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JUZGADO LABORAL


En autos caratulados VERGARA, PATRICIA ESTHER c/SUPERMERCADO EL NUEVO REY s/C.P.L.; Expte. 270/2014, que tramitan por ante el Juzgado de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe a cargo de la Dra. Biroccesi, Sec. del firmante, se ha dispuesto librarle a Ud. el presente OFICIO a fin de que: I) informe si desde el mes de Febrero de 2014 a la fecha se ha publicado la venta o traspaso y/o cambio de titular de Supermercado El Nuevo Rey Sebari SRL. II) A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 17 de Marzo de 2016. Ofíciese autorizando a la peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Fdo: Dra. Biroccesi (Jueza), Dr. Aníbal Miguel López (Secretario). III) Se deja constancia que la Dra. Alicia Marta Benítez Sánchez y se encuentran debidamente autorizados para el diligenciamiento del presente. Diligenciado que sea el presente, se servirá devolverlo con constancia sobre lo actuado. Dr. López, Secretario.

S/C 291149 May. 13 May. 17

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Quinta Nominación de Santa Fe, en autos: DI CORRADO, ROBERTO JOSE c/TRIVISONNO, CRISTIAN HUGO s/Demanda ejecutiva; (CUIJ 21-01955407-1), se ha ordenado notificar al Sr. Cristian Hugo Trivisonno, DNI Nº 25.467.993 la siguiente resolución: Santa Fe, 28 de Abril de 2016. Autos Y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1.- Mandar llevar adelante la ejecución hasta que el acreedor se haga integro cobro del capital reclamado con más los intereses expuestos en el considerando precedente, todo con costas, desde la mora hasta su efectivo pago. 2.- Imponer las costas a la accionada vencida. 3.- Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique liquidación. Insértese, agréguese copia, notifíquese y oportunamente archívese. (Fdo) Dr. Diego Raúl Aldao, Juez; Dra. Alicia Isabel Roteta, Secretaria. Santa Fe, 5 de Mayo de 2016.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos Osvaldo Buzzani, Secretaría a cargo del Dr. Néstor Antonio Tosolini, en autos: CITIBANK N.A. c/TOMEI ANIBAL s/Ordinario; Expte. Nº 984, Año 2.012, se ha resuelto declarar rebeldes a los Srs. herederos De Tomei, Aníbal, D.N.I. 5.713.241, lo que se publica a sus efectos por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo. Dr. Néstor Antonio Tosolini, Secretaria. Santa Fe, 5 de Mayo de 2016. Dr. Leizza, Prosecretario.

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Por disposición del señor juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en autos SABAS, ERNESTO ROLANDO c/SANS DE GOICOCHEA, CARMEN s/Ordinario (Usucapión); (Expte. Nº 58 - Año 2009), se hace saber que haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, se ha procedido a la declaración de rebeldía de los señores herederos del Sr. Alberto Raimundo Sans. Para mayor recaudo, se transcriben los decretos pertinentes: Santa Fe, 11 de Septiembre de 2015. Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente ordenados, declárase rebelde a los Sres. Alberto Raimundo Sans y Lidia Tomasa Sans para estar a derecho. Atento lo peticionado, precédase a la publicación de edictos por el término de ley. Notifíquese. Firmado: Dr. ALDAO, Juez; Dra. Balestieri, Prosecretaria. Otro decreto: Santa Fe, 04 de Diciembre de 2015 Téngase presente. Déjese sin efecto el proveído que antecede en la parte que reza “...declárase rebelde a los Sres. Alberto Raimundo Sans...”. En su lugar se provee: Declárase rebelde a los herederos del Sr. Alberto Raimundo Sans para estar a derecho. De corresponder, suscríbase por la Actuaría el edicto acompañado. Notifíquese. Firmado: Dr. Aldao, Juez; Dra. Roteta, Secretaria. A dichos efectos, se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Santa Fe, 3 de Mayo de 2016.

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: “MIÑO, MARCELINA I. c/OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA SANIDAD y Otros s/Daños y Perjuicios” (Expte. Nº 732/2004), de trámite por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito Nº 1, en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación, sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a comparecer en autos, por el término de ley, a los herederos de la Sra. Marcelina Isabel Miño, D.N.I. N° 10.862.093, fallecida el 08/VI/2015, en la ciudad de Santa Fe, lo que se publica en los términos del Art. 597 C.P.C.C. Santa Fe de la Vera Cruz, 6 de Mayo de 2016. Dra. Marcó, Secretaria.

