emplácese al progenitor de la actora el Sr. César Juan Vivas con expresa advertencia de que el silencio guardado será interpretado como una conformidad de lo solicitado por la actora. De la misma al Sr. Agente Fiscal y al Asesor del Registro Civil. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes durante dos meses. Martes y viernes para notificaciones. Rosario, 01 de Diciembre de 2017, Fdo.: Dra. Myrian Raquel Huljich, Secretaria. Dr. Pierini, Prosecretario.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 1° Nom. de Rosario, Dr. Daniel Humberto González, en los autos: SALVADOR VÍCTOR FIDEL c/AVIANO JUAN MARCOS y Otros s/Daños y Perjuicios, Expte. Nº1907/2011, se hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: Rosario, 06 de Noviembre de 2017. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada Luis Rene Chavez, no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Para sorteo de Defensor de Oficio de la misma, fíjase audiencia para el día 13 de diciembre de 2017 a las 9 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial... Fdo: Dr. Daniel Humberto González (Juez), Dra. Gabriela Kabichian (Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha declarado rebelde al demandado Luis Rene Chavez (DNI. 17.523.380) y que el 13/12/2017 a las 9hs se realizará el sorteo de defensor de oficio. Rosario, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Isa Paiva, Prosecretaria.

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El Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a Nominación, Tribunales de Rosario, dentro de los autos caratulados: SANTANA LORENA ANALÍA s/Solicitud propia quiebra, Expte. CUIJ 21-02875709-0, hace saber que en fecha 29 de noviembre de 2017 se ha dispuesto: Rosario, 29 de noviembre de 2017. ... Y Vistos; ... Y Considerando; ... Resuelvo: 1°) Declarar, previo pago de las costas del juicio, concluida la presente quiebra por inexistencia de acreedores insinuados en el pasivo; 2°) Regular los honorarios de la Sindicatura interviniente CPN Patricia Mónica Palmieri (CUIT 27-21929170-7) en $ 23.280.- (pesos veintitrés mil doscientos ochenta) más IVA si correspondiere; 3°) Regular los honorarios del abogado patrocinante de la deudora, Dr. Elvio Santiago Correnti (CUIT 20-23407731-8) en $ 5.820 (pesos cinco mil ochocientos veinte) más IVA si correspondiere. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Ma. Sol. Sedita. Secretaria. Dr. Pedro A. Boasso. Juez.- Rosario, 01 de Diciembre de 2017.

S/C 343696 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 5ta. Nominación de Rosario, Dr. Maximiliano N, Cossari, en los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/GONZALEZ, JONATAN OSCAR s/Cobro de Pesos, Expte. 533/2016, se ha dispuesto: Rosario, 31 de Octubre de 2017. Informando verbalmente la Actuaria, en este acto, que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su participación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Maximiliano N. Cossari (Juez), Dra. Gabriela P. Almara (Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha declarado rebelde al demandado González, Jonatan Oscar (DNI 38373457). Rosario, 21 de Noviembre de 2017.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 1° Nom. de Rosario Dr Daniel Humberto González, en los autos FUENTES, MARIANO ANTONIO c/CARDIFF CÍA DE SEGUROS S.A. s/Daños y perjuicios, Expte. N° 882/2015, se hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: Rosario, 28 de Marzo de 2017. Informándose verbalmente por Secretaria en este acto que la parte emplazada CARDIFF CÍA DE SEGUROS S.A., no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo. Dr. Daniel Humberto González (Juez), Dra. Gabriela Kabichian (Secretaria)“. Otro: Rosario, 19 de Octubre de 2017. Publíquense los edictos como se solicita. Para sorteo de Defensor de Oficio de la misma, fijase audiencia para el día 02 de Noviembre de 2017 a las 8:00 horas. Notifíquese por edictos conjuntamente con el proveído de fs. 120. Los mismos se publicarán dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dr. Daniel Humberto González (Juez), Dra. Gabriela Kabichian (Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha declarado rebelde al demandado CARDIFF CÍA DE SEGUROS S.A y que se ha designado la audiencia del dia 02/11/2017 a las 8hs para sorteo de defensor de oficio. Rosario. Dra. Netri, Prosecretaria.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, dentro de los autos: BUSTAMANTE, FLORENCIA BELÉN c/ZANETTI HERNÁN CARLOS FABIAN y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. Nº 108/2013) se hace saber: “Rosario, 22 de Noviembre de 2017. Atento a lo solicitado e informado verbalmente el Actuario en este acto que la demandada: Florencia Belén Bustamante, no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificada decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación... Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Otro: “Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Advirtiéndose en este estado que en el decreto de fecha 22 de noviembre de 2017 se incurrió en un error material involuntario en cuanto se consignó que la demandada: Florencia Belén Bustamante no había comparecido a estar, cuando debió decir actora: Florencia Belén Bustamante aclárese el mismo a sus efectos. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario)“. En consecuencia se hace saber que la actora Florencia Belén Bustamante (DNI. 39.501.918) ha sido declarada rebelde continuándose el juicio sin su representación. Rosario, 05/12/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: JOSÉ HAYDEE RAQUEL s/Propia Quiebra; Expte. Nro. 529/2014 por resolución Nº225 de fecha 15/02/2017 sa lia dispuesto regular los honorarios de la CPN Olga A. Mediavilla en la suma de 12.600,-; del Dr. Darío A. Victtore en la suma de $8.400.- en su carácter de patrocinante de la Sindicatura y de los Dres. Melina M. Marino y Gustavo C. Ferullo -en proporción de ley en la suma de $9.000.-. Asimismo por decreto de fecha 30/08/2017 se ha puesto de manifiesto en la Oficina el Informe Final y Proyecto de Distribución a los fines que por derecho hubiere lugar. Publicación sin cargo. Secretaría, Rosario, 29 de Noviembre de 2017. Dra. Jaime, Secretario.

