picture_as_pdf 2014-08-13

MINISTERIO DE TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL


NOTIFICACION DE EDICTO


Por disposición del Sr. Director General Dirección Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe en el Expediente Administrativo nº 01603 - 0075782 - 9” LEMOS ANDREA E P SUPERINTENDENCIA se libra orden de inspección gral. a la firma mencionada “se ha dispuesto conforme lo prevé el art. 20 inc. e) del Decreto-Ley nº 10.204/58 notificar al sumariado: ANDREA ESTEFANIA LEMOS - C.U.I.T. 27 -37075005 - 5 - por edictos en BOLETÍN OFICIAL del dictamen acusatorio circunstanciado Nº: 3155, que en parte pertinente reza: “En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, a los 26 días del mes de Febrero del año dos mil catorce... 5) Por todo lo expuesto, y dada las infracciones cometidas por la firma ANDREA STEFANIA LEMOS, N° de C.U.I.T. 27 - 37075005 -5, cuya actividad principal es la construcción, reforma y reparación de edificios residenciales, con domicilio legal declarado y fiscal en calle Pasaje Cervantes Nº: 3935 de la ciudad de Santa Fe, ha INFRINGIDO: l) Arts. 47,52,54,55 y 56, Cap. 6 Dec. Nº 911/96 y art. 1 inc. h) Res. S.R.T. N°: 231/96; 2) Arts. 52,54,55 y 56, Cap. 6 Dec. Nº 911/96 y art. 1 inc. h) Res. S.R.T. Nº 231/96 y 3) Art.57, Cap. 6 y art. 293 inc. b) Cap. 9 Dec. Nº 911/96. Con un personal ocupado al momento de las inspecciones de fechas 14-10-11, 26-10-11 y 28-10-11 de dos (2) trabajadores en Producción y de fecha 21-10-11 de tres (3) trabajadores en Producción. Por todo ello se procede a labrar el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado, de conformidad a lo establecido en la Ley Provincial Nº 10.468/89 y convenios celebrados entre este Organismo y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación. Conste. Fdo. Dr. Edgardo A. Pérez - Abogado - Coordinación de Salud y Seguridad en el Trabajo - y del decreto que a continuación se transcribe: “Santa Fe, 1 de Agosto de 2.014. Notifíquese por edicto al sumariado ANDREA ESTEFANIA LEMOS del dictamen acusatorio N° 3155/14 bajo apercibimiento de continuar el procedimiento sumarial, en REBELDIA. Conste.” Fdo. Director General DRSF Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe - Dr. José María Gatto. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL, Santa Fe, 4 de Agosto de 2.014.

