picture_as_pdf 2006-12-13

REGISTRADA BAJO EL Nº 12678

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés general y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en la zona urbana de la localidad de Emilia, Departamento La Capital, dominio inscripto en el Registro General Santa Fe al Tomo 92 Impar, Folio 162, 5717, en fecha 08/03/1929, individualizada catastralmente como parcela 1 de la manzana 30 del distrito, partida de impuesto inmobiliario 10-01-00-534487/0000.

ARTÍCULO 2º.- Delégase en la Comuna de Emilia la acción expropiatoria y la gestión de registración dominial referida al inmueble descripto en el artículo anterior, con el destino establecido y de conformidad a la ordenanza local 403/05 - regularización de la situación dominial de la planta potabilizadora de aguas-.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que deriven de la aplicación de la presente ley, como así también de la confección de la mensura pertinente, serán atendidos con créditos de las partidas presupuestarias que destine la Comuna de Emilia.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

José Luis Gramajo

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE,  07 de diciembre de 2006

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

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