S/C 343667 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo C. y C. M° 4 de Rosario, Dra. Silvia A. Cicuto en los autos caratulados: RODRIGUEZ ANA MARÍA c/SCHVARTZ NATALIO y Ot. s/Usucapión Expte. Nro. 234/2017 se emplaza a los Sres. Natalio Schvartz, Celeste Soledad Carballo y Analía Daniela Bue y/o sus herederos titulares del inmueble cuya adquisición se ha promovido por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y bajo apercimientos de declararse su rebeldía y precederse al sorteo de un defensor de oficio. Todo en relación al inmueble inscripto al Tomo 298C F°1823, Nº 88663 - Depto. Rosario. Secretaría, Rosario, 05/12/2017. Dr. Jaime, Secretario.

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Dr. Carlos E. Cadierno, Secretaría de la Dra. María Eugenia Sapei, hace saber, que en los autos caratulados: TEMPORELLI S.A. s/Concurso preventivo - Hoy quiebra, Expte. Nº 428/1996, se ha dispuesto el siguiente decreto: Rosario, 05 de Diciembre de 2017. De la caducidad de los dividendos concúrsales de los acreedores informados a fs. 3681, y evaluando el suscripto el transcurso del tiempo, las razones de equidad, la conclusión de la presente quiebra por pago total, y los fundamentos vertidos en las resoluciones ya dictadas por Auto Nro. 3789 de fecha 20 de diciembre de 2013, y Auto Nro. 3317 de fecha 18 de noviembre de 2015, notifíquese por cédula al Dr. Daniel Malaponte, Dra. Rina Brisighelli, Servisur S.R.L, Coop. Integral De Villa Gobernador Calvez, Miguel Angel Alvarez, Juan Minetti S.A., Transporte Latuada, La Construcción S.A. y Cámara Argentina De La Construcción a fin que en el término de tres días comparezcan a manifestar su voluntad de percepción de su dividendo concursal. Transcurrido dicho plazo, caducará de pleno derecho la facultad de reclamar los mismos. Asimismo, publíquense edictos por el término de dos días en el BOLETÍN OFICIAL y dése vista a la Sindicatura.” Fdo. Dr. Carlos E. Cadierno, Secretaría del Dra. María Eugenia Sapei.

S/C 343695 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, Secretaría de la autorizante, se hace saber al Sr. Luis Alfredo Benavidez, D.N.I. 29.616.212 que en los autos caratulados: BANCO MACRO SA. c/BENAVIDEZ, LUIS s/Cobro Ejecutivo, Expte. 1214/11, se ha dictado lo siguiente Nº 1464 - Rosario, 12/09/2017. Y vistos....; Y considerando...; Resuelvo: Apruebo la liquidación de fs. 96.- Regulo los honorarios profesionales del Dr. Cristian Gustavo Capiglioni iva monotributista cuit 20-21889864-6, por el actor, en la suma de $ 9.940,30.- (equivalente a 5,3 jus), más aportes de ley e IVA., la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa sumada que publica el Nuevo Banco de Santa Fe SA. Regístrese, agréguese copia al expediente, notifíquese personalmente o por cédula. Fdo: Dr. Abad, Dra. Guida. Asimismo: “Nº 1695. Rosario, 10/10/17. Y Vistos...; Y Considerando..., Resuelvo: Aclarar el auto 1464/2017 en el sentido que los honorarios regulados corresponden al Dr. Cristian Capiglioni y a la Dra. Carina Paula D´Olivera, IVA monotributista CUIT 27-22244579-0, en proporción de ley. Insértese, agréguese copia y notifíquese personalmente o por cédula. Fdo: Dr. Abad; Dr. Valdes Tietjen; lo que se publica a sus efectos. Rosario, Dra. Guida, Secretaria Subr. Rosario, 20 de Octubre de 2017.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, en autos: GESTIÓN SALUD SRL s/Quiebra CUIJ N° Expte. Nro. 409/17 mediante auto Nº 2807 de fecha 02/11/2017, se ha dispuesto fijar las fechas de las indicadas en el art. 88 LCQ, en virtud de lo cual mediante resolución nro. 3148 de fecha 05/12/2017 se ha dispuesto quecos acreedores pueden verificar sus créditos hasta el día 09/02/2018, por ante el Síndico CPN Edgardo Oscar Roberto Calace, Tel.: 4493669, con domicilio en calle Dorrego 1615 PB de Rosario, en el horario de atención de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 y de 17 a 20 horas. Los informes individual y general, deberán ser presentados por la Sindicatura los días 14/03/2018 y 16/04/2018, respectivamente. Dra. Viele, Prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito C y C de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría del autorizante se ha dispuesto hacer saber que en los caratulados: FRANKLIN SANTIAGO BOGLICH SRL c/AGRO SOJ GRANOS Y SUBPRODUCTOS S.A. s/Concurso Especial, Expte. Nro. 1107, por Resolución Nro. 3131 de fecha 30/11/2017, se dispuso: “... 1) Adjudicar en venta directa la máquina cosechadora usada marca John Deere, modelo 9600, año 1996, motor marca John Deere N°RG6076H5844919, chasis marea John Deere Nº H09600X670313, con cabina original con plataforma modelo 930 para la trilla trigo-soja con carro, titularidad de la fallida a favor de Fernando Oscar Leone, DNI 21.578.327, por la suma de $ 160.000.-, a abonarse de contado dentro de las 24hs de notificada la presente al oferente, mediante depósito en cuenta judicial. 2) Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones que gravan el bien desde la fecha de la declaración de la quiebra deberán ser abonados por el comprador, siendo a su cargo asimismo los gastos de la toma de posesión, levantamiento de gravámenes, transferencia del dominio e I.V.A. -si correspondiere-, como así también los gastos de traslado. 3) Disponer se publique la presente resolución por edictos a fin de la presentación de eventuales interesados. Insértese y hágase saber. Secretaría, Diciembre de 2017. Dra. Mónaco, Secretaria.