S/C 237064 Ag. 13 Ag. 15

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NOTIFICACION DE EDICTO


Por disposición del Sr. Director General Dirección Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe en el Expediente Administrativo nº 01603 - 0070392 - 1” BARTES, OSVALDO HORACIO por SUPERINTENDENCIA se libra orden de inspección general a la firma mencionada” se ha dispuesto conforme lo prevé el art. 20 inc. e) del Decreto-Ley n° 10.204/58 notificar al sumariado: OSVALDO HORACIO BARTES - C.U.I.T. 20 - 1183252 - 3 - 1 - por edictos en Boletín Oficial del dictamen acusatorio circunstanciado N° 1640, que en parte pertinente reza: “En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, a los 8 días del mes de Agosto del año dos mil doce... 5) Por todo lo expuesto, y dada las infracciones cometidas por BARTES, OSVALDO HORACIO Nº de C.U.I.T. 20- 11832523 - 1, cuya actividad principal es la venta al por menor de artículos nuevos, con domicilio declarado y fiscal en calle 25 de Mayo Nº 3225 de la ciudad de Santa Fe (C.P. 3.000), provincia del mismo nombre, ha INFRINGIDO : 1) Art. 1,2,3 Resol. S.R.T. 051/97 y Art. 138 Dto. 911/96 (personal afectado: 3); 2) Art. 27 Ley 24557 y Art. 5 Dto. 911/96 (personal afectado: 3); 3) Art. 1 inc. g) y m) Resol. S.R.T. 231/96 y art. 10 y 11 Decreto 911/96 (personal afectado: 3); 4) Art. 1 inc. e) y 1) Resolución SRT 231/96 (personal afectado: 3); 5) Decreto Provincial 1732/08; 6); Art. 138 inc. d) Decreto 911/96 (personal afectado: 3). 7) Art. 139, Decreto 911/96 (personal afectado: 3); 8) Art. 140, inc. d) Decreto 911/96 (personal afectado: 3); 9. Art. 57 y 140 del inc. d) Decreto 911/96 (personal afectado: 3). 10) Art. 47 y 214 inc. b) y c) Decreto 911/96 (personal afectado: 3). 11. Arts. 47 y 139 del Decreto 911/96 (personal afectado: 3). 12) Art. 1 inc. e) y I) Resolución SRT 231/96 y Art. 101, 103,107,108,110,111, 112 y 117 del Decreto 911/96 (personal afectado: 3) con un personal ocupado en el momento de la inspección de fecha 10.03.11 (Acta N: A -2 - 3218 y A-7-3219) de tres (3) trabajadores en producción, y en la inspección de fecha 29/03/11 (acta número B-8-41763), de seis (6) trabajadores en producción. Por todo ello se procede a labrar el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado, de conformidad a lo establecido en la Ley Provincial N° 10.468/89 y convenios celebrados entre este Organismo y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación. Conste. Fdo. Dr. Mariano Massera - Abogado - Coordinación de Salud y Seguridad en el Trabajo - y del decreto que a continuación se transcribe:” Santa Fe, 5 de Agosto de 2.014. Modifíquese por edicto al sumariado OSVALDO HORACIO BARTES del dictamen acusatorio N° 1640/14 bajo apercibimiento de continuar el procedimiento sumarial, en REBELDIA. Conste.” Fdo. Director General DRSF Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe - Dr. José María Gatto. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL, Santa Fe, 5 de Agosto de 2014.

S/C 237063 Ag. 13 Ag. 15

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NOTIFICACION DE EDICTO


Por disposición del Sr. Director General Dirección Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe en el Expediente Administrativo nº 01603 - 0071940 - 5 “ SANTILLAN, RUBEN D. POR SUPERINTENDENCIA SE LIBRA ORDEN DE INSPECCION GRAL. A LA FIRMA MENCIONADA” se ha dispuesto conforme lo prevé el art. 20 inc. e) del Decreto-Ley nº 10.204/58 notificar al sumariado: RUBEN DARIO SANTILLAN - C.U.I.T. 20 - 23559478 - 2 - por edictos en BOLETÍN OFICIAL del dictamen acusatorio circunstanciado Nº 2284, que en parte pertinente reza: “En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, a los 8 días del mes de marzo del año dos mil trece... 4) Por lo expuesto y dadas las infracciones cometidas por la firma SANTILLAN RUBEN DARIO, CUIT Nº 20 - 23559478 - 2, con domicilio declarado y fiscal en Santa Rosa km. 8 (Barrio La Lonja), localidad de San José del Rincón (C.P. 3.001), Provincia de Santa Fe, HA INFRINGIDO: 1) Art. 27 Ley 24557 (personal afectado: 7); 2) Art. 1,2 y 3 Resol. S.R.T. 051/97 (personal afectado: 7); 3) Art. 1 incs. e) y i) Resol. S.R.T. 231/96 (personal afectado: 7), 4) Arts. 86,87 y 193 Dec. 911/96 y Art. 1 inc. i) y k) Resol. S.R.T 231/96 (personal afectado: 1); 5) Art. 98, 101, 103 y 111 Dec. 911/96 (personal afectado: 7) Con un personal ocupado al momento de la inspección de fecha 07/06/2.011 (Acta Nº B - 3 - 50953), de cuatro (4) trabajadores en producción, y en la inspección de fecha 13/06/2.011 (Acta Nº A-8-3427), de siete (7) trabajadores en producción. Por todo ello, se procede a labrar el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado, de conformidad a lo establecido en la Ley Provincial 10.468/89 y convenios celebrados entre este Organismo y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación. Fdo. Conste. Fdo. Dr. Mariano Massera -Abogado - Coordinación de Salud y Seguridad en el Trabajo - y del decreto que a continuación se transcribe: “Santa Fe, 5 de Agosto de 2.014.

