JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
ELIAS ROBERTO GUSTAVO
Por orden Juzgado 1° Instancia Distrito Civil y Comercial 6° Nominación de Rosario, autos: “SANTANDER RIO S.A c/OTRO (LE: 6.044.705) s/DEMANDA EJECUTIVA” Expte. 502/05, el Martillero Elías Roberto Gustavo, (CUIT: 23-11925754-9) subastará el 30 de marzo de 2009 a partir de las 10 hs. o el día hábil inmediato siguiente a la misma hora, lugar y condiciones, en las puertas del Juzgado Comunal de la Localidad de Alvear, Primero: “Un lote de terreno de su propiedad, situado en el Distrito Alvear, Departamento Rosario de esta Pcia. de Santa Fe, que es el señalado con el n° Tres de la manzana letra F en el plano de mensura y subdivisión registrado bajo n° sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y ocho del año mil novecientos setenta y uno, confeccionado por los Ingenieros Geógrafos Ricardo J. Pini y Juan M. Blanch, ubicado con frente sobre calle pública, a los veintitrés metros, cinco centímetros de la esquina Nord-Oeste de dicha manzana hacia el Este, que mide diez metros en los lados Norte y Sud; veintinueve metros, un centímetro en el lado Este y veintinueve metros en el lado Oeste, encerrando una superficie de doscientos noventa metros, cinco decímetros cuadrados; lindando: al Norte, con calle pública; al Sud, con los fondos del lote trece; al Este, con el lote cuatro y al Oeste, con el lote dos, todos del plano citado. Inscripto en el Registro General al Tº 428B Fº 145 Nº 185793 Departamento Rosario, con la base de $ 10.000, retasa del 25% menos y última base del 20% de la primera. Registra embargos: 1) Al Tº 117 E Fº 5941 Nº 393073, del 02/10/08, por $ 5.750, perteneciente a estos autos y Juzgado Observaciones: Condicionado a Certificado N° 153532 del 16/07/08, para Subasta Judicial, Juzg. C. y C. 6° Nom. 2) Al Tº 116 E Fº 7438 Nº 410038, del 03/12/07, por $ 5.750, perteneciente a estos autos y Juzgado. Observ: Nota Anterior: Tº 117 I Fº 3991 Nº 339261 de fecha 23/05/05. Segundo: “Un lote de terreno de su propiedad, situado en el Distrito Alvear, Departamento Rosario de esta Pcia. de Santa Fe, que es el señalado con el n° cuatro de la manzana letra F en el plano de mensura y subdivisión registrado bajo el n° sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y ocho del año mil novecientos setenta y uno, confeccionado en agosto del mismo año por los Ingenieros Geógrafos Juan M. Blanch y Ricardo J. Pini, ubicado con frente sobre calle pública, a los treinta y tres metros, cinco centímetros de la esquina Nord-Oeste de dicha manzana hacia el Este, que mide diez metros de frente al Norte, por veintinueve metros, un centímetro de fondo, encerrando una superficie de doscientos noventa metros, diez decímetros cuadrados; lindando: al Norte, con calle pública; al Sud, con los fondos del lote catorce; al Este, con el lote cinco; y al Oeste, con el lote tres, Inscripto en el Registro General al Tº 42813 Fº 146 Nº 185794 Departamento Rosario con la base de $ 10.000, retasa del 25% menos y última base del 20% de la primera. Registra embargo: 1) Al Tº 116 E Fº 7440 Nº 410039, del 03/12/07, por $ 5.750, perteneciente a estos autos y Juzgado. Observa: nota Anterior: Tº 117 I, Fº 3991, Nº 339261 de fecha 23/05/05. El demandado registra inhibición: Al Tº 120 I, Fº 5470, Nº 355250, de fecha 18/06/08, por $ 100 autos: Banco Provincial de Santa Fe Rosario c/Otro y Otros s/Demanda Ejecutiva. Expte. Nº 273/1991, Juzgado: de Distrito 2da. Nominación. Condiciones: Pago en el acto del remate en dinero en efectivo y/o cheque certificado el 20% del precio de compra a cuenta con más el 3% de comisión al martillero. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios que se adeudaren, gastos de transferencia e IVA sobre el precio de compra, si correspondiere, son a cargo del comprador. El saldo se depositará una vez aprobada la subasta judicialmente en los términos de los arts.497 y 499 CPCC. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate, haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta. Los inmuebles saldrán a la venta en el estado de ocupación que da cuenta el acta de f. 113. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505, 2° párr. Del CPCC. Títulos, informes previos, constatación y, demás constancias de ley se encuentran agregados a autos, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta o insuficiencia de ellos. Exhibición: los dos días hábiles anteriores a la subasta de 10 a 12 hs. Edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Informes al cel: 0341-155-845381 y/o www.argentinasubastas.com.ar. Rosario, 9 de Marzo de 2009. María Belén Baclini, secretaria.