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Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito, Civil y Comercial de la 6ta. Nominación Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos o sucesores de Querubín Corti y/o quien jurídicamente corresponda y/o contra quien resulte titular y/o poseedor del inmueble sito en calle Estado de Israel 4708, en los autos caratulados: LURASCHI, HECTOR MARCELINO y Otros c/CORTI, QUERUBIN s/Prescripción Adquisitiva; Expte. N° CUIJ 21-01966225-7, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado en 07/02/96. Santa Fe, 14 de Marzo de 2016. Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario.

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Por disposición del señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CORI, PEDRO MARCELINO s/Apremio; (Expte. Nº 70, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 18 de Junio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Pedro Marcelino, Cori y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Santa Fe Nº2126 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 095 Impar, Folio: 00447, Numero: 050855, Fecha 30/08/1956, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Inmobiliario 12-08-00-165696/0009 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 02.000B.0014.0000, por el cobro de la suma de $ 10.848,72, en concepto de deuda actualizada de Tasas por Servicio. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímese al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 5.424,36 que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baro, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015. Dra. Savignano, Secretaria.

S/C 291214 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CUELLO, RUFINO ROQUE s/Apremio” (Expte. Nº 73, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 18 de Junio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Rufino Roque Cuello y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Belgrano Nº 300 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 099 Par, Folio: 00070, Numero: 003426, Fecha 26/12/1957, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Inmobiliario 12-08-00-166018/0003 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 12.00212.0007.0000, por el cobro de la suma de $ 22.995,86, en concepto de deuda actualizada de Tasas por Servicio a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímese al accionado para que abone dicha suma con más la de 11.497,93 que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baro, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291212 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE C/ MANSILLA, AGENOR y Otra S/Apremio” (Expte. Nº 74, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 18 de Junio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Agenor Mansilla, y María Yolanda Mansilla y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Av. Nottebhon Nº 1451 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 163 Impar, Folio: 01575, Numero: 074797, Fecha 09/08/1983, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Inmobiliario 12-08-00-166518/0000 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 03. 00L65.3656.0000, por el cobro de la suma de S 14.645,56, en concepto de deuda actualizada de Tasas por Servicios. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímese al accionado para que abone dicha suma con más la de $7.322,78 que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley No 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291211 May. 13 May. 17

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Por disposición del señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRAVERO, AMADO s/Apremio” (Expte. Nº78, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 18 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Amado Cravero y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca Nº 2594 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 0078, Folio: 00525, Numero: 034591, Fecha 26/07/1947, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Municipal 12-08-00-166373/0000 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 09.00195.0020.0000, por el cobro de la suma de $ 10.325,52, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intímase al accionado para que abone dicha suma con más la de $5.162,76, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena, Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291208 May. 13 May. 17

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Por disposición del señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE C/ FARIAS, GREGORIO NICOLÁS s/Apremio” (Expte. Nº 81, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 2 de Julio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Gregorio Nicolás Farias y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle E. Ortiz Nº 1937 de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 142 Impar, Folio: 00706, Numero: 023633, Fecha 10/08/1977, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Municipal 12-08-00-166012/0003 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 02.0204A.0004.0000, por el cobro de la suma de $ 8.093,53, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 4.046,76, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás; Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dr. Darío R. Mattalia, Juez; Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291204 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRAVERO, AMADO s/Apremio (Expte. Nº86, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 2 de Julio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Amado Cravero y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca N° 2544 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 0078, Folio: 00525, Numero: 034591. Fecha 26/07/1947, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Municipal 12-08-00-166369/0000 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 09.00195.0016.0000, por el cobro de la suma de $ 9.561,01, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $4.780,50, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese. Fdo: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291200 May. 13 May. 17

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de. Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CRAVERO, AMADO s/Apremio (Expte. Nº 87, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 2 de Julio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra Amado Cravero y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca N° 2445 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 0078, Folio: 00525, Numero: 034591, Fecha 26/07/1947, Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Municipal 12-08-00-166451/0000 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 09.00203.0005.0000, por el cobro de la suma de $8.874,34, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $4.437,17, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291199 May. 13 May. 17