Notifíquese por edicto al sumariado RUBEN DARIO SANTILLAN del dictamen acusatorio Nº 2284/14 bajo apercibimiento de continuar el procedimiento sumarial, en REBELDIA. Conste. “Fdo. Director General DRSF Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe - Dr. José María Gatto. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL, Santa Fe, 5 de Agosto de 2014.

S/C 237065 Ag. 13 Ag. 15

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MINISTERIO DE LA

PRODUCCIÓN


Notificaciones


Por el presente se hace saber al Señor Juan Eduardo ACOSTA que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero – E/Acta de Infracción N° 4530 Ley 4830 Sr. ACOSTA Juan Eduardo caza sin licencia y cazar especie prohibida” se ha dictado la Resolución N° 565 del 16 de mayo de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0081532-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....“...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Sancionar al señor Juan Eduardo ACOSTA, D.N.I. Nº 17.594.946, con domicilio en Zona Urbana de la localidad de Colonia Mascías, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de $ 800 (PESOS OCHOCIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 carpincho eviscerado, por infracción a los artículos 3 y 4 inciso “A” y 6 de la Ley N° 4830 y al artículo 3° del Decreto reglamentario N° 04148/63, por cazar especie prohibida y sin licencia.- ARTÍCULO 2°.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sito en Boulevard Pellegrini 3100 de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º. Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Nº 4830.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: Carlos Alcides FASCENDINI – Ministro de la Producción.-"

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente

S/C. 11569 Ag. 13 Ag. 14

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Por el presente se hace saber a la Señora Diana Violeta VAZQUEZ que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero – E/Acta de Infracción serie “A” 1 N° 06202 – Ley N° 12212 sin licencia habilitante y no poseer guia de transporte Sra. Diana Violeta VAZQUEZ” se ha dictado la Resolución N° 857 del 19 de mayo de 2014, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente. Nº 00701-0073954-6 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Sancionar a la señora Diana Violeta VAZQUEZ, D.N.I. N° 27.826.424, con domicilio en Zona Rural s/n de la Localidad de Campo del Medio, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 1.000 (PESOS UN MIL) y proceder al comiso definitivo de 52 sábalos, 4 bogas, 8 mandubés, 5 surubíes y 30 Kg. de filet, por infracción a los artículos 12, 38 y 40 de la Ley N° 12212, transporte de pescado en vehículo no habilitado, sin licencia habilitante para el acopio de pescado y tenencia de especies de pescado sin la guía correspondiente.- ARTICULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en calle Boulevard Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64º de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción.-"

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 11574 Ag. 13 Ag. 14

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Por el presente se hace saber al Sr. Juan José RODRIGUEZ, que en autos caratulados “Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero E/Acta de infracción N° 003969 Ley N° 12212 – 12722 Art. 27 Sr. Juan José Rodriguez.-” se ha dictado la Resolución Nº 792 de fecha 30 de junio de 2014, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00701-0085717-4 del Sistema de Información de Expedientes; y CONSIDERANDO: … por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN: R E S U E L V E :ARTÍCULO 1º.- “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Juan José RODRIGUEZ, D.N.I. N° 18.174.546, con domicilio en calle Los Guayacanes N° 6344 de la Localidad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba, con una multa de un valor correspondiente a 10.000 M.T. (DIEZ MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 1.000 (PESOS UN MIL), y proceder al comiso definitivo de 4 dorados, 8 bogas, 4 patíes, 1 dientudo y 4 surubíes, por infracción a los artículos 2 de la Ley Nº 12722, 1 de la Resolución N° 201/06 y 27 de la Ley N° 12212, pesca de especie prohibida, fuera de medida y sin licencia de pesca deportiva.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago, deberá acreditarlo en la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción”.-

