CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA
RESOLUCION DE DIRECCION
GENERAL N° 295/10
REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA
“QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE DICIEMBRE 2010.
VISTO:
Las actuaciones
obrantes en el Expediente N° 00302-0084981-5- del S.I.E, mediante el cual se
elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”,
proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de DICIEMBRE/10; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de
referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos
de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos
Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados, de Quiniela Matutina por
Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y
Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados y Lotería de Montevideo de lunes a
viernes, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S
E, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa
Fe de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o
Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos
Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo,
Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero y Quiniela Poceada Federal
que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela
(Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan
sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada
semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela
Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;
Que a tal efecto, se
han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores,
en algunos casos no comunicadas oficialmente, pero anticipadas telefónicamente
por sus funcionarios;
Que el día 03/12/10,
fecha en la cual se celebra el día del Empleado Público Provincial no habrá
actividad administrativa, no obstante lo cual todos los sorteos programados se
llevarán a cabo normalmente;
Que el Sorteo N° 8194
de Quiniela Nocturna de fecha 07/12/10, el Código de Lotería 3 Sorteo Propio
Quiniela de Santa Fe, se realizará a la hora 22,00;
Que en los Sorteos N°
8191, 8196 y 8202 de Quiniela Nocturna a realizarse los días viernes 03, 10 y
17/12/10, el Código de Lotería 4, corresponderá a sorteos de Quiniela de
Lotería de Montevideo;
Que el Sorteo N° 8195
de Quiniela Nocturna de fecha 09/12/10, se resolverá por los Códigos de
Loterías 1,2,3,4 y excepcionalmente por Código de Lotería 5 - Sorteo de Lotería
de Córdoba;
Que en el Sorteo N°
8197 de Quiniela Nocturna de fecha 11/12/10, el Código de Lotería 3,
corresponderá a Sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe, resolviéndose con
cinco (5) cifras;
Que el Sorteo Nº 8200
de Quiniela Nocturna de fecha 15/12/10, se resolverá por los Códigos de Lotería
1, 2, 3 y 4, en razón de que Lotería de Córdoba no programa su sorteo habitual
para dicha fecha;
Que en el Sorteo Nº
8203 de Quiniela Nocturna de fecha 18/12/10, el Código de Lotería 3
corresponderá a sorteo de Quiniela de Lotería de Santa Fe, resolviéndose con
cinco (5) cifras;
Que en el Sorteo N°
8205 de Quiniela Nocturna de fecha 21/12/10, el Código de Lotería 3,
corresponderá a Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de Santa Fe y se
resolverá con cuatro (4) cifras.
Que en el Sorteo N°
8206 de Quiniela Nocturna de fecha 22/12/10, el Código de Lotería 1,
corresponderá a sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería Nacional SE;
Que en el Sorteo N°
8210 de Quiniela Nocturna de fecha 29/12/10, el Código de Lotería 4
corresponderá a Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de Montevideo -
(cuatro cifras), y el Código de Lotería 5 corresponderá a Sorteo Extraordinario
de Lotería de Córdoba;
Que en el Sorteo N°
8211 de Quiniela Nocturna de fecha 30/12/10, el Código de Lotería 2
corresponderá a Sorteo Extraordinario de Lotería Provincia de Buenos Aires y el
Código de Lotería 3, corresponderá a Sorteo Extraordinario de Fin de Año de
Lotería de Santa Fe y se resolverá con 4 (cuatro) cifras;
Que de acuerdo a los
convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de
Diciembre/10, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal serán realizados por
el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre
Ríos;
Que también se
programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no
ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero
en efectivo en todos sus premios;
Que se ha dispuesto
mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los
Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las
zonas, la suma de pesos quince mil ($15.000) para el primer premio, pesos diez
mil ($ 10.000) para el segundo premio, pesos cinco mil ($ 5.000) para el tercer
premio, pesos dos mil ($2.000) para los premios cuarto y quinto
respectivamente, pesos un mil para los premios sexto al décimo, respectivamente
y un premio estímulo para agencieros de pesos un mil quinientos (1.500);
Que las apuestas a
cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería
3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe,
abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el
monto apostado;
Que la partida
presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a
los premios establecidos en esta programación;
Por todo ello, y de
conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 1651/82,
LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
ARTICULO 1 - Aprobar
la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de
Diciembre/10, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 2 - Disponer
que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000)
veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en
Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos
propios de la Quiniela de Santa Fe.