S/C 343769 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GROSO WALTER JOSÉ y/u Ots. s/Apremio; (Expte. 570/16) se ha ordenado lo siguiente: Nº 973. Arroyo Seco 23 de may 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados Municipalidad de Arroyo Seco c/ Grosso Walter José y/u ot. s/ Apremio; (Expte. 570/16). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta Provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 5.722,31 en concepto de capital, con más la suma de $ 2.861 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley;- 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Grosso Walter José y/o contra su/s sucesor/es y/o herederos y/o contra quien/es resulte/n ser contribuyente/s, y/o co-contribuyente/s, y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o poseedor/es a título de dueño y/o responsables solidarios, y/o sucesivo/s titulares y/o sucesivos transmitente/s, y/o sucesor/es fiscal/es y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida N° 00000-6075-00 correspondiente al Lote 004 de la Manzana B de la Ruta N° 19. Arroyo Seco, 17 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343510 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PEREYRA CONRADO y/u Ots. s/Apremio: (Expte. 564/16) se ha ordenado lo siguiente: N° 976. Arroyo Seco 23 de may 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados Municipalidad de Arroyo Seco c/Pereyra Conrado y/u Ot. s/Apremio; (Expte. 564/16). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 8.570,76 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.285 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L 5066).-6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Pereyra Conrado y/o contra su/s sucesor/es y/o herederos y/o contra quien/es resulte/n ser contribuyente/s, y/o co-contribuyente/s, y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o poseedor/es a título de dueño y/o responsables solidarios, y/o sucesivo/s titulares y/o sucesivos transmitente/s, y/o sucesor/es fiscal/es y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe bajo la partida Nº 00000-1340-00, correspondiente al Lote 017 de la Manzana C de la Ruta N° 07. Arroyo Seco, 17 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343511 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MARINOVICH ROBERTO y Sra. y Ot. s/Apremio; (Expte. 582/16) se ha ordenado lo siguiente: Nº 968. Arroyo Seco 23 de may 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados municipalidad de Arroyo Seco c/Marinovich Roberto y Sra y ot. s/Apremio; (Expte. 582/16). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copiaren autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 9.235,52 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.617,76 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L S066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado, (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Marinovich Roberto y/o contra su/s sucesor/es y/o herederos y/o contra quien/es resulte/n ser contribuyente/s, y/o co-contribuyente/s, y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o poseedor/es a título de dueño y/o responsables solidarios, y/o sucesivo/s titulares y/o sucesivos transmitente/s, y/o sucesor/es fiscal/es y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida N° 00000-2520-00, correspondiente al Lote 0.13 de la Manzana K de la Ruta N° 02. Arroyo Seco, 17 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343513 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CRESPIN LUIS y Sra. y/u Ots. s/Apremio; (Expte. 634/16) se ha ordenado lo siguiente: N° 984. Arroyo Seco 23 de may 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados municipalidad de Arroyo Seco c/Crespin Luis y Sra. y/u Ot. s/Apremio; (Expte. 634/16). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 11.800,24 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.900 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Crespin Luis y/o contra su/s sucesor/es y/o herederos y/o contra quien/es resulte/n ser contribuyente/s, y/o co-contribuyente/s, y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o poseedor/es a título de dueño y/o responsables solidarios, y/o sucesivo/s titulares y/o sucesivos transmitente/s, y/o sucesor/es fiscal/es y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida Nº 00000-8237-00, correspondiente al Lote 035 de la Manzana 005 de la Ruta Nº 31. Arroyo Seco, 17 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343516 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ ZINGONI SERGIO y/u Ots. s/Apremio (Expte. 573/16) se ha ordenado lo siguiente: Nº 982. Arroyo Seco 23 de may 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados Municipalidad de Arroyo Seco c/ Centini Julio y/u Ots. s/Apremio (Expte. 573/16).- Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta Provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 11.330,46 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.665 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L 5066)—6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Zingoni Sergio y/o contra su/s sucesor/es y/o herederos y/o contra quien/es resulte/n ser contribuyente/s, y/o co-contribuyente/s, y/o propietario/s del inmueble en cuestión y/o poseedor/es a título de dueño y/o responsables solidarios, y/o sucesivo/s titulares y/o sucesivos transmitente/s, y/o sucesor/es fiscal/es y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, bajo la partida N° 00000-8471/00, correspondiente al Lote 010G de la Manzana A de la Ruta N° 04. Arroyo Seco, 17 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343522 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MEDICINA GUILLERMO DARÍO s/Apremio (Expte. 754/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1894. Arroyo Seco 23 de ago 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados Municipalidad de Arroyo Seco c/Medicina Guillermo Darío- s/Apremio; (Expte. 754/17). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la, participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta Provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado, por la suma de pesos $ 35.234,93 en concepto de capital, con más la suma de $ 17.617,46 estimados provisoriamente en concepto de intereses, y costas, librándose el despacho pertinente. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066, arts 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobra un rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L 5066J. 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero; téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Medicina Guillermo Darío y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única sobre Vehículos al rodado Dominio: KFG-292. Arroyo Seco, 13 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343523 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación, de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ POSADAS CLAUDIA MARISA s/Apremio (Expte. 573/17) se ha ordenado lo siguiente: N° 1634. Arroyo Seco 28 de jul 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados Municipalidad de Arroyo Seco c/ Posadas Claudia s/Apremio (Expte. 573/17).- Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso- 2. Autorizar .la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley.5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen, en la cuenta corriente bancaria de la que sea titular Posadas Claudia, en el Banco Credicoop Cooperativo Limitado en cualquiera de sus sucursales, por la suma de pesos $ 10.582,73 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.291, estimados provisoriamente por intereses y costas, librándose el despacho pertinente. Ordenar que, a los fines de evitar una eventual multiplicidad de la medida, en el oficio de embargo, a librarse deberá dejarse expresa constancia de que una vez cubierto el montó sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecten que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7.y 11 L5066, arts 452 y 460 CPC).