Además se hace saber que conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, se asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 11570 Ag. 13 Ag. 14

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Por el presente se hace saber al Señor Nestor KREIG que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero – E/Acta de Infracción N° 005513 Ley de pesca sin licencia para la venta y especie prohibida Sr. KREY NESTOR” se ha dictado la Resolución N° 691 del 29 de mayo de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0083901-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.- Sancionar al señor Nestor KREIG, D.N.I. Nº 12.696.593, con domicilio en Alberti N° 949, de la Localidad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 7.000 M.T. (SIETE MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 700 (PESOS SETECIENTOS), y proceder al comiso definitivo de 1 dorado por infracción al artículo 38 de la Ley N° 12212 y al artículo 2 de la ley N° 12722, sin licencia habilitante para el acopio de pescado y tenencia de especie de pescado prohibida permanentemente.- ARTÍCULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito bancario en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de Producción. Realizado el pago deberá acreditarlo en la oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 – Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI Ministro de la Producción.-”

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente

S/C. 11571 Ag. 13 Ag. 14

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Por el presente se hace saber al Gregorio Antonio MALDONADO que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero – E/Acta de Infracción N° 006100 Ley 12212 Arte de pescar con medida inferior a la reglamentaria, Sr MALDONADO Gregorio A.” se ha dictado la Resolución N° 338 del 9 de abril de 2014, la cual en su parte pertinente establece: “Visto el Expediente. Nº 00701-0084460-8 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello....”EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Sancionar al señor Gregorio Antonio MALDONADO, D.N.I. N° 6.080.816, con domicilio en Camino Cementerio de la Localidad de Arroyo Seco, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 4.000 M.T. (CUATRO MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 400 (PESOS CUATROCIENTOS) y proceder al comiso definitivo de 1 red, por infracción al artículo 44 de la Ley Nº 12212, tenencia de arte de pesca fuera de medida reglamentaria.- ARTICULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard. Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Nº 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción.-"

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente

S/C. 11572 Ag. 13 Ag. 14

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Por el presente se hace saber a la Señora Diana Violeta VAZQUEZ que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico Forestal y Minero – E/Acta de Infracción serie Nº 5854 Art. 38 y 40 Sra. VAZQUEZ Diana Violeta” se ha dictado la Resolución N° 590 del 19 de mayo de 2014, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente. Nº 00701-0085093-1 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO.... Por ello “...EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN R E S U E L V E: ARTICULO 1º.- Sancionar a la señora Diana Violeta VAZQUEZ, D.N.I. N° 27.826.424, con domicilio en Ruta Provincial N° 1 Km. 90 de la Localidad de Campo del Medio, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con una multa de un valor correspondiente a 6.000 M.T. (SEIS MIL MÓDULOS TRIBUTARIOS), equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 600 (PESOS SEISCIENTOS) y proceder al comiso definitivo de 118 sábalos, 7 patíes, 37 bogas, 9 moncholos, 13 amarillos y 62 Kg. de filet de pescado, por infracción al artículo 38 de la Ley N° 12212, sin licencia habilitante para el acopio de pescado.- ARTICULO 2º.- El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los quince (15) días a partir de recibida la notificación fehaciente, mediante depósito Bancario en la cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a nombre del Ministerio de la Producción. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en calle Boulevard Pellegrini 3100 de la ciudad de Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización de las actuaciones administrativas.- ARTÍCULO 3º.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa dispuesta en el artículo 1º, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial.- ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64º de la Ley Nº 12212 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 12482.- ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.- Firmado: C.P.N. Carlos Alcides FASCENDINI - Ministro de la Producción.-"

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho a interponer recursos en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C. 11573 Ag. 13 Ag. 14

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DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO


OBJETO DE LA AUDIENCIA PUBLICA


Proyecto Urbanístico a desarrollarse en el predio riel ex Batallón 121 y Reconversión del Cordón Ayacucho.

Día, hora y lugar de realización: Viernes 26 de Septiembre de 2014, de 15 a 18 horas- Centro Municipal de Distrito Sur “Rosa Ziperovich” (Uriburu 637, Rosario).

