DECRETO N°
3114
Santa Fe, 29 de Noviembre de 2005.
El expediente del registro del Sistema
de Información de Expedientes n° 00201-0107720-4
(MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO) y agregado n°
13401-0498452-3 (SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACIÓN TERRITORIAL) mediante el
cual la Rectora de la Escuela de Enseñanza Media N°
440 “Simón de Iriondo” ex Colegio Nacional- de la
ciudad de Santa Fe, Departamento la Capital, solicita que ese Colegio sea
declarado Patrimonio Institucional y Edilicio; y
CONSIDERANDO:
Que el Colegio Nacional cumplirá el 7
de mayo de 2006 el centenario de la “inauguración” de sus cursos;
Que su instalación respondió a un
proyecto iniciado en 1904 por una comisión de vecinos encabezada por el Dr.
Manuel J. Menchaca, apoyada por senadores y diputados
nacionales y provinciales, dirigentes políticos y altas personalidades
santafesinas y alentada por el entonces gobernador de la provincia Rodolfo
Freyre,
Que la creación del Colegio Nacional
respondió a una necesidad histórica y representó el espíritu de la nueva
Argentina que se gestaba a principios de siglo;
Que sus fundadores supieron interpretar
una mentalidad nueva abierta a todas las ideologías, todos los credos y todos
los pensamientos que respondían al espíritu democrático;
Que constituye una institución
educativa de profundo arraigo y reconocimiento en la identidad santafesina;
Que forma parte de la memoria colectiva
de incontables generaciones que se formaron en sus claustros;
Que por sus aulas transitaron
prestigiosas personalidades de la educación y la cultura de la provincia de
Santa Fe;
Que en la historia social y educativa
de la ciudad y la región continúa siendo “El Colegio Nacional” tal como está
grabado en su fachada, aunque actualmente se denomina Escuela de Enseñanza
Media N° 440 después de su transferencia a la
provincia;
Que por su planteo arquitectónico y
significativo emplazamiento urbano constituye una edificación representativa de
las más importantes obras públicas construidas en la ciudad
dedicadas a la enseñanza;
Que el lugar donde se construyó el
edificio es el mismo que desde el siglo XVIII ocupaba la Capilla de San Antonio
y el cementerio anexo y que en 1905 el Obispado vendió al Consejo de Educación,
y en 1915 la provincia cedió a la Nación, año en que se colocó la piedra
fundamental,
Que sus valores arquitectónicos lo
definen como un ejemplo academicista con una estructuración clásica de neto
volumen prismático rodeado de jardines limitados por rejas de hierro que se
interrumpen en el ingreso con una amplia vereda y escalinata de acceso al
pórtico en el que se sostiene un friso con el nombre del colegio y el escudo
nacional;
Que la calidad del diseño y la
construcción otorgan a la obra notables valores, siendo un claro exponente de
las contradicciones estéticas del momento que en la adopción de un predominante
criterio clásico se contrapone con las techumbres de tejas españolas a modo de
conciliación con las tendencias neocoloniales de la
época;
Que la Dirección Nacional de
Arquitectura fue la responsable del proyecto y ejecución de la obra quedando
concluida en 1927;
Que el edificio se encuentra
contemplado en la Ordenanza Municipal n° 10.115, que
preserva el patrimonio cultural histórico y artístico de la ciudad de Santa Fe
en el Capítulo I, artículo 2°;
Que lo expuesto amerita formalmente su
condición de bien patrimonial institucional y edilicio debiendo considerarse
como inmodificables su fachada y áreas de distribución interior, conforme lo
propone el Archivo General de la Provincia, dependiente del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto, luego de analizar las constancias arrimadas a
autos;
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Declárase
Patrimonio Institucional a la Escuela de Enseñanza Media N°
440 “Simón de Iriondo”, ex Colegio Nacional de la
ciudad de Santa Fe.
ARTICULO 2°: Declárase
Monumento Histórico Provincial al edificio ocupado por la Escuela de Enseñanza
Media N° 440 “Simón de Iriondo”,
ex Colegio Nacional, de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, sito en
calle Mendoza 3051, y cuyo dominio se encuentra inscripto en el servicio de
Catastro e Información Territorial Partida 10-11-03-107894/0000 en fecha
31/05/909, al tomo 41, folio 00272, bajo número 003569, Departamento 10 la
Capital, Distrito 11 Santa Fe, Subdistrito 03,
Sección 3.
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese
y archívese.
OBEID
Dr. Roberto A. Rosua.
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