SECRETARIA DE
MEDIO AMBIENTE
NOTIFICACION
EN LOS AUTOS
CARATULADOS "ASOCIACION CIVIL DE PESCADORES DE SANTA FE -S/REMITE
DOCUMENTACION PARA INTEGRAR LA MESA DEL CONSEJO PESQUERO - EXPTE. Nº
02101-0011789-2 DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE EXPEDIENTES" LA SUBDIRECTORA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES A/C - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y
MEDIO AMBIENTE - SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE NOTIFICA POR ESTE MEDIO AL SEÑOR
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PESCADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
CARLOS FABIAN MILOCCO - D.N.I. Nº 16.630.023 LO SIGUIENTE: "Santa Fe, Cuna de la Constitución
Nacional, 4 de marzo de 2011.- Me dirijo a Ud. a los efectos de reiterar la
ratificación por este medio de la incorporación de la organización que Ud
preside al Consejo Provincial Pesquero. Como es de su conocimiento, de acuerdo
a la comunicación telefónica efectuada por quien suscribe, mantenida el 01 de
marzo del 2011 y del correo electrónico de igual fecha, a través de los cuales
se le cursara invitación para asistir como nuevo miembro a la reunión ordinaria del cuerpo del 02 de marzo de 2011, el proceso de
evaluación de las solicitudes cursadas
a esta Secretaria arroja un resultado satisfactorio para el caso de la Asociación Civil de Pescadores de
Santa Fe. De acuerdo al procedimiento, el Sr. Secretario de Medio Ambiente Ing.
Cesar Mackler toma conocimiento de tal
decisión mediante nota del 7 de enero del corriente. Se notifica al CPP por
intermedio de su presidente Sr Ricardo Biasatti, en la próxima reunión
ordinaria celebrada el 02 de febrero de 2011. Posteriormente esta
comunicación es ratificada mediante la rubrica del acta respectiva, efectuada
en la reunión inmediata posterior de fecha 02 de marzo de 2011, (el
procedimiento corriente implica que el acta de cada reunión es redactada,
distribuida para revisión de sus miembros y luego firmada en la reunión
inmediata posterior). Se adjunta copia de la misma. En razón de las fechas
emergentes del procedimiento descripto y habiendo dado cumplimiento a los
requerimientos previstos, se remite la presente considerada como notificación
definitiva, dejando constancia que el sistema de comunicación formal para
cualquier actividad asociada al CPP se efectúa vía telefónica o por correo
electrónico, salvo expresa indicación de sus autoridades. Sin otro particular,
lo saluda atentamente.- FIRMADO: LIC. MONICA DEL CARMEN MUSSETTI - SUBDIRECTORA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES A/C - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y
MEDIO AMBIENTE - SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE"
EL ACTA MENCIONADA EN
LA PRESENTE NOTIFICACION SE ENCUENTRA A DISPOSICION DEL INTERESADO EN LAS
OFICINAS DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE - DIRECCION GRAL.DE RELACIONES
INSISTUCIONALES - PATRICIO CULLEN Nº 6161-SANTA FE
S/C 6312 Abr. 13
__________________________________________
EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE
PRECIOS N° 10
Objeto: Contratación
de Hs. Servicio de Grúa de 12 Tn., Sucursal Rafaela.
Presupuesto Oficial:
$ 76.956 (pesos: Setenta y seis mil novecientos cincuenta y seis) I.V.A. Incluido.
Apertura Propuestas:
De 05/05/2011. Hora: 10:00.
Venta de pliegos e
informes: Empresa Provincial de la Energía, Avda. Santa Fe 1671, 2300 Rafaela,
Santa Fe; Tel. (03492) 438505/508/509.
S/C 6303 Abr. 13 Abr. 15
__________________________________________
AGUAS SANTAFESINAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS
SEGUNDO LLAMADO
Seguros Todo Riesgo
Operativo
Seguros Técnico
Equipos Electrónicos
FECHA LÍMITE PARA LA
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: 18 de
Abril del 2011 a las 16 horas.-
CONSULTA DE PLIEGOS Y
ENTREGA DE OFERTAS: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00. Departamento
Abastecimiento y Logística, 0342-4504593, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe.