-6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. - 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la, propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), .Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-).En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a Posadas Claudia Marisa y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/p concesionario v/o fabricante y/o agente autorizados, y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según. Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de Patente Única Sobre Vehículos al rodado Dominio OPH-676. Arroyo Seco, 19 de Octubre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 343524 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/D´ANGELO ELOY CARLOS s/Apremio (Expte. 6S6/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº1614. Arroyo Seco 28 de JUL 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/D´ANGELO ELOY CARLOS y OT. s/Apremio” (Expte. 656/17). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 14.001 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.000, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5966 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre unl-odado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de lay. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. D´Angelo Eloy Carlos y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: LWH-281. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343526 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ALASIA KATERINA AZUL s/Apremio (Expte. 555/17) se ha ordenado lo siguiente: ?1651. Arroyo Seco 28 de Jul 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ALASIA KATERINA AZUL y Ot. s/Apremio (expte. 555/17). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por 61 presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 7.265,47 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.632 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani Secretaria. En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Alasia Katerina Azul y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios-y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: OHG-970. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343527 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de. la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRITOS ELEONORA s/Apremio (Expte. 663/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1618. Arroyo Seco 28 de JUL 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRITOS ELEONORA y OT. s/Apremio, (Expte. 663/17).- Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 14.502,44 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.251, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria. En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, a la Sr/a. Britos Eleonora Raquel y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: MDJ-835. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343528 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/HERRERO ALEJANDRO s/Apremio (Expte. 666/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1625. Arroyo Seco 28 de Jul 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/D´ANGELO ELOY CARLOS y Ot. s/Apremio (Expte. 666/17). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 7.995,08 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.997, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate 0en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley; al Sr. Herrero Alejandro y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: LYM-409. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343529 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de. la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CALABRESE ANGEL s/Apremio (Expte. Nº 572/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº 1623. Arroyo Seco 28 de JUL 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CALABRESE ANGEL s/Apremio (Expte. 572/17). Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5.066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 11.358,56 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.679. -estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martiliero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr. Calabrese Ángel y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: OXV-866. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 343532 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CIARNELLO CLAUDIA ELISA s/Apremio (Expte. 306/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº939. Arroyo Seco 23 de May 2017. VISTA: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CIARNELLO CLAUDIA ELISA s/Apremio (Expte. 306/17). RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que exhibe y se devuelve, dejando copia en autos.- 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. - 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia.- 5. Atento a encontraren forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $ 19.708,45.- en concepto de capital, con más la suma de $9.854,22. -estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley.- 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. 9. Al oficio de apertura de cuenta judicial solicitado, oportunamente. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria.-). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, a la Sr/a. Ciarnello Claudia Elisa y/o, contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados, según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: NVQ-903. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343536 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TOGNOLI JOSEFA E. s/Apremio (Expte. 452/17) se ha ordenado lo siguiente: Nº1371. Arroyo Seco 29 de JUN 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TOGNOLI JOSEFA E. s/Apremio Expte. 452/17).- Resuelvo: 1. Admitirla .y, en consecuencia, darle curso.- 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos.- 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. - 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 de esta provincia.- 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar embargo peticionado por la suma de $12.453,45.- en concepto de capital, con más la suma de $6.226,72 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066).- 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere.- 7. Citar a la demandada por edictos que, deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad.- 9. A la apertura de cuenta judicial: no ha lugar por haberse solicitado embargo sobre un rodado. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Cattani (Secretaria). En tal sentido intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias, bajo los apercibimientos de ley, al Sr/a. Tognoli Josefa Elvira y/o contra quien resulte titular registral, y/o contribuyente y/o responsable y/o solidario y/o poseedor y/o tenedor y/o representante y/o concesionario y/o fabricante y/o agente autorizados y/o consignatarios y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados según Art. 261 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, por impuesto de patente única sobre vehículos al rodado Dominio: NUR-788. Arroyo Seco, 3 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 343538 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. María Andrea Mondelli, Secretaría de la Dra. Elvira Sauan, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Funes, María Ramona (LC 5.566.600), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días siguientes al vencimiento de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: FUNES, MARÍA RAMONA s/Declaratoria de Herederos CUIJ Nº 21-02886978-6). Rosario, 05 de Diciembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 45 343690 Dic. 13

