REGIONAL
TRADE S.A.
EMISIÓN DE OBLIGACIONES
NEGOCIABLES
PYMES
Por hasta V/N$ 7.000.000 Serie V.
Conforme al art. 10
de la Ley 23.576 Regional Trade S.A. (la “Sociedad”), por asamblea de fecha 9
de Noviembre de 2010 y Resolución de directorio del 10 de Noviembre de 2010 se
aprobó una Emisión de Obligaciones Negociables (las Obligaciones Negociables Serie
V”: o las “ON Serie V), conforme a los siguientes datos: A.- CONDICIONES DE
EMISIÓN DE LA SERIE V: 1.- Monto de las ON Serie V: Hasta $ 7.000.000 (pesos
siete millones). 2.- Vencimiento: A los 12 meses desde la Fecha de Integración
(siendo ésta el segundo Día Hábil posterior al cierre del periodo de
colocación, en que ha de integrarse el precio de suscripción de las
Obligaciones Negociables Serie V). 3.- Servicios de Interés: En concepto de
renta se pagará en forma mensual un interés variable equivalente a la Tasa de
Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse en el momento de la
colocación, con un mínimo del 15% y un máximo del 25% nominal anual devengado
desde la Fecha de Integración -para el primer servicio- o desde la Fecha de
Pago de Servicios anterior para los restantes-, hasta la Fecha de Pago de
Servicios correspondiente (el “Período de Devengamiento”). El rendimiento se
calculara sobre el saldo de capital, considerando para su cálculo 360 días (12
meses de 30 días). La Tasa de Referencia es la Tasa Badlar, que es el promedio
de las tasas de interés para colocaciones a plazo fijo en bancos privados en
pesos por un plazo de entre 30 (treinta) y 35 (treinta y cinco) días para
operaciones por un monto mayor a un millón de pesos, elaborada y publicada por
el Banco Central de la República Argentina. A fin de calcular los intereses, se
tomará el promedio de las Tasas de Referencia publicadas durante (a) el mes
calendario anterior a la Fecha de Integración, para el primer Servicio y (b)
durante el Período de Devengamiento anterior, para los siguientes. El
Diferencial de Tasa es la tasa adicional que se pagará por sobre la Tasa de
Referencia, expresada como una cantidad de puntos básicos, y que se determinará a través del sistema Holandés al
finalizar el Periodo de Colocación. Una vez determinado el Diferencial de Tasa
se publicará el mismo en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Rosario. 4.-
Pagos de Servicios: Los intereses y/o
amortizaciones (“Servicios”) respecto de las ON Serie V serán pagaderos
en las Fechas de Pago de Servicios indicadas en el Cuadro de Pago de Servicios.
Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al
siguiente Día Hábil sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o
los días que se posponga el vencimiento. El monto de intereses a pagar por cada
unidad monetaria de capital se redondeará al centavo más cercano, redondeando
hacia arriba el medio centavo Las obligaciones de pago se considerarán
cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de
Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil”
cualquier día lunes a viernes salvo aquellos en los que los bancos están
obligados a cerrar en la ciudad de Rosario. 5.- Intereses Monitorios: Los
intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios
respecto del servicio impago. Los mismos ascenderán a una vez y media el
interés compensatorio. Si en una Fecha de Pago de Servicios no hubiesen sido
pagados los intereses, entonces los intereses devengados hasta esa fecha serán
capitalizados, devengándose el Interés Moratorio sobre el nuevo capital 6.-
Amortización: En 8 cuotas mensuales y consecutivas a partir de la quinta Fecha
de Pago de Servicios. Cada cuota será equivalente al 12,5% sobre el valor
nominal emitido. 7.- Garantía: Las ON Serie V estarán garantizadas mediante una
fianza otorgada por Bica Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Limitada (el
Fiador). 8 - Reembolso anticipado a opción del Emisor: La Sociedad podrá
rembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las ON Serie V que se
encuentren en circulación, al valor nominal con más los intereses devengados
hasta la fecha de pago del Valor de Reembolso. El importe a pagar a los
obligacionistas será el Valor de Reembolso, que resultará de sumar al valor
nominal - total o parcial, según el caso - los intereses devengados conforme a
las condiciones de emisión hasta el día de pago del Valor de Reembolso. La
decisión será publicada en el Boletín de la Bolsa de Comercio de Rosario. Tal
publicación constituida notificación suficiente para los obligacionistas. El
Valor de Reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la
publicación del aviso correspondiente. B.- DATOS DE REGIONAL TRADE S.A.: (a)
Domicilio Social: Obispo Gelabert 2138, 3016 - Santo Tomé, Santa Fe, (b) Fecha
y lugar de constitución: 07/06/1990, Santa Fe (c) Plazo de Duración: 50 años
contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, (d)
Datos de Inscripción en el Registro Público de Comercio: Nro. 250 al Folio 126
del Libro Nro. 6 de Sociedades Anónimas del Registro Público de Comercio, el
07/06/1990, (e) Objeto Social: Exportación, importación, compra, venta,
permuta, distribución y comercialización en cualquiera de sus formas, variantes y modos, de todo tipo
de frutos, productos, mercancías y artículos naturales, procesados,
manufacturados o industrializados; así como de servicios de promoción,
publicidad, estudios de mercados, financiación sin recurrir al ahorro público y
operaciones afines conexas y complementarias en el país y en el extranjero, (f)
Actividad principal desarrollada: Importación - exportación de productos
primarios, manufacturados o industrializados, (g) Capital Social al 31/12/09: $
5.390.716,69, (h) Patrimonio Neto al 31/12/09: $ 18.039.973,73. La sociedad no
tiene en circulación obligaciones negociables distintas de las indicadas en el
presente. Santa Fe, 6 de diciembre de 2010.
$ 65 121314 Dic. 13
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