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/PAVESE, FRANCISCO s/Apremio” (Expte. Nº 89, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre. 2 de Julio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra FRANCISCO PAVESE y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Pueyrredón s/n a la altura del 1800, de San Jorge, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 131 Impar, Folio: 00918, Numero: 026505, Fecha 05/11/1973; Departamento San Martín, identificado con Partida Impuesto Municipal 12-08-00-163961/0049 y según catastro municipal se identifica como nomenclatura 08.0000D.4072.0000, por el cobro de la suma de $ 13.733.13, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $6.866,56, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dr. Darío R. Mattalia, Juez - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291198 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BOTTA, ELDER INRI s/Apremio (Expte. Nº226, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Elder Inri Botta, Livio Botta y Edi Juana Botta y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Colon N° 1517 esq. Av. Pellegrini a la altura del 1800 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 116 Impar, Folio: 00394, Numero: 021719, Fecha 24/10/1972, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 15.114,07, en concepto de Tasa de Servicios. Cítese de remate a los ejecutados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase a los accionados para que abone dicha suma con más la de $7.557,03, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad de los demandados, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291194 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/WAIGANDT, JESÚS ALCIDES y Otra s/Apremio” (Expte. Nº 227, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Jesús Alcides Waigandt y María Matilde Waigandt y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Bv. 25 de Mayo N° 219 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 184 Impar, Folio: 01606, Numero: 066673, Fecha 23/08/1988, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 14.422,16, en concepto de Tasa de Servicios. Cítese de remate a los ejecutados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $7.211,08, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad de los demandados, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291192 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BOTTA, FERNANDO JOSÉ y Otra s/Apremio (Expte. Nº 229, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra Fernando José Botta y Costilla, Juana Isolina y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Colon s/n de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 186 Par, Folio: 00862, Numero: 043872, Fecha 22/06/1989, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de S 12.965,90, en concepto de Tasa de Servicios. Cítese de remate a los ejecutados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $6.482,95, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución: a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad de los demandados, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291188 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial-Nº 30 de la, ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CARO, EULOGIO RUBÉN s/Apremio (Expte. Nº 230, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra Eulogio Rubén Caro y/o sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca N° 2793 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 134 Impar, Folio: 01205, Numero: 032968, Fecha 05/12/1974. Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 12.410,27, en concepto Tasa de Servicios. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $6.205,13, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley No 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza; Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291186 May. 13 May. 17

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Por disposición del señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE C/CRAVERO, AMADO s/Apremio; (Expte. Nº 232, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre. 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele, la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Amado Cravero y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Catamarca Nº 2469 de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 0078, Folio: 00525, Numero: 034501, Fecha 26/06/1947, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 12.268,59, en concepto Tasas de Servicios. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $6.134,29, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291184 May. 13 May. 17

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MADERA, JUAN C. y Otra s/Apremio (Expte. Nº 233, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley N° 5066) contra Juan C. Madera y Angela Carballo y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle San Luis Nº 2764 de la ciudad de San Jorge, Departamento San Martín .Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 127 Par, Folio: 00722, Numero: 021337, Fecha 16/10/1971, Departamento San Martín, Tomo: 187 Impar, Folio: 01341, Numero 068473, Fecha: 07/09/1989, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 8.619,17, en concepto de Tasas por Servicios a la Propiedad. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legitima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $4.309,58 que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley Nº 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291182 May. 13 May. 17

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Por disposición del señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FERREYRA, RAÚL CARLOS s/Apremio (Expte. Nº 235, Año 2015) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: “Sastre, 17 de Junio de 2015.- Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio (Ley Nº 5066) contra Raúl Carlos Ferreyra y/o sus sucesores y/o quien resulte propietario del inmueble sito en calle Lavalle s/n de San Jorge, Provincia de Santa Fe, y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro general de la Propiedad de Santa Fe al Tomo: 138 Impar, Folio: 00167, Numero: 004623, Fecha 07/02/1976, Departamento San Martín, por el cobro de la suma de $ 13.100,63, en concepto Tasas de Servicios. Cítese de remate al ejecutado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución e intimase al accionado para que abone dicha suma con más la de $ 6.550,31, que se estiman provisoriamente para cubrir intereses y costas de la ejecución; a tales efectos, publíquense edictos de conformidad a lo previsto por el Art. 28 de la Ley N° 5066. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir los montos reclamados, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley, en la forma y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese a autos la documental acompañada. A lo demás: Oportunamente, en su caso. Notifiquen Mussano y/o Silva. Notifíquese.” Fdo: Dra. Nora Elena Baró, Jueza - Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de Ley. Dra. María Laura Savignano, Secretaria. Sastre, 12 de Noviembre de 2015.