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados KOVACIK, MARTHA CRISTINA s/Sucesorio; Expte. N° 21-02889984, (990/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o/acreedores de Martha Cristina Kovacik D.N.I N° 1.782.118 por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 5 de Diciembre de 2017.

$ 45 343738 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados CAVALLO, FEDERICA s/Sucesorio, Expte. N° 21-02888060-7 (870/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Federica Cavallo D.N.I N° 1.018.149 por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 5 de Diciembre de 2017.

$ 45 343736 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados CAILLET BOIS, CARLOS ENRIQUE s/Declaratoria de Herederos, Expte. N° 21-02889909-9 (987/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Carlos Enrique Caillet Bois D.N.I N° 6.179.569 por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 5 de Diciembre de 2017.

$ 45 343734 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados RIVERO, ROMUALDA y Otros s/Declaratoria de Herederos, Expte. N° 21-02888628-1 (911/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Romualda Rivero D.N.I N° 4.377.610 y Enrique Ángel Alegre D.N.I N° 6.037.349 por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 5 de Diciembre de 2017.

$ 45 343732 Dic. 13 Dic. 27

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, llama a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Valentín Nieto Y Antonia Rossetti, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días de su publicación. Todo dentro de los autos caratulados NIETO, VALENTÍN y Otra s/Sucesorio (Expte. N° 915/17 -CUIJ. 21-02888674-5). Dr. González, Secretario. Rosario, Noviembre de 2017.

$ 45 343731 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, se hace saber que en los autos caratulados AGUIRRE, CARLOS ALBERTO s/Declaratoria de Herederos, Expte. N° 21-02890243-0 (1012/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Carlos Alberto Aguirre, D.N.I. N° 6.050.821 por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Gabriela Beatriz Cossovich, Secretaria. Rosario, 5 de Diciembre de 2017.

$ 45 343730 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se llama a los herederos y legatarios de Don Luis Filippini DNI Nro. 6.025.427, por un (1) día para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, con constancia actuarial.- Fdo.: Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez); Dra. Verónica Amanda Accinelli (Secretaria).- Autos: FILIPPINI, LUIS s/Sucesorio Expte. Nro. de CUIJ: 21-02886628-0. Rosario, 22 de Noviembre de 2017.

$ 45 343779 Dic. 13

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nom. de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don Enrique Faustino Juárez, DNI 3.846.805 y de doña Orlinda Fondelli, DNI 9.264.312, por un día, para que comparezcan a este Tribunal, a los autos caratulados: JUÁREZ, ENRIQUE FAUSTINO y Otros s/declaratoria de herederos - CUIJ Nº 21-02888211-1 a hacer valer sus derechos, en un plazo de hasta 30 días. Rosario, 4 de Diciembre de 2017. Dra. Viele, Prosecretaria.

$ 45 343756 Dic. 13

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don GIL JULIO ALBERTO, por 5 veces en 10 días para que dentro de los 30 días hábiles siguiente a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante (art. 1,2 y 2340 del CCyC y 592 CPCC), en el expediente GIL, JULIO ALBERTO s/Sucesorio CUIJ 21-02887787-8. Rosario, 1 de Diciembre de 2017. Dra. Mónaco, Secretaria.

$ 45 343832 Dic. 13 Dic. 27

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El Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuta, ha dispuesto dentro de los Autos caratulados ONTIVERO BELQUIS AIDA y Otro s/Sucesorio, Expte. N° 669/2017, por Decreto de fecha 06/09/2017, promovida la declaratoria de herederos de los causantes Luis Eduardo Díaz, DNI N° 06.042.293 y de Belquis Aida Ontivero, DNI Nº 03.894.584; por lo que se llama a todos los herederos, legatarios, acreedores y cualquier persona a hacer valer sus derechos, comparecer a estar a derecho en el plazo de ley. Fdo.: Cicuto - Ferrario.

$ 45 343799 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 13 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don Juan José Fortunato, D.N.I. Nº 10.188.144, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: FORTUNATO JUAN JOSE s/Declaratoria de herederos Expte. CUIJ Nº 21-02890142-6. Secretaría. Rosario, 05/12/2017. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria en suplencia.

$ 45 343663 Dic. 13

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña LILIA HAYDEE TRABUCHI, D.N.I. Nº 04.292.394, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley. Autos: Trabuchi Lilia Haydee s/Sucesorio Expte. Nro. 1068/2017. Secretaría. Rosario, 05/12/2017. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria.

$ 45 343662 Dic. 13

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 13 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Vicente Russo, L.E. Nº 2.202.918 y doña Armanda Rosario Benedicta Blanco, D.N.I. Nº 5.526.661, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: Russo Vicente y Ot. s/Sucesorio Expte CUIJ Nº 21-02888998-1. Secretaría. Rosario, 05/12/2017. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria en suplencia.

$ 45 343661 Dic. 13

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil |y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Beatriz Bibiana Martín, D.N.I. Nº 13.240.573, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: MARTÍN BEATRIZ BIBIANA s/Declaratoria de herederos Expte. Nro. 1004/2017. Secretaría. Rosario, 05/12/2017. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria.

