PROVINCIA DE CORDOBA
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
SECRETARIA Nº 4 - SAN FRENCISCO
Por orden del Juez de 1ª Instancia y 2ª Nominación en lo Civil y Comercial, Secretaría Nº: (4), de la ciudad de San Francisco, en autos: ALEMANI ITALO SANTIAGO, RIBA JORGE y Otros Sociedad de Hecho, ITALO SANTIAGO ALEMANI, JORGE ALBERTO RIBA, DELIA SUSANA ALEMANI, OMAR ALBERTO MORERO y LILIANA EDITH ALEMANI - Quiebra Pedida, (Expte. Letra A, Nº: 29, de fecha 12/11/12007) se hace saber que por Sentencia Nº: 334 de fecha 29/05/08 se resolvió: 1) Hacer lugar a la solicitud de conversión del presente trámite en Concurso Preventivo. 2) Tener por desistido el recurso de reposición planteado en contra de la Sentencia de Quiebra. 3) Dejar sin efecto la declaración de quiebra dispuesta por Sentencia Nº: 41 de fecha 18/03/08 obrante a fs. 113/118 de los presentes. 4) Declarar la apertura del Concurso Preventivo de: Alemani Italo Santiago, Jorge Riba y Otros Sociedad de Hecho, C.U.I.T. Nº: 30-51781356-3, con domicilio en calle Bv. 25 de Mayo Nº 1566 de esta ciudad; Italo Santiago Alemani, D.N.I. Nº: 6.400,746, argentino, de estado civil casado, con domicilio real en calle Hipólito Yrigoyen Nº 378 de esta ciudad; Jorge Alberto Riba, D.N.I. Nº 6.449.479, argentino, de estado civil casado, con domicilio real en calle Dante Alighieri Nº 1178 de esta ciudad; Delia Susana Alemani, D.N.I. Nº 10.510.172, argentina, de estado civil casada, con domicilio real en calle Dante Alighieri Nº 1178, de esta ciudad; Omar Alberto Morero, D.N.I. Nº 12.219.345, argentino, de estado civil casado, con domicilio real en calle Av. Hipólito Yrigoyen Nº 796 de esta ciudad y Liliana Edith Alemani, D.N.I. Nº 13.521.395, argentina, de estado civil casada, con domicilio real en calle Av. Hipólito Yrigoyen Nº 796 de esta ciudad de San Francisco, a cuyo fin deberán expedirse las copias certificadas pertinentes a los fines de su tramitación en expedientes separados a los que deberá darse entrada y tomar razón en Libro de Entradas de la Secretaria continuando con la intervención del Síndico designado Cr. Gustavo Héctor Scocco. 5) Fijar plazo hasta el día 15 de Agosto del corriente año para que los acreedores soliciten verificación de sus créditos y presenten los títulos justificativos de los mismos al Sr. Síndico (Art. 32 L.C.). 6) Disponer se publiquen edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba y de la Provincia de Santa Fe y en el diario "La Voz de San Justo" de esta ciudad, la que estará a cargo de los concursados y deberán realizarla dentro de los cinco días de haberse notificado la presente resolución, también deberán acreditar la efectiva publicación de edictos dentro del quinto día posterior a su primera aparición (Arts. 27 y 28 de la L.C.), bajo apercibimientos de tenerlos por desistidos (Art. 30 L.C.). 7) Disponer la anotación de la apertura de los presentes concursos preventivos en los registros correspondientes, Registro Público de Comercio, Registro de Juicios Universales. 8) Teniendo presente la nómina de acreedores denunciados, intimar a los concursados para que en el plazo de tres días de notificada la presente resolución depositen en la Sucursal San Francisco -centro- del Banco de la Provincia de Córdoba y a la orden de este Tribunal, la suma de pesos cuatrocientos ($ 400) cada uno de ellos para atender gastos de correspondencia, bajo apercibimientos del Art. 30 de la ley Concursal. 9) Fijar el día 26 de Septiembre del corriente año para que el Sr. Síndico presente el informe particular -Art. 35 L.C.-. 10) Fijar el día 7 de Noviembre del corriente año para que el Sr. Síndico presente el informe general -Art. 39 L.C.-. 11) Designar la audiencia informativa prevista por el Art. 14 Inc. 5 L.C. para el día 26 de Mayo del Año 2009 a las 10 hs. la que se llevará a cabo en la sede de este Tribunal con los que concurran a ella, si esta audiencia no tuviere lugar por causas de fuerza mayor o imposibilidad del Tribunal automáticamente se trasladará al primer día hábil posterior al designado en autos, en el mismo lugar y a la misma hora. 12) Procédase a efectuar las comunicaciones pertinentes a la Policía Federal y de la Provincia de Córdoba a fin de asegurar el cumplimiento del Art. 25 de la Ley Concursal, prohibiéndose a los concursados salir del país sin autorización previa del Tribunal, a cuyo fin ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones, Córdoba, conforme el Acuerdo Nº: 534, serie "A", de fecha 09/11/99 dictado por el Tribunal Superior de Justicia. 13) Disponer la radicación ante este Tribunal de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra el concursado, según lo dispuesto por el Art. 21 L.C. (modif. por Ley Nac. Nº 26.086) a cuyo fin deberá oficiarse. 14) Córrase vista al Síndico por el plazo de 10 días que se computará a partir de la notificación de la presente a los fines de que se pronuncie en lo términos dispuestos por el Art. 14 Inc. 11 L.C. modificada por Ley 26.086 y oportunamente presente el informe previsto por el Art. 14 Inc. 12 de la L.C. si correspondiere. 15) Notificar a la Dirección General de Rentas, y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) delegaciones locales, la iniciación de los concursos preventivos. 16) Procédase por Secretaría a expedir las copias certificadas pertinentes a los fines de la formación de los expedientes correspondientes a cada uno de los concursados con sus correspondientes legajos (Art. 279 L.C.) a los fines de su tramitación independiente, dándole entrada y tomando razón en el Libro de Entrada de Expedientes de la Secretaría, Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Dr. Horacio E. Vanzetti, Juez. Oficina, 6 de mayo de 2008. María Cristina Giampetti, secretaria.
S/C 36349 Jun. 13 Jun. 20
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