ARTICULO 3 - Disponer
que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que
fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N°
170/08, otorgándose la suma de pesos quince mil al primer premio, pesos diez
mil al segundo premio, Pesos cinco mil al tercer premio, pesos dos mil al
cuarto y quinto premio respectivamente y pesos un mil para los premios sexto al
décimo, respectivamente, y pesos un mil quinientos para el Premio Estímulo
Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir
del Sorteo N° 855.
ARTICULO 4°.- El
gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos
Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 -
Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley
25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros
Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas
Operativas- Premios.
ARTICULO 5 -
Regístrese, comuníquese y archívese.
Santa Fe, 29 de
Noviembre de 2010.
C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO
Director Gral. de Juegos de Azar
Caja de Asistencia Social
Corresp. Expte. Nº 00302-0084981-5-Res DG N° 295/10
QUINIELA: Programa de sorteos del mes de DICIEMBRE
2010
FECHA DIA EL
PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada Tómbola Prescrip. DEBITOS Obs.
Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Federal Sfe Ros Int
01-dic miércoles 658 11,30 1-2-3 4050 14,00 1-2-3-4 4332 17,30 1-2-3 8189 22,00 1-2-3-4-5c 313 16-dic 06-dic
02-dic jueves 659 11,30 1-2-3 4051 14,00 1-2-3-4 4333 17,30 1-2-3 8190 21,00 1-2-3-4 314 2644 17-dic 07-dic
03-dic viernes 660 11,30 1-2-3 4052 14,00 1-2-3-4 4334 17,30 1-2-3 8191 21,00 1-2-3-4-5S 315 20-dic 09-dic
04-dic sábado 661 11,30 1-2-3 4053 15,00 1-2-3 8192 21,00 1-2-3-4 316 2645 20-dic 09-dic
06-dic lunes 662 11,30 1-2-3 4054 14,00 1-2-3-4 4335 17,30 1-2-3 8193 21,00 1-2-3-4 317 21-dic 10-dic
07-dic martes 663 11,30 1-2-3 4055 14,00 1-2-3-4 4336 17,30 1-2-3 8194 22,00 1-2-3-4 318 2646 22-dic 13-dic
09-dic jueves 664 11,30 1-2-3 4056 14,00 1-2-3-4 4337 17,30 1-2-3 8195 21,00 1-2-3-4-5c 319 2647 27-dic 14-dic
10 dic viernes 665 11,30 1-2-3 4057 14,00 1-2-3-4 4338 17,30 1-2-3 8196 21,00 1-2-3-4-5s 320 27-dic 15-dic
11-dic sábado 666 11,30 1-2-3 4058 15,00 1-2-3 8197 21,00 1-2-3-4 321 2648 27-dic 15-dic
13-dic lunes 667 11,30 1-2-3 4059 14,00 1-2-3-4 4339 17,30 1-2-3 8198 21,00 1-2-3-4 322 28-dic 16-dic
14-dic martes 668 11,30 1-2-3 4060 14,00 1-2-3-4 4340 17,30 1-2-3 8199 21,00 1-2-3-4 323 2649 29-dic 17-dic
15-dic miércoles 669 11,30 1-2-3 4061 14,00 1-2-3-4 4341 17,30 1-2-3 8200 22,00 1-2-3-4 324 30-dic 20-dic
16-dic jueves 670 11,30 1-2-3 4062 14,00 1-2-3-4 4342 17,30 1-2-3 8201 21,00 1-2-3-4 325 2650 03-ene 21-dic
17-dic viernes 671 11,30 1-2-3 4063 14,00 1-2-3-4 4343 17,30 1-2-3 8202 21,00 1-2-3-4-5s 326 03-ene 22-dic
18-dic sábado 672 11,30 1-2-3 4064 15,00 1-2-3 8203 21,00 1-2-3-4 327 2651 03-ene 22-dic
20-dic lunes 673 11,30 1-2-3 4065 14,00 1-2-3-4 4344 17,30 1-2-3 8204 21,00 1-2-3-4 328 04-ene 23-dic
21-dic martes 674 11,30 1-2-3 4066 14,00 1-2-3-4 4345 17,30 1-2-3 8205 21,00 1-2-3-4 329 2652 05-ene 27-dic
22-dic miércoles 675 11,30 1-2-3 4067 14,00 1-2-3-4 4346 17,30 1-2-3 8206 22,00 1-2-3-4 330 06-ene 28-dic