$ 45 343657 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos lo que se consideren con derecho a los bienes por la causante Juana Julia Quartero (D.N.I. Nº 6.433.688) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: QUARTERO JUANA JULIA s/Sucesorio; (Expte. CUIJ Nº 21-028881427-0). Dr. Santiago Male Franch, Rosario, Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria en suplencia.

$ 45 343656 Dic. 13

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y/o acreedores de JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ (DNI N° M 6.119.293) para que comparezcan a hacer vales sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Firmat, 04 de Diciembre de 2017. (Expte: N° Año 2017). Dra. Barco, Secretaria.

$ 45 343751 Dic. 13

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y/o acreedores de JAIME ALEJANDRO MONCLUS (DNI N° 10.873.874) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Firmat, 04 de Diciembre de 2017. (Expte: N° 1696, Año 2017). Dra. Barco, Secretaria.

$ 45 343750 Dic. 13

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En los autos caratulados GOITE LUIS ALBERTO LUJAN s/Declaratoria de Herederos, Expte- Nº 1697/2017 en trámite por ante el Juzgado de 1ra Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia C. Pozzi, Jueza; Secretaría de la autorizante, se cita llama y emplaza a los legítimos herederos del Sr. Luis Alberto Lujan Goite, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley.- Dra. Sylvia C. Pozzi. Jueza. Dra. Laura M. Barco. Secretaria.- Firmat, 04 de Diciembre de 2017.

$ 45 343715 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaría de la Dra. Laura Mariana Barco, en autos caratulados BIONDI, MARCELO JULIO s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nro. 1271/17, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y/o legatarios del causante para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de Ley.- Firmat, 04 de Diciembre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.

$ 45 343826 Dic. 13 Dic. 19

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de Dr. Sergio W. Verdura, Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 6 de Cañada de Gómez, en los autos: SIGALI, ANAHI MARÍA BELÉN c/ ARMOA, ANDREA BIBIANA y Otros s/Cobro de Pesos, (Expte. Nº 287/17), se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL, de conformidad con lo ordenado por el art. 73° del Código Procesal Civil y Comercial, que se publicarán tres veces, a los fines de notificar a los Sres. Andrea Bibiana Armoa y Jonatan Aníbal Luna a los fines de que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a estar a derecho dentro de los precitados autos.- Cañada de Gómez, noviembre de 2017.- Dr. Federico M. R. Svilarich, Secretario. Dr. Verdura, Juez.

$ 99 343783 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de RAUL FELIX TORRICELLA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343670 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MIRTHA EMILSE FRANCESCHINA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343660 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MARIA DEL CARMEN CASTELLARIN y FERNANDO MARIO CASSINI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343658 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de BATTELLINO ALDO EMILIO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343655 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MARTINIANO ANTONIO MEDRANO y MARIA CEFERINA ZAPATA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343654 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ELPIDIO ANTONIO CERISOLI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343652 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 1ra. Nominación Secretario Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de BOUZADA y/o BAUZADA MIRTA ESTHER, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, Secretario.

$ 45 343650 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2da. Nominación a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de PONZIO ELSA GLADI y/o GLADYS, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 343675 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2da. Nominación a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de JORGE OMAR IGNACIO TORRESI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 343674 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2da. Nominación a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de RICARDO DEL ALAMO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 343673 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2da. Nominación a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de LUISA FRANCESCHINA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 343672 Dic. 13

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 6, 2da. Nominación a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de CLEBER GHIRARDI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 del CC y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Mariano Jesús Navarro, Secretario.

$ 45 343671 Dic. 13

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Don Marcelo Miguel Fulla y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: “FULLA, MARCELO MIGUEL s/Declaratoria de herederos - Sucesión, Expte. N° 501/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el termino de ley. San Lorenzo, 14 de Noviembre de 2017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo.

$ 45 341921 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en de Primera Instancia de Distrito en lo civil y comercial de la 2da Nom de la ciudad de San Lorenzo, en los autos caratulados: RÍOS AARÓN TOBÍAS c/SÁNCHEZ y SILVA DIEGO y Otros s/Filiación post mortem extramatrimonial, Expte. Nº 912/12, en trámite, se hace saber que se ha declarado la rebeldía de los Herederos del Sr. Alfredo Gustavo Sánchez, titular del DNI 23.679.805, por lo cual proseguirá el juicio sin la representación de los mismos. Fdo.: Dra. Stella Maris Bertune (Juez) y Dra. Lantermo (Secretaria). San Lorenzo, 17 de Octubre de 2017. Dr. Devadder, Prosecretario.

$ 33 343648 Dic. 13 Dic. 15

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, llama a los herederos, legatarios y acreedores de Angel Raúl Alba (D.N.I 2.089.825) por diez (10) días para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal. Rosario, Diciembre de 2017.

$ 45 343803 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo a cargo de la Dra. Gladys Silvia López de Pereyra, Secretaría de la Dra. Luz María Gamst, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Osvaldo Tose Graglia, L.E Nro. 6.157.720, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: GRAGLIA OSVALDO J. s/Declaratoria de herederos- Sucesión, Expte. 265/17, que se tramitan por ante el Juzgado ut supra mencionado, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. San Lorenzo, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Luz María Gamst - Secretaria.

