picture_as_pdf 2005-12-13

DECRETO 3114

 

Santa Fe, 29 de Noviembre de 2005.

El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes 00201-0107720-4 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO) y agregado 13401-0498452-3 (SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACIÓN TERRITORIAL) mediante el cual la Rectora de la Escuela de Enseñanza Media 440 “Simón de Iriondo” ex Colegio Nacional- de la ciudad de Santa Fe, Departamento la Capital, solicita que ese Colegio sea declarado Patrimonio Institucional y Edilicio; y

CONSIDERANDO:

Que el Colegio Nacional cumplirá el 7 de mayo de 2006 el centenario de la “inauguración” de sus cursos;

Que su instalación respondió a un proyecto iniciado en 1904 por una comisión de vecinos encabezada por el Dr. Manuel J. Menchaca, apoyada por senadores y diputados nacionales y provinciales, dirigentes políticos y altas personalidades santafesinas y alentada por el entonces gobernador de la provincia Rodolfo Freyre,

Que la creación del Colegio Nacional respondió a una necesidad histórica y representó el espíritu de la nueva Argentina que se gestaba a principios de siglo;

Que sus fundadores supieron interpretar una mentalidad nueva abierta a todas las ideologías, todos los credos y todos los pensamientos que respondían al espíritu democrático;

Que constituye una institución educativa de profundo arraigo y reconocimiento en la identidad santafesina;

Que forma parte de la memoria colectiva de incontables generaciones que se formaron en sus claustros;

Que por sus aulas transitaron prestigiosas personalidades de la educación y la cultura de la provincia de Santa Fe;

Que en la historia social y educativa de la ciudad y la región continúa siendo “El Colegio Nacional” tal como está grabado en su fachada, aunque actualmente se denomina Escuela de Enseñanza Media 440 después de su transferencia a la provincia;

Que por su planteo arquitectónico y significativo emplazamiento urbano constituye una edificación representativa de las más importantes obras públicas construidas en la ciudad dedicadas a la enseñanza;

Que el lugar donde se construyó el edificio es el mismo que desde el siglo XVIII ocupaba la Capilla de San Antonio y el cementerio anexo y que en 1905 el Obispado vendió al Consejo de Educación, y en 1915 la provincia cedió a la Nación, año en que se colocó la piedra fundamental,

Que sus valores arquitectónicos lo definen como un ejemplo academicista con una estructuración clásica de neto volumen prismático rodeado de jardines limitados por rejas de hierro que se interrumpen en el ingreso con una amplia vereda y escalinata de acceso al pórtico en el que se sostiene un friso con el nombre del colegio y el escudo nacional;

Que la calidad del diseño y la construcción otorgan a la obra notables valores, siendo un claro exponente de las contradicciones estéticas del momento que en la adopción de un predominante criterio clásico se contrapone con las techumbres de tejas españolas a modo de conciliación con las tendencias neocoloniales de la época;

Que la Dirección Nacional de Arquitectura fue la responsable del proyecto y ejecución de la obra quedando concluida en 1927;

Que el edificio se encuentra contemplado en la Ordenanza Municipal 10.115, que preserva el patrimonio cultural histórico y artístico de la ciudad de Santa Fe en el Capítulo I, artículo 2°;

Que lo expuesto amerita formalmente su condición de bien patrimonial institucional y edilicio debiendo considerarse como inmodificables su fachada y áreas de distribución interior, conforme lo propone el Archivo General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, luego de analizar las constancias arrimadas a autos;

POR ELLO,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Declárase Patrimonio Institucional a la Escuela de Enseñanza Media 440 “Simón de Iriondo”, ex Colegio Nacional de la ciudad de Santa Fe.

ARTICULO 2°: Declárase Monumento Histórico Provincial al edificio ocupado por la Escuela de Enseñanza Media 440 “Simón de Iriondo”, ex Colegio Nacional, de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, sito en calle Mendoza 3051, y cuyo dominio se encuentra inscripto en el servicio de Catastro e Información Territorial Partida 10-11-03-107894/0000 en fecha 31/05/909, al tomo 41, folio 00272, bajo número 003569, Departamento 10 la Capital, Distrito 11 Santa Fe, Subdistrito 03, Sección 3.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Dr. Roberto A. Rosua.

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