picture_as_pdf 2017-12-13

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN


RESOLUCIÓN N° 1162


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 29 de Noviembre de 2017.

Visto el Expediente Nº 00701-0108560-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones la Secretaría de Industria, Agregado de Valor e Innovación, gestiona la incorporación de un listado de beneficiarios más acorde a la información solicitada por Nación, en el marco de las Resoluciones N°s 342/17 y 526/17:

Que ambas resoluciones agregan un listado de beneficiarios con aquellas firmas que cumplimentaron la presentación de la documentación requerida en el marco de la convocatoria de presentación para la solicitud de ayuda económica para empresas productivas según Resolución Nº 327/16 del Ministerio de Producción de la Nación, a efectos de solventar el nuevo régimen tarifario del servicio público de la electricidad:

Que tomado conocimiento de que los litados de ambas resoluciones no contienen la misma información, y se ha incurrido en errores de tipeo y repetición, resulta necesario unificarlos e indicar los siguientes datos: denominación de la firma. C.U.I.T.. Total (beneficio recibido), apoderado/representante/titular. D.N.I.:

Que además, la documentación respaldatoria que certifica la potestad del representante declarado para cada empresa beneficiaria se encuentra a disposición en la Secretaría de Industria. Agregado de Valor e Innovación de la Jurisdicción:

Que en consecuencia corresponde unificar los Anexos 1 de las Resoluciones N° 342/17 y N° 526/17, el que se agregará a la misma como Anexo Único:

Por ello

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1°.- Unificar los Anexos 1 de las Resoluciones N° 342 de fecha 5 de mayo de 2017 y N° 526 de fecha 19 de junio de 2017, el que forma parte de la presente como Anexo Único.

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Luis Contigiani

Ministro de la Producción

S/C 21084 Dic. 13 Dic. 15


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RESOLUCIÓN N° 1160


SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional", 29 Nov 2017

Visto el Expediente Nº 00701-0103772-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes: y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones se gestiona la aprobación del Programa Santafesino de Control y Erradicación del Picudo del Algodonero Anthonmus grandis, Boheman:

Que el programa surge en el marco del trabajo realizado por la Comisión de Protección Vegetal Santafesina (COPROVESA) con la colaboración conjunta de los referentes de las instituciones que participan en la Subcomisión:

Que el mismo tiene como objetivo promover una estrategia de manejo y control de las poblaciones del picudo del algodonero mediante la implementación de las herramientas del manejo integrado de plagas, contribuyendo a la sostenibilidad de la producción algodonera provincial:

Que para ello es necesario capacitar, informar y comunicar a productores, técnicos y personal de las comisiones zonales sanitarias, así como a los proveedores de insumos y empresas de servicios, incorporar innovaciones tecnológicas en pos de la erradicación del picudo del algodonero:

Por ello, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho.

EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Crear en el ámbito del Ministerio de la Producción el Programa Santafesino de Control y Erradicación del Picudo del Algodonero Anthonomus grandis. Boheman (ProSaCEPA), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- El Programa será coordinado por la Subsecretaría de Cultivos Industriales dependiente de la Secretaría de Agricultura. Ganadería y Recursos Naturales con la Subdirección de Agricultura y Sanidad Vegetal del Ministerio de la Producción.

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Luis Contigiani

Ministro de la Producción

S/C 21083 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por el presente se hace saber al señor Hugo Luis VILLAMOR BAEZ, que en los autos caratulados: “Sec del Sist Hídrico Forestal y Minero – Acta de Infracción Nº 001014 Ley 4830 Sr. VILLAMOR BAEZ Hugo Luis, Cazar especies prohibidas y usar sustancia gomosa prohibidas” se ha dictado la Resolución N° 862 del 4 de septiembre de 2017, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0092977-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO...Por ello...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Hugo Luis VILLAMOR BAEZ, D.N.I. Nº 31.790.439, con domicilio en calle Cambell P1-D3 Nº 110 de la localidad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, con multa de $ 3.100 (PESOS TRES MIL CIEN), y proceder al comiso definitivo de 1 corbatita, 5 paraguayitos, 1 amansadora, 1 jaula con trampa doble, 5 tramperas simples, 5 jaulas de madera y 1 pote de sustancia gomosa, por infracción al artículo 3 de la Ley Nº 4830 y artículo 8º inciso F del Decreto reglamentario Nº 4148/63, por cazar especie prohibida y con artes prohibida.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Aristóbulo del Valle Nº 8700 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Nº 4830.-ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo. Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. En consecuencia, queda Usted debidamente notificado. Atentamente.

