picture_as_pdf 2011-04-13

SECRETARIA DE

MEDIO AMBIENTE

 

NOTIFICACION

 

EN LOS AUTOS CARATULADOS "ASOCIACION CIVIL DE PESCADORES DE SANTA FE -S/REMITE DOCUMENTACION PARA INTEGRAR LA MESA DEL CONSEJO PESQUERO - EXPTE. Nº 02101-0011789-2 DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE EXPEDIENTES" LA SUBDIRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES A/C - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE - SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE NOTIFICA POR ESTE MEDIO AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PESCADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, CARLOS FABIAN MILOCCO - D.N.I. Nº 16.630.023 LO SIGUIENTE:  "Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 4 de marzo de 2011.- Me dirijo a Ud. a los efectos de reiterar la ratificación por este medio de la incorporación de la organización que Ud preside al Consejo Provincial Pesquero. Como es de su conocimiento, de acuerdo a la comunicación telefónica efectuada por quien suscribe, mantenida el 01 de marzo del 2011 y del correo electrónico de igual fecha, a través de los cuales se le cursara invitación para asistir como nuevo  miembro a la reunión ordinaria del cuerpo del  02 de marzo de 2011, el proceso de evaluación de las solicitudes cursadas  a esta Secretaria arroja un resultado satisfactorio para el caso  de la Asociación Civil de Pescadores de Santa Fe. De acuerdo al procedimiento, el Sr. Secretario de Medio Ambiente Ing. Cesar Mackler toma conocimiento de  tal decisión mediante nota del 7 de enero del corriente. Se notifica al CPP por intermedio de su presidente Sr Ricardo Biasatti, en la próxima reunión ordinaria celebrada el  02  de febrero de 2011. Posteriormente esta comunicación es ratificada mediante la rubrica del acta respectiva, efectuada en la reunión inmediata posterior de fecha 02 de marzo de 2011, (el procedimiento corriente implica que el acta de cada reunión es redactada, distribuida para revisión de sus miembros y luego firmada en la reunión inmediata posterior). Se adjunta copia de la misma. En razón de las fechas emergentes del procedimiento descripto y habiendo dado cumplimiento a los requerimientos previstos, se remite la presente considerada como notificación definitiva, dejando constancia que el sistema de comunicación formal para cualquier actividad asociada al CPP se efectúa vía telefónica o por correo electrónico, salvo expresa indicación de sus autoridades. Sin otro particular, lo saluda atentamente.- FIRMADO: LIC. MONICA DEL CARMEN MUSSETTI - SUBDIRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES A/C - MINISTERIO DE AGUAS, SERVICIOS PUBLICOS Y MEDIO AMBIENTE - SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE"

EL ACTA MENCIONADA EN LA PRESENTE NOTIFICACION SE ENCUENTRA A DISPOSICION DEL INTERESADO EN LAS OFICINAS DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE - DIRECCION GRAL.DE RELACIONES INSISTUCIONALES - PATRICIO CULLEN Nº 6161-SANTA FE

S/C             6312                Abr. 13

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA

 

CONCURSO PUBLICO DE

PRECIOS N° 10

 

Objeto: Contratación de Hs. Servicio de Grúa de 12 Tn., Sucursal Rafaela.

Presupuesto Oficial: $ 76.956 (pesos: Setenta y seis mil novecientos cincuenta y seis) I.V.A. Incluido.

Apertura Propuestas: De 05/05/2011. Hora: 10:00.

Venta de pliegos e informes: Empresa Provincial de la Energía, Avda. Santa Fe 1671, 2300 Rafaela, Santa Fe; Tel. (03492) 438505/508/509.

S/C             6303     Abr. 13 Abr. 15

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AGUAS SANTAFESINAS S.A.

 

CONCURSO DE PRECIOS

SEGUNDO LLAMADO

 

Seguros Todo Riesgo Operativo

Seguros Técnico Equipos Electrónicos

FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:  18 de Abril  del 2011 a las 16 horas.-

CONSULTA DE PLIEGOS Y ENTREGA DE OFERTAS: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00. Departamento Abastecimiento y Logística, 0342-4504593, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe.-

www.aguassantafesinas.com.ar

S/C                         Abr. 13 Abr. 15

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SECRETARIA DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION

 

RESOLUCION Nº 0027

 

Santa Fe, 7 de Abril de 2011.

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0082893-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción está relacionada a la adquisición de dos (2) computadoras personales con licencia de Sistema Operativo MS-Windows última versión en español, que se gestiona en este mismo expediente;

Que las computadoras personales estarán destinadas entre otras actividades, principalmente a tareas directamente relacionadas al Sistema Presupuestario de Administración Financiera (SIPAF);

Que el SIPAF es un sistema informático ya existente y en uso, que al momento, de la promulgación de la Ley 12.360 ya se encontraba finalizado su análisis y desarrollo, realizado en lenguaje de programación propietario que requiero sistema operativo MS-Windows para su ejecución;

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados, cuya migración a un software que se ajuste a la presente Ley, requiera un esfuerzo desmedido...”, que es el caso en el que se encuentra el SIPAF;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido (a elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Autorizar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de la Producción, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS WINDOWS última versión en español, dos (2) Licencias.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. Javier Echaniz

Secretario de Tecnologías

 para la Gestión

S/C.-           6299                Abr. 13

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MINISTERIO DE ECONOMIA

 

