picture_as_pdf 2010-12-13

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 295/10

 

REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE DICIEMBRE 2010.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0084981-5- del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de DICIEMBRE/10; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados, de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados y Lotería de Montevideo de lunes a viernes, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que a tal efecto, se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicadas oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que el día 03/12/10, fecha en la cual se celebra el día del Empleado Público Provincial no habrá actividad administrativa, no obstante lo cual todos los sorteos programados se llevarán a cabo normalmente;

Que el Sorteo N° 8194 de Quiniela Nocturna de fecha 07/12/10, el Código de Lotería 3 Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe, se realizará a la hora 22,00;

Que en los Sorteos N° 8191, 8196 y 8202 de Quiniela Nocturna a realizarse los días viernes 03, 10 y 17/12/10, el Código de Lotería 4, corresponderá a sorteos de Quiniela de Lotería de Montevideo;

Que el Sorteo N° 8195 de Quiniela Nocturna de fecha 09/12/10, se resolverá por los Códigos de Loterías 1,2,3,4 y excepcionalmente por Código de Lotería 5 - Sorteo de Lotería de Córdoba;

Que en el Sorteo N° 8197 de Quiniela Nocturna de fecha 11/12/10, el Código de Lotería 3, corresponderá a Sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe, resolviéndose con cinco (5) cifras;

Que el Sorteo Nº 8200 de Quiniela Nocturna de fecha 15/12/10, se resolverá por los Códigos de Lotería 1, 2, 3 y 4, en razón de que Lotería de Córdoba no programa su sorteo habitual para dicha fecha;

Que en el Sorteo Nº 8203 de Quiniela Nocturna de fecha 18/12/10, el Código de Lotería 3 corresponderá a sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe, resolviéndose con cinco (5) cifras;

Que en el Sorteo N° 8205 de Quiniela Nocturna de fecha 21/12/10, el Código de Lotería 3, corresponderá a Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de Santa Fe y se resolverá con cuatro (4) cifras.

Que en el Sorteo N° 8206 de Quiniela Nocturna de fecha 22/12/10, el Código de Lotería 1, corresponderá a sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería Nacional SE;

Que en el Sorteo N° 8210 de Quiniela Nocturna de fecha 29/12/10, el Código de Lotería 4 corresponderá a Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de Montevideo - (cuatro cifras), y el Código de Lotería 5 corresponderá a Sorteo Extraordinario de Lotería de Córdoba;

Que en el Sorteo N° 8211 de Quiniela Nocturna de fecha 30/12/10, el Código de Lotería 2 corresponderá a Sorteo Extraordinario de Lotería Provincia de Buenos Aires y el Código de Lotería 3, corresponderá a Sorteo Extraordinario de Fin de Año de Lotería de Santa Fe y se resolverá con 4 (cuatro) cifras;

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Diciembre/10, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal serán realizados por el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre Ríos;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de pesos quince mil ($15.000) para el primer premio, pesos diez mil ($ 10.000) para el segundo premio, pesos cinco mil ($ 5.000) para el tercer premio, pesos dos mil ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, pesos un mil para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de pesos un mil quinientos (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 1651/82,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1 - Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de Diciembre/10, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2 - Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3 - Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de pesos quince mil al primer premio, pesos diez mil al segundo premio, Pesos cinco mil al tercer premio, pesos dos mil al cuarto y quinto premio respectivamente y pesos un mil para los premios sexto al décimo, respectivamente, y pesos un mil quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.

ARTICULO 4°.- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas- Premios.

ARTICULO 5 - Regístrese, comuníquese y archívese.

Santa Fe, 29 de Noviembre de 2010.

C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO

Director Gral. de Juegos de Azar

Caja de Asistencia Social

Corresp. Expte. Nº 00302-0084981-5-Res DG N° 295/10

QUINIELA: Programa de sorteos del mes de DICIEMBRE 2010

 

FECHA DIA EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada Tómbola Prescrip. DEBITOS     Obs.