23-dic jueves 676 11,30 1-2-3 4068 14,00 1-2-3-4 4347 17,30 1-2-3 8207 21,00 1-2-3-4 331 2653 07-ene 29-dic
27-dic lunes 677 11,30 1-2-3 4069 14,00 1-2-3-4 4348 17,30 1-2-3 8208 21,00 1-2-3-4 332 11-ene 30-dic
28-dic martes 678 11,30 1-2-3 4070 14,00 1-2-3-4 4349 17,30 1-2-3 8209 21,00 1-2-3-4 333 2654 12-ene 03-ene
29-dic miércoles 679 11,30 1-2-3 4071 14,00 1-2-3-4 4350 17,30 1-2-3 8210 22,00 1-2-3-4-5c 334 13-ene 04-ene
30-dic jueves 680 11,30 1-2-3 4072 14,00 1-2-3-4 4351 17,30 1-2-3 8211 21,00 1-2-3-4 335 2655 14-ene 05-ene
Códigos Loterías:
El código de Loterías
de Córdoba y Santiago del Estero sigue siendo 5, se enuncian aquí como 5c y 5s
al solo efecto de su diferenciación
Observaciones:
* Los días miércoles
los sorteos se llevan a cabo a la hora 22,00
Poceada Federal:
Durante el mes de Diciembre Sortea por Lotería de Entre Ríos y resuelve
apuestas de las Jurisdicciones de Santa Fe y Entre Ríos.
Tómbola: sortea
conjuntamente con Quiniela Nocturna.
SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.
OBSERVACIONES:
EL DIA 03/12/10 FECHA
EN LA CUAL SE CELEBRA EL DIA DEL EMPLEADO PUBLICO PROVINCIAL NO HABRA ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA, NO OBSTANTE LO CUAL TODOS LOS SORTEOS PROGRAMADOS SE LLEVARAN A
CABO NORMALMENTE.
SORTEO Nº 8194 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 07/12/10: EL COD. DE LOT. 3 SORTEO PROPIO QUINIELA
DE SANTA FE SE REALIZARA A LA HORA 22,00.-
SORTEOS Nº 8191, 8196
Y 8202 DE QUINIELA NOCTURNA, A REALIZARSE LOS DÍAS VIERNES 03, 10 Y 17/12/10:
EL CÓD. DE LOT 4, CORRESPONDE A SORTEOS DE QUINIELA DE LOTERIA DE MONTEVIDEO.
SORTEO N° 8195 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 09/12/10: SE RESUELVE POR LOS COD. DE LOTERÍA 1, 2,
3, 4 Y EXCEPCIONALMENTE POR COD DE LOTERIA 5 - SORTEO DE LOTERIA DE CORDOBA.
SORTEO Nº 8197 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 11/12/10: EL COD. DE LOTERIA 3, CORRESPONDE A SORTEO
DE QUINIELA DE LOT. DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CINCO (5) CIFRAS.
SORTEO Nº 8200 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 15/12/10: SE RESUELVE POR LOS COD. DE LOT. 1, 2, 3 Y
4, EN RAZON DE QUE LOT. DE CORDOBA NO PROGRAMA SU SORTEO HABITUAL PARA DICHA
FECHA.
SORTEO Nº 8203 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 18/12/10: EL COD. DE LOT. 3 CORRESPONDE A SORTEO DE
QUINIELA DE LOTERIA DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CINCO (5) CIFRAS.
SORTEO Nº 8205 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 21/12/10: EL COD DE LOT. 3 CORRESPONDE A SORTEO
EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA DE SANTA FE. SE RESUELVE CON CUATRO (4)
CIFRAS.
SORTEO Nº 8206 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 22/12/10: EL COD. DE LOT. 1, CORRESPONDE A SORTEO
EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA NACIONAL SE.
SORTEO Nº 8210 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 29/12/10: EL COD. DE LOT. 4 CORRESPONDE A SORTEO
EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD DE LOTERIA DE MONTEVIDEO - (CUATRO CIFRAS), Y EL COD.
DE LOT. 5 CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE LOTERIA DE CORDOBA.