S/C 21081 Dic. 13 Dic. 14

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NOTIFICACIÓN


Por el presente se hace saber a la firma PLANIECIES S.A. que en los autos caratulados: Subdirec. Gral. Agric y Sanidad Vegetal / Acta de Inspección Nº 13657. Ley 11273. PLANIECIES S.A. Rosario. Dpto. Rosario se ha dictado la Resolución N° 843 del 1º de septiembre de 2017, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0104141-1 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO...Por ello...“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Sancionar con multa de mil (1.000) litros de gas oil, cuyo valor será determinado al momento de hacer efectivo su importe conforme lo establecido por el Decreto Nº 2289/02, a la firma PLANICIES S.A., C.U.I.T. Nº 30-70981831-3, con domicilio en San Martin Nº 525 Piso 3 de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario de esta Provincia, por infracción al artículo 20 de la Ley Nº 11273, según Acta Nº 13697 de fecha 12/02/15.- ARTÍCULO 2º.- El importe de la sanción impuesta, que será calculado de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta Control Fitosanitario Nº 19109-00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en el plazo perentorio de quince (15) días, bajo apercibimiento de girar los antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.- ARTÍCULO 3°.- Emplazar a la infractora para que en el término de treinta (30) días de notificada la presente, adecue su funcionamiento a las normas de la Ley Nº 11273, Decreto Nº 0552/97 y demás normas reglamentarias y concordantes, bajo apercibimientos de gestionar su inhabilitación.- ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo. Luis CONTIGIANI – Ministro de la Producción”..Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente. En consecuencia, queda Usted debidamente notificado.

S/C 21082 Dic. 13 Dic. 14

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SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION


RESOLUCIÓN Nº 0022


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

5 de Diciembre de 2017.

VISTO:

El Expediente N° 00108-0009378-8 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Cámara de Diputados gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Titulo IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - autoridad de Aplicación - Articulo 3°:

Que la Ley N° 13.509, en su artículo 17°, incisos 29 y 30, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 173/15, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretarla de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaria de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Cámara de Diputados, esta referida a la adquisición de licencias OLP para las 40 estaciones de trabajo (Windows 10 Pro), una licencia para el servidor de datos (Windows Server 2016) y 40 licencias para accesos de los Windows 10 (WinSvrCAL)

Que el Decreto 1820/2005 establece’en el Art. 4° inciso -b) “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido en relación con el costo que implique mantenerlo en el lenguaje original o cuando se encuentre dentro de la situación en la que no existan en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar el nivel de servicio requerido”, que es el caso en el que se encuentra el presente requerimiento;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios anos la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y sitien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismos no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretarla de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Cámara de Diputados en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Cámara de Diputados, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

- MS Windows, ultima versión en castellano, cuarenta (40) licencias.

- MS Windows, para acceso WinSVRCAL, cuarenta (40) licencias.

- MS Windows Server 2016, una (1) licencia.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuniquese y archívese.

Ing. IGNACIO TABARES

Secretario de Tecnologias

para la gestión

Ministerio de Gobierno

y Reforma del Estado

S/C 21079 Dic. 13

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ADMINISTRACIÓN FEDEREAL

DE INGRESOS PÚBLICOS


REMATE POR

FEDERICO GARMENDIA MOLAS


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos, conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 25.239 al Sr, Agente Fiscal, Dr. Cristian J L Bussi y con intervención del Juzgado Federal N° 2 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber que en los autos: Fisco Nacional (AFIP) c/Otro (CUIT 20-16817754-3) s/Ejecución Fiscal, Expte. Nº 18360/2015, tramitados por ante el juzgado citado, se ha dispuesto que el martillero y corredor público Federico Garmendia Molas, (matrícula 835; CUIT: 20-25694224-1), venda en pública subasta el día 21 de diciembre de 2017, a las 10:30 hs en el Anexo del Colegio de Martilleros sito en 9-de julio 1426 de Santa Fe, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado: el 50% indiviso de un inmueble ubicado en Santo Tomé, sobre calle A. Frutos N° 2159. Según constatación: se divide en dos plantas y se ingresa a la misma por un portón de garaje (aluminio). PB; posee dos ambientes amplios un lavadero y un garaje. PA: compuesta por dos dormitorios, una cocina comedor y un baño. Los pisos de todo el inmueble son de cerámicos, las paredes de mampostería revocados, las aberturas algunas de chapa, otras de hierro y demás de aluminio. El estado de uso y conservación es de bueno a muy bueno; completa la propiedad un patio. Cuenta con todos los servicios. Descripción según título: Una fracción de terreno con todo lo en ella clavado, edificado y adherido al suelo, ubicada en la ciudad de Santo Tomé, Departamento La Capital de esta provincia, la que según el plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Agrimensor Oscar Atilio Pellegrini en febrero de 1997 e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial - Sección Topocartográfica de Santa Fe el 20 de Junio de 1997, bajo el Nro. 126318 se individualiza como Lote 7 de la manzana 3921 de la ciudad de Santo Tomé y tiene su frente al Norte sobre calle A. Frutos entre las de Bernardino Rivadavia e Hipólito Irigoyen, se ubica a los cincuenta y ocho metros sesenta y dos centímetros de la primer entrecalle hacia el Este, a los veintiún metros setenta y cinco centímetros de la segunda, hacia el Oeste y mide: nueve metros ochenta y un centímetros en su frente Norte, nueve metros ochenta y nueve centímetros en su contrafrente Sud; por veinte metros cuarenta y ocho centímetros en su costado Este y veinte metros cuarenta y siete centímetros en su costado Oeste, lo que hace una superficie total de doscientos un metros treinta y dos decímetros cuadrados, lindando: al Norte, calle pública Nro. 80, A Frutos; al Este en parte con Beatriz E. L. Collado de Garrote y Ángel F. Garrote, y en el resto con más terreno de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo; al Sur, con parte de lote ocho y al Oeste con el lote seis, todo según plano citado. Inscripción en el Registro General: Tomo 610 Par, Folio 4042, N° 94358; Dpto. La Capital. El bien deudas en la municipalidad de Santo Tomé, embargos e hipoteca en primer grado a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo. Las deudas registradas hasta aprobada la subasta serán afrontadas con el producido del remate, siendo a cargo del adquirente las tasas, impuestos y servicios posteriores, como así también el impuesto a la transferencia de inmuebles. Base: $ 7407,61 (art. 578 CPCCN). El adquirente abonará en el acto de la subasta y al contado, el 10 % a cuenta de precio, más honorarios del martillero del 3% (arts. 63.1 y 64 ley 7547), todo en dinero en efectivo y en pesos. El saldo, dentro del quinto día de notificada la aprobación de la subasta. Asimismo, serán a su cargo los gastos de escrituración o inscripción del acta de subasta. Edictos: BOLETÍN OFICIAL y diario El Litoral por dos días. Visitas: libre. Más informes al Agente Fiscal (0342) 45.92379; 154-212297 y/o al martillero, tel. (0342) 154-327818. Santa Fe, 1° de diciembre de 2017. Firmado: Dr. Cristian J L Bussi, Ageste Fiscal AFIP-DGI.

