picture_as_pdf 2002-06-13

Registrada bajo el Nº 12017

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTÍCULO 1º - Autorizase al Señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2002, cuando razones oficiales así lo aconsejen.

ARTÍCULO 2º - El Señor Gobernador informará previamente a la H. Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.

ARTÍCULO 3º -Comuniquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.-

Alberto Nazareno Hammerly -
Presidente
Cámara de Diputados

Marcelo J. Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores

Avelino Lago -
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados

Dr.Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1191

SANTA FE, 10 de Junio de 2002

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.017 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

REUTEMANN
Esteban Raúl Borgonovo