S/C 291180 May. 13 May. 17

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Civil y Comercial de la Vigésima Segunda Nominación de la Ciudad de Laguna Paiva, en autos caratulados: “ARREGUEZ ELDA ANTONIA c/PERALTA DE CULLEN HERACLEA ESTHER y CULLEN DE SALAMANCA ELSA NOEMI y/o sucesores y/o quien resulte responsable s/Escrituración”, Expte. Nº 883, -año 2014, “Laguna Paiva, 07 de Marzo de 2016...por promovida demanda ordinaria de escrituración contra Heraclea Esther Peralta de Cullen y Elsa Noemí Salamanca y/o sus sucesores y/o herederos a quienes se citara a estar a derecho por edictos a publicarse por el termino de ley. Osvaldo R. Andrade, Juez - Jorge Luis Christe, Secretario. Laguna Paiva, 26 de Abril de 2016.

$ 33 291240 May. 13 May. 17

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Por disposición del Sr. Juez Juan Alberto Rambaldo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 23 de la Primera Nominación, de la ciudad de Las Rosas, se notifica, a los demandados, en autos: “VILLARREAL ROSA NELIDA c/ARSENIO LÓPEZ y/o SUCESORES s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. N° 219/15, Sres. López Arsenio y/o sus sucesores y/o eventuales titulares del inmueble ubicado en calle Salta S/N de la ciudad de Las Rosas del siguiente decreto: “Las Rosas, 17/03/16. Informado verbalmente por secretaría que se encuentra vencido el plazo sin que la parte demandada haya comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y continúe el proceso sin otorgársele representación”.- Fdo. Dr. Oscar Estelrich (Abogado Secretario) y Dr. Juan Alberto Rambaldo (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal Judicial. Las Rosas, 14 de Abril de 2016. Dr. Estelrich, Secretario.

$ 71 291258 May. 13 May. 17

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Por disposición del Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de María Chiaretto, L.C. N° 1.120.501, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el Expte. N° 21-01971422-4. Año 2016 “CHIARETTO, MARÍA s/ Sucesorio”, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 4 de Mayo de 20l6. Santa Fe, 04 de Abril de 2016... Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse los mismos en el hall de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dr. Alonso, Juez - Dr. Silvestrini, Secretaría.

$ 45 291157 May. 13 May. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Fernando Mario Fissore (DNI N° 12.368.323) para que, en el término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: FISSORE, FERNANDO MARIO s/Sucesorio, CUIJ N° 21-01971747-7, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2 de Mayo de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 291159 May. 13 May. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Rossio, Juan Carlos, DNI Nº 7.883.334 en autos: ROSSIO, JUAN CARLOS s/Sucesorio”, (CUIJ N°: 21-01971724-8), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 25 de Abril de 2016. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$ 45 291170 May. 13 May. 27

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos: “CERLIANI VELIA s/Sucesorio” (21-00027852-9), se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Cerliani Velia, L.C.: 6.109.482, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 26 de Abril de 2016. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 291178 May. 13 May. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante Jorge Horacio González, DNI 6.243.434 para que dentro del termino y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “GONZÁLEZ, JORGE HORACIO s/Sucesorio” CUIJ 21-01971784-1, Año: 2016. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe, 3 de Mayo de 2016. Dra. Benítez, Secretaria.

$ 45 291257 May. 13 May. 27

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante Pascual Enrique Lobos, DNI 6.212.782 para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “LOBOS, PASCUAL ENRIQUE s/ Sucesorio” CUIJ 21-01972035-4, Año: 2016. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe, 2 de Mayo de 2016. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 291254 May. 13 May. 27

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Por disposición del señor Juez de Primera instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Inés Zimermann, D.N.I. F. Nº 06.099.367 y Pedro Tiburcio Arce, D.N.I. M. N° 02.396.008, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados ARCE, PEDRO TIBURCIO y Otros s/Sucesorio (21-01970757-9). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 4 de Mayo de 2016. Dr. Salzman, Prosecretario.

