picture_as_pdf 2017-06-13

HONORABLE CONVENCIÓN PROVINCIAL DE SANTA FE

UNIÓN CÍVICA RADICAL


NOTIFICACION


Por la presente nos dirigimos a los Convencionales Provinciales de la Unión Cívica Radical, Distrito Santa Fe, con el objeto de informarle que se deja sin efecto la convocatoria formulada oportunamente al plenario de la Convención Provincial de la Unión Cívica Radical para el día martes 13 de junio del cte. a las 19 hs.

Por tanto, el plenario de referencia no tomará lugar y queda formalmente, por este medio, desobligado de asistir

Sin otro particular quedan Uds. debidamente notificados


DR. RODRIGO LEANDRO BORLA

PRESIDENTE HONORABLE CONVENCIÓN PROVINCIAL UNIÓN CÍVICA RADICAL -

DISTRITO SANTA FE

$ 33 326226 Jun. 13

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GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACIÓN DE PRENDA


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”). Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”) y Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”) que se identifican con los números: 278301, 281590, 282633, 283325, 283326, 283370, 283413, 283423, 283426, 283428, 283542, 283640, 283666, 283765, 283873, 284159, 284185, 284266, 284399, 284422, 284527, 284546, 284559, 284678, 284681, 284721, 284812, 284815, 284820, 284827, 284847, 284900, 284977, 284982, 284995, 285011, 285107, 285125, 285126, 285133, 285142, 285155, 285161, 285203, 285207, 285255, 285259, 285266, 285267, 285268, 285308, 285310, 285326, 285352, 285386, 285398, 285403, 285411, 285419, 285441, 285480, 285489, 285492, 285526, 285571, 285580, 285588, 285621, 285636, 285651, 285662, 285669, 285670, 285685, 285698, 285703, 285709, 285767, 285773, 285775, 285782, 285785, 285797, 285815, 285822, 285832, 285833, 285834, 285841, 285846, 285859, 285868, 285878, 285898, 285899, 285917, 285918, 285923, 285925, 285929, 285952, 285997, 286008, 286009, 286010, 286013, 286016, 286028, 286033, 286043, 286053, 286055, 286072, 286077, 286082, 286085, 286086, 286089, 286100, 286102, 286103, 286104, 286107, 286115, 286124, 286126, 286130, 286133, 286134, 286149, 286150, 286151, 286154, 286166, 286170, 286171, 286177, 286194, 286199, 286218, 286237, 286240, 286243, 286250, 286259, 286265, 286279, 286300, 286303, 286311, 286327, 286336, 286341, 286347, 286349, 286355, 286357, 286363, 286365, 286367, 286382, 286383, 286399, 286401, 286405, 286410, 286421, 286424, 286426, 286428, 286431, 286436, 286439, 286458, 286459, 286462, 286475, 286477, 286480, 286482, 286488, 286497, 286504, 286506, 286514, 286539, 286545, 286547, 286559, 286584, 286589, 286622, 286625, 286644 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de Julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de Julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de Julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de Julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de Agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de Agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de Septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados y (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de Marzo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de Julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

$ 350 325883 Jun. 13

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