$ 200 61839 Mar. 13 Mar. 17
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POR
JUAN T. SIMONE
La Sra. Juez del Juzgado de Distrito n° 4 de Rosario dispuso y la Sra. Secretaria comunica en los autos: ARABIA LUIS s/Incidente de Realización de Bienes. Expte. 955/08 en quiebra, que el día 31-03-09 a las 11 hs, en las puertas del Juzgado de San Gregorio, Sta. Fe el Sr. Martillero Juan T. Simone, subastará con Base de $ 359,52. (A.I.I); retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes con una última base del 20% de la base el siguiente inmueble con todo (descripción según título): un lote de terreno, ubicado en el pueblo, de San Gregorio, Departamento General López, Pcia. de Santa Fe, designado en el plano del agrimensor don Oscar W. Solhaune archivado en el Registro General de Propiedades bajo el n° cuarenta y cuatro mil novecientos veintiséis, año mil novecientos sesenta y seis como lote n° veintiocho de la manzana n° dos, compuesto de diez metros de frente al noreste, por treinta metros de fondo, lindando: al noreste, con la avenida Libertad, al noroeste con el lote n° veintinueve al sudoeste con el resto de la manzana n° dos y al sudeste, con el lote n° veintisiete encierra una superficie de trescientos metros cuadrados. Inscripción al T° 248 F° 85 N° 138346. Dpto. General. Embargos: 1) T° 115 E F° 2570 N° 332551 Tanragona Ruth c/otros s/Demanda Laboral. Expte. 277/00 por $ 12.385,76 de fecha 20/04/06 juzgado de trabajo N° 2 Rosario 2) T° 116 E F° 2084 N° 332621 Comuna de San Gregorio c/otros s/apremio. Expte. Expte. 1041/06 por $ 4.824,16 de fecha 17/04/07 Juzgado C.C. y L N° 9 de Rufino. Hipotecas no posee Inhibiciones: T° 16 IC F° 245 N° 334671 de fecha 27/04/06 sin monto presentes juzgado autos Arabia Luis s/Quiebra. Expte. 403/05 T° 116I F° 10844 N° 404179 fecha 08/11/04 Juzgado Federal N° 1 de Rosario Expte. Fisco Nacional- AFIP c/Arabia Luis s/Ejecución Fiscal. Expte. 4356/04 por $ 1.642,78. La propiedad saldrá a la venta en carácter de ocupación que surge del acta de constatación. Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y eventualmente expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar desde el auto declarativo de quiebra del demandado (02-diciembre 2005) como así también los gastos e impuestos por transferencia quedaran a cargo exclusivo de quien resulte adquirente. El comprador abonara en el acto de subasta el 20% del precio con más el 3% de comisión al martillero actuante. Para el caso de compras por terceros, fijase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participo personalmente en el acto de remate. El saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejara sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 C.P.C. dicho saldo deberá depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales a la orden de este juzgado y para estos autos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario Keynes. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentara la transferencia de dominio a su favor. Informes y títulos en autos a disposición de los interesados por el termino y bajo los apercibimientos de ley. Informes mart. Juan T. Simone 0341-4386735- 0341-156708881. Rosario, 4 de Marzo de 2009. Edith M. Caresano, secretaria.
S/C 61829 Mar. 13 Mar. 19
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