$ 45 291152 May. 13 May. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: CHACÓN, MIGUEL ANGEL GUSTAVO s/Declaratoria de Herederos”; Expte. CUIJ Nº 21-01971295-5-año 2016; se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de Miguel Angel Gustavo Chacón, D.N.I. Nº 6.243.814, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 28 de Abril de 2016. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$ 45 291176 May. 13 May. 27

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, Santa Fe, en autos ALCONCHEL, BEATRIZ NIEVES s/Declaratoria de herederos - CUIJ: 21-01972180-6 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Beatriz Nieves Alconchel, L.C. 1.726.803, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe conforme Ley Nº 11.287 y acordada del 07.02.96, Acta Nº 3. Santa Fe, 5 de Mayo de 2016. Dra. Daniela de Lourdes Fuentes, Secretaria.

$ 45 291223 May. 13 May. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación, Dr. Carlos Marcolin, Secretaria a cargo de la Dra. Daniela de Lourdes Fuentes, en los autos “RODRÍGUEZ OSVALDO CESAR s/Sucesorio” 21-01971218-1, se cita y emplaza a herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes del Sr. Osvaldo Cesar Rodríguez, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publican así efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del Palacio de Tribunales (Art. 67 CPCC; Mod. Ley Nº 11.287). Santa Fe, 3 de Mayo de 2016. Dra. Fuentes, Secretaria.

$ 45 291175 May. 13

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 2da. Nominación de esta ciudad, se cita, llama, y emplaza a los herederos acreedores y legatarios del Sr. Méndez, Felipe, para que comparezcan en los autos caratulados “VENETZ ROSA MAGDALENA s/Sucesorio y su acumulado MÉNDEZ, FELIPE s/Sucesorio CUIJ 21-01964461-5” (CUIJ: 21-00715258-9), que se tramita en el mencionado Juzgado, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales; lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 11 de Abril de 2016. Dra. Fuentes, Secretaria.

$ 45 291163 May. 13 May. 27

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Dpto. 9 de Julio, Pcia. de Santa Fe, se cita, y emplaza a los Sucesores de Sarco, Roque Sixto para que comparezcan dentro del término y bajo apercibimientos de ley en los autos SUCESORES DE SARCO, ROQUE SIXTO c/SEGOVIA, HORACIO y/o Sucesores s/Ordinario, Expte. N° 537 Año 2010. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y espacio destinado para tal fin. Tostado, 15 de Abril de 2016. Dra. Barrera, Secretaria.

$ 45 291253 May. 13 May. 19

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 10 de la ciudad de San Cristóbal Prov. de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don García Adolfo José, L.E. N° 6.352.812, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “GARCÍA ADOLFO JOSÉ s/Declaratoria de herederos, Expte. N° 1101/2015” Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales de San Cristóbal, a los 12 días de Abril de 2016, Firmado Dr. Ricardo Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 291226 May. 13 May. 27

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto citar al demandado Sr. Romulo Savio, para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho en los autos caratulados: Expte. Nº 788/2014.- TABELLIONE, NAZARENO c/SAVIO ROMULO Y Otros s/Juicio de escrituración, bajo apercibimiento de rebeldía. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales de la ciudad de Rafaela. Rafaela, 11 de Abril de 2016. Dra. Marcó, Secretaria a/c.

$ 33 291145 May. 13 May. 17

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 5 en lo Laboral de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados “Expte. 104/2014 - ZANABRIA MARÍA LAURA c/BALDOVINO ESTER CAROLINA y Otro/s S/Cobro de pesos laboral”, se cita a los herederos o derechohabientes de la Sra. Ester Carolina Baldovino, para que comparezcan en los presentes autos a la audiencia de trámite (Art. 51 CPL) el día 01 de Diciembre de 2016 a las 8:00 horas, bajo apercibimientos de ley. Publicación sin cargo, conforme Art. 19 C.P.L. Rafaela, 14 de Abril de 2016. Dr. Defagot, Secretario.

S/C 291160 May. 13

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la Ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Nelso Sebastián Varetto. D.N.I. M. Nº 02.453.418, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en autos “VARETTO, NELSO SEBASTIAN s/Sucesorio”, Expte. N° 1768/2016. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Rafaela, 27 de Abril de 2016. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

$ 45 291150 May. 13 May. 27

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito N° 4, Primera Nominación, de la ciudad de Reconquista, Dr. José María Zarza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don FRANCO MARTÍN CARDOZO, Expte. Nº 628/2011, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Reconquista, 29 de Abril de 2016. Dra. Vanrrell, Secretaria.

$ 45 291151 May. 13 May. 27

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