DECRETO N° 150
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
19 ENE 2015
VISTO:
El Expediente N° 00701-0096342-0 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual obra la nota de la Comuna de Grutly presentada ante la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servidos del Ministerio de la Producción, por la que solicita se declare de carácter provincial a la “FIESTA DEL LISO”, la que se realiza año tras año en el transcurso del mes de febrero en la localidad de Grutly, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que esta celebración se encuentra organizada por la Comisión Comunal en colaboración con las instituciones educativas de dicha localidad, la cual se realiza en forma ininterrumpida desde hace diez años en la Plaza pública San Martín;
Que este evento se caracteriza por esencia netamente popular, de masiva convocatoria y entrada libre y gratuita para todo el público, donde los recursos generados en la misma son destinados a cubrir las necesidades de sus Instituciones Educativas;
Que por Disposición N° 084/14 la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, recomienda al Poder Ejecutivo se declare de carácter provincial a la “Fiesta del Liso” y a la localidad de Grutly, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la misma;
Que es Interés del Poder Ejecutivo apoyar eventos de esta naturaleza que constituyen un estímulo para quienes en las diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Provincial a la “FIESTA DEL LISO”, organizada por la comisión Comunal en colaboración con las Instituciones Educativas de dicha localidad, la cual se realiza año tras año en el transcurso del mes de febrero en la Plaza San Martín ubicada en la localidad de Grutly, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2°. Declárase a la Comuna de Grutly, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la “FIESTA PROVINCIAL DEL LISO”.
ARTÍCULO 3°. Regístrese, comuníquese y archívese.
BONFATTI
Carlos Alcides Fascendini
12802
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