AVISO

 

“///RESOLUCIÓN N° 805 de Fecha: Santa Fe, 21 de Diciembre de 2010; VISTO:... y CONSIDERANDO:... POR ELLO: EL MINISTRO DE ECONOMIA RESUELVE:

ARTICULO 1°: Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo interpuesto por el señor FERNANDO LUCIO MARTINO (D.N.I. Nº 14.510.746) con domicilio fiscal y legal en Boulevard Oroño N° 39 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 448/06- Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento a la obligación del pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos Nros. 64° y 66° del Código Fiscal vigente y demás razones vertidas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°: Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12071, tiene derecho de interponer formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días hábiles de la notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto N° 916/08 con las formalidades previstas en el art. 42° de la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto-Acuerdo N° 10204/58. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe, C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.”

S/C             6302                Abr. 13

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DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

 

RESOLUCION N° 0912

 

Santa Fe, 11 de Abril de 2011

 

VISTO:

El Expediente Nº 15201-0090211-6 del Sistema de Información de Expedientes que se relaciona con la cesión de acciones y derechos respecto del inmueble individualizado como: SANCHEZ DE THOMPSON Nº 120 - TORRE J - PISO 05 - DPTO. 04 - (2D) - PLAN 0080 - CUENTA Nº 0080-0410-5 - B° GRANDOLI - ROSARIO - DEPARTAMENTO ROSARIO - PROVINCIA DE SANTA FE; y

CONSIDERANDO:

Que la referida unidad fue asignada por Resolución Nº 1643/83 a favor de las señoras Schepens María América (L.C. N° 5.376.689) y Schepens, Jacinta Isaura, (C.I. Nº 3.525.183) suscribiendo el respectivo Boleto de Compra-Venta en fecha 21/12/83 obrante a fs.2;

Que mediante Nota Nº 8216/00 de fecha 22/11/00 (fs.1) se presenta la señora Alicia América Sacks DNI Nº 4.270.698 (hija de María América Schepens fs 3) solicitando refinanciar la deuda y el cambio de titularidad a su nombre, adjuntando copias certificadas de las Actas de Defunción de las Titulares de fecha 11/05/98 y 01/04/99 (fs 4/5);

Que a fs. 08 se agrega poder especial de fecha 23/12/97 otorgado por Jacinta Isaura Schepens a María América Schepens, para que en su nombre y representación ceda a favor de Alicia América Sacks todos los derechos y acciones que tiene y le corresponden sobre la unidad de marras;

Que a fs. 10/12 se glosa copia de cesión certificada por autoridad competente de fecha 31/12/97, en la cual la Sra. María América Schepens cede a favor de su hija Alicia América Sacks (D.N.I. Nº 4.270.698) los derechos que le corresponden sobre la unidad, renunciando sus hermanos a cualquier derecho de colación que en el futuro pudiera comprender;

Que a fs. 06 obra cesión de fecha 17/11/98 realizada por Jorge Angel Sacks (D.N.I. Nº 10.229.404) de los derechos y acciones que tiene y le corresponde en el sucesorio de la Sra. María Schepens, a favor de su hermana, la solicitante;

Que a fs. 74 la interesada informa que no tiene la declaratoria de herederos de las beneficiarias de origen;

Que a fs 86/90 se glosa estado de cuenta de la unidad da marras, observándose que no registra deuda exigible, dado el Compromiso de pago suscripto por la Sra. Alicia América Sacks (fs. 85);

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expide mediante Dictamen N° 082323/11 (fs. 91/93), y señala que teniendo en cuenta la finalidad de este programa de asistencia habitacional ejecutado al amparo de la Ley Nº 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11102, como así también que no obra ningún reclamo o presentación de algún potencial heredero, aconseja encuadrar e) caso en el art. 45 inc. a) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dictando la resolución que disponga otorgar el cambio de titularidad a favor de la Sra. Alicia América Sacks, sin perjuicios de terceros;

POR ELLO,

y de conformidad a las facultades conferidas por el Articulo 8vo. de la Ley 6690;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

RESUELVE:

ARTICULO 1º Otorgar la exclusiva titularidad a favor de la señora SACKS ALICIA AMERICA (D.N.I. Nº 4.270.698), respecto de la unidad habitacional identificada como: SANCHEZ DE THOMPSON Nº 120 - TORRE J- PISO 05 - DPTO. 04- (2D) - PLAN 0080 - CUENTA Nº 0080-0410-5 - B° GRANDOLI - ROSARIO - DEPARTAMENTO ROSARIO - PROVINCIA DE SANTA FE; conforme aplicación del art.45 inc. b) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso.

ARTICULO 2º NOTIFICAR al presente decisorio por intermedio de Notificador Oficial en el domicilio contractual y por edictos, conforme a los arts. 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58, debiendo ser verificada la efectiva publicación por la Secretaría de Despacho.

ARTICULO 3º Dar participación a la Dirección General de Control de Gestión y Administración de Propiedades, para que efectué el cambio de nombre en la cuenta pertinente y a la Coordinación General de Asuntos Notariales a los fines de llevar a cabo la anotación marginal correspondiente.

ARTICULO 4º Regístrese, comuníquese y archívese.

ALICIA DEL CARMEN PINO

Directora Provincial

S/C             6305     Abr. 13 Abr. 15

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