Provincia de Santa Fe.-
www.aguassantafesinas.com.ar
S/C Abr. 13 Abr. 15
__________________________________________
SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCION Nº 0027
Santa Fe, 7 de Abril de 2011.
VISTO:
El Expediente Nº
00701-0082893-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la
Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción gestiona
autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial
Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV -
Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de
establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”,
atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el
Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;
Que la ley N° 12.817,
en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión
de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora
de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información
y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de
políticas informáticas;
Que a los fines del
desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07,
creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su
titular;
Que el Decreto N°
0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de
Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a
la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la autorización
solicitada por la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la
Producción está relacionada a la adquisición de dos (2) computadoras personales
con licencia de Sistema Operativo MS-Windows última versión en español, que se
gestiona en este mismo expediente;
Que las computadoras
personales estarán destinadas entre otras actividades, principalmente a tareas
directamente relacionadas al Sistema Presupuestario de Administración
Financiera (SIPAF);
Que el SIPAF es un
sistema informático ya existente y en uso, que al momento, de la promulgación
de la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo,
realizado en lenguaje de programación propietario que requiero sistema
operativo MS-Windows para su ejecución;
Que el Decreto
1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se
trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la
presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...”, que es el caso en el que se
encuentra el SIPAF;
Que en cuanto a
política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la
utilización preferente del software libre, lo que ha permitido (a elaboración
de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas,
que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus
actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología
ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los
productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere
de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en
importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se
mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal
cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden
ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la
Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la
elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación
actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de
tiempo posible;
Que los planes de
migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de
software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin
condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector
y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios
por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo
expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Recursos
Humanos del Ministerio de la Producción en carácter de excepción, a adquirir y
usar el software propietario peticionado;
Por ello;
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.-
Autorizar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la
Producción, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente
detalle:
MS WINDOWS última
versión en español, dos (2) Licencias.
ARTICULO 2º.-
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. Javier Echaniz
Secretario de Tecnologías
para la
Gestión
S/C.- 6299 Abr.
13
__________________________________________
MINISTERIO DE ECONOMIA
AVISO
“///RESOLUCIÓN N° 805
de Fecha: Santa Fe, 21 de Diciembre de 2010; VISTO:... y CONSIDERANDO:... POR
ELLO: EL MINISTRO DE ECONOMIA RESUELVE:
ARTICULO 1°:
Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo interpuesto
por el señor FERNANDO LUCIO MARTINO (D.N.I. Nº 14.510.746) con domicilio fiscal
y legal en Boulevard Oroño N° 39 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe, contra la Resolución Nº 448/06- Ind. de la Administración Provincial de
Impuestos, por no haber dado cumplimiento a la obligación del pago previo de la
obligación fiscal prevista en los artículos Nros. 64° y 66° del Código Fiscal
vigente y demás razones vertidas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°:
Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12071, tiene derecho de
interponer formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días hábiles de la
notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto N° 916/08 con las
formalidades previstas en el art. 42° de la Reglamentación para el Trámite de
Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto-Acuerdo N° 10204/58.
ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro
de Economía de la Provincia de Santa Fe, C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.”