S/C 343801 Dic. 13 Dic. 1

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POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/SARASA, EDGARDO JOSÉ s/Ejecución Fiscal, Expte. N° 44.484/2016-F, Boleta de Deuda N° 40.196/02/2016, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 15 de Diciembre de 2017, la que se llevará a cabo a las 11 horas en las puertas del Juzgado de Pequeñas Causas de la localidad de Andino, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Primero: Un rodado usado. Dominio HPE 693, marca Toyota, modelo Hilux 4x4 Cabina Doble SRV 3.0 TDI, tipo Pick-up, año 2008, motor marca Toyota Nº 1KD7614561, chasis marca Toyota N° 8AJFZ29G186065586. Informe del Reg. Nac. de la Propiedad Automotor N° 1 de Canadá de Gómez, Pcia. de Santa Fe.: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose prendas, ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Embargos: Del 10.02.2016 por $ 269.909,41, autos: Paez Hugo Eduardo c/Sarasa Edgardo José y Otros s/Cobro de Pesos, Expte. Nº 941/15; y del 09.08,2017 por $ 368.000 o/los presentes autos. Saldrá a la venta con la Base de S 230.000. Si por la Base no hubiere oferentes saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 172.500.- y de persistir la falta de postores la subasta se declarará desierta. Segundo: Un rodado usado, con el motor a rectificar. Dominio KLR 010, marca Renault, modelo Master PII3 DCI 120 L2II2 PKCNF, tipo Furgón, año 2011, motor marca Renault N° G9UA754C267827, chasis marca Renault N° 93YADCUH6CJ865308. Informe del Reg. Nac. de la Propiedad Automotor N° 1 de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose prendas, ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Embargo: Del 09.08.2017 por $ 414.000.- o/los presentes autos. Saldrá a la venta con la Base de $ 250.000. Si por la Base no hubiere oferentes saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25 % de la Base o sea $ 187.500.- y de persistir la falta de postores la subasta se declarara desierta. Las ventas serán al contado y al mejor postor, en el estado en que se encuentran, entregas inmediatas, sin reclamos posteriores, responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra Índole a cargo del adquirente en subasta a partir del momento de la compra. Los que resulten compradores deberán abonar sin excepción en el acto de subasta el total del precio de compra e I.V.A si correspondiere, con mas el 10% de comisión a la Martillera actuante, todo en efectivo o cheque certificado de plaza, debiendo acreditar su condición ante la AFIP con fotocopia de la documentación pertinente. Son a cargo de los adquirentes todas las patentes y/o multas que se adeudaren como así también los gastos de las transferencias, retiro y traslado de los rodados y cualquier otro concepto o impuesto provincial o nacional creados o crearse y que de resultar inhábil el día de la subasta, la misma se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Se encuentran agregados en autos a disposición de los interesados la verificación efectuada a los números de motor y chasis, e informes del Reg. Nac. de la Propiedad Automotor N° 1 de Cañada de Gómez, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Informes a la Martillera Tel. 0341-4402392 y Cel. 0341-155 012579. En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del demandado es 20-13060477-4 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 05.12.2017. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P,). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.