 

                           Sorteo    Hora Lotería    Sorteo   Hora Lotería     Sorteo     Hora Lotería       Sorteo    Hora   Lotería Federal                         Sfe Ros Int

01-dic  miércoles       658    11,30    1-2-3        4050   14,00  1-2-3-4         4332    17,30     1-2-3          8189    22,00 1-2-3-4-5c       313                 16-dic        06-dic

02-dic  jueves            659    11,30    1-2-3        4051   14,00  1-2-3-4         4333    17,30     1-2-3          8190    21,00    1-2-3-4       314     2644     17-dic        07-dic

03-dic  viernes           660    11,30    1-2-3        4052   14,00  1-2-3-4         4334    17,30     1-2-3          8191    21,00 1-2-3-4-5S      315                 20-dic        09-dic

04-dic  sábado           661    11,30    1-2-3        4053   15,00     1-2-3                                 8192         21,00  1-2-3-4         316     2645   20-dic     09-dic

06-dic  lunes              662    11,30    1-2-3        4054   14,00  1-2-3-4         4335    17,30     1-2-3          8193    21,00    1-2-3-4       317                 21-dic        10-dic

07-dic  martes           663    11,30    1-2-3        4055   14,00  1-2-3-4         4336    17,30     1-2-3          8194    22,00    1-2-3-4       318     2646     22-dic        13-dic

09-dic  jueves            664    11,30    1-2-3        4056   14,00  1-2-3-4         4337    17,30     1-2-3          8195    21,00 1-2-3-4-5c       319     2647     27-dic        14-dic

10 dic  viernes           665    11,30    1-2-3        4057   14,00  1-2-3-4         4338    17,30     1-2-3          8196    21,00 1-2-3-4-5s       320                 27-dic        15-dic

11-dic  sábado           666    11,30    1-2-3        4058   15,00     1-2-3                                 8197         21,00  1-2-3-4         321     2648   27-dic     15-dic

13-dic  lunes              667    11,30    1-2-3        4059   14,00  1-2-3-4         4339    17,30     1-2-3          8198    21,00    1-2-3-4       322                 28-dic        16-dic

14-dic  martes           668    11,30    1-2-3        4060   14,00  1-2-3-4         4340    17,30     1-2-3          8199    21,00    1-2-3-4       323     2649     29-dic        17-dic

15-dic  miércoles       669    11,30    1-2-3        4061   14,00  1-2-3-4         4341    17,30     1-2-3          8200    22,00    1-2-3-4       324                 30-dic        20-dic

16-dic  jueves            670    11,30    1-2-3        4062   14,00  1-2-3-4         4342    17,30     1-2-3          8201    21,00    1-2-3-4       325     2650    03-ene        21-dic

17-dic  viernes           671    11,30    1-2-3        4063   14,00  1-2-3-4         4343    17,30     1-2-3          8202    21,00 1-2-3-4-5s       326                03-ene        22-dic

18-dic  sábado           672    11,30    1-2-3        4064   15,00     1-2-3                     8203    21,00       1-2-3-4      327       2651   03-ene   22-dic

20-dic  lunes              673    11,30    1-2-3        4065   14,00  1-2-3-4         4344    17,30     1-2-3          8204    21,00    1-2-3-4       328                04-ene        23-dic

21-dic  martes           674    11,30    1-2-3        4066   14,00  1-2-3-4         4345    17,30     1-2-3          8205    21,00    1-2-3-4       329     2652    05-ene        27-dic

22-dic  miércoles       675    11,30    1-2-3        4067   14,00  1-2-3-4         4346    17,30     1-2-3          8206    22,00    1-2-3-4       330                06-ene        28-dic

23-dic  jueves            676    11,30    1-2-3        4068   14,00  1-2-3-4         4347    17,30     1-2-3          8207    21,00    1-2-3-4       331     2653    07-ene        29-dic

