picture_as_pdf 2010-10-13

AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL

 

VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE OCTUBRE DE 2010

 

En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional N° 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, se fija el siguiente valor para la unidad fija(UF).

1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 4,049

Asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 0869/09, se fija como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de gas oíl tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino.

1 UF = 1 LITRO DE GAS OIL ULTRA DIESEL = $ 3,339

Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial.

S/C             5276                Oct. 13

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