S/C 6302 Abr. 13
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESOLUCION N° 0912
Santa Fe, 11 de Abril de 2011
VISTO:
El Expediente Nº
15201-0090211-6 del Sistema de Información de Expedientes que se relaciona con
la cesión de acciones y derechos respecto del inmueble individualizado como:
SANCHEZ DE THOMPSON Nº 120 - TORRE J - PISO 05 - DPTO. 04 - (2D) - PLAN 0080 -
CUENTA Nº 0080-0410-5 - B° GRANDOLI - ROSARIO - DEPARTAMENTO ROSARIO -
PROVINCIA DE SANTA FE; y
CONSIDERANDO:
Que la referida
unidad fue asignada por Resolución Nº 1643/83 a favor de las señoras Schepens
María América (L.C. N° 5.376.689) y Schepens, Jacinta Isaura, (C.I. Nº
3.525.183) suscribiendo el respectivo Boleto de Compra-Venta en fecha 21/12/83
obrante a fs.2;
Que mediante Nota Nº
8216/00 de fecha 22/11/00 (fs.1) se presenta la señora Alicia América Sacks DNI
Nº 4.270.698 (hija de María América Schepens fs 3) solicitando refinanciar la
deuda y el cambio de titularidad a su nombre, adjuntando copias certificadas de
las Actas de Defunción de las Titulares de fecha 11/05/98 y 01/04/99 (fs 4/5);
Que a fs. 08 se
agrega poder especial de fecha 23/12/97 otorgado por Jacinta Isaura Schepens a
María América Schepens, para que en su nombre y representación ceda a favor de
Alicia América Sacks todos los derechos y acciones que tiene y le corresponden
sobre la unidad de marras;
Que a fs. 10/12 se
glosa copia de cesión certificada por autoridad competente de fecha 31/12/97,
en la cual la Sra. María América Schepens cede a favor de su hija Alicia
América Sacks (D.N.I. Nº 4.270.698) los derechos que le corresponden sobre la
unidad, renunciando sus hermanos a cualquier derecho de colación que en el
futuro pudiera comprender;
Que a fs. 06 obra
cesión de fecha 17/11/98 realizada por Jorge Angel Sacks (D.N.I. Nº 10.229.404)
de los derechos y acciones que tiene y le corresponde en el sucesorio de la
Sra. María Schepens, a favor de su hermana, la solicitante;
Que a fs. 74 la
interesada informa que no tiene la declaratoria de herederos de las
beneficiarias de origen;
Que a fs 86/90 se
glosa estado de cuenta de la unidad da marras, observándose que no registra
deuda exigible, dado el Compromiso de pago suscripto por la Sra. Alicia América
Sacks (fs. 85);
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos se expide mediante Dictamen N° 082323/11 (fs.
91/93), y señala que teniendo en cuenta la finalidad de este programa de
asistencia habitacional ejecutado al amparo de la Ley Nº 21.581 a la que
adhiere la Provincia por Ley Nº 11102, como así también que no obra ningún
reclamo o presentación de algún potencial heredero, aconseja encuadrar e) caso
en el art. 45 inc. a) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dictando
la resolución que disponga otorgar el cambio de titularidad a favor de la Sra.
Alicia América Sacks, sin perjuicios de terceros;
POR ELLO,
y de conformidad a
las facultades conferidas por el Articulo 8vo. de la Ley 6690;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Otorgar
la exclusiva titularidad a favor de la señora SACKS ALICIA AMERICA (D.N.I. Nº
4.270.698), respecto de la unidad habitacional identificada como: SANCHEZ DE
THOMPSON Nº 120 - TORRE J- PISO 05 - DPTO. 04- (2D) - PLAN 0080 - CUENTA Nº
0080-0410-5 - B° GRANDOLI - ROSARIO - DEPARTAMENTO ROSARIO - PROVINCIA DE SANTA
FE; conforme aplicación del art.45 inc. b) del Reglamento de Adjudicación,
Ocupación y Uso.
ARTICULO 2º NOTIFICAR
al presente decisorio por intermedio de Notificador Oficial en el domicilio
contractual y por edictos, conforme a los arts. 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº
10.204/58, debiendo ser verificada la efectiva publicación por la Secretaría de
Despacho.
ARTICULO 3º Dar
participación a la Dirección General de Control de Gestión y Administración de
Propiedades, para que efectué el cambio de nombre en la cuenta pertinente y a
la Coordinación General de Asuntos Notariales a los fines de llevar a cabo la
anotación marginal correspondiente.
ARTICULO 4º
Regístrese, comuníquese y archívese.
ALICIA DEL CARMEN PINO
Directora Provincial
S/C 6305 Abr. 13 Abr. 15
__________________________________________