S/C 343709 Dic. 13 Dic. 14

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POR

MARIA CELESTE GIORGIS


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P. - D.G.I., con intervención del Juzgado Nro. 2 de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri -Juez, Secretaría F a cargo del Dr. Luis Chede, hace saber a sus efectos que en los autos caratulados FISCO NACIONAL (A.F.I.P.- D.G.I.) c/CONSTRUCCIONES Y MONTAJES SAN LORENZO S.R.L. (CUIT 30-71003073-8) s/Ejecución Fiscal Expte. 82.212/2013, se ha dispuesto que la Martillera María Celeste Giorgis (CUIT 27-27663766-0), Matrícula 1926-G-166 venda en Pública Subasta el día 20 de Diciembre de 2017 a las 10:30 hs en la sede del Colegio de Martilleros, sita en calle Moreno Nº 1546 de Rosario, el siguiente automotor: DOMINIO EJG 847, Marca TADANO, Modelo TS -150, Tipo 57 - Camión Grúa, Procedencia Importado, Mca. Motor VOLVO, Nro. Motor TD100A23186281, Mca. Chasis VOLVO, Nro. Chasis F13500040, Modelo Año 1989. Si el día designado resultare inhábil, se llevará a cabo el día siguiente hábil a la misma hora, condiciones y lugar establecidos. El bien se vende en el estado en que se encuentra conforme acta de secuestro glosada a autos y al momento de la subasta. Informa el Registro de la Propiedad Automotor Seccional Nº 2 (21048) de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, que el Dominio se encuentra a nombre del demandado 100% y se registran las siguientes medidas cautelares: Embargos: 1- Fecha de inscripción 25/08/2016, Monto: $ 82.647,43.-, Intereses: $ 12.397,11.-, Autos: FISCO NACIONAL (AFIP) c/CONSTRUCCIONES y MONTAJES SAN LORENZO S.R.L. s/Ejecución Fiscal Expte. 82.212/2013, Juz. Fed. Nro 2, Secretaria F de Rosario - el que ejecuta. Inhibiciones: 1- Anotación N° 1545672 el 12/09/2017, Fecha de Prioridad 13/09/2017, Monto demandado $ 52.182,34.-, Intereses: $ 7.827,35.- Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F de Rosario, FISCO NACIONAL (AFIP) c/CONSTRUCCIONES Y MONTAJES SAN LORENZO S.R.L s/Ejecución Fiscal Expte. 98496/2014. 2- Anotación N° 1545670 el 12/09/2017, Fecha de Prioridad 13/09/2017, Monto demandado $ 70.768,34.-, Intereses: $ 10.615,25.-Tribunal Juz. Fed. N° 2, Secretaría F de Rosario, FISCO NACIONAL (AFIP) c/CONSTRUCCIONES Y MONTAJES SAN LORENZO S.R.L. s/Ejecución Fiscal Expte. 19075/2015. No Posee: Prenda, Denuncia de Compra, Denuncia de Venta, Denuncia de Robo, Afectaciones, Existencia de otros Certificados de Dominio, Radicación Anterior, Piezas de Desarmadero y posee Trámite Pendiente: Descripción: Medidas Judiciales- Anotación, Estado: Observado, fecha cargo: 19/04/2016. De la verificación automotor efectuada el 23/11/2017 no surgen anomalías. El bien saldrá a la venta con una Base de $ 430.000,00.-, comenzándose las pujas desde ese monto, de no haber ofertas por la base fijada el bien saldrá a la venta en el mismo acto, seguidamente con una retasa del 25 %, es decir, por la suma de $ 322.500,00.- y en caso de no haber postores por el monto de ésta última, saldrá a la venta en el mismo acto y seguidamente por la última base de $ 100.000,00.-, de no haber ofertas por dicha base o superiores a la misma se declarará desierta la subasta. Adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de subasta el 20% del monto de compra, más el 10 % de comisión a la martillero, todo en dinero en efectivo o cheque certificado, para el caso de que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000,00.-, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 del BCRA), optando por los medios de pago mencionados o en su defecto se deberá depositar la diferencia al día siguiente de la subasta en el Banco Nación Argentina de Rosario, cuenta abierta a la orden del Juzgado Autorizante y para estos actuados, debiendo abonar el saldo de precio mediante depósito en la cuenta antes mencionada al aprobarse la subasta en el plazo y bajo los apercibimientos previstos del Art. 580 CPCCN. No procede la compra en comisión. Los interesados deberán asistir con sus correspondientes DNI. Son -a cargo exclusivos del comprador impuestos, tasas y/o contribuciones municipales, provinciales y nacionales, creados o a crearse, patentes, multas, intereses atrasados, transferencia de dominio, impuesto a la compra-venta e IVA si correspondiere, gastos de retiro, gastos de guarda desde la fecha de subasta hasta su efectivo retiro, traslado, radicación, gastos profesionales. La entrega del bien se hará una vez aprobada la subasta y depositado el saldo de precio. El bien podrá ser revisado los días 18 y 19 de diciembre de 2017, en el domicilio de calle Viamonte N° 4444 de Rosario, en el horario de 12:00 hs a 13:30 hs. La documentación se encuentra agregada a autos, cédula, mandamiento y acta de secuestro, informes e informes de deudas, y a disposición de sus interesados en el juzgado interviniente y oficinas Agente Fiscal Viamonte N° 1514 de Rosario. No se admitirán reclamos posteriores de ninguna naturaleza por falta o insuficiencia de partes y/o títulos. Mayores informes a la Martillera María Celeste Giorgis con domicilio legal en calle España N° 1660 Planta Baja 02 de Rosario, Tel. 0341-4255728/153-689777. Todo lo que se hace saber en cuanto derecho hubiere lugar. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. DR. GABRIEL MONSERRAT - Agente Fiscal (AFIP-DGI). Se deja expresa constancia que el presente Edicto se encuentra exento de pago.

