REGISTRADA BAJO EL Nº 12282
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON
FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1º - Ratifícase el Acta Acuerdo
celebrado en fecha 21 de Marzo de 2003 en el marco de la reunión del Consejo
Federal de Salud, entre los Ministerios de Salud y Medio Ambiente de la
Provincia y de Salud de la Nación, por el que la Provincia declara recibir
formalmente la propuesta que le efectúa la Nación de las Metas de Maternidad e
Infancia (quinquenio 2003/2007), correspondiente a Santa Fe, constituyendo la
versión consensuada de dicha metas una condición indispensable para la adhesión
al Seguro Nacional de Maternidad e Infancia.
Dicho Acta Acuerdo fue aprobado ad-referéndum de esta Honorable Legislatura
por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1984/03 e
inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
el día 3 de Abril de 2003, con el N° 1710, Folio 57,
Tomo IV, cuyo texto y anexo en cinco (5) folios se agrega e integra la
presente.
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Roberto Dehesa
Vicepresidente 1º
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 7 de julio de 2.004
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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