27-dic  lunes              677    11,30    1-2-3        4069   14,00  1-2-3-4         4348    17,30     1-2-3          8208    21,00    1-2-3-4       332                11-ene        30-dic

28-dic  martes           678    11,30    1-2-3        4070   14,00  1-2-3-4         4349    17,30     1-2-3          8209    21,00    1-2-3-4       333     2654    12-ene       03-ene

29-dic  miércoles       679    11,30    1-2-3        4071   14,00  1-2-3-4         4350    17,30     1-2-3          8210    22,00 1-2-3-4-5c       334                13-ene       04-ene

30-dic  jueves            680    11,30    1-2-3        4072   14,00  1-2-3-4         4351    17,30     1-2-3          8211    21,00    1-2-3-4       335     2655    14-ene       05-ene

 

Códigos Loterías:

El código de Loterías de Córdoba y Santiago del Estero sigue siendo 5, se enuncian aquí como 5c y 5s al solo efecto de su diferenciación

Observaciones:

* Los días miércoles los sorteos se llevan a cabo a la hora 22,00

Poceada Federal: Durante el mes de Diciembre Sortea por Lotería de Entre Ríos y resuelve apuestas de las Jurisdicciones de Santa Fe y Entre Ríos.

Tómbola: sortea conjuntamente con Quiniela Nocturna.

SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.

OBSERVACIONES:

EL DIA 03/12/10 FECHA EN LA CUAL SE CELEBRA EL DIA DEL EMPLEADO PUBLICO PROVINCIAL NO HABRA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA, NO OBSTANTE LO CUAL TODOS LOS SORTEOS PROGRAMADOS SE LLEVARAN A CABO NORMALMENTE.

SORTEO Nº 8194 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 07/12/10: EL COD. DE LOT. 3 SORTEO PROPIO QUINIELA DE SANTA FE SE REALIZARA A LA HORA 22,00.-

SORTEOS Nº 8191, 8196 Y 8202 DE QUINIELA NOCTURNA, A REALIZARSE LOS DÍAS VIERNES 03, 10 Y 17/12/10: EL CÓD. DE LOT 4, CORRESPONDE A SORTEOS DE QUINIELA DE LOTERIA DE MONTEVIDEO.

SORTEO N° 8195 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 09/12/10: SE RESUELVE POR LOS COD. DE LOTERÍA 1, 2, 3, 4 Y EXCEPCIONALMENTE POR COD DE LOTERIA 5 - SORTEO DE LOTERIA DE CORDOBA.

SORTEO Nº 8197 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 11/12/10: EL COD. DE LOTERIA 3, CORRESPONDE A SORTEO DE QUINIELA DE LOT. DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CINCO (5) CIFRAS.

SORTEO Nº 8200 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 15/12/10: SE RESUELVE POR LOS COD. DE LOT. 1, 2, 3 Y 4, EN RAZON DE QUE LOT. DE CORDOBA NO PROGRAMA SU SORTEO HABITUAL PARA DICHA FECHA.

SORTEO Nº 8203 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 18/12/10: EL COD. DE LOT. 3 CORRESPONDE A SORTEO DE QUINIELA DE LOTERIA DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CINCO (5) CIFRAS.

SORTEO Nº 8205 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 21/12/10: EL COD DE LOT. 3 CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CUATRO (4) CIFRAS.

SORTEO Nº 8206 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 22/12/10: EL COD. DE LOT. 1, CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA NACIONAL SE.

SORTEO Nº 8210 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 29/12/10: EL COD. DE LOT. 4 CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA DE MONTEVIDEO - (CUATRO CIFRAS), Y EL COD. DE LOT. 5 CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE LOTERIA DE CORDOBA.

SORTEO Nº 8211 DE QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 30/12/10: EL CODIGO DE LOT. 2 CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE LOTERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL COD. DE LOT. 3, CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE FIN DE AÑO DE LOTERIA DE SANTA FE, POR LO TANTO SE RESUELVE CON 4 (CUATRO) CIFRAS.

SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.