$ 45 343766 Dic. 13

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/ARESTI ANGEL G. s/Apremio Fiscal, Expte. 796/2017, se cita al Sr. Aresti Angel Gabriel y/o sucesores, a fin de que oponga excepción legitima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 30 de Noviembre de 2017. Dra. Adriana Silvia Oronao, Secretaria. Dra. Lastorta, Prosecretaria.

S/C 343722 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/LANZA JUAN O. s/Apremio Fiscal, Expte. 798/2017, se cita al Sr. Lanza Juan Ovidio y/o sucesores, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 30 de Noviembre de 2017 - Dra. Adriana Silvia Oronao, Secretaria. Dra. Lastorta, Prosecretaria.

S/C 343720 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 14 de Villa Constitución, a cargo del Sr. Juez Dr. Diogenes Drovetta, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN c/SANCHEZ MARCELA N. y Otros s/Apremio Fiscal, Expte. 797/2017 y se cita a la Sra. Sánchez Marcela Noemí y/o sucesores y/o actual propietario y/o poseedor animus domini del Vehículo identificado con el dominio IKI491, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de ocho días y bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Villa Constitución, 30 de Noviembre de 2017. Dra. Adriana Silvia Oronao, Secretaria. Dra. Lastorta, Prosecretaria.

S/C 343721 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nom. de Villa Constitución, Pcia. Santa Pe, a cargo de la Sra. Jueza Dra. Águeda Orsaria; Secretaría Dra. Melisa Peretti (subrogante), dentro de los autos caratulados: BIANCHI VIVIANA M. s/Declaratoria de herederos - Sucesión, Expte. N°620/2017, se cita a los herederos, acreedores, legatarios, y quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante doña Viviana Mercedes Bianchi, hija de Don Osvaldo Bianchi y de doña Irma Gloria Toledo, nacida en la ciudad de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe, en fecha 14 de julio de 1965, de nacionalidad argentina, estado civil casada, D.N.I Nº 17.401.100, quien se domiciliada en Manuel García Nº 3478 de la ciudad de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe, y quien falleciera en dicha ciudad en fecha 16 de Junio de 2017, a los 51 años de edad, por el término de treinta (30) días, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos (Art. 2340 C. Civ. Com.). Secretaría, Villa Constitución, 26 de Octubre de 2017. Dra. Peretti, Secretaria Subr.

$ 45 343700 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución se cita a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Delia Richessi, para que comparezcan a este Tribunal por el término de treinta días a hacer valer sus derechos. Autos: RICHESSI, MARÍA DELIA s/Declaratoria de herederos (Expte. Nro. 762/17). Villa Constitución, 14 de Noviembre de 2017. Dra. Melisa Peretti (Secretaria).

$ 45 343829 Dic. 13

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia, Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 14, Segunda Nominación de Villa Constitución, se llama a todos los acreedores, herederos o legatarios de don GRANATO DANIEL RENATO, para que comparezcan a este Tribunal por el término de treinta días a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 26 de Octubre de 2017. Dr. Mauro Bonato (Secretario). Autos: Granato, Daniel R. s/Sucesión, Expte. Nº 251/17.

$ 45 343701 Dic. 13 Dic. 27

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación, con asiento en la Ciudad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Agueda Orsaria, Secretaría Subrogante a cargo de la Dra. Melisa Peretti, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don Arturo Dario Giampechini, por el término de treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución (SF), 23 de Noviembre de 2017. Autos: GIAMPECHINI ARTURO D. s/Declaratoria de herederos - Sucesión, Expte. Nº 809/17. Dra. Peretti, Secretaria Subrogante.

$ 45 343689 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Secretaría de la Dra. Melisa Peretti, se llama a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Osvaldo Aniceto Lecussan, por el término de treinta días, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. (art. 2340 C.C.C.). Autos: LECUSSAN OSVALDO ANICETO s/Sucesión, Expte. Nº 464/17. Villa Constitución, 14 de Noviembre de 2017. Dra. Melisa Peretti, Secretaria.

$ 45 343686 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Griselda Ferrari, Juez, Secretaría del Dr. Mauro Bonato, dentro de los caratulados: FERRARIS FILOMENA s/Sucesión, Expte: 555/2017, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña: Filomena Ferraris, LC 5.848.897, por treinta días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 10 de Noviembre de 2017. Dr. Bonato, Secretario.

$ 45 343682 Dic. 13 Dic. 27

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 9 de Rufino, en lo Civil, Comercial y del Trabajo, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y demás interesados a los autos sucesorios de Sr. Pedro Faustino Lujan, DNI 6.138.165, de nacionalidad argentina, nacido el 14 de Febrero de 1945 en Santa Fe; hijo de Don Pedro Lujan y de Doña Marta Cecilia Vaschetto, fallecido el 28 de Noviembre de 2015 en la ciudad de Rufino, Santa Fe, inscripta la Defunción en Acta nro 218 Tomo 2 año 2015 Registro Civil de Rufino, Santa Fe, para que concurran a hacer valer sus derechos en el término de ley. Rufino, 30 de Noviembre de 2.017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 343771 Dic. 13 Dic. 19