S/C 343708 Dic. 13 Dic. 15

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ADMINISTRACIÓN

PROVINCIAL DE

IMPUESTOS


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Sr. Administrador Regional. Rosario, se notifica a Warriner SA CUIT Nº 30-70878531-4 con domicilio fiscal en calle Ayacucho 984 piso 2 oficina 2 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal (to.2014), la Resolución Nro. 1520-0/15 dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0912232-8 - Warriner SA - Instrucción de Sumario: Rosario, 17/12/2015 - Visto Considerando Resuelve:

EL ADMINISTRADOR DE LA REGIONAL ROSARIO DE LA

ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1) Instruir Sumario en virtud de lo establecido en el artículo 94 del Código Fiscal (t.o. 2014) al contribuyente Warriner S.A., CUIT 30-70878531-4 con domicilio fiscal en calle Ayacucho N° 984 piso 2 oficina 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Agente de Retención del Impuesto de Sellos, identificado con N° 203-000427-6.

Artículo 2) Emplazar al supuesto infractor para que dentro de los 15 (quince) días a partir de su notificación alegue su defensa por escrito y proponga o entregue las pruebas que hagan a su derecho, bajo apercibimiento, en caso contrario, de resolver la causa en rebeldía.

Artículo 3) Cúrsese a la Dirección de Recaudación - División Sellos, para su conocimiento y los demás efectos pertinentes.

CP CRISTIAN FRANCISCHETTI

Administrador Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 343772 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente COVITRA S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-71104929-7, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta Nº 021-366268-6 hasta el 28/09/2014 y en el Régimen de Convenio Multilateral Cuenta N° 921-838784-7 desde el 29/09/2014 con domicilio fiscal en calle Constitución 241 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sra. CRISTINA CALANCHINI, D.N.I. Nº 16.267.426.-, con domicilio real en Pasaje Boston 3822 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socio gerente; por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la (Ley 3456 y modificatorias- t.o. Decreto No 4481/14), la Resolución N° 782-5/17, dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0879036-6 y Agregados COVITRA S.R.L.

Rosario, 06 de Septiembre de 2017.

VISTO CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente COVITRA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71104929-7, inscripta en este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta Nº 021-366268-6 hasta el 28/09/2014 y en el Régimen de Convenio Multilateral Cuenta N° 921-838784-7 desde el 29/09/2014, con domicilio fiscal en calle Constitución 241 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sra. CRISTINA CALANCHINI, D.N.I. N° 16.267.426.-, con domicilio real en Pasaje Boston 3822 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socio gerente, por los anticipos 11 y 12/2012, 01 a 11/2013 y 05 y 06/2014 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

Artículo 2°: Proceder al cierre de sumarlo instruido por Vista N° 1008-3/15 a la contribuyente COVITRA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71104929-7, inscripta ante este Organismo en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Cuenta N° 021-366268-6 hasta el 28/09/2014 y en el Régimen de Convenio Multilateral Cuenta Nº 921-838784-7 desde el 29/09/2014, con domicilio fiscal en calle Constitución 241 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sra. CRISTINA CALANCHINI, D.N.I. N° 16.267.426.-, con domicilio real en Pasaje Boston 3822 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de socio gerente y aplicar las penalidades previstas en los Artículos 77 y 87 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº 4481/2014) y Resoluciones Generales N° 020/14, y 05/15 según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

Artículo 3°: Requerir a la contribuyente COVITRA S.R.L., el ingreso del monto determinado en la Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según los conceptos detallados en los artículos precedentes dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término y bajo apercibimiento de hacer efectiva la responsabilidad solidaria en los términos del Art. 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), respecto del Socio responsable Sra. CRISTINA CALANCHINI, D.N.I. N° 16.267.426.-, por los conceptos y períodos determinados en los artículos 1° a 3° de la presente.

Artículo 4°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014).