PRESCRIPCIONES

 

Semanalmente se emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.

A las setenta y dos (72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “prescripción”.

Durante los quince (15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela recepcionará los reclamos pertinentes.

Los débitos en concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se emitirán conforme al siguiente detalle:

 

Nocturna           Vespertina             Matutina           El Primero       Pozo Quiniela       Poceada Fed.             Tómbola      Fecha Memo    Fecha Débito

8185 al 8190     4328 al 4332        4046 al 4051         0654 al 0659           3003 al 3014           0309 al 0314         2642 al 2644              20/12/10            23/12/10

8191 al 8194     4333 al 4335        4052 al 4055         0660 al 0663           3015 al 3022           0315 al 0318         2645 al 2646              27/12/10            30/12/10

8195 al 8200     4336 al 4340        4056 al 4061         0664 al 0669           3023 al 3034           0319 al 0324         2647 al 2649              03/01/11            06/01/11

8201 al 8207      4341 al4346        4062 al 4068         0670 al 0676           3035 al 3048            0325 al0331         2650 al 2653              10/01/11            13/01/11

8208 al 8211     4347 al 4350        4069 al 4072         0677 al 0680           3049 al 3056           0332 al 0335         2654 al 2655              17/01/11            20/01/11

 

Disponible a partir de las 14,00 horas

SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.-

CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA QUINIELA DE SANTA FE

DETALLE DE SORTEOS

Concurso                            Fecha  Período comprendido

966                                   01/12/10       05/11/10 al 27/11/10

*967                                 07/12/10       12/11/10 al 04/12/10

968                                   15/12/10       19/11/10 al 11/12/10

969                                   22/12/10       26/11/10 al 18/12/10

970                                   29/12/10       03/12/10 al 24/12/10

 

DETALLE DE PREMIOS

Primero                              $15.000

Segundo                            $10.000

Tercero                                $5.000

Cuarto                                 $2.000

Quinto                                 $2.000

Sexto al Décimo                   $1.000

 

El concurso extra N° 967 se realiza el martes 07/12/10 debido que el día miércoles 08/12/10 será feriado Nacional en razón de celebrarse la festividad Católica de la “Inmaculada Concepción de María”.

Estímulo: $ 1.500,00 (pesos un mil quinientos)

De los sorteos: Se realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos

Ganadores: Las Nóminas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera:

Ciudad de Santa Fe y Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz.

Ciudad de Rosario y Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.

SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.

S/c                                                                                                            5574                                                                                                Dic. 13

__________________________________________

 

MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

 

RESOLUCION Nº 0038

 

Santa Fe, 30 de noviembre de 2010.

VISTO:

Los convenios de Coordinación y Complementación para el control de Tránsito y la Seguridad Vial suscriptos entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y Municipios y Comunas de la Provincia y la necesidad de precisar los requerimientos y procedimientos que deben llevar adelante para cumplir con las obligaciones acordadas;

CONSIDERANDO:

Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial ha suscripto con Municipios y Comunas de la Provincia Convenios de Coordinación y Complementación para el control del Tránsito y la Seguridad Vial, autorizándolos a fiscalizar, juzgar conductas y ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas a la materia, de conformidad al modelo previsto en el Anexo II del Decreto Provincial N° 2065/09;

Que en el marco de los Convenios suscriptos es necesario precisar los requerimientos y procedimientos que deben llevar a cabo los Municipios y Comunas para cumplir con las obligaciones acordadas por las partes;

Que en este sentido los firmantes en su cláusula cuarta acordaron que la Agencia Provincial de Seguridad Vial será la encargada de establecer, en resoluciones generales, disposiciones e instructivos, los recaudos necesarios a cumplimentar por los Municipios y Comunas para dar operatividad a los convenios suscriptos (Cláusula 4ta, Anexo II Decreto Provincial N° 2065/09);

Que en cuanto a los documentos utilizados para la fiscalización de conductas infractoras, las partes acordaron en la cláusula séptima la utilización de los modelos únicos de formularios establecidos por la Agencia Provincial;