Información sobre el registro de oradores: El registro de oradores se habilitará a partir del 28 de Agosto de 2014 y la Inscripción será libre y gratuita. La misma cerrara setenta y dos (72) horas antes de la realización de la audiencia.

Los interesados deberán presentarse ante la Secretaría de Estado del Habitat (Santa Fe 1950 -2da. Piso, Rosario), a partir del 28 de Agosto de 2014, en el horario de 9 a 12 horas.

Los interesados en participar como oradores deberán comunicar fehacientemente por escrito su intención, consignando datos personales, domicilio, teléfono, mail y/o institución a la que representan.

El participante orador deberá entregar, en el momento de la registración copia escrita de los fundamentos de la exposición, a los fines de evaluar su pertinencia. Quienes participen en representación de personas jurídicas deberán acreditar su designación por la institución a la que representan.

S/C 11615 Ag. 13 Ag. 15

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PROGRAMA MEJORA DE LA

GESTIÓN MUNICIPAL


GOBIERNO DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE


Secretaría de Finanzas

Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe

Proyecto:

Mejora en la Gestión Comunal en Pequeñas Comunidades.”

Programa de Mejora de la Gestión Municipal- BID 1855-OC-AR

Servicios de Consultoría

LLAMADO A EXPRESIÓN DE INTERÉS Nº 6/14

Capacitación agentes comunales”

La Nación Argentina ha recibido un Préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo- BID (Contrato de Préstamo 1855-OC/AR) como prestataria, conviniendo subsidiariamente con la Provincia de Santa Fe la recepción parcial del mismo. La provincia se propone utilizar una parte de los fondos para la contratación de los servicios de consultoría que comprenden:

Componente 1: Capacitación en el Mantenimiento de equipos para la prestación de los servicios públicos, destinado a los encargados y sub-encargados de equipos, maquinarias y talleres para mantenimiento y maestranzas.

Componente 2: Capacitación en el manejo de herramientas informáticas y en mantenimiento de equipos informáticos para el personal específico de cada actividad.

La Unidad Ejecutora Provincial, dependiente de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conjuntamente con el “Programa Gobierna” del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, convoca a las Universidades Nacionales a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Los interesados deberán proporcionar la información de los capacitadores que indique que están calificados para suministrar los servicios mencionados.

Los capacitadores presentados por cada Universidad serán seleccionados conforme a los procedimientos indicados en el documento del Banco Interamericano de Desarrollo titulado: “Políticas para Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, edición de Julio de 2006 (GN-2350-7).

Los capacitadores, una vez conformada la Lista Corta, serán evaluados por el método de Selección Basada en Calidad de los Consultores (SBC) que se describe en las Políticas.

El presupuesto estimado es:

Componente 1: $ 105.000 (pesos ciento cinco mil)

Componente 2: $ 420.000 (pesos cuatrocientos veinte mil)

Período de ejecución estimado: 5 (cinco) meses, desde marzo a julio de 2015.

Las Entidades interesadas deberán remitir a la dirección postal abajo mencionada, personalmente o vía correo postal:

a) Una manifestación escrita y firmada de su interés en participar.

b) Documentación legal de la Institución Académica

c) Últimos dos balances o estado de situación financiera de la Institución Académica.

d) Lista de trabajos similares en complejidad técnica ejecutados en los últimos 5 (cinco) años indicando: lugar, descripción de los trabajos realizados, duración del proyecto, monto aproximado del contrato, equipo de trabajo asignado, contacto actualizado (nombre y teléfono). –ver planilla en la información complementaria publicada en la Web- www.santafe.gov.ar/compras

e) Antecedentes de los Profesionales que Coordinarán la actividad y todo otro dato que considere de utilidad.

La documentación deberá ser presentada sin excepción, en formato papel, en original (firmado), en idioma español y foliada correlativamente más una copia en soporte electrónico. Los interesados podrán adelantar una copia de dicha documentación vía mail.

