AGENCIA PROVINCIAL
DE SEGURIDAD VIAL
VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE OCTUBRE DE 2010
En cuanto a lo
establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional N° 24449 que establece que el
valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, cada una de
las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta
especial, se fija el siguiente valor para la unidad fija(UF).
1 UF = 1 LITRO DE
NAFTA ESPECIAL = $ 4,049
Asimismo, a los fines
de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 0869/09, se fija como valor
para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un
litro de gas oíl tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del
Automóvil Club Argentino.
1 UF = 1 LITRO DE GAS
OIL ULTRA DIESEL = $ 3,339
Estos precios se
publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus
estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.
S/C 5276 Oct. 13
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