Que la Ley Provincial Nº 13.133, recientemente sancionada en su Artículo 7 inc. 16 establece como una de las funciones de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, la de propiciar y desarrollar un modelo único de acta de infracción, disponiendo los procedimientos de entrega, registro y digitalización, así como el seguimiento de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago voluntario, en consonancia con las disposiciones nacionales vigentes;

Que a los fines de garantizar que los procedimientos de constatación se inicien con un formulario de Acta de contenido y diseño uniforme, que sirva de modelo para homogeneizar e integrar los datos esenciales para identificar el vehículo, la conducta infractora, fecha, lugar, hora y datos del dispositivo automático o semiautomático utilizado, que brinde mayor seguridad jurídica a los usuarios de las distintas rutas de la Provincia, esta Agencia Provincial de Seguridad Vial aprueba el ACTA UNICA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION PARA CONTROLES AUTOMATICOS Y SEMIAUTOMATICOS, cuyo Modelo obra en el Anexo 1 de la presente resolución, siendo su utilización y seguimiento exclusivo y obligatorio para todos los Municipios, Comunas y empresas concesionarias que realicen los controles mediante la utilización de estos sistemas, y se hallen autorizados por la Autoridad de Aplicación en el marco de los convenios antes referidos, a los fines de posibilitar un control y fiscalización uniforme y la aplicación de una normativa única;

Que la implementación de un modelo único de un acta de infracción y cédula de citación por parte de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, de uso obligatorio, implica necesariamente que cada organismo autorizado se adecue al cumplimiento de ciertos procedimientos uniformes, a los fines de dar seguridad jurídica a los usuarios de las distintas rutas de la Provincia;

Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontrándose objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial N° 13.133, y los Decretos Provinciales N° 1698/08, 2065/09, y sus modificatorias;

POR ELLO

LA SUBSECRETARIA DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ACTA UNICA DE INFRACCION TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION: Apruébese el formulario único denominado “ACTA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION PARA CONTROLES AUTOMATICOS Y SEM1AUTOMATICOS” que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, cuya utilización y seguimiento serán exclusivos y obligatorios en los procedimientos de control autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial en el marco de los Convenios de coordinación y complementación para el control de tránsito y la seguridad vial, previstos en el Anexo II del Decreto Provincial N° 2065/09, especialmente autorizados a tales efectos.

ARTICULO 2°: LISTADO DE CODIGOS DE INFRACCIONES PROVINCIAL: Apruébese como Anexo II de la presente Resolución el denominado “LISTADO DE CODIGOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL PROVINCIAL”, el cual recopila y sistematiza las conductas infractoras a las leyes de tránsito y seguridad vial sancionadas por el ordenamiento jurídico vigente en la Provincia.

ARTICULO 3°: UNIFORMIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS: A los fines de la implementación de un sistema informático único de registro, seguimiento y pago voluntario de las ACTAS DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULAS DE NOTIFICACION PARA CONTROLES AUTOMATICOS Y SEMIAUTOMATICOS que fueran labradas en rutas nacionales y provinciales que atraviesen la Provincia de Santa Fe, se establece lo siguiente:

a) Comparendo ante el Juez de Faltas. Se citará, emplazará y notificará al presunto infractor a comparecer a audiencia para formular su descargo y ofrecer las pruebas que estime pertinentes, por el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de notificación del Acta /Cédula.