SORTEO Nº 8211 DE
QUINIELA NOCTURNA DE FECHA 30/12/10: EL CODIGO DE LOT. 2 CORRESPONDE A SORTEO
EXTRAORDINARIO DE LOTERIA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL COD. DE LOT. 3,
CORRESPONDE A SORTEO EXTRAORDINARIO DE FIN DE AÑO DE LOTERIA DE SANTA FE, POR
LO TANTO SE RESUELVE CON 4 (CUATRO) CIFRAS.
SANTA FE, 29 de
Noviembre de 2010.
PRESCRIPCIONES
Semanalmente se
emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y
prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.
A las setenta y dos
(72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “prescripción”.
Durante los quince
(15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela
recepcionará los reclamos pertinentes.
Los débitos en
concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se
emitirán conforme al siguiente detalle:
Nocturna Vespertina Matutina El Primero Pozo
Quiniela Poceada Fed. Tómbola Fecha Memo Fecha Débito
8185 al 8190 4328 al 4332 4046 al 4051 0654
al 0659 3003 al 3014 0309 al 0314 2642 al 2644 20/12/10 23/12/10
8191 al 8194 4333 al 4335 4052 al 4055 0660
al 0663 3015 al 3022 0315 al 0318 2645 al 2646 27/12/10 30/12/10
8195 al 8200 4336 al 4340 4056 al 4061 0664
al 0669 3023 al 3034 0319 al 0324 2647 al 2649 03/01/11 06/01/11
8201 al 8207 4341 al4346 4062 al 4068 0670
al 0676 3035 al 3048 0325 al0331 2650 al 2653 10/01/11 13/01/11
8208 al 8211 4347 al 4350 4069 al 4072 0677
al 0680 3049 al 3056 0332 al 0335 2654 al 2655 17/01/11 20/01/11
Disponible a partir
de las 14,00 horas
SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.-
CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA
QUINIELA DE SANTA FE
DETALLE DE SORTEOS
Concurso Fecha Período comprendido
966 01/12/10 05/11/10 al 27/11/10
*967 07/12/10 12/11/10 al 04/12/10
968 15/12/10 19/11/10 al 11/12/10
969 22/12/10 26/11/10 al 18/12/10
970 29/12/10 03/12/10 al 24/12/10
DETALLE DE PREMIOS
Primero $15.000
Segundo $10.000
Tercero $5.000
Cuarto $2.000
Quinto $2.000
Sexto al Décimo $1.000
El concurso extra N°
967 se realiza el martes 07/12/10 debido que el día miércoles 08/12/10 será
feriado Nacional en razón de celebrarse la festividad Católica de la
“Inmaculada Concepción de María”.
Estímulo: $ 1.500,00
(pesos un mil quinientos)
De los sorteos: Se
realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social -
Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos
Ganadores: Las
Nóminas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera:
Ciudad de Santa Fe y
Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz.
Ciudad de Rosario y
Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.
SANTA FE, 29 de Noviembre de 2010.
S/c 5574 Dic.
13
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MINISTERIO DE GOBIERNO Y
REFORMA DEL ESTADO
RESOLUCION Nº 0038
Santa Fe, 30 de noviembre de 2010.
VISTO:
Los convenios de
Coordinación y Complementación para el control de Tránsito y la Seguridad Vial
suscriptos entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y Municipios y Comunas
de la Provincia y la necesidad de precisar los requerimientos y procedimientos
que deben llevar adelante para cumplir con las obligaciones acordadas;
CONSIDERANDO:
Que la Agencia
Provincial de Seguridad Vial ha suscripto con Municipios y Comunas de la
Provincia Convenios de Coordinación y Complementación para el control del
Tránsito y la Seguridad Vial, autorizándolos a fiscalizar, juzgar conductas y
ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas a la materia, de
conformidad al modelo previsto en el Anexo II del Decreto Provincial N°
2065/09;
Que en el marco de
los Convenios suscriptos es necesario precisar los requerimientos y
procedimientos que deben llevar a cabo los Municipios y Comunas para cumplir
con las obligaciones acordadas por las partes;
Que en este sentido
los firmantes en su cláusula cuarta acordaron que la Agencia Provincial de
Seguridad Vial será la encargada de establecer, en resoluciones generales,
disposiciones e instructivos, los recaudos necesarios a cumplimentar por los
Municipios y Comunas para dar operatividad a los convenios suscriptos (Cláusula
4ta, Anexo II Decreto Provincial N° 2065/09);
Que en cuanto a los
documentos utilizados para la fiscalización de conductas infractoras, las