Artículo 5°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 67 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

Artículo 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) todo dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 7°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 8°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa a la contribuyente COVITRA S.R.L. en el domicilio fiscal de calle Constitución 241 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y en el domicilio de calle Rioja 1275, Departamento 01 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y a la Sra. CRISTINA CALANCHINI, D.N.I. N° 16.267.426.-, en el domicilio real de Pasaje Boston 3822 de la ciudad de Rosario de la Provincia de Santa Fe

S/C 343774 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente IRBIS KEY S.R.L., inscripta ante la Administración Provincial de Impuestos bajo la Cuenta Nº 921-391505-0, CUIT Nº 30-71137280-2, con domicilio fiscal en Entre Ríos 1940 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. Sr. DEREVIANYJ ANDRÉS, D.N.I. 7.726.178 -gerente durante el período verificado- con domicilio real en calle Dorrego N° 928 piso 1 “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Responsable Solidario en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal vigente (t.o. Decreto 4481/14), por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 742-7/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0913636-5 IRBIS KEY S.R.L.

Rosario, 31 de Agosto de 2017.- VISTO CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1° - Conferir vista de las actuaciones como consecuencia de los cargos formulados contra la contribuyente IRBIS KEY S.R.L., inscripta ante la Administración Provincial de Impuestos bajo la Cuenta N° 921-391505-0, CUIT N° 30-71137280-2, con domicilio fiscal en Entre Ríos 1940 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. DEREVIANYJ ANDRÉS, D.N.I. 7.726.178 -gerente durante el período verificado- con domicilio real en calle Dorrego N° 928 piso 1 “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Responsable Solidario en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal vigente (t.o. Decreto 4481/14), con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 09/2015, para que en el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la presente, se efectúe por escrito el descargo pertinente y se ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 2° - Instruir sumario a los responsables citados en el artículo anterior, por las infracciones materiales prima facie cometidas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los anticipos 01/2013 a 09/2015, derivadas de un ingreso inferior de impuesto por bases imponibles declaradas en defecto y por anticipos impagos -artículo 87 del Código Fiscal (Ley 3.454, t.o. Decreto 4.481/14)- y por infracción a los

Deberes Formales -artículo 77 punto 2 del mencionado Código- y artículo 1 inc. g) de la Resolución General A.P.I. 5/2015 (por incumplimiento a los requerimientos de fechas 26/10/2015 -fjs. 4- y 23/11/2015 -fjs. 12) y artículo 78 del Código Fiscal vigente y articulo 1 inc. a) de la Resolución antes mencionada -considerando las excepciones de la R.G. A.P.I. 32/2014- por la falta de presentación de declaraciones juradas correspondientes a los anticipos 11, 12/2014 y 01 a 09/2015 y anuales 2013 y 2014; para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada, se formule por escrito el descargo pertinente y se presenten las pruebas que hagan a su derecho.

Artículo 3° - Hacer saber que, en caso de prestarse conformidad a los cargos formulados en la presente, se deberán presentar las declaraciones juradas respectivas, mediante los mecanismos habilitados a tal efecto y realizarse el ingreso correspondiente con más los intereses resarcitorios, de acuerdo al saldo resultante que surge de la liquidación que consta en la Planilla Anexa que se adjunta y forma parte de la presente; presentación que surtirá los efectos de una declaración jurada para la responsable y de una determinación de oficio parcial para el fisco, limitada a los aspectos fiscalizados. De ingresarse el saldo de impuesto adeudado, deberá informarse tal circunstancia a la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I. Cabe hacer notar que en caso de aceptarse la pretensión fiscal podría gozarse de la reducción de sanciones contenidas en el artículo 92 del Código Fiscal (Ley N° 3.456, t.o. Decreto N° 4.481/14).

Artículo 4° - Disponer que el descargo a la Resolución y el alegato de defensa y/u ofrecimiento de pruebas al sumario instruido deberán ser presentados ante la Dirección de Asesoramiento Fiscal de la Regional Rosario de A.P.I., debiendo precederse de igual modo con relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, debiéndose comunicar a la Dirección mencionada, cualquier cambio de domicilio constituido ante esta Administración. Se deja constancia que las actuaciones se encuentran a disposición, en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en la calle Tucumán Nº1853 de esta ciudad.

Artículo 5° - Dejar constancia a los efectos dispuestos en el artículo 67 del Código Fiscal vigente (Ley N° 3.456, t.o. Decreto N° 4.481/14), que la presente Vista es parcial y abarca sólo los aspectos a los cuales hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta permitieron ponderarlos.

Artículo 6° - Notificar esta resolución y su Planilla Anexa (1 foja) a IRBIS KEY S.R.L., con domicilio fiscal en calle Entre Ríos N° 1940 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y al Sr. DEREVIANYJ ANDRÉS, D.N.I. 7.726.178 -gerente durante el período verificado- con domicilio real en calle Dorrego Nº 928 piso 1 “A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Responsable Solidario en virtud del artículo 26 inc. d) del Código Fiscal vigente (t.o. Decreto 4481/14).

C.P. DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

PLANILLA ANEXA RESOLUCIÓN NRO. 742-7/17


Contribuyente: IRBIS KEYS.R.L.