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: GEISSE, HUGO ALDO c/ GEISSE VYMEISTER, LEROY DWIGHT y/o DAMIANI, ATILIO DOMINGO y/o SUAREZ DE FALLINI PETRONA s/Juicio de escrituración (Expte. Nº 1356/2011), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Melincué, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Analía Irrazabal, Secretaría del Dr. Leandro Carozzo, se ha dispuesto notificar a la Señora Petrona Suárez de Fallini y/o sus sucesores, el siguiente fallo: Melincué, 22 de Septiembre de 2014. Resolución Nro. 2265- F491/92-T68. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Fallo: Condenando a los demandados a otorgar la Escritura Pública del inmueble cuya nota de Dominio es la siguiente: Río Cuarto (Cba.), bajo la Matrícula 854503, a favor del señor Hugo Aldo Geisse, D.N.I. 92.529.886, cuyos demás datos se encuentran consignados en autos. Todo dentro del plazo de quince días, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere la otorgará la suscripta en nombre de los vendedores. Costas a la actora, atento lo solicitado en la demanda. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. A la regulación oportunamente. Fdo. Dra. Analía Irrazabal (Juez) - Dr. Leandro Carozzo (Secretario). Melincué, 1 de Noviembre de 2017.

$ 33 343705 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Melincué (SF), se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de JACINTA LUCIA MENNA, a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. Melincué, 29 de Noviembre de 2017. Dr. Carozzo, Secretario.

$ 45 343651 Dic. 13 Dic. 19

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, y Secretaría del Dr. A. Walter Bournot, se cita y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Doña Irma Beatríz Maidana, DNI 2.831.458 y Don Walter Adonis Avendaño, LE 6.110.470 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, dentro de los autos caratulados: AVENDAÑO, WALTER ADONIS Y MAIDANA, IRMA BEATRÍZ s/Sucesorio - Expte. Nº 743/2017. Venado Tuerto, 1 de Diciembre de 2017. Dr. Bournot, Secretario.

$ 45 343770 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia, de distrito, en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación, de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico G. Bertam (Juez), secretaría del Dr. A. Walter Bournot, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia de don Héctor Darío Villarreal, D.N.I. 17.956.200, para que dentro del termino de ley, comparezcan ante éste tribunal a hacer valer sus legítimos derechos. Autos caratulados: VILLARREAL, HECTOR D. s/Sucesión (Expte. 760/2016).

$ 45 343702 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la autorizante que suscribe, hace saber que en autos: LOMBARDI EDUARDO FRANCISCO s/Sucesión (Expte. Nº 836/17); llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Eduardo Francisco Carlos Lombardi, DNI 6.118.233, para que comparezcan a hacer valer sus derecho dentro del término de ley. Autos: Lombardi Eduardo Francisco s/Sucesión - Expte. 836/2017. Venado Tuerto, 21 de Noviembre 2017.- Dra. Andrea Chaparro -Secretaria.

$ 45 343719 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro: 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez; Dra. Andrea Chaparro, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores o legatarios del Sr. Jorge Wilmar Landaburu DNI 6.137.187 para que dentro del término de ley comparezca a hacer valer sus derechos. Caratulados: LANDABURU JORGE WILMAR s/Sucesión Expte. 545/2017. Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2017. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 45 343782 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez de la Primera Instancia de Distrito Nro: 3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez; Dra. Andrea Chaparro, Secretaria, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores o legatarios del Sr. Armando Faustino Gallo DNI 6.104.527 para que dentro del término de ley comparezca a hacer valer sus derechos. Caratulados: GALLO ARMANDO FAUSTINO s/Sucesión; Expte. 598/2016. Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2017. Dr. Bournot, Secretario.

$ 45 343786 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial, Segunda. Nominación, de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico G. Bertram, Secretario Dr. A. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes: Don Domingo Tintes, LE N° 2.262.591, y Doña Celia Medina, D.N.I Nº 5.859.060 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos TINTES DOMINGO- MEDINA CELIA s/Declaratoria de Herederos (Expte. N° 953/2017), Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 4 de Diciembre de 2017. Secretaría: Dr. A Walter Bournot. Dra. Petracco Secretaria en suplencia.

$ 45 343745 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dra. Maria Celeste Rosso, Juez, Secretaría de la Dra. Andrea G. Chaparro, en los autos caratulados LUCERO, AMELIA s/Declaratoria de Herederos (Expte. Nº666/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Amelia Lucero, D.N.I. 1.908.440 para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 04 de Diciembre de 2017. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 45 343762 Dic. 13 Dic. 19

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 3 en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Venado Tuerto, cita a los herederos, legatarios y acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELVIRA EUGENIA AVILA, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de Ley. El presente edicto será publicado por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.- Venado Tuerto, 01 de Diciembre de 2017. Fdo: Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

$ 45 343716 Dic. 13 Dic. 19

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, Venado Tuerto, Secretaría a cargo de la Autorizante, cita y emplaza por diez días a herederos y acreedores del Sr. Conzoli Rinaldo, D.N.I. Nº 6103739 para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Autos: CONZOLI RINALDO S/Declaratoria de Herederos; (Expte. Nº 931/2016). Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2017. Dra. Chaparro, Secretaria.

$ 45 343746 Dic. 13 Dic. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito n° 3 de la 2da. Nominación de Venado Tuerto, Secretaría a cargo del Dr. Walter Bournot, se cita y emplaza a acreedores, herederos y legatarios de dos JUAN Carlos Rojas, DNI 06.077.328, para que dentro del término de ley hagan valer sus derechos dentro de los autos caratulados ROJAS JUAN CARLOS s/Sucesión (Expte. 268/2017). Venado Tuerto, 06 de Diciembre de 2017. Dr. Bournot, Secretario.

$ 45 343806 Dic. 13 Dic. 19

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