Los alcances de los objetivos básicos del Proyecto podrán ser consultados por los interesados hasta el día 22 de agosto de 2014, a las 11.00 horas en:

Mail: promudi@santafe.gov.ar

Carta: Programa Municipal de Inversiones (PRO.MU.DI) Entre Ríos 2620 – Santa Fe

Tel: 0342-4573518 – Internos 1562/1563

Fax: 0342-4573548

Correo electrónico: promudi@santafe.gov.ar

Las expresiones de interés deberán presentarse a más tardar el 01 de septiembre de 2014, hasta las 10.30 hs. a.m., con apertura a las 11.00 hs. a.m. del mismo día, por las vías y direcciones antes mencionadas.

S/C. 11613 Ag. 13 Ag. 15

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE


Secretaría de Finanzas

Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe

Proyecto:

Mejora en la Gestión Comunal en Pequeñas Comunidades.”

Programa de Mejora de la Gestión Municipal- BID 1855-OC-AR

Servicios de Consultoría

LLAMADO A EXPRESIÓN DE INTERÉS Nº 5 /14


Capacitación agentes comunales”

La Nación Argentina ha recibido un Préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo- BID (Contrato de Préstamo 1855-OC/AR) como prestataria, conviniendo subsidiariamente con la Provincia de Santa Fe la recepción parcial del mismo. La provincia se propone utilizar una parte de los fondos para la contratación de los servicios de consultoría que comprenden Capacitación en gestión de las organizaciones públicas locales, destinado a personal comunal tales como gestores públicos, administrativos operativos, contadores, tesoreros comunales, miembros de la comisión revisora de cuentas, abogados y autoridades.

La Unidad Ejecutora Provincial, dependiente de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conjuntamente con el “Programa Gobierna” del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, convoca a las Universidades Nacionales a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Los interesados deberán proporcionar la información de los capacitadores que indique que están calificados para suministrar los servicios mencionados.

Los capacitadores presentados por cada Universidad serán seleccionados conforme a los procedimientos indicados en el documento del Banco Interamericano de Desarrollo titulado: “Políticas para Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, edición de Julio de 2006 (GN-2350-7).

Los capacitadores, una vez conformada la Lista Corta, serán evaluados por el método de Selección Basada en Calidad de los Consultores (SBC) que se describe en las Políticas.

El presupuesto estimado es: $ 570.000 (pesos quinientos setenta mil)

Período de ejecución estimado: 5 (cinco) meses, desde marzo a julio de 2015 .

Las Entidades interesadas deberán remitir a la dirección postal abajo mencionada, personalmente o vía correo postal:

a) Una manifestación escrita y firmada de su interés en participar.

b) Documentación legal de la Institución Académica

c) Últimos dos balances o estado de situación financiera de la Institución Académica.

d) Lista de trabajos similares en complejidad técnica ejecutados en los últimos 5 (cinco) años indicando: lugar, descripción de los trabajos realizados, duración del proyecto, monto aproximado del contrato, equipo de trabajo asignado, contacto actualizado (nombre y teléfono). –ver planilla en la información complementaria publicada en la Web- www.santafe.gov.ar/compras

e) Antecedentes de los Profesionales que Coordinarán la actividad y todo otro dato que considere de utilidad.

La documentación deberá ser presentada sin excepción, en formato papel, en original (firmado), en idioma español y foliada correlativamente más una copia en soporte electrónico. Los interesados podrán adelantar una copia de dicha documentación vía mail.

Los alcances de los objetivos básicos del Proyecto podrán ser consultados por los interesados hasta el día 19 de agosto de 2014, a las 11.00 horas en:

Mail: promudi@santafe.gov.ar

Carta: Programa Municipal de Inversiones (PRO.MU.DI) Entre Ríos 2620 – Santa Fe

Tel: 0342-4573518 – Internos 1562/1563

Fax: 0342-4573548

Correo electrónico: promudi@santafe.gov.ar

Las expresiones de interés deberán presentarse a más tardar el 01 de septiembre de 2014, hasta las 10.30 hs. a.m., con apertura a las 11.00 hs. a.m. del mismo día, por las vías y direcciones antes mencionadas.

S/C. 11612 Ag. 13 Ag. 15