Domicilio: Entre Ríos N° 1940-Rosario, Santa Fe

Cuenta N°: 921-391505-0

Expediente N°: 13302-0913636-5


CONCEPTODIFERENCIAS DE IMPUESTOS

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos 04 a 09, 11 y 12/2013 76.787,31

Impuesto sobre los Ingresos Brutos 03 a 12/2014 117.360,32

Impuesto sobre los Ingresos Brutos 01 a 09/2015 231.349,38

TOTAL 425.497,01


Son pesos: Cuatrocientos veinticinco mil cuatrocientos noventa siete con 01/100

Observaciones; -. -

Lugar y fecha: Rosario, 31/08/2017

S/C 343777 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a los Sres. José Belaga CUIT Nº 20-12522655-9 con domicilio fiscal en calle Mariano Moreno 1250 1 C, Vicioso Benito CUIT Nº 20-13958379-6 con domicilio fiscal en calle Sarmiento 726 P. 10 Dpto. 4 y Dr. Oscar A. Pandiani abogado patrocinante con domicilio fiscal en calle Corrientes 1283 Piso 7 todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal (to.2014), la Resolución Individual Nro. 027/17 - Ind. dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0860306-0 - ABAROA MAURICIO Y OT. - Instrucción de Sumario, Rosario, 17/03/2017-VISTO CONSIDERANDO

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1) Conceder el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Individual Nº 158/16 de esta Administración Provincial de Impuestos, por el Dr. Oscar A. Pandiani, abogado, en carácter de apoderado de los agrimensores José David Belaga y Benito Miguel Vicioso, con domicilio legal constituido en calle Corrientes 1283 - 7 A de la ciudad de Rosario - Pcia de Santa Fe, de conformidad a los considerandos precedentes.-

Artículo 2) Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario. Hecho y con las constancias respectivas, elévese al Ministerio de Economía a efectos de la prosecución del trámite pertinente.

CPN LUCIANO E MOHAMAD

Administrador Provincial de Impuestos

S/C 343792 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a los Sres. José Belaga CUIT Nº 20-12522655-9 con domicilio fiscal en calle Mariano Moreno 1250 1 C, Vicioso Benito CUIT Nº 20-13958379-6 con domicilio fiscal en calle Sarmiento 726 P. 10 Dpto. 4 y Dr. Oscar A. Pandiani abogado patrocinante con domicilio fiscal en calle Corrientes 1283 Piso 7 todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal (to.2014), la Resolución Individual Nro. 049/17 - Ind. dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0860317-4 - MARTÍN ANGELA I.- INSTRUCCIÓN DE SUMARIO: Rosario, 16/05/2017 VISTO CONSIDERANDO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1) Conceder el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Individual N° 159/16 de esta Administración Provincial de Impuestos, por el Dr. Oscar A. Pandiani, abogado, en carácter de apoderado de los agrimensores José David Belaga y Benito Miguel Vicioso, con domicilio legal constituido en calle Corrientes 1283 - 7 A de la ciudad de Rosario - Pcia de Santa Fe, de conformidad a los considerandos precedentes.

Artículo 2) Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento y notificación. Hecho y con las constancias respectivas, elévese al Ministerio de Economía a efectos de la prosecución del trámite pertinente.

S/C 343791 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición del Sr. Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a los Sres. José Belaga CUIT N° 20-12522655-9 con domicilio fiscal en calle Mariano Moreno 1250 1 C, Vicioso Benito CUIT No 20-13958379-6 con domicilio fiscal en calle Sarmiento 726 P. 10 Dpto. 4 y Dr. Oscar A. Pandiani abogado patrocinante con domicilio fiscal en calle Corrientes 1283 Piso 7 todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 inc. f) del Código Fiscal (to.2014), la Resolución Individual Nro. 026/17 - Ind. dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0860307-1 -VALLEJO GERMÁN-INSTRUCCIÓN DE SUMARIO: Rosario, 17/03/2017 -VISTO CONSIDERANDO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

Artículo 1) No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 1141-1/15 de Administración Regional Rosario, por los Sres. Benito M. Vicioso y José D. Belaga, por derecho propio y con patrocinio letrado, con domicilio legal constituido en Corrientes 1283 - 7mo. Piso de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, de conformidad a los considerandos precedentes. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del art. 120 del Código Fiscal (t.o. Dcto. 4481/14), dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 2) Requerir a los Sres. Benito M. Vicioso y José D. Belaga, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 99 del Código Fiscal (t.o. dcto. 4481/14), el ingreso de la suma de $1.200,00 (pesos un mil doscientos), en concepto de multa, prevista en el artículo 270 del Código Fiscal (t.o. 2014).-

Artículo 3) De acuerdo a las facultades conferidas por el art. 46, inciso g) del Código Fiscal (t.o. Dcto. 4481/14) se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - División Sellos - sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Artículo 4) Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.