partes acordaron en la cláusula séptima la utilización de los modelos únicos de
formularios establecidos por la Agencia Provincial;
Que la Ley Provincial
Nº 13.133, recientemente sancionada en su Artículo 7 inc. 16 establece como una
de las funciones de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, la de propiciar y
desarrollar un modelo único de acta de infracción, disponiendo los
procedimientos de entrega, registro y digitalización, así como el seguimiento
de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago
voluntario, en consonancia con las disposiciones nacionales vigentes;
Que a los fines de
garantizar que los procedimientos de constatación se inicien con un formulario
de Acta de contenido y diseño uniforme, que sirva de modelo para homogeneizar e
integrar los datos esenciales para identificar el vehículo, la conducta
infractora, fecha, lugar, hora y datos del dispositivo automático o
semiautomático utilizado, que brinde mayor seguridad jurídica a los usuarios de
las distintas rutas de la Provincia, esta Agencia Provincial de Seguridad Vial
aprueba el ACTA UNICA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION PARA
CONTROLES AUTOMATICOS Y SEMIAUTOMATICOS, cuyo Modelo obra en el Anexo 1 de la
presente resolución, siendo su utilización y seguimiento exclusivo y obligatorio
para todos los Municipios, Comunas y empresas concesionarias que realicen los
controles mediante la utilización de estos sistemas, y se hallen autorizados
por la Autoridad de Aplicación en el marco de los convenios antes referidos, a
los fines de posibilitar un control y fiscalización uniforme y la aplicación de
una normativa única;
Que la implementación
de un modelo único de un acta de infracción y cédula de citación por parte de
la Agencia Provincial de Seguridad Vial, de uso obligatorio, implica necesariamente
que cada organismo autorizado se adecue al cumplimiento de ciertos
procedimientos uniformes, a los fines de dar seguridad jurídica a los usuarios
de las distintas rutas de la Provincia;
Que habiendo tomado
conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontrándose
objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas
por la Ley Provincial N° 13.133, y los Decretos Provinciales N° 1698/08,
2065/09, y sus modificatorias;
POR ELLO
LA SUBSECRETARIA DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD
VIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ACTA
UNICA DE INFRACCION TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION: Apruébese el formulario
único denominado “ACTA DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULA DE NOTIFICACION PARA
CONTROLES AUTOMATICOS Y SEM1AUTOMATICOS” que como Anexo I forma parte integrante
de la presente resolución, cuya utilización y seguimiento serán exclusivos y
obligatorios en los procedimientos de control autorizados por la Agencia
Provincial de Seguridad Vial en el marco de los Convenios de coordinación y
complementación para el control de tránsito y la seguridad vial, previstos en
el Anexo II del Decreto Provincial N° 2065/09, especialmente autorizados a
tales efectos.
ARTICULO 2°: LISTADO
DE CODIGOS DE INFRACCIONES PROVINCIAL: Apruébese como Anexo II de la presente
Resolución el denominado “LISTADO DE CODIGOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO Y
SEGURIDAD VIAL PROVINCIAL”, el cual recopila y sistematiza las conductas
infractoras a las leyes de tránsito y seguridad vial sancionadas por el
ordenamiento jurídico vigente en la Provincia.
ARTICULO 3°:
UNIFORMIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS: A los fines de la implementación de un
sistema informático único de registro, seguimiento y pago voluntario de las
ACTAS DE INFRACCION DE TRANSITO Y CEDULAS DE NOTIFICACION PARA CONTROLES
AUTOMATICOS Y SEMIAUTOMATICOS que fueran labradas en rutas nacionales y
provinciales que atraviesen la Provincia de Santa Fe, se establece lo
siguiente:
a) Comparendo ante el
Juez de Faltas. Se citará, emplazará y notificará al presunto infractor a
comparecer a audiencia para formular su descargo y ofrecer las pruebas que
estime pertinentes, por el plazo de treinta (30) días corridos contados desde
la fecha de notificación del Acta /Cédula.