b) Distintas jurisdicciones: En caso de residir el Imputado a una distancia mayor a 60 kilómetros del asiento del juez competente que corresponde a la jurisdicción del lugar de comisión de la infracción, podrá optar por comparecer personalmente ante el juez, ejercer su defensa por escrito, o prorrogar la competencia ante el juez competente en razón de su domicilio. En caso de que el imputado se encuentre domiciliado en otra Provincia, sólo procederá la prórroga, cuando la jurisdicción a la que pertenezca el juez del domicilio se encuentre adherida a la Ley Nacional de Tránsito y exista convenio de reciprocidad. (Artículo 71 Ley Nacional N° 24.449, conforme adhesión Ley Provincial N° 13.133). En caso de no existir reciprocidad o convenio entre las distintas jurisdicciones intervinientes, el imputado podrá formular su defensa por escrito con constancia fehaciente de remesa y recepción, ante el juez competente del lugar de comisión de la infracción. Cuando el imputado se domicilie a una distancia menor está obligado a comparecer o podrá en su defecto, ser traído por la fuerza pública ante el juez de faltas que corresponda a la jurisdicción del lugar donde se cometió la infracción.

c) Opción de Pago voluntario: Si el imputado optare por no comparecer a audiencia en los plazos establecidos, podrá realizar el pago voluntario con el descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor mínimo de la multa (Art. 85 de la Ley Nacional N° 24.449, conforme adhesión por Ley Provincia] N° 13.133), la que se calculará al valor de unidades fijas al momento del efectivo pago. Dicho pago podrá efectuarse en las entidades de cobro autorizadas en cuenta corriente abierta a nombre del Municipio/Comuna, presentando el duplicado del Acta/Cédula de infracción, únicamente dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de notificación de la presunta infracción, que coincidirá con la fecha de vencimiento del plazo para presentarse a audiencia o efectuar el descargo por escrito (en caso de que el día de vencimiento sea feriado o inhábil el mismo será el del subsiguiente hábil). El pago voluntario tendrá el efecto de condena firme en cuanto a la sanción pecuniaria, sin perjuicio de las sanciones accesorias que pudieran resultar aplicables. Vencido dicho plazo, se perderá el beneficio de descuentos por pago voluntario, siguiendo el procedimiento a través del Juzgado de Faltas interviniente. No se emitirá nueva cédula de citación.

La entidad de cobro autorizada es la encargada de procesar diariamente todas las Actas/Cédulas cobradas, generando un archivo que deberá ponerse a disposición del Municipio/Comuna y de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, para que sean procesados por los mencionados organismos.

d) Código de Barras: El Acta/Cédula deberá incluir un código de barras, de conformidad al formato y requerimientos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial en el Anexo III de la presente resolución, que identificará unívocamente el número de acta/cédula, el tipo de fiscalización (manual/automatizada), código de autoridad de fiscalización, código de autoridad de juzgamiento, fecha del labrado de la infracción, código de infracción, fecha de vencimiento para efectuar pago voluntario, las unidades fijas (UF) para pago voluntario previstas para la presunta infracción cometida, y código para la distribución de fondos entre municipios/comunas y APSV conforme porcentajes de convenio.

La entidad de cobro autorizada es la encargada de procesar diariamente todas las Actas/Cédulas cobradas, generando un archivo que deberá ponerse a disposición del Municipio/Comuna y de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, conforme lo solicite, para que sean procesados y registrados por los mencionados organismos. La Agencia Provincial de Seguridad Vial será la encargada de asignar a cada Municipio/Comuna, los lotes de numeración de actas, los códigos de infracción, de tipo de fiscalización, y los códigos de autoridad de fiscalización y juzgamiento.

e) Valor de la Unidad Fija (UF): Una 1 (UF) equivale al precio de venta al público de un (1)y litro de nafta especial que fija el Automóvil Club Argentino (Art. 84 de la Ley Nacional Nº 24.449, conforme la adhesión dispuesta por Ley Provincial N° 13.133). La Agencia Provincial de Seguridad Vial publicará mensualmente en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Página web oficial el precio oficial de la Unidad Fija (UF), conforme la información suministrada por el Automóvil Club Argentino (ACA).

ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

HEBE CECILIA MARCOGLIESE

Subsecretaria

Agencia Prov. de Seguridad Vial

NOTA: Se  publica sin los anexos correspondientes.

S/C             5575                Dic. 13

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