CPN LUCIANO E MOHAMAD

Administrador Provincial

Administración Provincial de Impuestos

S/C 343790 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica a la contribuyente SUCATA S.A, con domicilio fiscal en Ruta Nro. 10 Km. 0,7 de la ciudad de San Lorenzo, Pcia. de Santa Fe, y al responsable solidario Sr. JUAN RAMÓN GIMENO, D.N.I N° 8.599.963.-, con domicilio real en calle Salta 1165, Piso 13° de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de Presidente del Directorio de la firma SUCATA S.A., inscripta en este organismo bajo la cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 021-321448-7, CUIT N° 30-70827063-2, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 740-9/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0860045-4, “SUCATA S.A.”

Rosario, 31 de Agosto de 2017.-VISTO CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1°: Requerir al Sr. JUAN RAMÓN GIMENO, D.N.I Nº 8.599.963.-, con domicilio real en calle Salta 1165, Piso 13° de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en su carácter de Presidente del Directorio de la firma SUCATA S.A. el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución y según tos conceptos detallados en la misma dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el Art. 99 Código Fiscal (Ley 3456 y, modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014), sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término; ello como consecuencia de no haber cumplido la contribuyente SUCATA S.A. con el pago de los conceptos determinados y requeridos en Resolución N°-1273-3/2016 dictada dentro-de las presentes actuaciones, y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 26 inc. d) y 28 inc. a) Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto Nº4481/2014).

Artículo 2°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (Ley 3456 y modificatorias - t.o. Decreto N° 4481/2014) todo dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 3°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

Artículo 4°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al Sr. JUAN RAMÓN GIMENO, en el domicilio real de calle Salta 1165, Piso 13° de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

C.P.DANIELA BOSCO

Administradora Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

S/C 343789 Dic. 13 Dic. 15

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NOTIFICACION


Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente CARLOS ANDRÉS BLANDO, con domicilio fiscal en calle San Martín Nro. 1169 Piso 4to. B, de la ciudad de San Lorenzo, Pcia. de Santa Fe, que se encuentra inscripto ante el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Cuenta N° 091-039749-8, CUIT Nº 20-28914430-8, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley 3456 y Modif. (Texto Ord. 2014), la Resolución Nro. 595-3/17 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0896505-2, “CARLOS ANDRÉS BLANDO”

Rosario, 03 de Agosto de 2017. VISTO CONSIDERANDO:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados al Sr. CARLOS ANDRÉS BLANDO, D.N.I. Nº 28.914.430, con domicilio fiscal en calle San Martín 1169, Piso 4° “B” de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-039749-8, C.U.I.T. N° 20-28914430-8 por anticipos 12/2012, 01 a 12/2013, 01 a 12/2014 y 01 a 03/2015 e intereses previstos en el Art. 104 del Código Fiscal T.O. 2014, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°: Proceder al cierre de sumario instruido por Vista N° 939-9/16 al Sr. CARLOS ANDRÉS BLANDO, D.N.I. Nº 28.914.430, con domicilio fiscal en calle San Martín 1169, Piso 4° “B” de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta N° 091-039749-8, C.U.I.T. N° 20- 28914430-8 y aplicar las penalidades previstas en los Artículos 77 y 87 del Código Fiscal - T.O. 2014 y Resoluciones Generales N° 020/14 y 05/15, según Planilla Anexa que se adjunta formando parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°: Requerir al Sr. CARLOS ANDRÉS BLANDO, D.N.I. Nº 28.914.430, dentro del plazo de quince (15) días establecidos en el art. 98 Código Fiscal vigente - Ley Nº 3456 el ingreso del monto determinado en Planilla Anexa que se adjunta, formando parte de la presente Resolución y según conceptos detallados en los artículos anteriores, sin perjuicio de la actualización correspondiente por falta de pago en término, por los conceptos y períodos determinados en los arts. 1 y 2 de la presente.

ARTICULO 4°: Hacer saber que, en caso que la presente determinación de oficio fuese consentida por el interesado, la multa aplicada según el artículo 2° de la presente, se reducirá al mínimo legal si no media reincidencia en la comisión de la infracción del artículo 87 del Código Fiscal, conforme lo prevé el art. 92 del mismo;

ARTÍCULO 5°: Dejar expresa constancia que a los fines dispuestos por el artículo 66 del Código Fiscal T.O. 2014, la presente determinación de oficio es parcial y abarca sólo los elementos a que hace mención y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permitan.

ARTÍCULO 6°: Hacer saber que conforme lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 12.071, le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 119 del Código Fiscal (T.O. 2014), todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 7°: Hacer saber que las actuaciones se encuentran a disposición en el horario de atención al público, en esta sede administrativa sita en calle Tucumán 1853 de esta ciudad.

ARTÍCULO 8°: Notificar esta Resolución y su Planilla Anexa al Sr. CARLOS ANDRÉS BLANDO, D.N.I. Nº 28.914.430, en el domicilio fiscal en calle San Martín 1169, Piso 4° “B” de la ciudad de San Lorenzo y en el domicilio particular de Club de Pueblo 767, de la localidad de Ricardone, ambos de la Provincia de Santa Fe.

S/C 343788 Dic. 13 Dic. 15

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