MINISTERIO
COORDINADOR
RESOLUCION
N° 0063
Santa Fe, 3 de Mayo de 2004.
VISTO:
La gestión iniciada a través del
Expediente N° 00101-0128945-9 del registro del
Ministerio Coordinador, por intermedio del cual se promueve la gestión
tendiente a adoptar medidas conducentes a reordenar funcionalmente áreas de
trabajo, propendiendo al mejoramiento de la función de gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N°
0097 de fecha 15/12/03, se crea en el ámbito de este Ministerio Coordinador en
aquel tiempo Secretaría de Estado General y Técnica de la Gobernación, la
Subsecretaría de Logística, designándose a través del Decreto N° 0108 del 15/12/03, a la C.P.N.
Silvina Patricia Frana, para ocupar el cargo de
Subsecretaria de Logística;
Que dentro de las pautas establecidas
en la Ley Orgánica de Ministerios N° 10.101,
modificada por Ley N° 12.257, se encuentra previsto
que “Los Subsecretarios secundan a los Ministros y Secretarios de Estado en el
desempeño de sus tareas dentro del área de su competencia, disponiendo bajo su
directa responsabilidad la preparación del despacho que someterán a la consideración
de su superior, interviniendo en el diligenciamiento de los expedientes que no
sean de mero trámite, suscribiendo las providencias y adoptando las medidas
necesarias hasta colocarlos en estado de resolver, y resolviendo además en
aquellas cuestiones que expresamente se le deleguen”;
Que además la Subsecretaría de
Logística tiene previsto entre otras competencias, la de asistir a esta
Superioridad en materia administrativa - contable, racionalización del
personal, su administración, normas de procedimientos, papeles y servicios de
todas las áreas a cargo de este Ministerio Coordinador;
Que ante tal circunstancia, y por
razones que hacen a una eficaz política de descentralización administrativa que
redunde en mayor fluidez, agilidad, oportunidad de los procedimientos
administrativos, y en lo atinente a la autorización previa necesaria para el
diligenciamiento de diversos trámites, entre otros de contrataciones, compras
en general, conformación de comprobantes de gastos de funcionamiento, viáticos
del personal de la Jurisdicción, este Ministro Coordinador estima pertinente
delegar en dicha Subsecretaría de Logística las facultades conferidas por el
Art. 5° del Decreto - Acuerdo N° 0877 del 20/03/90,
Art. 2° del Decreto N° 0578 del 22/03/94 -
complementario del Dto. N° 2189 del 15/06/89 y su
modificatorio Dto. N° 2459 del 30/06/89 y Dto. Ac. N° 0580 del 09/02/89 y Art.
2° Punto 2.1. de la Resolución N°
0055 de fecha 22/11/93;
Que la Ley Orgánica de Ministerios N° 10.101 faculta en su Artículo 4°, entre otros, a los
Ministros a delegar, y en su caso, autorizar a suddelegar
funciones en niveles jerárquicos subordinados, determinando el modo y alcance
de tal delegación o subdelegación a través del dictado de reglamentaciones
adecuadas que garanticen en última instancia al delegante el ejercicio de sus
propias atribuciones;
Que no obsta a la observancia de dichos
límites de competencia la circunstancia de que intervenga además en la
conformación de comprobantes de gastos y viáticos del personal de la
Jurisdicción, temperamento que se satisface con los recaudos previstos en la
Res. N° 0013 del 30/12/03;
Que habiéndose evaluado la conveniencia
de unificar los objetivos fijados, y a raiz de que
análogas facultades le fueron conferidas a la Subsecretaría de Logística a través
del referido acto, resulta razonable en un intento de integración normativa que
el mismo sea derogado y volverse a regular en la materia, reiterando en el
presente acto administrativo la delegación dispuesta por la Resolución
precedentemente citada;
Que por los motivos expuestos se torna
procedente la delegación de las tareas administrativas propiciada en autos;
Por ello:
EL MINISTRO
COORDINADOR
RESUELVE:
ARTICULO 1. - Derógase
la Resolución N° 0013 del 30/12/03 dictada por la
entonces Secretaría de Estado General y Técnica de la Gobernación.
ARTICULO 2. - Delégase
a la Señora Subsecretaria de Logística del Ministerio Coordinador las facultades conferidas a este
Ministerio por el Artículo 5° del Decreto - Acuerdo N°
0877 del 20/03/90, Artículo 2° del Decreto N°0578 del
22/03/94 - complementario del Decreto N° 2189 del
15/06/89 y su modificatorio Decreto N° 2459 del
30/06/89 y Artículo 2° Punto 2.1. de la Resolución N° 0055 del 22/11/93.
ARTICULO 3. - Dispónese
que, en lo sucesivo, la documentación administrativa vinculada o referente a
comprobantes de gastos de funcionamiento inherentes a este Ministerio
Coordinador, incluyendo los viáticos del personal de la Jurisdicción, serán
conformados por el titular de la Subsecretaría de Logística del Ministerio
Coordinador.
ARTICULO 4. - Regístrese, comuníquese y
archívese.
Lic. JULIO ESTEBAN BARBERIS
Ministro Coordinador
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