b) Distintas
jurisdicciones: En caso de residir el Imputado a una distancia mayor a 60
kilómetros del asiento del juez competente que corresponde a la jurisdicción
del lugar de comisión de la infracción, podrá optar por comparecer personalmente
ante el juez, ejercer su defensa por escrito, o prorrogar la competencia ante
el juez competente en razón de su domicilio. En caso de que el imputado se
encuentre domiciliado en otra Provincia, sólo procederá la prórroga, cuando la
jurisdicción a la que pertenezca el juez del domicilio se encuentre adherida a
la Ley Nacional de Tránsito y exista convenio de reciprocidad. (Artículo 71 Ley
Nacional N° 24.449, conforme adhesión Ley Provincial N° 13.133). En caso de no
existir reciprocidad o convenio entre las distintas jurisdicciones
intervinientes, el imputado podrá formular su defensa por escrito con
constancia fehaciente de remesa y recepción, ante el juez competente del lugar
de comisión de la infracción. Cuando el imputado se domicilie a una distancia
menor está obligado a comparecer o podrá en su defecto, ser traído por la
fuerza pública ante el juez de faltas que corresponda a la jurisdicción del
lugar donde se cometió la infracción.
c) Opción de Pago
voluntario: Si el imputado optare por no comparecer a audiencia en los plazos
establecidos, podrá realizar el pago voluntario con el descuento del cincuenta
por ciento (50%) sobre el valor mínimo de la multa (Art. 85 de la Ley Nacional
N° 24.449, conforme adhesión por Ley Provincia] N° 13.133), la que se calculará
al valor de unidades fijas al momento del efectivo pago. Dicho pago podrá
efectuarse en las entidades de cobro autorizadas en cuenta corriente abierta a
nombre del Municipio/Comuna, presentando el duplicado del Acta/Cédula de
infracción, únicamente dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados
desde la fecha de notificación de la presunta infracción, que coincidirá con la
fecha de vencimiento del plazo para presentarse a audiencia o efectuar el
descargo por escrito (en caso de que el día de vencimiento sea feriado o
inhábil el mismo será el del subsiguiente hábil). El pago voluntario tendrá el
efecto de condena firme en cuanto a la sanción pecuniaria, sin perjuicio de las
sanciones accesorias que pudieran resultar aplicables. Vencido dicho plazo, se
perderá el beneficio de descuentos por pago voluntario, siguiendo el
procedimiento a través del Juzgado de Faltas interviniente. No se emitirá nueva
cédula de citación.
La entidad de cobro
autorizada es la encargada de procesar diariamente todas las Actas/Cédulas
cobradas, generando un archivo que deberá ponerse a disposición del
Municipio/Comuna y de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, para que sean
procesados por los mencionados organismos.
d) Código de Barras:
El Acta/Cédula deberá incluir un código de barras, de conformidad al formato y
requerimientos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial en el
Anexo III de la presente resolución, que identificará unívocamente el número de
acta/cédula, el tipo de fiscalización (manual/automatizada), código de
autoridad de fiscalización, código de autoridad de juzgamiento, fecha del
labrado de la infracción, código de infracción, fecha de vencimiento para
efectuar pago voluntario, las unidades fijas (UF) para pago voluntario previstas
para la presunta infracción cometida, y código para la distribución de fondos
entre municipios/comunas y APSV conforme porcentajes de convenio.
La entidad de cobro
autorizada es la encargada de procesar diariamente todas las Actas/Cédulas
cobradas, generando un archivo que deberá ponerse a disposición del
Municipio/Comuna y de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, conforme lo
solicite, para que sean procesados y registrados por los mencionados
organismos. La Agencia Provincial de Seguridad Vial será la encargada de
asignar a cada Municipio/Comuna, los lotes de numeración de actas, los códigos
de infracción, de tipo de fiscalización, y los códigos de autoridad de
fiscalización y juzgamiento.
e) Valor de la Unidad
Fija (UF): Una 1 (UF) equivale al precio de venta al público de un (1)y litro
de nafta especial que fija el Automóvil Club Argentino (Art. 84 de la Ley
Nacional Nº 24.449, conforme la adhesión dispuesta por Ley Provincial N°
13.133). La Agencia Provincial de Seguridad Vial publicará mensualmente en el
Boletín Oficial de la Provincia y en la Página web oficial el precio oficial de
la Unidad Fija (UF), conforme la información suministrada por el Automóvil Club
Argentino (ACA).
ARTICULO 4°:
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
HEBE CECILIA MARCOGLIESE
Subsecretaria
Agencia Prov. de Seguridad Vial
NOTA: Se publica sin los anexos correspondientes.
S/C 5575 Dic. 13
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